Keynes-Hayek: Un debate que cumple un siglo y que marcó la política económica durante todo ese tiempo

Con los alumnos de Teorías Económicas, de Eseade, vemos el debate “Hayek-Keynes” sobre las crisis y el ciclo económico. Comenzamos con el capítulo 22 de la Teoría General de Keynes, titulado “Notas sobre el ciclo económico” y luego vemos también un artículo de Hayek. Aquí van algunos párrafos que explican la visión de Keynes y otros donde hace referencia a la discusión, aunque en ningún momento menciona con quién está discutiendo, pero se puede inferir con quién.

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“…encontraremos que las fluctuaciones en la propensión a consumir, en la curva de preferencia por la liquidez y en la eficacia marginal del capital han desempeñado su parte (en los ciclos). Pero sugiero que el carácter esencial del ciclo económico y, especialmente, la regularidad de la secuencia de tiempo y de la duración que justifica el que lo llamemos ciclo, se debe sobre todo a cómo fluctúa la eficacia marginal del capital.”

“Las últimas etapas del auge se caracterizan por las esperanzas optimistas respecto al rendimiento futuro de los bienes de capital, lo bastante fuertes para equilibrar su abundancia creciente y sus costos ascendentes de producción y, probablemente también, un alta en la tasa de interés. Es propio de los mercados de inversión organizados que, cuando el desencanto se cierne sobre uno demasiado optimista y con demanda sobrecargada, se derrumben con fuerza violenta, y aún catastrófica bajo la influencia de compradores altamente ignorantes de lo que compran y de los especuladores, que están más interesados en las previsiones acerca del próximo desplazamiento de la opinión del mercado, que en una estimación razonable del futuro rendimiento de los bienes de capital.”….

“De este modo, con mercados organizados y sujetos a las influencias actuales, la estimación que hace el mercado de la eficacia marginal del capital puede sufrir fluctuaciones tan enormemente amplias que no quepa neutralizarlas lo bastante por fluctuaciones correspondientes en la tasa de interés. Además, como hemos visto antes, los movimientos consiguientes en el mercado de valores pueden deprimir la propensión a consumir precisamente cuando es más necesaria. Por tanto, en condiciones de laissez-faire, quizá sea improbable evitar las fluctuaciones amplias en la ocupación sin un cambio trascendental en la psicología de la inversión, cambio que no hay razón para esperar que ocurra. En conclusión, afirmo que el deber de ordenar el volumen actual de inversión no puede dejarse con garantías de seguridad en manos de los particulares.”

Hasta allí, una muy breve exposición de su análisis y propuesta de solución. Ahora breves párrafos sobre el debate. Así comienza la sección inmediata al párrafo anterior:

“Puede parecer que el análisis precedente está de acuerdo con el punto de vista de quienes sostienen que la sobreinversión es la característica del auge, que el único remedio posible para la siguiente depresión es el evadirla, y que, si bien, por las razones dadas antes, ésta no puede impedirse por medio de una baja tasa de interés, el auge puede evitarse por otra alta. Ciertamente tiene fuerza el argumento de que una alta tasa de interés es mucho más efectiva contra un auge que otra baja contra una depresión.

Pero inferir estas conclusiones de lo anterior llevaría a una mala interpretación de mi análisis; y a mi modo de ver, supondría un error. Porque el término sobreinversión es ambiguo. Se puede referir a las inversiones que se destinan a desanimar las previsiones que las incitaron o para las cuales no hay lugar en circunstancias de intensa desocupación; o puede indicar un estado de cosas en el que cada clase de bienes de capital sea tan abundante que no haya inversión nueva que prometa aun en condiciones de ocupación plena, ganar en el curso de su duración más que su costo de reposición. Es solamente en el último estado de cosas donde hay sobreinversión, estrictamente hablando, en el sentido de que cualquier inversión posterior será sólo un puro desperdicio de recursos:….

…’El remedio del auge no es una tasa más alta de interés, sino una más baja!, porque ésta puede hacer que perdure el llamado auge. El remedio correcto para el ciclo económico no puede encontrarse en evitar los auges y conservarlos así en semi-depresiones permanentes sino en evitar las depresiones y conservarnos de este modo en un cuasi-auge continuo.”

“El auge que está destinado a terminar en depresión se produce, en consecuencia, por la combinación de dos cosas: una tasa de interés que, con previsiones correctas, sería demasiado alta para la ocupación plena, y una situación desacertada de previsiones que, mientras dura, impide que esta tasa sea un obstáculo real. El auge es una situación tal que el exceso de optimismo triunfa sobre una tasa de interés cuya altura excesiva se comprendería si se juzga con serenidad.”

Una biblioteca viva sobre Friedrich A. Hayek: la más completa colección de artículos y libros sobre este autor

Antes presenté información sobre todo tipo de libros sobre liberalismo y economía de mercado: gratis, online y en castellano. Ahora, para los que quieran profundizar (aunque en inglés), una biblioteca viva sobre todo tipo de artículos y libros relacionados con Friedrich A. Hayek. Lo presenta Peter J. Boettke, como parte del F.A. Hayek Program en George Mason University: A Living Bibliography of Works on Hayek; https://www.mercatus.org/hayekprogram/economic-insights/features/living-bibliography-works-hayek?s=09

“Hace unos años me embarqué en la investigación y redacción de un libro sobre F. A. Hayek para los grandes pensadores de la economía editado por Tony Thirlwall. En el proceso, comencé a recopilar una bibliografía sobre todos los trabajos en ciencias sociales y humanidades que discutían las contribuciones de Hayek en tesis doctorales, artículos científicos y académicos y libros académicos con la ayuda de mis asistentes de investigación capacitados en nuestro Programa F.A. Hayek para Estudios Avanzados en Filosofía, Política y Economía en el Centro Mercatus.”

Sunstein, siguiendo a Hayek y el uso de los algoritmos en la sociedad: el conocimiento incompleto y disperso

Cass Sunstein, reconocido autor del libro Nudge junto a Richard Thaler, elabora en base el famoso artículo de Hayek “El uso del conocimiento en la sociedad”, para aplicarlo a los algoritmos de las más modernas tecnologías. “The Use of Algorithms in Society”:

Sunstein, Cass R., The Use of Algorithms in Society (December 22, 2022). Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=4310137  or http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.4310137

Así presenta Wikipedia a Cass Sunstein: Cass R. Sunstein (21 de septiembre de 1954) es un abogado norteamericano y profesor universitario dedicado principalmente al estudio del derecho constitucional, derecho administrativo, derecho ambiental y de la economía conductual. Se desempeñó como Director de la Oficina de Información y Asuntos Regulatorios (OIRA) en la administración Obama y es Profesor Felix Frankfurter en la Escuela de Derecho en Harvard. Durante 27 años, Sunstein fue investigador en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chicago,​ donde actualmente continúa enseñando como profesor Visitante Harry Kalven.

Resumen:

“Los juicios de los seres humanos pueden estar sesgados; también pueden ser ruidosos. En una amplia gama de configuraciones, es probable que el uso de algoritmos mejore la precisión, porque los algoritmos reducirán tanto el sesgo como el ruido. De hecho, los algoritmos pueden ayudar a identificar el papel de los sesgos humanos; incluso podrían identificar sesgos que no se han mencionado antes. En comparación con los algoritmos, por ejemplo, los jueces humanos, al decidir si conceden la libertad bajo fianza a los acusados ​​penales, muestran un sesgo de delito actual y un sesgo de ficha policial; en comparación con los algoritmos, los médicos humanos, al decidir si evaluar a las personas para detectar ataques cardíacos, muestran un sesgo de síntomas actuales y un sesgo demográfico. Estos son casos en los que grandes conjuntos de datos pueden asociar ciertas entradas con resultados específicos. Pero en casos importantes, los algoritmos luchan por hacer predicciones precisas, no porque sean algoritmos sino porque no tienen suficientes datos para responder la pregunta en cuestión. Esos casos a menudo, aunque no siempre, involucran sistemas complejos. (1) Es posible que los algoritmos no puedan prever los efectos de las interacciones sociales, que pueden depender de una gran cantidad de factores aleatorios o fortuitos, y que pueden conducir en direcciones imprevistas e impredecibles. (2) Es posible que los algoritmos no puedan prever los efectos del contexto, el tiempo o el estado de ánimo. (3) Es posible que los algoritmos no puedan identificar las preferencias de las personas, que pueden estar ocultas o falsificadas y que pueden revelarse en un momento inesperado. (4) Es posible que los algoritmos no puedan anticipar saltos o choques repentinos o sin precedentes (un avance tecnológico, un ataque terrorista exitoso, una pandemia, un cisne negro). (5) Los algoritmos pueden no tener «conocimiento local» o información privada, que los seres humanos pueden tener. Las predicciones sobre la atracción romántica, sobre el éxito de los productos culturales y sobre las próximas revoluciones son ejemplos de ello. Las limitaciones de los algoritmos son análogas a las limitaciones de los planificadores, enfatizadas por Hayek en su famosa crítica de la planificación central. Es una pregunta sin resolver si, y en qué medida, algunas de las limitaciones de los algoritmos podrían reducirse o superarse con el tiempo, con más datos o varias mejoras; los cálculos están mejorando de manera extraordinaria, pero algunos de los desafíos relevantes no se pueden resolver con cálculos ex ante.”

Mas que una biografia: Hayek a life, una historia de las ideas en el siglo XX

Para la revista The Economist fue el mejor libro del 2022: Hayek: A Life, 1899–1950 por Bruce Caldwell  y Hansjoerg Klaus https://www.amazon.com/Hayek-Life-1899-1950-Bruce-Caldwell/dp/0226816826/ref=sr_1_1?crid=MVJM6SYPYNDU&keywords=hayek+a+life&qid=1677955205&sprefix=hayek+a+life%2Caps%2C248&sr=8-1 inger:

 

“Pocas figuras del siglo XX han sido elogiadas y vilipendiadas en igual medida que Friedrich Hayek, economista, teórico social, líder de la escuela austriaca de economía y campeón del liberalismo clásico. Los argumentos eruditos de Hayek en apoyo del individualismo y la economía de mercado han atraído a seguidores devotos, incluidos muchos en las palancas del poder en los negocios y el gobierno. Los críticos, mientras tanto, presentan a Hayek como el antepasado intelectual del “neoliberalismo” y de todos los males que asocian con esa perniciosa doctrina.

En Hayek: A Life, los historiadores de la economía Bruce Caldwell y Hansjörg Klausinger se basan en material familiar y de archivo nunca antes visto para producir un relato autorizado de las primeras cinco décadas del influyente economista. Esto incluye representaciones de su carrera temprana en Viena; sus relaciones en Londres y Cambridge; sus disputas familiares; y relatos definitivos de la creación de Camino de servidumbre y de la reunión fundacional de la Sociedad Mont Pèlerin.

Una obra emblemática de la historia y la biografía, Hayek: A Life es una contribución importante tanto a nuestra descripción cultural de una figura destacada como a la historia intelectual misma.”

¿Fallas de mercado o conocimiento disperso e incompleto y falta de definición de derechos de propiedad?

Con los alumnos de la materia Instituciones, Derecho y Economía,de Eseade, leemos lo que ya es un clásico, el artículo de Hayek más leído y citado por quienes no son autores de la Escuela Austriaca. Derivado de la discusión sobre el cálculo económico en el socialismo, mientras la economía mainstream concluía que la economía no alcanza el óptimo del equilibrio general por todo tipo de “fracasos de mercado”, Hayek, luego de haber criticado los modelos de equilibrio general por no ser dinámicos y luego por pretender que si ese óptimo no se alcanza es por fallas de mercado; sostiene que ese óptimo presupone el conocimiento perfecto de todas las circunstancias de tiempo y lugar, cosa que puede ocurrir en el modelo, pero lejos está de la realidad donde precisamente es el mercado el que transmite información a través del sistema de precios.

Luego, los alumnos leen también una selección de textos cortos de la Enciclopedia Fortune sobre esas fallas y el papel que cumplen los derechos de propiedad para resolverlas.

Estas son las lecturas:

  • F. A. von Hayek; “El uso del conocimiento en la sociedad” http://www.hacer.org/pdf/Hayek03.pdf 
  • Enciclopedia de Economía Fortune (Barcelona : Folio, 1997): Tyler Cowen, “Bienes públicos y externalidades”; Avinash Dixit & Barry Nalebuff , “El Dilema del Prisionero”; Garrett Hardin, “La Tragedia de los Comunes”; Richard Stroup, “Comportamiento político”; Armen Alchian, “Derechos de propiedad”; Paul Heyne, “Eficiencia”(The Concise Encyclopedia of Economics; Liberty Fund: https://www.econlib.org/cee/)

Hayek sobre el origen de la propiedad, la libertad y la justicia: la propiedad privada es propiedad plural

Con los alumnos de la materia Instituciones, Derecho y Economía de ESEADE vemos un capítulo del libro de Hayek “La Fatal Arrogancia”, donde trata del origen de la propiedad, la libertad y la justicia:

Nadie que valore la sociedad civilizada osará recusar la propiedad plural. La historia de una y otra están íntimamente ligadas. Henry Sumner Maine

La propiedad…, por lo tanto, es intrínsecamente inseparable de la economía humana en su modalidad social. Carl Menger

El hombre está capacitado para disfrutar de las libertades civiles en la misma medida en que esté dispuesto a contener sus apetitos, sometiéndolos a algún condicionamiento moral; lo está en la medida en que su amor por la justicia prevalece sobre su rapacidad. Edmund Burke

La libertad y el orden extenso

Establecido que, en definitiva, fueron la moral y la tradición —más que la inteligencia y la razón calculadora— las que permitieron al hombre superar su inicial estado de salvajismo, parece razonable también situar el punto de partida del proceso civilizador en las regiones costeras de Mediterráneo. Las posibilidades facilitadas por el comercio a larga distancia otorgaron ventaja relativa a aquellas comunidades que se avinieron a conceder a sus miembros la libertad de hacer uso de la información personal sobre aquellas otras en las que era el conocimiento disponible a nivel colectivo o, a lo sumo, el que se encontraba en poder de su gobernante de turno el que determinaba las actuaciones de todos. Fue, al parecer, en la región mediterránea donde por primera vez el ser humano se avino a respetar ciertos dominios privados cuya gestión se dejó a la responsabilidad del correspondiente propietario, lo que permitió establecer entre las diferentes comunidades una densa malla de relaciones comerciales. Surgió la misma al margen de los particulares criterios o veleidades de los jefes locales, al no resultar posible entonces controlar eficazmente el tráfico marítimo. Cabe recurrir a la autoridad de un respetado investigador (al que ciertamente no se puede tildar de proclive al mercado) que se ha expresado en los siguientes términos:

“El mundo greco-romano fue esencial y característicamente un mundo de propiedad privada, tratárase de unos pocos acres o del las inmensas posesiones de los emperadores y senadores romanos; era un mundo dedicado al comercio y a la manufactura privados” (Finley, 1973:29).

Tal orden, basado en la integración de muchos esfuerzos orientados al logro de una pluralidad de metas individuales, sólo devino posible sobre la base de eso que yo prefiero denominar propiedad plural, expresión acuñada por H. S. Maine y que considero más adecuada que la de “propiedad privada”. Si aquélla constituye la base de toda civilización desarrollada, correspondió en su día, al parecer, a la Grecia clásica el mérito de haber por vez primera advertido que es también intrínsecamente inseparable de la libertad individual. Los redactores de la Constitución de la antigua Creta “daban por sentado que la libertad es la más importante aportación que el Estado puede ofrecer; y precisamente por ello, y por ninguna otra razón, establecieron que las cosas perteneciesen indubitablemente a quienes las adquirieran. Por el contrario, en los regímenes en los que prevalece la esclavitud todo pertenece a los gobernantes” (Estrabón, 10, 4, 16).

Un importante aspecto de esa libertad —la posibilidad de que los individuos o subgrupos puedan dedicar sus esfuerzos a la consecución de una amplia variedad de fines, fijados en función de sus particulares conocimientos y habilidades— sólo resultó posible a partir del momento en que, aparte del plural control de los medios, pudo contarse también con otra práctica que ha sido siempre inseparable de la primera: la existencia de reconocidos mecanismos para su transmisión. Esa capacidad individual de decidir autónomamente acerca de cuál deba ser el empleo a dar determinados bienes —en función de los personales conocimientos y apetencias (o el de los del colectivo en el que el actor haya decidido libremente integrarse)— depende de que, de manera general, se acepte la existencia de ciertos dominios privados dentro de los cuales puedan los diferentes sujetos disponer las cosas a su gusto, así como de una también consensuada mecánica de transmisión a otros de tales derechos. Desde la Grecia clásica hasta nuestros días, la condición esencial a la existencia de los derechos dominicales, así como el correspondiente orden de libertad y pacífica convivencia, ha sido siempre idéntica: la existencia de un estado de derecho encarnado en una normativa de carácter general que a cualquiera permita determinar quiénes son los sujetos o entes a los que corresponde establecer lo que procede hacer con los bienes ubicados en el ámbito personal.

Respecto de ciertos bienes (por ejemplo las herramientas) debió surgir ya en fechas muy tempranas el concepto de propiedad privada. Este concepto pudo originar vínculos de unión tan fuertes que hasta hayan impedido por completo su transferencia, por lo que el utensilio en cuestión solía acompañar a su dueño hasta la tumba, cual testimonian los tholos o enterramientos de falsa bóveda del período micénico. Produciríase, en este caso, cierta identificación entre la figura del “creador” de la cosa y su “propietario legítimo”. Numerosas han sido las modalidades según las cuales ha evolucionado en el tiempo dicha idea fundamental —evolución muchas veces sin duda ligada con la leyenda, cual acontecería siglos después con la historia del rey Arturo y su espada Excalibur, relato según el cual la transferencia del arma tuvo lugar, no por aplicación de una ley establecida por los hombres, sino en virtud de una ley “superior” relacionada más bien con “los poderes”.

La extensión y refinamiento del derecho de propiedad tuvo lugar, como sugieren estos ejemplos, de manera gradual, no habiéndose alcanzado aún hoy sus estadios finales. El respeto a la propiedad no dispondría ciertamente de gran arraigo entre las bandas de cazadores y recolectores en cuyo seno cualquiera que descubriera una nueva fuente de alimentación o un más seguro refugio quedaba obligado a comunicar su hallazgo al resto de sus compañeros. Probablemente, los primeros artículos no fungibles personalmente elaborados quedarían ligados a sus creadores simplemente por el hecho de ser ellos los únicos capaces de utilizarlos. Nuevamente cabe recurrir al ejemplo del rey Arturo y su espada Excalibur, pues, aunque no fuera éste quien con sus manos la forjara, era ciertamente el único capaz de blandirla. La propiedad plural relativa a los bienes de carácter fungible debió aparecer más tarde, a medida que avanzara el proceso de debilitamiento del espíritu de solidaridad de grupo y fuera asumiendo el sujeto cada vez en mayor medida la responsabilidad de asegurar el sustento de determinados grupos de menor tamaño, tal como la unidad familiar. Fue probablemente la necesidad de disponer de una mínima unidad productiva viable lo que dio lugar a que la propiedad de la tierra pasara de colectiva a privada.

Hayek y Carl Schmitt (el «apologista legal» de Hitler), tratan el mismo tema, pero su visión es totalmente opuesta

Hayek lo llamó el “apologista legal” de Hitler. Correcta definición creo, para Carl Schmitt, a quien muchos consideran como un gran filósofo político. Me parece increíble ese respeto cuando no hace falta embarrarse con ese autor y sus ideas para considerar el funcionamiento del “poder”.

En un paper de Daniel Nientiedt, del Walter Eucken Institute, busca una cierta correlación entre este autor y F. A. Hayek, planteando que ambos autores eran críticos de la influencia de grupos particulares en el poder, sólo que la solución para Schmitt sería una mayor concentración del poder político mientras que para Hayek sería lo opuesto.

En definitiva, lo único que hay en común es un tema a tratar. Luego, la visión filosófica no puede ser más opuesta. El paper es:

Nientiedt, Daniel, “Hayek and Schmitt on the “Depoliticization” of the Economy” (December 28, 2022). Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=

“Tanto Friedrich Hayek como Carl Schmitt critican el papel de los grupos de interés económico en las democracias modernas. Este documento comienza comparando sus descripciones de cómo estos grupos intentan obtener un trato favorable del estado («búsqueda de rentas»). A continuación, el documento analiza las soluciones propuestas. La solución de Schmitt, llamada despolitización, implica el establecimiento de un estado autoritario con un sistema económico corporativista. Hayek, por el contrario, argumenta a favor de limitar la capacidad de los políticos para otorgar privilegios a los grupos económicos. El documento finalmente pregunta si, como se afirma en la literatura, la solución de Hayek es similar a la de Schmitt en el sentido de que ambos intentan proteger la economía de libre mercado de la supervisión democrática. Se argumenta que la solución de Hayek no es antidemocrática (a menos que uno defina la democracia como mayoritarismo puro), mientras que la solución de Schmitt no conduce a los mercados libres.”

Hayek, un genio: no tenía 30 años y había escrito un libro precursor de las neurociencias

El título ya te asusta: Herrmann-Pillath, Carsten (2021). “Evolutionary mechanisms of choice: Hayekian perspectives on neurophilosophical foundations of neuroeconomics”. Economics and Philosophy 37 (2):284-303. Pero, efectivamente, Hayek tiene un libro sobre el cerebro, la mente, la conciencia. Uno de los más difíciles de leer. Increíblemente, uno que escribiera cuando era muy joven, no llegaba a los 30, pero que recién se publicara mucho después. Y ahora resulta ser que es un precursor en este campo de las neurociencias. Increíble.

El autor es del Max Weber Centre for Advanced Cultural and Social Studies, Erfurt University, Economics & Philosophy , Volume 37 , Issue 2 , July 2021 , pp. 284 – 303. DOI: https://doi.org/10.1017/S0266267120000371

La contribución seminal de Hayek a las neurociencias teóricas, The Sensory Order, sigue siendo descuidada en los esfuerzos actuales por integrar las neurociencias, la psicología y la economía. Defiendo la opinión de que Hayek presenta el caso de una alternativa evolutiva a los principales paradigmas en el campo y analizo dos con más detalle: el modelo basado en el bien en neuroeconomía y el enfoque de sistemas duales en economía del comportamiento. En ambos casos, las ideas hayekianas esenciales siguen siendo válidas en el contexto de la neurociencia moderna, permiten tener en cuenta investigaciones recientes y esbozar un modelo de elección dinámico y seleccionista.

¿Racionales o irracionales? ¿Cómo somos, o cómo actuamos? ¿Racionales en la política?

¿Racionales o irracionales? ¿Cómo somos, o cómo actuamos? La pregunta está en la base de muchos modelos y teorías económicas y es fruto de una gran discusión. En un breve artículo para AIER (American Institute for Economic Research), Michael Munger trata el tema: “We Have Lifeboat Minds, But We Live in a Walmart World”, https://www.aier.org/article/we-have-lifeboat-minds-but-we-live-in-a-walmart-world/
Michael Munger es Professor of Political Science, Economics, and Public Policy at Duke University y Senior Fellow of the American Institute for Economic Research

El artículo es corto, pero con buenas referencias para quien quiera comenzar:

“Los economistas generalmente asumen que “las personas son racionales” en cualquier discusión analítica de preferencias y comportamiento. Pero a veces parece que las “preferencias” políticas no son racionales, porque los efectos de las políticas son opuestos a la intención declarada. Algunos ejemplos:

  • El control de alquileres se vende al público como un programa antipobreza, pero claramente perjudica a las personas pobres y les dificulta encontrar vivienda.
  • Se supone que las leyes contra la estafa hacen posible que todos tengan acceso a suministros esenciales en caso de emergencia, pero su efecto real es causar escasez, estantes vacíos y largas demoras en la disponibilidad de nuevos envíos de lo que la gente necesita.
  • Se supone que las restricciones a las importaciones de materias primas y productos manufacturados de otros países “crean puestos de trabajo” a nivel nacional, pero su efecto real es aumentar tanto el costo de los bienes intermedios y los productos de consumo que el efecto neto es negativo, ya que los consumidores pagan más de reciben los trabajadores.
  • Se supone que los salarios mínimos, las licencias ocupacionales y otras regulaciones de los mercados laborales benefician a los trabajadores, pero el efecto real es reducir el empleo total y dificultar que las personas económicamente marginales adquieran la experiencia que necesitarían para tener un trabajo de tiempo completo en un buen salario.

La opinión pública sobre estas preguntas indica que el público votante varía desde el apoyo mayoritario a las barreras comerciales y el control de alquileres hasta las grandes mayorías que favorecen las leyes contra la estafa y los salarios mínimos. La respuesta típica del economista parece ser que las personas son irracionales o que “simplemente no entienden”. Creo que tenemos mentes atávicas de salvavidas, a pesar de que ahora vivimos en un mundo Walmart.”

Hayek sobre la justicia «social». No existe, sólo hay justicia sobre las acciones individuales

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca, UCEMA, llegamos al final de la materia considerando la obra de algunos de sus autores en otros campos. En este caso, vemos a Hayek discutir el concepto de “justicia social”:

Hayek

“La justicia «social» (o, a veces, justicia «económica») se vio como atributo que debían poseer las «acciones» de la sociedad, o el «tratamiento» que los individuos o los grupos recibían de la misma. Como hace generalmente el pensamiento primitivo cuando observa por primera vez algunos procesos regulares, los resultados del orden espontáneo del mercado han sido interpretados como si estuvieran dirigidos por una mente racional, o como si los beneficios o los daños que las distintas personas recibían de ese orden estuvieran determinados por actos de voluntad y pudieran por tanto ser guiados por reglas morales. Esta concepción de la justicia «social» es, pues, una consecuencia directa de aquel antropomorfismo o personificación con el que el pensamiento primitivo trata de explicar todos los procesos de auto-ordenación. Demuestra nuestra inmadurez el hecho de que aún no hayamos abandonado estos conceptos primitivos, y se exija aún de un proceso impersonal que produce una satisfacción de los deseos humanos mayor que la que pueda obtenerse de cualquier ordenación deliberada que se conforme a los preceptos morales que los hombres han desarrollado como guía de sus acciones individuales.

El uso de la expresión «justicia social» es relativamente reciente, pues parece que se remonta a hace un siglo, poco más o menos. Esta expresión se empleó de vez en cuando en tiempos más antiguos para designar los esfuerzos organizativos destinados a observar las reglas de recta conducta individual; en la actualidad se usa a veces en discusiones eruditas para valorar los efectos de las actuales instituciones de la sociedad, pero el sentido en que hoy suele emplearse, y al que constantemente se recurre en las discusiones públicas y que será analizado en el presente capítulo, es esencialmente el mismo en que durante mucho tiempo se empleó la expresión «justicia distributiva». Según parece, empezó a hacerse habitual en este sentido en el tiempo en que (y acaso en parte porque) John Stuart Mill trató explícitamente ambos términos como equivalentes en afirmaciones como:

la sociedad debería tratar igualmente bien a todos aquellos que lo han merecido igual-mente, es decir, aquellos que lo han merecido igualmente en absoluto. Este es el más alto grado abstracto de justicia social y distributiva, hacia el cual deberían hacerse converger lo más posible todas las instituciones y los esfuerzos de todos los ciudada-nos virtuosos; o bien:

se considera universalmente justo que toda persona obtenga (tanto en el bien, como en el mal) lo que merece; es injusto que tenga que obtener el bien o sufrir el mal quien no lo merece. Tal vez sea ésta la forma más clara y enfática en que puede concebirse la idea de justicia. Puesto que implica la idea de méritos morales, surge la pregunta sobre en qué consisten estos méritos.

Es significativo el hecho de que estas dos citas se encuentren en la descripción de uno de los cinco significados de justicia que Mill distingue, cuatro de los cuales se refieren a las normas de recta conducta individual, mientras que ésta define una situación fáctica que puede pero que no necesita haber sido causada por una decisión humana racional. Parece, pues, que Mill no se percató de la circunstancia de que con este significado se refiere a situaciones completamente distintas de aquellas a las que se aplican los otros cuatro sendos, o de que esta concepción de «justicia social» lleva directamente a un socialismo en plena regla.

Tales afirmaciones, que asocian explícitamente «justicia social y distributiva» al «tratamiento» de los individuos por parte de la sociedad según sus ritos morales, demuestran claramente la diferencia con la simple justicia, y al mismo tiempo la causa de la vacuidad del concepto. La exigencia de «justicia social» se dirige no al individuo sino a la sociedad -pero la sociedad, en sentido estricto, es decir como distinta del aparato de gobierno- es incapaz de obrar por un fin específico, y la exigencia de «justicia social» se convierte por tanto en una exigencia dirigida a los miembros de la sociedad para que se organicen de tal modo que puedan asignar determinadas cuotas de la producción social a los diferentes individuos y grupos. La pregunta fundamental, pues, es la de si existe el deber moral de someterse a un poder que pueda coordinar los esfuerzos de los miembros de la sociedad en orden a obtener un modelo de distribución particular, considerado como justo.

Si la existencia de este poder se da por descontada, la cuestión sobre cómo deberían distribuir los medios disponibles para satisfacer las necesidades se convierte en cuestión de justicia, aunque no sea una pregunta a la que la (264) moral vigente dé una respuesta. Parece, pues, que estaría justificado el presupuesto del que parten la mayoría de los teóricos modernos de la «justicia social», esto es, que sería necesario asignar cuotas iguales a todos a menos que consideraciones particulares exijan no aplicar este principio.26 Sin embargo, el problema principal consiste en establecer si es moral que los hombres estén sujetos a aquellos poderes sobre sus acciones que deberían ejercerse para que los beneficios obtenidos por los individuos puedan definirse significativamente como justos o injustos.”