Richard Cantillon: el impacto de la emisión monetaria en los precios relativos

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I, de la Facultad de Ciencias Económicas, Universidad de Buenos Aires, vemos a Richard Cantillon en su Ensayo sobre la Naturaleza del Comercio en General. Cantillon fue seguramente un personaje, nacido en Irlanda pero luego desarrollando sus actividades empresariales en Francia, escribió ese libro que bien puede compartir el podio con La Riqueza de las Naciones de Adam Smith.

Allí, no solamente describe con elegancia y precisión el impacto de la mayor cantidad de dinero, sino que, en la parte del texto que leemos, presenta el que luego fuera llamado “efecto Cantillon”, esto es, que el impacto de la emisión de dinero no eleva a todos los precios por igual, sino que distorsiona los precios relativos. Acá un par de párrafos donde presenta esta idea:

“Supongamos ahora que a causa de la residencia de embajadores y viajeros extranjeros en Inglaterra se haya introducido en la circulación otro tanto de dinero del que había al principio; este dinero pasará primero por las manos de diversos artesanos, criados, empresarios, etc., que hayan participado en las empresas de transporte, diversiones, etc., de estos extranjeros; los industriales, colonos u otros empresarios sentirán el efecto de este aumento de dinero, gracias al cual se creará, en un gran número de personas, la costumbre de un gasto mayor que en el pasado, lo que en consecuencia encarecerá los precios del mercado. Incluso los hijos de estos empresarios y artesanos incurrirán en nuevos gastos: en esta situación de abundancia sus padres les darán dinero para sus placeres menudos, y con ellos comprarán pasteles y otras golosinas, y esta nueva cantidad de dinero se distribuirá de tal modo que ciertas personas antes privadas de dinero podrán ahora disponer de él. Muchas compras que anteriormente se hacían por evaluación se efectuarán en lo sucesivo con dinero en mano y, por consiguiente, será mayor la velocidad de circulación del dinero que la que antes existía en Inglaterra. De todo esto induzco que cuando se introduce doble cantidad de dinero en un Estado no siempre se duplica el precio de los productos y mercaderías. Un río que se desliza y serpentea por su cauce no corre con doble rapidez porque se duplique el caudal de sus aguas. La proporción de carestía que el aumento y la cantidad de dinero introducen en un Estado dependerá del rumbo que este dinero imprima al consumo y a la circulación. Cualesquiera que sean las manos por donde pase el dinero que se ha introducido en la circulación aumentará naturalmente el consumo; pero este consumo será más o menos grande según los casos, y afectará en mayor o menor escala a ciertas especies de artículos o mercaderías, según el capricho de los que adquieren el dinero. Los precios de mercado se encarecerán más para ciertas especies que para otras, por abundante que sea el dinero. En Inglaterra el precio de la carne podrá encarecerse al triple, mientras que el precio del trigo sólo se aumenta en una cuarta parte.”

Y luego:
“De ello infiero que un aumento de dinero efectivo en un Estado provoca siempre, en él, un aumento de consumo y la costumbre de un más elevado nivel de gastos. Pero la carestía originada por ese incremento de dinero no se distribuye por igual entre todas las especies de productos y mercaderías, proporcionalmente a la cantidad de dinero incrementado, a menos que dicho incremento penetre por los mismos canales de circulación que el dinero primitivo, es decir, a menos que los que ofrecían en los mercados una onza de plata no sean los mismos y los únicos que allí ofrecen ahora dos onzas, cuando la cantidad de dinero en circulación se duplica, lo que nunca ocurre. Se comprende, así, que cuando en un Estado se introduce una respetable cantidad de dinero excedente, este dinero nuevo dé un nuevo giro al consumo, e incluso una nueva velocidad a la circulación, si bien no es posible indicar en qué medida.”

La Escuela Austriaca de Economía cumple 150 años. Su origen y el entorno intelectual en el Imperio Austro-Húngaro

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca, de UCEMA, vemos el origen de esta Escuela cuando se cumplen 150 años. Lo hacemos leyendo el artículo de Juan Carlos Cachanosky, sobre la escuela y la Introducción de Hayek al libro Principios de Economía Política de Menger. En el primero se hace referencia al ambiente intelectual en el Imperio Austro-Húngaro:

El ambiente académico
En los días en que Menger enseñaba en la universidad, el gabinete austríaco estaba dominado por miembros del partido liberal que apoyaban las libertades civiles, la igualdad ante la ley, el dinero sano y la libertad de comercio. El predominio liberal terminó a fines de los años setenta cuando la Iglesia., los príncipes y los condes de la aristocracia  checa y polaca, sumados a lo partidos nacionalistas, formaron una coalición contra el partido liberal. Esta alianza respondía a ideales opuestos al de los liberales. Sin embargo, la constitución que estos le habían hecho aceptar al
emperador en 1867 y las leyes fundamentales que la complementaban se mantuvieron vigentes hasta la desintegración del Imperio.
Este marco legal creó el clima propicio para el desarrollo de una vida intelectual libre. Viena se transformó en el centro científico y cultural tal vez más importante de Europa. «Con la excepción de Bolzano», dice Mises, “ningún austríaco contribuyó con algo de importancia en las ciencias filosóficas o históricas antes de la segunda parte del
siglo XIX. Pero cuando los liberales removieron las trabas que impedían cualquier esfuerzo intelectual, cuando abolieron la censura y denunciaron el concordato, mentes eminentes empezaron a converger hacia Viena”.
Una escena similar describe Popper : “[…] antes de 1914 reinaba una atmósfera de liberalismo en la Europa situada al oeste de la Rusia zarista, atmósfera que se extendió también por Austria y que fue destruida, al parecer para siempre, por la primera guerra mundial. La Universidad de Viena, con sus numerosos profesores verdaderamente
eminentes, gozó de un alto grado de libertad y autonomía, así como también los teatros, que fueron tan importantes en la vida de Viena (casi tanto como la música). El emperador se mantenía distanciado de todos los partidos políticos y no se identificó con ninguno de sus gobiernos”.
Entre los nombres mas famosos de aquella época se encuentran los de Franz Brentano, quien inauguró una línea de pensamiento que terminó en la fenomenología de Husserl, Ernst Mach, Moritz Schlick y Rudolf Carnap,
inauguradores del positivismo lógico. En psicología Sigmund Freud y Alfred Adler abrieron una nueva corriente.
El gobierno estaba limitado por tres factores para intervenir en los programas de las universidades. En primer lugar, no podía entrometerse en el contenido de las doctrinas que se enseñaban. Los profesores gozaban de amplia libertad académica para organizar sus cátedras, programas y bibliografía. En segundo lugar, el ministro estaba
obligado a nombrar únicamente a los profesores que postulaban las autoridades de la facultad. Y, por último, existía una institución llamada Privat-Dozent, que permitía a cualquier persona con el grado académico de doctor y que hubiera publicado un libro científico, solicitar a las autoridades de la facultad su admisión como profesor ad
honorem y privado en su disciplina.
En el terreno de la ciencia económica la Escuela Clásica había alcanzado su pleno apogeo en Inglaterra con John Stuart Mill. La defectuosa teoría de los precios de esta escuela generaba algunos problemas, pero su autoridad era casi indiscutida. En los países de habla alemana, por el contrario, el historicismo era la corriente de pensamiento predominante y habría de desempeñar un papel muy importante en la vida de la Escuela Austríaca.
Los precursores de la Escuela Histórica fueron Adam Müller (1779-1829) y Friedrich List (1789-1804), pero los  rincipales representantes de la llamada Escuela Histórica Antigua fueron Wilhelm G. F. Roscher (1817), Bruno Hildebrand (1812-1878) y Karl Knies ( 1821-1898 ).
Hildebrand, en su libro Die Nationalokonomie der Gegenwart und Zukunft (1848) (La Economía Política, la actualidad y el porvenir), realizaba una critica a la economía clásica en la cual negaba la existencia de leyes naturales y afirmaba que lo que existía eran leyes de evolución histórica. Por su parte, Knies no admitía una validez
absoluta de las leyes evolutivas; su tesis esta expuesta en su obra Die Politische okonomie vom geschichtlichen Standpunkte (1853) (La economía política desde un punto de vista histórico). Por último, Roscher simpatizaba con el pensamiento de los clásicos, pero propugnaba el método histórico de investigación.
A comienzos de la década de 1870 surge la Escuela Histórica Moderna, cuyo fundador fue Gustav von Schmoller; entre sus miembros mas destacados se encontraban L. Brentano, K. Bücher y G. F. Knapp. Se caracterizaba por negar leyes de validez universal en las ciencias sociales y por oponerse al liberalismo propugnado por los
economistas clásicos. Schmoller participó en la fundación de la Verein für Socialpolitik (Sociedad para la política Social), en 1872. La escuela recibió el nombre de Kathedersozialismus (Socialismo de cátedra). Las ideas de la Escuela Histórica Moderna eran las que predominaban en el mundo de habla alemana en el momento del
nacimiento de la Escuela Austríaca. Las principales discrepancias entre estas dos escuelas se produjeron en el terreno epistemológico; las posteriores generaciones de la Escuela Austríaca prestaron mucha atención a este tema.

Alberdi y la libertad en sus relaciones con la producción económica

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos el texto de Alberdi «Sistema Economico y Rentístico» cuando se refiere a las garantías de la Constitución que son comunes a la producción agrícola, comercial e industrial:

De la libertad en sus relaciones con la producción económica 

Ella es consagrada de un modo amplísimo por el articule 14 de la Constitución Argentina, que dispone lo siguiente: – Todos los habitantes de la Confederación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, a saber: – de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender. 

Consideremos estos derechos en su aplicación económica y en sus resultados prácticos a la riqueza argentina. 

La libertad económica es para todos los habitantes, para nacionales y extranjeros, y así debía de ser. Ceñirla a sólo los hijos del país, habría sido esterilizar este manantial de riqueza, supuesto que el uso de la libertad económica, más que el de la libertad política, exige, para ser productivo y fecundo, la aptitud e inteligencia que de ordinario asisten al trabajador extranjero y faltan al trabajador argentino de esta época. 

Derecho es el nombre y rango que la Constitución da a la libertad económica, lo cual es de inmenso resultado, pues la libertad, como dice Guizot, es un don ilusorio cuando no es un derecho exigible con la Constitución en la mano. Ni la ley, ni poder alguno pueden arrancar a la industria argentina su derecho a la libertad constitucional. 

Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.

 

Juan de Mariana sobre la emisión monetaria y el poder de cobrar impuestos

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I de Económicas, UBA, vemos a Juan de Mariana sobre la moneda, “Tratado y discurso sobre la moneda de vellón (1609)”. Algunos párrafos sobre el poder de cobrar impuestos y el envilecimiento de la moneda:

Juan de Mariana

“Digo pues que es doctrina muy llana, saludable y cierta que no se pueden poner nuevos pechos (impuestos) sin la voluntad de los que representan el pueblo. Esto se prueba por lo que acabamos de decir, que si el rey no es señor do los bienes particulares, no los podrá tomar todos ni parte de ellos sino por voluntad de cuyos son. Item, si, como dicen los juristas, ninguna cosa puede el rey en perjuicio del pueblo sin su beneplácito, ni les podrá tomar parte de sus bienes sin él, como se hace por via de los pechos. Demás que ni el oficio de capitán general ni de gobernador le da esta autoridad, sino que pues de la república tiene aquellos cargos, como al principio señaló el costeamiento y rentas que le parecieron bastantes para ejercellos; así, si quiere que se las aumenten, será necesario que haga recurso al que se las dio al principio.

“El rey no puede bajar la moneda de peso ó de ley sin la voluntad del pueblo Dos cosas son aquí ciertas: la primera, que el rey puede mudar la moneda cuanto á la forma y cuños, con tal que no la empeore de como antes corria, y asi entiendo yo la opinión de los juristas que dice puede el príncipe mudar la moneda. Las casas de la moneda son del rey, y en ellas tiene libre administración, y en el capítulo Regalía, entre los otros provechos del rey, se cuenta la moneda; por lo cual, como sea sin daño de sus vasallos, podrá dar la traza que por bien tuviere. La segunda, que si aprieta alguna necesidad como de guerra ó cerco, la podrá por su voluntad abajar con dos condiciones; la una que sea por poco tiempo, cuanto durare el aprieto; la segunda, que pasado el tal aprieto, restituya los daños á los interesados. Hallábase el emperador Federico sobre Faenza un invierno; alargóse mucho el cerco, faltóle el dinero para pagar y socorrer la gente, mandó labrar moneda de cuero, de una parte su rostro, y por revés las águilas del imperio; valia cada una un escudo de oro. Claro está que para hacerlo no pudo juntar ni juntó la dieta del imperio, sino por su voluntad se ejecutó; y él cumplió enteramente, que trocó á su tiempo todas aquellas monedas en otras de oro. En Francia se sabe hubo tiempo en que se labró moneda de cuero con un clavito de plata en medio; y aun el año de 1571, en un cerco que se tuvo sobre León de Holanda, se labró moneda de papel. Refiérelo Budellio en el lib. I De Monet., cap. 1º, núm. 34. Todo esto es de Colenucio en el lib. IV de la Historia de Napóles. La dificultad es si sin estas modificaciones podrá el príncipe socorrerse con abajar las monedas, ó si será necesario que el pueblo venga en ello. Digo que la opinión común y cierta de juristas con Ostiense, en el título De censib. ex quibus, Inocencio y Panormitano, sobre el cap. 4º De jur. jur., es que para hacerlo es forzosa la aprobación de los interesados. Esto se deduce de lo ya dicho, porque si el príncipe no es señor, sino administrador de los bienes de particulares, ni por este camino ni por otro les podrá tomar parte de sus haciendas, como se hace todas las veces que se baja la moneda, pues les dan por mas lo que vale menos; y si el príncipe no puede echar pechos contra la voluntad de sus vasallos ni hacer estanques de las mercadurías, tampoco podrá hacerlo por este camino, porque todo es uno y todo es quitar á los del pueblo sus bienes por mas que se les disfrace con dar mas valor legal al metal de lo que vale en sí mismo, que son todas invenciones aparentes y doradas, pero que todas van á un mismo paradero, como se verá mas claro adelante. Y es cierto que como á un cuerpo no le pueden sacar sangre, sea á pausas, sea como quisieren, sin que se enflaquezca ó reciba daño, asi el príncipe, por mas que se desvele, no puede sacar hacienda ni interés sin daño de sus vasallos, que donde uno gana, como citan de Platón, forzosamente otro pierde.

Los Escolásticos según Raymond de Roover: aunque su tema era la ética, avanzó la teoría económica

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I, Económicas, Universidad de Buenos Aires, vemos a los autores de la Escuela de Salamanca y sus aportes a la teoría económica, generalmente poco o nada considerados en los textos de historia del pensamiento, como si todo hubiera comenzado con los mercantilistas y los fisiócratas. Leemos el artículo de Raymond de Roover, Economía Escolástica. El texto es discutido por algunos amigos expertos en estos autores, pero es un buen resumen de los aportes y los problemas de esta escuela, aunque increíblemente no hace mención a Juan de Mariana, al que veremos en forma separada. Dice de Roover:

“Al igual que los autores de la antigüedad, los escolásticos medievales no consideraban a la economía política como disciplina independiente, sino que como un apéndice de la ética y las leyes.

Esta situación persistía aún en el siglo dieciocho cuando Adam Smith tomó a su cargo la cátedra de Filosofía Moral en Glasgow College. Los cursos de su predecesor, Francis Hutcheson (1694-1746), y su contemporáneo en Edimburgo, Adam Ferguson (1723-1816), están a disposición en imprenta. Según estas fuentes, los temas de un curso en Filosofía moral en el siglo dieciocho y en la Escocia presbiteriana aún correspondían, en gran medida, a la descripción de las materias tratadas en el siglo trece por Tomás de Aquino en sus comentarios a la ética de Aristóteles. Economía, en el sentido moderno, ocupaba una posición muy subordinada y todavía se consideraba un asunto ético y legal que implicaba la aplicación de la ley natural a los contratos civiles.

En lo que realmente estaban interesados los doctores medievales era determinar las reglas de justicia que dirigen las relaciones sociales. Según Tomás de Aquino, ellos distinguían dos tipos de justicia: justicia distributiva, la que regulaba la distribución de la riqueza y el ingreso, de acuerdo a la posición del individuo en la sociedad, y justicia conmutativa, que se aplicaba a los acuerdos recíprocos entre individuos, esto es, al intercambio de bienes y servicios6. En otras palabras, los asuntos económicos concernían a la justicia, no a la caridad, como puede ser fácilmente comprobado al repasar el índice de la Summa Theologica de Santo Tomás de Aquino.

Al tratar asuntos de justicia, inevitablemente los doctores se encontraron con asuntos económicos y estaban forzados a tomarlos en consideración. Al principio su investigación estaba limitada al precio justo y la usura, pero luego se ramificó para incluir un montón de otras cuestiones, incluyendo el salario justo, el envilecimiento de la moneda (inflación), la justicia del sistema impositivo, las deudas públicas, el monopolio, el cambio internacional, sociedades y todos los contratos que podían implicar cualquier mácula de usura.

La mentalidad medieval era legalista y, bajo la influencia del Derecho Romano, se le daba mucha importancia a los contratos. El principal problema era siempre determinar si un contrato era lícito o no. Este énfasis tendió a limitar el ámbito de la economía al estudio de la naturaleza legal de los contratos y sus implicaciones éticas, tendencia que se reflejaba incluso en el título v organización de los tratados escolásticos. Uno puede estar seguro de encontrar discusiones sobre materias económicas —junto con otros tópicos, por supuesto— en cualquier tratado de teología moral que lleve como título De contractibus (Sobre los contratos) o De justicia et jure (Sobre la justicia y la ley).

Casi invariablemente los asuntos económicos se mencionaban en guías para confesores, aunque la exposición, en trabajos de este tipo, probablemente es menos sistemática y analítica y más casuística. De hecho, la palabra «casuística» deriva de la preocupación sobre casos de conciencia que tenían los últimos escritores escolásticos.”

Juan Bautista Alberdi y las escuelas económicas: en la de Adam Smith se inspiró la Constitución de 1853

Con los alumnos de la UBA Derecho comenzamos a ver el libro de Juan Bautista Alberdi, “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”. En su introducción, Alberdi analiza las distintas escuelas económicas y a cual pertenece la Constitución:

Alberdi 3

“Hay tres elementos que concurren a la formación de las riquezas:

1° Las fuerzas o agentes productores, que son el trabajo, la tierra y el capital.

2° El modo de aplicación de esas fuerzas, que tienen tres fases, la agricultura, el comercio y la industria fabril.

3° Y, por fin, los productos de la aplicación de esas fuerzas.

Sobre cada uno de esos elementos ha surgido la siguiente cuestión, que ha dividido los sistemas económicos: – En e1 interés de la sociedad, ¿vale más la libertad que la regla, o es más fecunda la regla que la libertad? Para el desarrollo de la producción, ¿es mejor que cada uno disponga de su tierra, capital o trabajo a su entera libertad, o vale más que la ley contenga algunas de esas fuerzas y aumente otras? ¿Es preferible que cada uno las aplique a la industria que le diere gana, o conviene más que la ley ensanche la agricultura y restrinja el comercio, o viceversa? ¿Todos los productos deben ser libres, o algunos deben ser excluidos y prohibidos, con miras protectoras?

He ahí la cuestión más grave que contenga la economía política en sus relaciones con el derecho público. Un error de sistema en ese punto es asunto de prosperidad o ruina para un país. La España ha pagado con la pérdida de su población y de su industria el error de su política económica, que resolvió aquellas cuestiones en sentido opuesto a la libertad.

Veamos, ahora, cómo ha sido resuelta esta cuestión por las cuatro principales escuelas en que se divide la economía política.

La escuela mercantil, representada por Colbert, ministro de Luis XIV, que sólo veía la riqueza en el dinero y no admitía otros medios de adquirirla que las manufacturas y el comercio, seguía naturalmente el sistema protector y restrictivo. Colbert formuló y codificó el sistema económico introducido en Europa por Carlos V y Felipe II. Esa escuela, perteneciente a la infancia de la economía, contemporánea del mayor despotismo político en los países de su origen galo-español representa la intervención limitada y despótica de la ley en el ejercicio de la industria.

A esta escuela se aproxima la economía socialista de nuestros días, que ha enseñado y pedido la intervención del Estado en la organización de la industria, sobre bases de un nuevo orden social más favorable a la condición del mayor número. Por motivos y con fines diversos, ellas se dan la mano en su tendencia a limitar la libertad del individuo en la producción, posesión y distribución de la riqueza.

Estas dos escuelas son opuestas a la doctrina económica en que descansa la Constitución argentina.

Enfrente de estas dos escuelas y al lado de la libertad, se halla la escuela llamada physiocrática, representada por Quesnay, y la grande escuela industrial de Adam Smith.

La filosofía europea del siglo XVIII, tan ligada con los orígenes de nuestra revolución de América, dió a la luz la escuela physiocrática o de los economistas, que flaqueó por no conocer más fuente de riqueza que la tierra, pero que tuvo el mérito de profesar la libertad por principio de su política económica, reaccionando contra los monopolios de toda especie. A ella pertenece la fórmula que aconseja a los gobiernos: – dejar hacer, dejar pasar, por toda intervención en la industria.

En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución.”

Hayek sobre la evolución biológica, cultural y el resultado de las acciones racionales

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, vemos las contribuciones de Hayek a las teorías evolutivas. Aquí un capítulo de su libro Derecho, Legislación y Libertad que se titula “Las tres fuentes de los valores humanos, indicando que además de los que sean de origen biológico y del acto racional, están aquellos que son el fruto de la evolución cultural:

El desafío que me ha llevado a reordenar mis pensamientos sobre este tema fue una afirmación insólitamente explícita de lo que ahora reconozco como un error implícito en gran parte de la polémica contemporánea. La encontré en un nuevo e interesante trabajo en el campo de la que se considera la nueva ciencia americana de la sociobiología, The Biological Origin of Human Values, de G. E. Pugli,3 libro que recibió muchos elogios del jefe reconocido de esta escuela, el Profesor Edward D. Wilson, de la Universidad de Harvard.4 Lo sorprendente es que toda su argumentación se basa en el supuesto explícito de que existen sólo dos tipos de valores humanos que Pugh designa como «primarios» y «secundarios», indicando con el primer término aquellos valores que están genéticamente determinados y que por tanto son innatos, mientras que con el segundo designa los que son «producto del pensamiento racional».

La biología social, obviamente, puede hoy considerarse como un desarrollo bastante largo. Los miembros más veteranos de la London School of (522) Economics recordarán sin duda que hace más de cuarenta años se creó en ella una cátedra de sociobiología. Desde entonces ha tenido lugar un gran desarrollo del fascinante estudio de la etología fundada por Sir Julian Huxley,6 Konrad Lorenz7 y Niko Timbergen,8 hoy en rápido desarrollo por obra de muchos seguidores de talento,9 y de numerosos estudiosos americanos. Debo admitir que incluso respecto a la obra de mi amigo vienés Lorenz, que he seguido de cerca durante cincuenta años, me he sentido a veces incómodo ante la aplicación un tanto apresurada de las conclusiones derivadas de la observación de animales a la explicación del comportamiento humano. Sin embargo, ninguno de ellos me ha hecho el favor de fijar como tema básico, para luego desarrollarlo de manera coherente, lo que en oíros parecían formulaciones ocasionales y apresuradas, es decir que estos dos tipos de valores son los únicos valores humanos.

Lo que más sorprende a propósito de esta opinión tan frecuente entre los biólogos,10 es que parecía lógico que éstos fueran más bien simpatizantes de ese proceso de evolución selectiva, análogo, aunque en muchos aspectos distinto, al que se debe la formación de estructuras culturales complejas. En realidad, la idea de evolución cultural es sin duda anterior al concepto de evolución biológica. Incluso es probable que su aplicación a la biología por parte de Charles Darwin derivara, a través de su abuelo Erasmus, del concepto de evolución cultural de Bernard Mandeville y David Hume, si no más directamente de las escuelas históricas contemporáneas de derecho y lingüística.11 Es cierto que, después de Darwin, aquellos «darwinistas sociales» que precisaron de Darwin para aprender la que era una tradición más antigua en sus propias materias, dieron al traste con todo al centrarse sobre la selección de los individuos congénitamente más aptos, selección cuya lentitud la hace comparativamente poco importante para la evolución cultural, y al mismo (523) tiempo descuidando la evolución selectiva de normas y usos, que es la realmente decisiva. Ciertamente no había justificación para que algunos biólogos descuidaran la evolución como proceso únicamente genético,12 y olvidaran completamente el proceso análogo, aunque mucho más rápido, de la evolución cultural, que actualmente domina la escena humana y presenta a nuestra inteligencia unos problemas que aún no hemos aprendido a dominar.

Hayek sobre la justicia social y distributiva: justicia hay sobre actos individuales

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, llegamos al final de la materia considerando la obra de algunos de sus autores en otros campos. En este caso, vemos a Hayek discutir el concepto de “justicia social”:

Hayek

“La justicia «social» (o, a veces, justicia «económica») se vio como atributo que debían poseer las «acciones» de la sociedad, o el «tratamiento» que los individuos o los grupos recibían de la misma. Como hace generalmente el pensamiento primitivo cuando observa por primera vez algunos procesos regulares, los resultados del orden espontáneo del mercado han sido interpretados como si estuvieran dirigidos por una mente racional, o como si los beneficios o los daños que las distintas personas recibían de ese orden estuvieran determinados por actos de voluntad y pudieran por tanto ser guiados por reglas morales. Esta concepción de la justicia «social» es, pues, una consecuencia directa de aquel antropomorfismo o personificación con el que el pensamiento primitivo trata de explicar todos los procesos de auto-ordenación. Demuestra nuestra inmadurez el hecho de que aún no hayamos abandonado estos conceptos primitivos, y se exija aún de un proceso impersonal que produce una satisfacción de los deseos humanos mayor que la que pueda obtenerse de cualquier ordenación deliberada que se conforme a los preceptos morales que los hombres han desarrollado como guía de sus acciones individuales.

El uso de la expresión «justicia social» es relativamente reciente, pues parece que se remonta a hace un siglo, poco más o menos. Esta expresión se empleó de vez en cuando en tiempos más antiguos para designar los esfuerzos organizativos destinados a observar las reglas de recta conducta individual; en la actualidad se usa a veces en discusiones eruditas para valorar los efectos de las actuales instituciones de la sociedad, pero el sentido en que hoy suele emplearse, y al que constantemente se recurre en las discusiones públicas y que será analizado en el presente capítulo, es esencialmente el mismo en que durante mucho tiempo se empleó la expresión «justicia distributiva». Según parece, empezó a hacerse habitual en este sentido en el tiempo en que (y acaso en parte porque) John Stuart Mill trató explícitamente ambos términos como equivalentes en afirmaciones como:

la sociedad debería tratar igualmente bien a todos aquellos que lo han merecido igual-mente, es decir, aquellos que lo han merecido igualmente en absoluto. Este es el más alto grado abstracto de justicia social y distributiva, hacia el cual deberían hacerse converger lo más posible todas las instituciones y los esfuerzos de todos los ciudada-nos virtuosos; o bien:

se considera universalmente justo que toda persona obtenga (tanto en el bien, como en el mal) lo que merece; es injusto que tenga que obtener el bien o sufrir el mal quien no lo merece. Tal vez sea ésta la forma más clara y enfática en que puede concebirse la idea de justicia. Puesto que implica la idea de méritos morales, surge la pregunta sobre en qué consisten estos méritos.

Es significativo el hecho de que estas dos citas se encuentren en la descripción de uno de los cinco significados de justicia que Mill distingue, cuatro de los cuales se refieren a las normas de recta conducta individual, mientras que ésta define una situación fáctica que puede pero que no necesita haber sido causada por una decisión humana racional. Parece, pues, que Mill no se percató de la circunstancia de que con este significado se refiere a situaciones completamente distintas de aquellas a las que se aplican los otros cuatro sendos, o de que esta concepción de «justicia social» lleva directamente a un socialismo en plena regla.

Tales afirmaciones, que asocian explícitamente «justicia social y distributiva» al «tratamiento» de los individuos por parte de la sociedad según sus ritos morales, demuestran claramente la diferencia con la simple justicia, y al mismo tiempo la causa de la vacuidad del concepto. La exigencia de «justicia social» se dirige no al individuo sino a la sociedad -pero la sociedad, en sentido estricto, es decir como distinta del aparato de gobierno- es incapaz de obrar por un fin específico, y la exigencia de «justicia social» se convierte por tanto en una exigencia dirigida a los miembros de la sociedad para que se organicen de tal modo que puedan asignar determinadas cuotas de la producción social a los diferentes individuos y grupos. La pregunta fundamental, pues, es la de si existe el deber moral de someterse a un poder que pueda coordinar los esfuerzos de los miembros de la sociedad en orden a obtener un modelo de distribución particular, considerado como justo.

Si la existencia de este poder se da por descontada, la cuestión sobre cómo deberían distribuir los medios disponibles para satisfacer las necesidades se convierte en cuestión de justicia, aunque no sea una pregunta a la que la (264) moral vigente dé una respuesta. Parece, pues, que estaría justificado el presupuesto del que parten la mayoría de los teóricos modernos de la «justicia social», esto es, que sería necesario asignar cuotas iguales a todos a menos que consideraciones particulares exijan no aplicar este principio.26 Sin embargo, el problema principal consiste en establecer si es moral que los hombres estén sujetos a aquellos poderes sobre sus acciones que deberían ejercerse para que los beneficios obtenidos por los individuos puedan definirse significativamente como justos o injustos.”

Diversidad en la filosofía política de la Escuela Austriaca: conservadurismo y libertarianismo

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico, Escuela Austriaca, de Económicas, UBA, terminamos viendo algunos debates dentro de la misma escuela, en particular respecto a posiciones filosófico-políticas. Aquí, del libro «democracia, el dios que fracasó» de Hans Hermann Hoppe, tratando las diferencias y posibles coincidencias entre el conservadurismo y el libertarianismo, una definición del primero:

E! conservador es alguien que reconoce lo originario y natural en
las «interferencias» de lo patológico y lo defiende y sustenta frente a
lo temporáneo y anómalo. Para un conservador, en el contexto de las
humanidades, incluidas las ciencias sociales, las familias (padres, madres,
hijos, nietos) y hogares basados en la propiedad privada y en la
cooperación con los demás miembros de la comunidad, constituyen las
unidades sociales básicas y naturalmente originarias y, como tales, las
más importantes e indispensables. Por otro lado, el hogar familiar representa
también el modelo de orden social en general, pues su ordenación
jerárquica se proyecta sobre la comunidad de familias -aprendices,
sirvientes y amos; vasallos, caballeros, señores feudales e incluso reyesligadas
por un sutil y complejo sistema de relaciones de parentesco; lo
mismo sucede con la ordenación de la jerarquía social -hijos, padres,
sacerdotes, obispos, cardenales, patriarcas o papas y, en última instancia,
el Dios trascendente-o El brazo del poder secular (padres, señores
feudales y reyes) está naturalmente subordinado a la autoridad de la
instancia espiritual suprema (sacerdotes, obispos y, finalmente, Dios).
Si los conservadores o, más concretamente, los conservadores occidentales
de estirpe greco~cristiana, creen en algo, es en la familia, en
las jerarquías sociales y en los principios seculares y espirituales de la
autoridad que, basados justamente en la familia yen las relaciones de
parentesco, las trascienden

Historia del pensamiento. Friedrich Hayek sobre el individualismo verdadero y falso

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, de la UBA, estamos viendo la filosofía política de algunos de los autores de esta escuela. En este caso, Hayek en “Individualismo: verdadero y falso”, que tiene que ver con lo siguiente:  

“El verdadero individualismo, que es el que procuraré defender comenzó su desarrollo moderno con John Locke, y particularmente con Bernard Mandeville y David Hume, y alcanzó verdadera relevancia por primera vez en el trabajo de Josiah Tucker, Adam Ferguson y Adam Smith y también en la labor de su gran contemporáneo Edmund Burke, el hombre a quien Smith describió como la única persona que conoció con un pensamiento igual al suyo en materias económicas, sin que hubiera comunicación previa alguna entre ambos. 

En mi opinión, el individualismo fue representado en su forma más perfecta durante el siglo XIX en el trabajo de dos de sus grandes historiadores y filósofos políticos: Alexis de Tocqueville y Lord Acton. Pienso que estos dos hombres han tenido más éxito en desarrollar lo mejor de la filosofía política de los pensadores escoceses, de Burke y de los Whigs ingleses, que cualquiera de los otros escritores que conozco; en cambio, los economistas del siglo XIX, o por lo menos los seguidores de Bentham o filósofos radicales, se vieron cada vez más influenciados por otro tipo de individualismo de distinto origen. Esta segunda corriente de pensamientos, absolutamente diferente, también conocida como individualismo, está representada principalmente por pensadores franceses y europeos, un hecho que se debe –a mi entender– al papel predominante que tiene el racionalismo cartesiano en su composición.1  

Los representantes más sobresalientes de esta tradición son los enciclopedistas, Rousseau y los fisiócratas; y, por razones que debemos considerar de inmediato, este individualismo racionalista tiende siempre a un desarrollo opuesto al señalado, específicamente hacia el socialismo o colectivismo. Debido a que sólo el primer tipo de individualismo es coherente, exijo que se le dé el nombre de tal; en cuanto al segundo tipo, probablemente debe ser considerado como una fuente del socialismo moderno, tan importante como las teorías colectivistas propiamente tales.31 

 

  1. Tanto el término “individualismo” como “socialismo” son una creación original de los seguidores de Saint-Simon, fundadores del socialismo moderno. Crearon primero el término individualismo para describir la sociedad competitiva, a la cual se oponían, e inventaron el término socialismo para describir la sociedad centralmente planificada en la que toda actividad era dirigida bajo el mismo principio que se aplicaba dentro de una sola industria. Respecto de los orígenes de estos términos, ver el artículo del mismo autor “The Counter-Revolution of Science” Economica, VIII (New Ser., 1941), p. 146. 2 R. BissetLife of Edmund Burke (2ª ed., 1800). II. 429. Cf. También W. C. Dunn, “Adam Smith and Edmund BurkeComplimentary Contemporaries”, Southern Economic Journal (University of North Carolina) Vol. VII,  3 (enero, 1941).