Alberdi sobre los escollos y peligros a los que están expuestas las libertades protectoras de la producción

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico al tratar acerca de los escollos y peligros a los que están expuestas las libertades protectoras de la producción. Y sobre el derecho de propiedad señala:

“La propiedad, como garantía de la Constitución, tiene su grande y extensa organización en el derecho civil, que casi tiene por único objeto reglar la adquisición, conservación y transmisión de la propiedad o, como en él se dice, de las cosas o bienes.

Como derecho orgánico de la Constitución, el derecho civil debe ser estrictamente ajustado a las miras de la Constitución en la parte económica, que es la que aquí nos ocupa. De otro modo el derecho civil puede ser un medio de alterar el derecho constitucional en sus garantías protectoras de la riqueza. Le bastará para esto conservar su contextura feudal y monarquista sobre la organización civil de la familia, sobre el modo de adquirir y trasmitir el dominio, y de obligar el trabajo o los bienes por contratos.

El derecho civil, como organización de la propiedad, abraza la industria en sus tres grandes ramos: agricultura, industria fabril y comercio.

El comercio, industria moderna, desconocida de los Romanos, de quienes hemos copiado su derecho civil, se hallaba débilmente legislado en éste, y ha sido preciso suplementarlo por un ramo especial que se ha llamado derecho comercial, conocido en todas las legislaciones de esta época. Este solo hecho demuestra la insuficiencia de nuestro derecho civil como organización de la propiedad y de la riqueza privada, que es esencialmente industrial en este siglo, al revés de lo que sucedía cuando la formación del derecho civil romano, imitado por el nuestro, en que la industria era nula y la riqueza simplemente territorial. Igual complemento necesita en los otros ramos la industria; o mejor dicho, todas las industrias, como medio de producción o adquisición, deben ser regladas por las disposiciones de nuestro derecho civil, que aspire a satisfacer las necesidades de esta época previstas por la Constitución Argentina.

El libro más importante en economía política aplicada no está hecho todavía. Sería aquel que tuviese por objeto estudiar y exponer la incoherencia de nuestra legislación civil de origen greco-romano, con las leyes naturales que rigen los hechos económicos y los medios prácticos de ponerla en consonancia con ellas.”

Y luego:

“La propiedad puede ser atacada por toda ley industrial que coarte o restrinja el derecho de usar y de disponer de ella, asegurado por el art. 14 de la Constitución. Este derecho de usar y disponer de su propiedad, como acaba de verse, no es diferente, separado del dominio que por el derecho romano y español se ha definido siempre: – El derecho es una cosa del cual nace la facultad de disponer de ella. (Ley 33, título V, partida 5°).

Algunos socialistas de esta época, menos audaces que los que negaron el derecho de propiedad, han sostenido que el Estado tenía legítimo poder para limitar el uso y disponibilidad de la propiedad, ya que no el de desconocer el derecho de su existencia. Sea cual fuere el vigor de esta doctrina, ella es inconciliable con el artículo 14 de la Constitución argentina Yo con la noción del derecho de propiedad, que debemos al código civil romano-español.

Según esto, las leyes suntuarias o prohibitivas del lujo, sea en vestidos, en coches, en edificios, en consumos, las leyes que prohíben a la generalidad de los habitantes, emplear su capital en tal o cual industria, fabricar tal o cual manufactura, plantar y cultivar talo cual producción agrícola, son opuestas a la Constitución en los artículos 14 y 17, que garantizan el derecho de propiedad con la facultad esencial de usar y disponer de ella. Si no fuese así, no tendríamos razón para quejamos de las leyes de Felipe II, que organizan el taller del obrero lo mismo que el traje de los habitantes.”

Procesos exitosos de reforma estatal: el caso del desmantelamiento de bases militares en los Estados Unidos

La revista Regulation, publicada por el Cato Institute, cumplió 40 años. Con motivo de ello, sus editores, Peter van Doren y Thomas Firey, publican un interesante artículo evaluando ese período en relación al desarrollo de la teoría y las políticas públicas relacionadas con las regulaciones. Aquí van algunos párrafos. El texto completo en: https://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2017/3/regulation-v40n1-1-updated-2.pdf

¿Proceso de reforma? / Los miembros del Congreso entienden que el favoritismo económico es un juego de dilema de prisionero. Y cuando las apuestas han sido lo suficientemente altas, han encontrado formas de cooperar para evitar los costos. Un ejemplo que a menudo se propone como un modelo para una amplia reforma del proceso es el sistema de Realineación y Cierre de Bases (BRAC).

Después del final de la Guerra Fría, se reconoció ampliamente que Estados Unidos tenía un gran y costoso excedente de instalaciones militares domésticas a la luz de las nuevas necesidades de defensa de la nación. Pero era políticamente difícil cerrar esas bases porque los congresistas locales bloquearían la legislación que ponía en peligro sus distritos. En esencia, la defensa nacional se había convertido en un programa de empleo para empleados civiles y contratistas, con pocos beneficios y un costo considerable para el público estadounidense en general.

Para terminar con este estancamiento, el Congreso tomó en gran medida las decisiones de cierre de base de las manos de los legisladores. En virtud de la legislación de 1990, delegaron en una comisión de cierre de bases la tarea políticamente difícil de identificar instalaciones militares que pudieran ser cerradas con poco riesgo para la defensa militar. Decenas de instalaciones fueron posteriormente cerradas como resultado de cuatro rondas BRAC sucesivas.

El éxito aparente del proceso BRAC dependía de dos ingeniosas disposiciones del estatuto autorizante. Primero, la Casa Blanca y el Congreso debían aceptar o rechazar en su totalidad las listas de las instalaciones de la Comisión de cierre de bases. No había oportunidad para los legisladores individuales de salvar «sus» bases. El medicamento tenía que ser tragado entero o no tragado en absoluto, a la vista del público. En segundo lugar, el Congreso podría rechazar la lista completa de los cierres de bases propuestas sólo si aprobaba una resolución de rechazo dentro de los 45 días después de que la Casa Blanca haya aprobado la lista. Debido a que la comisión BRAC recopiló y envió estratégicamente pequeñas listas de bases innecesarias, sólo una pequeña minoría de distritos congresionales se opondría a cada ronda BRAC, mientras que el resto del Congreso y la Casa Blanca se beneficiarían de los ahorros. Como resultado, el Congreso nunca rechazó una lista BRAC.

Desafortunadamente, el proceso BRAC no parece ser adaptable a muchas otras deliberaciones del Congreso, incluyendo la regulación. De hecho, puede ser un éxito único en su tipo. Ha habido otros intentos en tales comisiones independientes, pero el Congreso nunca ha dado a ninguno de ellos el poder que dio a la comisión BRAC. Bajo la mayoría de las circunstancias, el Congreso no cederá tal poder porque hacerlo eliminaría el centro de la vida en el Congreso: logrolling.

E incluso BRAC no ha tenido tanto éxito como sugiere la narración anterior. Aunque el Congreso nunca ha rechazado una lista BRAC, tampoco ha considerado muchas listas. El sistema se desmoronó después de la lista de 1995, porque los miembros de la comisión querían centrar su atención en las muchas bases de Texas y California. Clinton pudo haber sido un halcón del presupuesto que aprobó la lista de cierre de 1995, pero él no quiso poner en peligro sus posibilidades de la reelección en esos estados. Como resultado, inventó maneras de bloquear tener que considerar una lista subsecuente. Desde entonces, los legisladores de Washington también evitaron la compilación de listas que afectarían significativamente a California y Texas, resultando en sólo una ronda adicional de BRAC, en 2005. Más allá de eso, los defensores de mantener las bases abiertas comenzaron a cambiar sus esfuerzos de los legisladores a los miembros del comité BRAC, En esencia, la reinstitución del juego.

Si no se puede evitar el favoritismo económico, tal vez el Congreso podría al menos encontrar una manera menos costosa de distribuir la generosidad a sus beneficiarios. Por ejemplo, en lugar de regular los mercados, el gobierno podría dar subsidios directos a los intereses especiales actualmente favorecidos por la regulación, pero a cambio los economistas diseñarían las subvenciones de una manera que redujera las distorsiones del mercado causadas por la regulación.”

Carl Menger en Principios de Economía Política: el valor es subjetivo…, y se derrumbaba entonces la teoría del valor-trabajo

Así comenzó la “revolución marginalista” en la economía. Con los alumnos de la UBA Económicas vemos el libro de Carl Menger, Principios de Economía Política. Dice el autor en su capítulo III:

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“El valor de los bienes se fundamenta en la relación de los bienes con nuestras necesidades, no en los bienes mismos. Según varíen las circunstancias, puede modificarse también, aparecer o desaparecer el valor. Para los habitantes de un oasis, que disponen de un manantial que cubre completamente sus necesidades de agua, una cantidad de la misma no tiene ningún valor a pie de manantial.

Pero si, a consecuencia de un terremoto, el manantial disminuye de pronto su caudal, hasta el punto de que ya no pueden satisfacerse plenamente las necesidades de los habitantes del oasis y la satisfacción de una necesidad concreta depende de la disposición sobre una determinada cantidad, esta última adquiriría inmediatamente valor para cada uno de los habitantes. Ahora bien, este valor desaparecería apenas se restableciera la antigua situación y la fuente volviera a manar la misma cantidad que antes. Lo mismo ocurriría en el caso de que el número de habitantes del oasis se multiplican de tal forma que ya la cantidad de agua no bastara para satisfacer la necesidad de todos ellos. Este cambio, debido a la multiplicación del número de consumidores, podría incluso producirse con una cierta regularidad, por ejemplo, cuando numerosas caravanas hacen su acampada en este lugar.

Así pues, el valor no es algo inherente a los bienes, no es una cualidad intrínseca de los mismos, ni menos aún una cosa autónoma, independiente, asentada en sí misma. Es un juicio que se hacen los agentes económicos sobre la significación que tienen los bienes de que disponen para la conservación de su vida y de su bienestar y, por ende, no existe fuera del ámbito de su conciencia. Y así, es completamente erróneo llamar “valor” a un bien que tiene valor para los sujetos económicos, o hablar, como hacen los economistas políticos, de “valores”, como si se tratara de cosas reales e independientes, objetivando así el concepto. Lo único objetivo son las cosas o, respectivamente, las cantidades de cosas, y su valor es algo esencialmente distinto de ellas, es un juicio que se forman los hombres sobre la significación que tiene la posesión de las mismas para la conservación de su vida o, respectivamente, de su bienestar.

La objetivación del valor de los bienes, que es por su propia naturaleza totalmente subjetivo, ha contribuido en gran manera a crear mucha confusión en torno a los fundamentos de nuestra ciencia.”

Y luego ya se encarga de demoler la teoría del “valor trabajo”:

El valor que un bien tiene para un sujeto económico es igual a la significación de aquella necesidad para cuya satisfacción el individuo depende de la disposición del bien en cuestión. La cantidad de trabajo o de otros bienes de orden superior utilizados para la producción del bien cuyo valor analizamos no tiene ninguna conexión directa y necesaria con la magnitud de este valor. Un bien no económico, por ejemplo, una cantidad de madera en un gran bosque, no encierra ningún valor para los hombres por el hecho de que se hayan empleado en ella grandes cantidades de trabajo o de otros bienes económicos. Respecto del valor de un diamante, es indiferente que haya sido descubierto por puro azar o que se hayan empleado mil días de duros trabajos en un pozo diamantífero. Y así, en la vida práctica, nadie se pregunta por la historia del origen de un bien; para valorarlo sólo se tiene en cuenta el servicio que puede prestar o al que habría que renunciar caso de no tenerlo. Y así, no pocas veces, bienes en los que se ha empleado mucho trabajo no tienen ningún valor y otros en los que no se ha empleado ninguno lo tienen muy grande. Puede ocurrir también que tengan un mismo valor unos bienes para los que se ha requerido mucho esfuerzo y otros en los que el esfuerzo ha sido pequeño o nulo. Por consiguiente, las cantidades de trabajo o de otros medios de producción empleados para conseguir un bien no pueden ser el elemento decisivo para calcular su valor. Es indudable que la comparación del valor del producto con el valor de los medios de producción empleados para conseguirlo nos enseña si y hasta qué punto fue razonable es decir, económica, la producción del mismo. Con todo, esto sólo sirve para juzgar una actividad humana perteneciente al pasado. Pero respecto del valor mismo del producto, las cantidades de bienes empleados en conseguirlo no tienen ninguna influencia determinante ni necesaria ni inmediata.”

Restricciones no arancelarias el comercio internacional: el proteccionismo escondido y la amenaza al libre comercio

Con los alumnos de UCEMA, vemos ahora las nuevas y viejas variantes del proteccionismo. Para considerar las primeras, analizamos el Policy Analysis paper del Cato Institute, “Regulatory Protectionism A Hidden Threat to Free Trade” por K. William Watson y Sallie James: http://object.cato.org/sites/cato.org/files/pubs/pdf/pa723.pdf

“Pese al notable éxito de la liberalización comercial, las industrias locales siguen encontrando formas de usar el poder del estado para protegerse de la competencia externa. La práctica de usar las regulaciones locales ambientales o de protección al consumidor es una forma de disfrazar políticas proteccionistas que se han vuelto un serio problema. Este proteccionismo regulatorio daña a la economía y viola compromisos comerciales.

Factores diversos se combinan para explicar el crecimiento del proteccionismo regulatorio. La globalización económica ha provisto a los norteamericanos de acceso a una amplia variedad de productos importados. Esto ha permitido a los consumidores demandar no solamente productos de alta calidad a bajo costo sino también productos que están producidos según las preferencias filosóficas o éticas de los consumidores. Al mismo tiempo, los productores locales que buscan protección de las importaciones deben encontrar otras vías ahora que el uso de tarifas y cuotas está restringido por la ley internacional y el sentido común económico. La consecuencia es una tormenta perfecta en la que los activistas sociales y los intereses comerciales específicos se combinan para promover regímenes regulatorios que injusta e innecesariamente restringen importaciones”.

También vemos un trabajo de Julio Berlinski sobre restricciones no arancelarias en el Mercosur, quien concluye:

“Las restricciones no arancelarias al comercio existen toda vez que un productor nacional tiene que alterar su producto para cumplir con regulaciones de otro país, o someter su producto a test y certificación en el país importador. Las causas principales de estas barreras son las regulaciones obligatorias de los gobiernos, o los estándares voluntarios pero que pueden ser impuestos por instituciones no gubernamentales. Por ello, es conveniente distinguir entre regulaciones y barreras no-regulatorias, estas últimas resultan de requerir al exportador que cumpla estándares nacionales relacionados con antecedentes históricos o tradición técnica, pueden ser obligatorias pero están fuera de la política regulatoria. Podría decirse que las regulaciones técnicas mandatorias corresponderían a diferencias en requerimientos mínimos de salud, seguridad, medio ambiente; mientras que las no-regulatorias podrían estar más relacionadas con test de calidad o performance.

Tanto las restricciones esporádicas no anticipadas en el sector de exportación como las soluciones ad hoc introducen incertidumbre, reducción de exportaciones y aumento de costos asociados a minimizar su impacto. En algunos casos, esto induce una desviación de exportaciones hacia mercados menos conflictivos. Los diversos casos sin solucionar o con soluciones ad hoc corresponden a la ausencia de un esfuerzo de armonización legislativa (reconocimiento mutuo) o de internalización nacional de normas MERCOSUR ya acordadas.

Los casos analizados en este estudio donde las restricciones se relacionaron detalladamente on la satisfacción de estándares nacionales resultaron en experiencias similares a las de la Comunidad Económica Europea, donde los problemas más significativos estuvieron relacionados con la falta de información y experiencia, y con rezagos en obtener aprobación por parte de los organismos nacionales en el país de destino. También puede señalarse que las regulaciones de productos basados en recursos naturales tomaron más una característica nacional-regional debido a que se trata de industrias tradicionales; lo cual se compararía con aquellas intensivas en capital humano, industrias nuevas que son standard-takers. En las primeras se ha identificado una competencia entre reglas y sistemas nacionales de regulación para las que se requeriría mayor tiempo de convergencia, mientras que en el segundo grupo la referencia es externa.

El análisis sistemático de algunas experiencias de Argentina, Brasil y Uruguay respecto de la imposición de restricciones no arancelarias a sus exportaciones al MERCOSUR permitió caracterizarlas destacando su relevancia y el costo de protección para el consumidor. La incorporación de estas distintas dimensiones permitió concluir sobre la importancia de las restricciones no arancelarias como freno transitorio o permanente al flujo de comercio dentro del MERCOSUR. En tal sentido, si bien mucho de la armonización internacional y de la reducción de barreras no arancelarias se ha hecho dentro de los procesos de integración regional, en este caso el progreso ha sido lento.

Es decir, ha sido más fácil acordar entre pequeños grupos de países que en un nivel multilateral sobre la convergencia de los objetivos de política en el área de los estándares. Para superar la situación actual se requiere de una actitud negociadora creíble que incentive a los exportadores a encarar soluciones institucionales para desmantelar las restricciones a pesar de crear situaciones de free ride para sus competidores. También se requiere de un compromiso por parte de los gobiernos para iniciar negociaciones bilaterales o multilaterales que remuevan/armonicen o haya reconocimiento mutuo de las restricciones nacionales asimétricas.”

Proceso Económico: buen nombre para una materia, que muestra el carácter dinámico de la economía

La materia Proceso Económico II de la UFM continúa, obviamente, Proceso Económico I en la cual vimos los aspectos básicos de esta ciencia. En una división que ha llegado a predominar diríamos que la primera es Micro y la segunda es Macro, aunque la segunda además de algunos conceptos básicos tiene mucho de Política Económica.

Hablando de eso, es una pena que hayamos dejado de lado el nombre de Economía Política para describir a nuestra disciplina y que le digamos ahora solamente Economía. Porque Economía Política (recordemos cuántos textos clásicos tienen este nombre) reflejaba un espíritu interdisciplinario que la actual visión no tiene, o a dejado en un plano menor.

En cierto sentido, el nombre de “Proceso Económico” es bueno también porque refleja el carácter dinámico de la economía, y que lo que nos interesa no es ya entender un modelo estático de equilibrio final sino el proceso que se desata ante cambios en las preferencias de los consumidores, en las dotaciones de recursos y en las tecnologías.

Ese equilibrio final solamente tiene un mérito teórico si lo utilizamos para entender cómo la realidad no es, ya que resulta imposible llegar a ese punto dadas las limitaciones de conocimiento que imperan en nosotros. Precisamente, los alumnos de la materia también leyeron el artículo de Hayek, El uso del conocimiento en la sociedad.

El carácter evolutivo de la economía se desprende del programa de esta materia en relación al dinero, ya que señala:

“…se estudia el origen del dinero y su evolución a través del tiempo, identificando las desventajas del intercambio directo o trueque y la importancia del intercambio indirecto en una sociedad en donde la división del trabajo es amplia y extendida y de los diferentes medios utilizados para realizar los intercambios. Se definen las características que deben de tener las mercancías para ser utilizadas como medio de intercambio, las funciones del dinero y la importancia que éste ha tenido en la realización de intercambios más ágiles, lo cual ha permitido el progreso.

En la segunda parte se analiza cómo se llega a determinar el precio del dinero, el cual corresponde a su poder adquisitivo, en qué forma la demanda de dinero y la oferta influyen en el cambio del poder adquisitivo, estando representada la demanda por la oferta de bienes y servicios y el atesoramiento y la oferta por la emisión de la banca central y la creación de la banca comercial. Otro punto importante será comprender en qué consiste el dinero fiat y el dinero fiduciario.”

Y en el inevitablemente limitado tratamiento del sistema bancario y financiero, se considera también los principios y las experiencias históricas de la banca libre, algo que ahora nos parece muy extraño. Esto es, el funcionamiento de un sistema bancario sin banca central y sin una agencia que supervise a los bancos comerciales.

También se ve el funcionamiento de la banca central, el intervencionismo, el socialismo, es decir, todo tipo de interferencias en el funcionamiento de los mercados, para terminar con una evaluación ética del sistema económico.

Se habla de economía «real» (bienes). ¿Y el resto qué es, irreal? Alberdi contesta: el comercio es producción

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”. Algunos periodistas, y economistas, hablan a veces de la “economía real”, supuestamente la producción de bienes físicos. ¿El resto qué sería? ¿Irreal? Ya es raro plantear esta diferencia en la economía moderna donde el contenido digital de los bienes es cada vez mayor y los servicios forman la mayor parte de la creación de valor. Para Alberdi, el “comercio” era “producción”.

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.

El derecho de comerciar y de navegar, admitido como principio, ha sido y podía ser atacado por excepciones que excluyesen de su ejercicio a los extranjeros. Nuestra legislación de Indias era un dechado de ese sistema, que continuaba coexistiendo con la República. – Para no quitar al comercio sus brazos más expertos y capaces, el art. 20 de la Constitución ha dado a los extranjeros el derecho de comerciar y navegar, en igual grado que a los naturales. Los extranjeros, ha dicho, gozan en el territorio de la Confederación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprar los y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto, etc.

El derecho de navegar y comerciar había sido y podía ser anulado por restricciones excepcionales puestas a la libertad de salir y de entrar, de permanecer y de circular en el territorio, que no es más que un accesorio importantísimo de la libertad comercial. La Constitución hace imposible este abuso, consagrando por su artículo 14 el derecho en favor de todos los habitantes de la Confederación de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.

El derecho de comerciar y navegar, establecido como principio fundamental, podía ser anulado por exclusiones de banderas en la navegación de nuestros ríos interiores y costas marítimas. Para que la navegación interior tenga un sentido real y una existencia verdadera, el art. 26 de la Constitución ha declarado que la navegación de los ríos interiores de la Confederación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad municipala .

El comercio, la navegación, la circulación interiores, declarados libres por principio de derecho constitucional, podían ser y habían sido atacados durante la revolución republicana, por reglamentos provinciales que establecían contribuciones de aduanas interiores. La Constitución de mayo ha querido hacer imposible esta mistificación de libertad comercial, declarando cuatro veces por falta de una, que el comercio y la navegación interior no pueden ser gravados con ningún género de imposición. Los artículos 9, 10, 11 Y 12 de la Constitución son cuatro versiones de un mismo precepto de libertad comercial.”

Hayek introduce Principios de Economía Política, de Menger, y rescata la teoría, denigrada por el historicismo alemán

Con los alumnos de la UBA Económicas vemos a Carl Menger, su libro Principios de Economía Política. Comenzamos con la Introducción, escrita por F. A. von Hayek, quien dice, entre otras cosas:

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“El hecho de que William Stanley Jevons, Carl Menger y Léon Walras descubrieran casi al mismo tiempo y cada uno por su lado el principio de la utilidad límite es tan conocido que no  es necesario insistir en ello. Hoy se admite, en general, y con buenas razones, que el año 1871, en el que se publicaron la Theory of Political Economy de Jevons y los Principios de Menger, es el punto de partida de una nueva época en el desarrollo de la política económica. Jevons había expuesto ya sus ideas fundamentales nueve años antes, en un artículo (publicado en 1866) que apenas llamó la atención. Walras no inició la publicación de sus teorías hasta 1874. En todo caso, está bastante bien comprobada a mutua independencia de los trabajos de los tres fundadores.

Aunque sus propósitos centrales —es decir, aquella parte de sus sistemas a que mayor importancia dieron sus contemporáneos— son los mismos, el carácter general y el telón de fondo de sus trabajos son tan esencialmente diferentes que se plantea de forma inevitable la pregunta de cómo es posible que por caminos tan distintos se llegara a resultados tan parecidos.

Para comprender el transfondo intelectual de la obra de Carl Menger conviene hacer algunas observaciones sobre la situación general de la economía política en aquella época. Si bien es cierto que el cuarto de siglo que media entre la aparición de los Principles de J. St. Mill (1848) y el nacimiento de la nueva escuela fue, bajo muchos aspectos, testigo del gran triunfo de la política económica clásica en el ámbito práctico, sus fundamentos, y más en concreto su teoría del valor, fueron cada vez más discutidos. Tal vez la exposición sistemática de los Principles del propio J. St. Mill contribuyó en parte, a pesar o a causa de su autocomplaciente satisfacción por el alto grado de perfección alcanzado por la teoría del valor, a una con su posterior refutación de otros puntos importantes de esta teoría, a poner al descubierto las lagunas del sistema clásico. Fuera como fuere lo cierto es que en la mayoría de los países se multiplicaron los ataques críticos y los esfuerzos por conseguir nuevos puntos de vista.

Pero en ninguna parte se registró tan rápido y tan total ocaso de la escuela clásica de la economía política como en Alemania. Bajo los ataques de la escuela histórica, no sólo se abandonaron enteramente las teorías clásicas — que, por lo demás, nunca habían tenido profundas raíces en esta parte del mundo—, sino que toda tentativa de análisis teórico era saludada con profunda desconfianza. Esto era en parte el resultado de una serie de reflexiones metodológicas. Pero era, sobre todo, el producto de la acentuada animosidad con que el impulso reformista de los nuevos grupos, que se autodenominaban orgullosamente “escuela ética”, se oponía a las consecuencias prácticas de la escuela clásica inglesa. En Inglaterra se estancó el progreso de la teoría económica. Mientras tanto, había surgido en Alemania una segunda generación de economistas políticos históricos, que nunca había llegado a familiarizarse con el único sistema teórico bien estructurado y desarrollado y que había aprendido, además, a considerar inútiles, si no abiertamente perjudiciales, todo tipo de especulaciones teóricas.”

Artículo en el Cronista: El terrible horror de la renta financiera, pero se vería distinto si se llamara impuesto al ahorro

Artículo en el Cronista: https://www.cronista.com/columnistas/El-terrible-horror-de-la-renta-financiera-20170901-0012.html

En el mercado de las ideas, algunos debates están resueltos antes de que comiencen a presentarse los argumentos, tan sólo con la definición de las palabras que se van a utilizar. Esto ya es bien conocido, y el próximo caso que tenemos a la vista tiene que ver con la próxima reforma impositiva.

Algunos comentarios señalan que la misma incluirá algún impuesto a la renta financiera. Planteada de esa forma se asegura la aprobación de todo el arco populista y de la izquierda, ya que…¿puede haber algo peor que la renta financiera? Incluso parece peor que el mismo populismo.

La palabra financiera parece desatar en los votantes imágenes de banqueros gordos, fumando habanos, responsables del corralito y el corralón, veraneando en Miami con nuestro dinero. La palabra renta sugiere una ganancia para la cual no se ha hecho nada. Una combinación letal.

Y no ya entre los políticos, incluso en el área de la economía que estudia la política, conocida como Public Choice, se usa la palabra renta para indicar ganancias empresarias que son el resultado del contubernio con los políticos y funcionarios y no de la competencia en el mercado. Se lo llama rent seeking.

Los políticos saben esto muy bien (no Public Choice, por supuesto). Ponerle ese nombre es garantizarle buena parte de su éxito, con un seguro apoyo popular. Pero a poco que la gente se dé cuenta de lo que estamos hablando, tal vez comience a cambiar de opinión. Muy diferente sería su visión si se hablara de un impuesto al ahorro.

Ya que, aparentemente, el nuevo impuesto gravaría a los plazos fijos y la tenencia de bonos en manos de particulares. Ahora bien, de la misma forma en que la gente odia la renta financiera, tiene en alta valoración al ahorro. Sabe muy bien que, pese a todas las canciones de sirena respecto al consumo, ya sea que vengan de propagandas o de políticas económicas que buscan impulsar la demanda, su futuro, y el de sus hijos, está en el trabajo, la producción y el ahorro. Hace duros esfuerzos para conseguir una vivienda y busca tener un colchón para esas situaciones a las que el país nos tiene acostumbrados. Todo el mundo sabe que no se progresa dándole a la tarjeta de crédito por sobre lo que podemos pagar, solamente los gobiernos creen que esa es una buena idea.

La gente cree que un impuesto a la renta financiera no recae sobre ellos sino sobre las ganancias de los grandes grupos financieros; pero los bancos y entidades financieras tienen que pagar ganancias como cualquiera, así que su renta ya está gravada. Todo el mundo va a salir a festejar pero será el equivalente de festejar un gol pegándose con un martillo en la mano.

Además, el castigo al ahorro es un castigo a la inversión, por lo que incluso aquellos que no ahorran se verán perjudicados porque la única forma de que los salarios crezcan en términos reales es a través de la mayor inversión de capital que necesita del ahorro, interno o externo, para realizarse. Si la izquierda entendiera algo de economía, y quisiera beneficiar a los pobres, debería promover la acumulación de capital, como lo hacían forzadamente los gobiernos comunistas. Claro, que, el que entendiera eso, no sería de izquierda.

Y el resto de la propuesta de reforma impositiva no parece estar mal. Si bien no reduce impuestos, al menos busca ordenarlos, eliminando serias distorsiones y los más aberrantes como ingresos brutos.

Sería mucho más preocupante que el gobierno realizara la propuesta de gravar el ahorro por convicción. Mucho más elegante es plantear que se trata de la moneda de cambio, o la carnada para que el populismo muerda el anzuelo y se trague el resto. Pero muchas veces ya nos hemos quedado sin el pan y sin la torta.