Economistas que propusieron grandes reformas institucionales: ¿utopias? ¿tienen alguna chance?

Con los alumnos de Economía e Instituciones de OMMA-Madrid, vemos el capítulo sobre Límites al Oportunismo Político, y luego de analizar muchos de ellos, que van desde la separación de poderes, pasando por limitaciones constitucionales al gasto o al endeudamiento, o a la emission, hasta que los impuestos sean explícitos, consideramos a algunos economistas que hay hecho propuestas «constitucionales». Aquí algunos de ellos:

Hayek

Para Hayek, la separación de poderes y las otras medidas mencionadas solamente serán efectivas cuando los valores y la cultura predominantes en una sociedad así lo demanden. Ningún tipo de diseño constitucional podrá reemplazar estos valores sobre el poder gubernamental. Argentina es un ejemplo de esto: con la misma Constitución —aprobada en 1853—[1], el país recorrió setenta años en una dirección y los siguientes setenta en la dirección opuesta.

La evolución cultural es lo que en última instancia determina las limitaciones existentes al poder. En Suiza, aunque también ha habido cambios en el último par de siglos y el Estado benefactor ha crecido como en todos los demás países, ciertos principios básicos de limitación del poder siguen siendo parte importante de los valores y la cultura de sus habitantes[2].

No obstante, no descarta Hayek todo tipo de diseño constitucional, aunque dando prioridad a los procesos evolutivos, y presenta un modelo de organización que permitiría un predominio de las normas que son el resultado de esos procesos, a diferencia de las que son el resultado de decisiones políticas formales. Como las reglas formales que favorecen los procesos evolutivos son normas de carácter “general” que se aplican a todos los ciudadanos por igual, imagina un proceso legislativo que pueda aislar la elaboración de ese tipo de normas de las presiones de los grupos de interés que buscan un beneficio particular. Esta preocupación proviene de entender que las legislaturas modernas están sujetas a estos intereses desde que se han ocupado del diseño de políticas específicas. Una legislatura que tenga a su cargo ambas tareas —diseño de políticas y reglas generales— terminará dominada por las primeras. Para ello imagina un poder legislativo constituido por dos asambleas, que se acomode a la diferencia entre “leyes” y “comandos”. La primera, —la Asamblea Legislativa— se ocupa de las reglas generales y de la extensión del poder gubernamental, mientras la segunda, —Asamblea Gubernamental— se ocupa de las políticas públicas, teniendo primacía la primera sobre la segunda.

La Asamblea Legislativa debería estar constituida de tal forma que garantice el cumplimiento de esa función. Para ello Hayek considera un mecanismo de elección que evite la llegada de políticos profesionales, por lo que aquellos electos a la Asamblea Gubernamental no podrían acceder a la Legislativa. Sugiere que los miembros de esta deberían ser elegidos a una cierta “edad madura” y por periodos relativamente largos, como de quince años, debido a lo cual no estarían preocupados por su reelección. En cierta forma, como sucede con los miembros de una Corte Suprema de Justicia. También sugiere que los votantes que los elegirían sean mayores en edad que los que participan en la elección de las demás posiciones en el Ejecutivo o en la Asamblea Gubernamental. La experiencia y la sabiduría adquiridas con los años, más su independencia respecto a una “carrera política”, tenderían a centrar su atención en las reglas generales y en los beneficios a largo plazo.

Es decir: la Asamblea Gubernamental estaría formada por políticos profesionales que buscarían su reelección y estarían interesados en atender a los intereses inmediatos o puntuales de los votantes o de distintos grupos de interés, mientras que los de la Asamblea Legislativa constituirían algo así como un grupo de sabios y prudentes, que se ocuparían de velar por las normas que protegen los derechos de todos.

Buchanan

James Buchanan, por el contrario, fundamenta su análisis en la filosofía política contractualista, por lo que es más escéptico respecto a las normas de origen evolutivo espontáneo y, con un enfoque más racionalista, concentra su análisis en la forma de modificar los incentivos vigentes en la política, con especial énfasis en los niveles de mayorías necesarias para distinto tipo de normas. Inspirado en el análisis del economista sueco Knut Wicksell (1851-1926), sostiene que el óptimo sería la unanimidad. Ya hemos visto esto en el capítulo 4, cuando analizamos los problemas para la agregación de preferencias expresadas a través del voto. La unanimidad garantizaría que nadie se vería perjudicado por la aprobación de una cierta norma; es decir, ninguna mayoría podría violar los derechos de una minoría, incluso ni la de una sola persona. También vimos allí que la unanimidad generaría el statu quo total; sería prácticamente modificar cualquier norma, dados los altos costos de alcanzar la unanimidad. La respuesta de Buchanan es diferenciar entre normas de rango constitucional, que protegen derechos individuales y limitan las potenciales acciones abusivas de un gobierno, de aquellas que se refieren a cuestiones más coyunturales o de contenido administrativo, relacionadas con la gestión de tal gobierno. Para modificar las primeras, se requerirían mayorías especiales, mientras que para modificar las segundas bastaría con mayorías simples. Qué asuntos requerirían, según Buchanan, mayorías especiales lo veremos más adelante.

Frey

Bruno Frey (2005) presenta una propuesta a la que llama FOCJ, por sus siglas en inglés: jurisdicciones funcionales, superpuestas, en competencia. Desde su perspectiva, el federalismo permite acercar la provisión de bienes públicos a las preferencias específicas de distintos grupos en la sociedad, pero para hacerlo deben cumplirse dos principios básicos: la equivalencia fiscal, es decir que los fondos para pagar el gasto público de una jurisdicción se obtengan de los ciudadanos de esa misma jurisdicción; y equivalencia política, o sea que los funcionarios sean electos nada más por los votantes de la misma jurisdicción.

Las jurisdicciones propuestas tendrían estas características:

Funcionales: se extenderían sobre áreas geográficas definidas por las tareas o funciones que cumplen.

Superpuestas: habría distintas jurisdicciones gubernamentales extendiéndose sobre distintas áreas.

En competencia: los gobiernos locales, y en algunos casos los ciudadanos, podrían elegir a qué jurisdicción pertenecer.

Jurisdicciones: serían jurisdicciones con poder gubernamental para cobrar impuestos.

El argumento básico es que las jurisdicciones geográficas no necesariamente coinciden con la extensión geográfica que propone la economía de escala de un cierto servicio. Por ejemplo: una red de electricidad puede abarcar una cierta zona, pero el servicio de defensa que brinda un regimiento puede abarcar otra, con lo cual cada una tendría un área geográfica diferente. Los servicios de un hospital podrían abarcar a ciudadanos de más de una jurisdicción política actual, creando problemas de usuarios gratuitos; la jurisdicción en este caso se extendería sobre la división política, para abarcar a todos los usuarios. Obviamente, distintas jurisdicciones se superpondrían, incluso brindando algunas de ellas el mismo tipo de servicios. Los ciudadanos podrían elegir entre las mismas, aunque “deberían” elegir, ya que se trata de jurisdicciones gubernamentales. La competencia sería fomentada por la acción de “salida”, aunque no tendría que ser geográfica: las personas o los gobiernos locales podrían cambiar de afiliación a esas diferentes jurisdicciones, sin tener que mudarse a otra jurisdicción geográfica para hacerlo.

El autor menciona como ejemplo a la Liga Hanseática, un grupo funcional que brindaba normas comerciales comunes, aunque no tenía ningún tipo de vinculación geográfica. Eran miembros de la liga ciudades como Lübeck, Bremen y Colonia (hoy Alemania), Stettin y Danzig (hoy Polonia), Kaliningrado (hoy Rusia), Riga (Letonia), Reval (hoy Tallinn, Estonia) y Dorpat (hoy Tartu, Estonia), Groningen y Deventer (hoy Holanda). Londres (Inglaterra), Brujas y Amberes (Bélgica) y Novgorod (Rusia) eran miembros asociados. En los Estados Unidos hay “distritos especiales”. En Suiza hay 26 cantones y unas 8,000 comunas de distinto tipo, de las cuales 2,940 definen la ciudadanía política (los ciudadanos lo son de las comunas, no de “Suiza”). Hay comunas educativas que ofrecen servicios a más de un gobierno local.

Esta profunda descentralización y división de poderes actuaría como un límite al abuso de poder y permitiría la participación ciudadana en la toma de decisiones, sobre todo asociado al uso de mecanismos de democracia directa.

Rothbard y Friedman

Finalmente, Murray Rothbard (2002) y David Friedman (1989) presentan un modelo también con jurisdicciones funcionales, en competencia y superpuestas, pero, a diferencia de Frey, se trata solamente de agencias privadas. Según esta visión “libertaria”, todos los bienes y servicios serían provistos por el mercado, ya que este puede hacerlo, si bien no en forma perfecta, superior a la provisión estatal. Así, ambos autores analizan cada uno de los servicios que actualmente proveen los Estados y cómo los podría proveer el mercado. Las propuestas de uno y otro son similares en cuanto a la provisión de todos los bienes y servicios por el mercado, con algunas diferencias, sobre todo relacionadas con los fundamentos filosóficos —una filosofía moral iusnaturalista, en el caso de Rothbard, y consecuencialista, en el de Friedman— y a una hipótesis sobre el posible nacimiento de una sociedad anarcocapitalista, como la que proponen —un contrato social, donde las partes consentirían un código legal, en el caso de Rothbard, y un enfoque incremental, en el caso de Friedman—.

En el caso tal vez más complejo de todos —la seguridad personal y la defensa—, critica la visión predominante de que el Estado debe proveer protección policial, como si fuera una entidad única y absoluta, consistente en una cantidad fija que se brinda a todos por igual. Ese tipo de bien general no existiría, de la misma forma que no existe un bien “comida” o “vivienda”[3]. Por lo tanto, el Estado debería asignar un recurso escaso, sujeto a las ineficiencias de la política y la burocracia. Para Rothbard, los individuos deberían contratar este servicio, como los demás, en el mercado, y lo harían según sus preferencias específicas: desde la patrulla de un policía cuando sea necesaria, hasta protección personal durante las veinticuatro horas. Se argumentará que, en tal caso, los consumidores deberían pagar algo que ahora reciben gratis, pero es necesario tener en cuenta que en el modelo libertario no habría impuestos, así que los recursos que la población destina, en un determinado momento, con ese fin, estarían disponibles directa o indirectamente para contratar ese tipo de servicios.

El modelo no considera que cada persona tendría que salir a contratar un agente privado, en caso de haber sido robada o atacada, sino que, como ocurre actualmente en muchos barrios abiertos o cerrados, contrataría una compañía que le brindaría ese servicio. Es bastante probable, además, que los servicios fueran ofrecidos por empresas de seguros, ya que, si se ha asegurado, por ejemplo, una casa contra robo, la protección podría ser parte del servicio del seguro[4]. La competencia se transformaría en eficiencia y control por parte de los consumidores, ya que podrían cambiar de agencia en caso de no estar contentos con el servicio que reciben, algo que no pueden hacer ahora por tratarse de un servicio monopólico, del cual se recibe simplemente lo que toque.

[1]. Dice Alberdi ([1854] 1993): “Al legislador, al hombre de Estado, al publicista, al escritor, sólo toca estudiar los principios económicos adoptados por la Constitución, para tomarlos por guía obligatoria y reglamentaria. Ellos no pueden seguir otros principios, ni otra doctrina económica que los adoptados ya en la Constitución, si han de poner en planta esa Constitución, y no otra que no existe. Ensayar nuevos sistemas, lanzarse en el terreno de las novedades, es desviarse de la Constitución en el punto en que debe ser mejor observada, falsear el sentido hermoso de sus disposiciones, y echar el país en desorden y en el atraso, entorpeciendo los intereses materiales, que son los llamados a sacarlos de la posición oscura y subalterna en que se encuentra” (p. 2).

 

[2]. Dice Willy Linder, editora económica del Neue Züricher Zeitung: “Los suizos siguen siendo suficientemente generosos y sensibles para votar a veces a favor de cuestiones que parecen ir en contra de su propio interés. Sin embargo, en el largo plazo, estas actitudes han contribuido a la estabilidad política y económica de Suiza. Durante los tres últimos años, por ejemplo, los suizos, por márgenes excediendo generalmente 3 a 1, han decidido en referéndums no cobrar impuestos especiales a los ricos y los que ganan altos sueldos, no otorgar a los trabajadores suizos participación en la administración de las empresas, no reducir la edad mínima para ingresar en el generoso sistema de pensiones, no permitir al gobierno central que recaude fondos para compensar tendencias locales recesivas, y finalmente no permitir al gobierno central que tenga déficit”. Fortune, diciembre 18 de 1978; citado en “President’s Essay”, Washington DC: The Heritage Foundation, 2011.

 

[3]. “A cualquier persona o negocio, la policía puede proveerle desde un oficial que haga una ronda una vez por noche, dos policías que patrullen constantemente cada cuadra, otros que lleven a cabo la vigilancia en un móvil, hasta uno o incluso varios guardaespaldas personales permanentes. Además, debe tomar muchas otras decisiones cuya complejidad se hace evidente tan pronto como levantamos el velo del mito de la “protección” absoluta. ¿Cómo podría la policía asignar adecuadamente sus fondos, que por supuesto son siempre limitados, como lo son los de todos los individuos, organizaciones y agencias? ¿Cuánto debería invertir en equipamiento electrónico? ¿En equipos para tomar huellas dactilares? ¿En detectives o en policías uniformados? ¿En patrulleros o en agentes que prestan servicio a pie, etcétera?”. (Rothbard 2002, p. 268).

 

[4]. “Esta debería ser la primera respuesta simple a la pregunta típica que expresa el temor de la gente a la que se le habla por primera vez de una policía totalmente privada: “Bueno, eso significa que si a uno lo atacan o le roban, tiene que apresurarse a encontrar un policía y comenzar a negociar acerca de cuánto le costará que lo defienda”. Bastaría un momento de reflexión para darse cuenta de que ningún servicio se suministra de esa manera en el libre mercado. Es obvio que la persona que quiere estar protegida por la Agencia A o la Compañía Aseguradora B pagará primas regulares en lugar de esperar a ser atacada antes de comprar la protección. “Pero supongamos que se produce una emergencia y el policía de la Compañía A ve que alguien es asaltado; ¿se detendría a preguntar si la víctima adquirió el seguro de la Compañía A?” En primer lugar, este tipo de asalto callejero estaría, como ya lo hemos señalado, dentro de la jurisdicción de la policía contratada por el dueño de la calle en cuestión. Pero ¿qué ocurriría en la situación, poco probable, de que un barrio no tuviera servicio policial, y que un policía de la Compañía A viera casualmente que alguien es atacado? ¿Saldría en defensa de la víctima? Eso, por supuesto, dependería de la Compañía A, pero es casi inconcebible que las compañías de policía privada no cultivaran la buena voluntad estableciendo, como política, la ayuda gratuita a las víctimas en situaciones de emergencia y, quizá, pidiendo luego a la persona rescatada un aporte voluntario. En el caso de un propietario que sufriera un asalto o un ataque, por supuesto recurriría a la compañía policial que hubiera contratado. Llamaría a la Compañía Policial A en lugar de a “la policía”, como lo hace ahora”. (Rothbard 2002, p. 270).

 

Los estados son monopólicos, pero la movilidad de los recursos los somete a algo de competencia

Con los alumnos de Economía e Instituciones vemos el capítulo “Competencia institucional y globalización” donde analizamos cómo la movilidad de los recursos genera una competencia entre jurisdicciones donde pesa la calidad de las instituciones:

El proceso competitivo del mercado es eficiente, porque obliga a los proveedores a prestar atención a los consumidores y a sus necesidades. Esto es así porque los primeros necesitan la aprobación voluntaria de los últimos en un intercambio que tiene que ser mutuamente beneficioso para realizarse. En el ámbito de las acciones del Estado eso no sucede, porque quien ofrece los servicios no requiere tal aprobación, al menos directamente. Esta desvinculación entre prestación y pago está en la raíz del problema, y mientras exista el problema de la ineficiencia del monopolio y el abuso de poder subsistirá.

En tal sentido, el proceso de competencia intra-, inter- y extra-jurisdiccional actúa como un mecanismo adicional de control, ya que establece límites a lo que se puede realizar sin el consentimiento explícito de los ciudadanos. En la medida que la movilidad de los factores ejerce presiones positivas y negativas, introduce un mecanismo de premios y castigos que fuerzan al gobernante a prestar atención a esos movimientos y actuar en consecuencia.

Pero estamos hablando de monopolios territoriales, con una imperfecta (aunque creciente) movilidad por parte de los ciudadanos y con imperfecta información respecto a los costos y beneficios provenientes de las distintas jurisdicciones, debido a la ausencia de precios en estos servicios. Por eso la competencia genera mejores condiciones mientras el individuo puede trasladarse, pero, al mismo tiempo, estamos lejos del grado de competencia que existe cuando, sin necesidad de hacerlo, puede optar entre un producto o servicio y otro. Un caso similar al comentado sería el existente en algunos países en relación con las concesiones de servicios telefónicos en redes donde existen distintos proveedores, pero cada uno de ellos con un monopolio regional: el individuo puede ejercer su poder de opción trasladándose de una región a otra, pero no dentro de una de ellas.

No obstante, como hemos visto, ese traslado existe y se hace más intenso a medida que se reduce el tamaño de la jurisdicción a cargo de la provisión del servicio . De ahí que las bondades de la descentralización vayan más allá que el conocimiento de las condiciones específicas de tiempo y lugar, al permitir un incremento proporcional de la movilidad y, por ende, de la competencia.

Las semanas previas a un acto electoral nos muestran una intensa actividad, que bien podríamos denominar “competencia”: los candidatos, al menos durante ese breve periodo, compiten entre sí. ¿Es esa la única competencia en el ámbito de la política? Después de todo, la definición de un “gobierno” es la de poseer el “monopolio” de la coerción y la palabra monopolio sugiere todo lo opuesto a competencia.

No obstante, el análisis económico de la política ha señalado dos formas en las que la competencia “entre gobiernos” se manifiesta. A una de ellas podríamos llamarla “competencia por comparación”: es aquella desde que la gente observa lo que pasa en el gobierno de al lado y demanda políticamente algo similar. Para eso no hace falta que la gente o los recursos se muevan de donde están. La otra forma de competencia es, precisamente, la que genera esa posibilidad de trasladarse de una jurisdicción a otra.

Que los capitales pueden trasladarse resulta claro, pero ¿son también móviles otros recursos? En concreto, ¿se traslada la gente comparando condiciones según un gobierno u otro? La respuesta es, por supuesto, afirmativa. Basta recordar las recientes noticias sobre los africanos que querían ingresar a Europa por Ceuta y Melilla o al ocasional balsero cubano. Suele decirse que, a nivel intergubernamental, la gente “vota con los pies”, y para tener una idea de la calidad institucional en cada caso solo hace falta observar de dónde quiere salir la gente y a dónde quiere entrar.

Los gobiernos están preocupados por esta competencia: la existente entre aquellos que pierden recursos, precisamente porque se les escapa su “base imponible”, y aquellos que los reciben, porque, se sostiene, en un mundo en competencia para atraerlos hay que reducir constantemente las tasas impositivas. Ahora bien, esta es una cuestión mucho más acotada que la anterior: ¿compara la gente distintas presiones impositivas y decide mudarse de un lado a otro cuando solamente hay diferencias en los impuestos?

Douglass North y las ideas. No juegan un papel en la economía neoclásica, pero deberían

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico I , Económicas UBA, vemos a Douglass North  quien, como otros autores que hemos visto en la materia, enfatiza el papel que cumplen las ideas en la evolución de las sociedades. De su artículo “Instituciones, Ideología y Desempeño Económico”:

“Las ideologías subyacen las estructuras que poseen los individuos para explicar el mundo que los rodea. Las ideologías contienen un elemento normativo esencial; es decir, explican tanto cómo es el mundo y cómo debiera ser. Mientras que los modelos subjetivos suelen ser una combinación de creencias, dogmas, teorías cuerdas y mitos, usualmente contienen también elementos de una estructura organizada que los hacen mecanismos económicos para recibir e interpretar información.

La ideología no juega un papel en la teoría económica neoclásica. Los modelos racionales asumen que los actores poseen modelos correctos para interpretar el mundo que los rodea o para recibir información que los llevará a revisar y corregir sus modelos incorrectos. Quienes no se adapten fracasarán en los mercados competitivos que caracterizan a las sociedades. Uno de los temas importantes es la información que reciben los individuos acerca de sus modelos subjetivos, lo cual los llevará a ponerlos al día. Si la racionalidad instrumental de la teoría económica fuese correcta, anticiparíamos que las teorías falsas serían descartadas, y en cuanto a que la maximización de la riqueza es una característica del comportamiento humano, podríamos decir que el crecimiento sería característico en toda economía. Con un horizonte lo suficientemente lejano, puede ser que esto sea correcto, pero luego de 10,000 años de historia económica humana seguimos lejos de un crecimiento económico universal. El hecho simple es que no poseemos la información para poner al día nuestras teorías subjetivas y llegar a una sola teoría verídica; consecuentemente, no hay un equilibrio que se obtenga como producto. Al contrario, lo que existen son varios equilibrios que nos llevan en varias direcciones, incluida la estagnación y el decrecimiento de las economías. La ideología importa, pero ¿de dónde vienen los modelos subjetivos de los individuos, y cómo se alteran?

Los modelos subjetivos que las personas utilizan para descifrar el ambiente son en parte una consecuencia del crecimiento y de la transmisión del conocimiento científico, y en parte de la herencia cultural de cada sociedad. En la medida en que la primera forma de conocimiento (científico) determine las decisiones, un enfoque racional e instrumental es la mejor manera de analizar el desempeño económico, pero la gente siempre ha acudido a mitos, tabúes, religiones, y otras formas de herencia cultural para explicar su ambiente. La cultura es más que una mezcla de distintas formas de conocimiento; está cargada de valores y estándares de comportamiento que han evolucionado para resolver problemas de intercambio, ya sea éste social, político o económico. En toda sociedad evoluciona una estructura informal para estructurar la interacción humana. Esta estructura es el “inventario de capital” básico que define la cultura de una sociedad; es decir, que la cultura provee un orden conceptual basado en el idioma para codificar e interpretar la información que los sentidos le presentan al cerebro. Como resultado, la cultura no sólo juega un papel en formar las reglas formales sino también está por debajo de los frenos informales que son parte de las instituciones.

Las construcciones ideológicas que los individuos poseen para explicar su ambiente cambian. Estas construcciones son claramente influenciadas por los cambios fundamentales en los precios relativos, lo cual resulta en una inconsistencia persistente entre los resultados percibidos y los resultados predichos por los modelos subjetivos que poseen los individuos. Pero eso no es todo. Las ideas importan; la combinación de cambios generados en precios relativos filtrada a través de las ideas condicionadas culturalmente es la responsable de que los modelos subjetivos evolucionen.”

Calidad institucional y desarrollo humano: ¿igualdad de oportunidades o más oportunidades para todos?

Del Cap 14 del libro:

Entre las muchas cosas que nuestras sociedades modernas demandan de sus gobernantes están las que se resumen en la “igualdad de oportunidades”. No obstante, a poco que pensemos sobre ello, nos daremos cuenta de que, en su sentido literal, la misma es difícil —si no imposible— de alcanzar. El conocimiento se encuentra inevitablemente disperso, lo mismo que los talentos, las capacidades y los recursos. Somos diferentes y es muy probable que obtengamos resultados diferentes, pero eso no quiere decir que no sea importante tener las oportunidades para mejorar nuestra situación, incluso aunque no todos podamos tener las mismas.

Es más: si efectivamente lográramos tener un gobierno que alcanzara el objetivo de la igualdad absoluta de oportunidades, lo más probable es que fuera uno que eliminaría todo vestigio de libertad individual y el respeto por muchos de los derechos que ahora también exigimos que esos mismos gobiernos respeten y garanticen. Tenemos distintas preferencias y nos proponemos alcanzar distintos fines en nuestra vida: es ese un tipo de conocimiento que sería inútil esperar que el gobierno pueda otorgárnoslo.

La función del gobierno entonces no puede ser garantizarnos ciertos resultados particulares a cada uno de nosotros, sino generar ciertas condiciones generales en las que tengamos “más” oportunidades para perseguir, y eventualmente alcanzar cualesquiera de nuestros objetivos particulares. O lo que es lo mismo: se trata de mantener dicho orden, formado por un marco de normas, tanto formales como informales, que, en buena medida, tampoco el gobierno mismo ha generado, sino que resulta de largos procesos evolutivos.

Son esos los llamados “marcos institucionales” que aquí estamos tomando en consideración, y decimos que uno es mejor que otro cuando permite una mayor coordinación de las acciones de los individuos, permitiéndoles así acceder a un mayor número de oportunidades.

Precisamente una de las conclusiones a las que se puede llegar solamente con observar qué países ocupan las últimas posiciones del Índice de Calidad Institucional —por ejemplo, Myanmar, Corea del Norte y Turkmenistán, o Haití, Venezuela y Cuba, en América— es que se trata de países con gobiernos que se han fijado como supuesto objetivo dicha igualdad, o que no parecen contar con un marco institucional en absoluto, y sus ciudadanos están sometidos a los abusos de grupos organizados que utilizan el poder en beneficio de “sus” propias oportunidades.

Si bien es cierto que las circunstancias de cada país cambian a diario también lo es que los organismos ejecutivos y legislativos emiten un gran número de normas, los “marcos institucionales” cambian lentamente. Es verdad que ciertas normas “formales” pueden modificarse, pero las pautas de conducta necesariamente evolucionan despacio.

Aunque fuera deseable, es utópico suponer que puede existir la igualdad de oportunidades. Los individuos somos diferentes: tenemos distintas preferencias, talentos, gustos y capacidades. Pero si la estricta igualdad es imposible, la existencia de mayor cantidad y calidad de oportunidades no lo es.

El desarrollo humano se alcanza, en definitiva, cuando se tienen mayores y mejores oportunidades. Esto puede medirse, y así lo hace PNUD, tomando en cuenta indicadores de esperanza de vida, alfabetización e ingresos.

Los países que alcanzan mayores niveles de desarrollo humano según este indicador, también son los que mejor califican en términos de calidad institucional; lo contrario ocurre con quienes ocupan las últimas posiciones. Algunos países, sin embargo, parecen desafiar esta relación. Pero si relacionamos las mejoras en desarrollo humano con la calidad institucional, observamos que los países con mejor calidad relativa presentan mejoras superiores en desarrollo humano.

No obstante, ¿cómo es la relación entre uno y otro? ¿Determina la calidad institucional el nivel de desarrollo humano o viceversa? Distintos métodos señalan en dirección a una relación causal entre la primera y el segundo: por un lado, las deducciones de la teoría económica; por otro, la confirmación mediante regresiones; por último, la evidencia histórica.

La ausencia de instituciones —en concreto los derechos de propiedad— castiga en particular a los más pobres, pues así no pueden acceder a los mercados formales ni aprovechar el escaso capital de que disponen.

Friedrich Hayek en «La Fatal Arrogancia», sobre el origen de la propiedad, de la libertad y de la justicia

Con los alumnos de Economía e Instituciones vemos un capítulo del libro de Hayek “La Fatal Arrogancia”, donde trata del origen de la propiedad, la libertad y la justicia:

Nadie que valore la sociedad civilizada osará recusar la propiedad plural. La historia de una y otra están íntimamente ligadas. Henry Sumner Maine

La propiedad…, por lo tanto, es intrínsecamente inseparable de la economía humana en su modalidad social. Carl Menger

El hombre está capacitado para disfrutar de las libertades civiles en la misma medida en que esté dispuesto a contener sus apetitos, sometiéndolos a algún condicionamiento moral; lo está en la medida en que su amor por la justicia prevalece sobre su rapacidad. Edmund Burke

La libertad y el orden extenso

Establecido que, en definitiva, fueron la moral y la tradición —más que la inteligencia y la razón calculadora— las que permitieron al hombre superar su inicial estado de salvajismo, parece razonable también situar el punto de partida del proceso civilizador en las regiones costeras de Mediterráneo. Las posibilidades facilitadas por el comercio a larga distancia otorgaron ventaja relativa a aquellas comunidades que se avinieron a conceder a sus miembros la libertad de hacer uso de la información personal sobre aquellas otras en las que era el conocimiento disponible a nivel colectivo o, a lo sumo, el que se encontraba en poder de su gobernante de turno el que determinaba las actuaciones de todos. Fue, al parecer, en la región mediterránea donde por primera vez el ser humano se avino a respetar ciertos dominios privados cuya gestión se dejó a la responsabilidad del correspondiente propietario, lo que permitió establecer entre las diferentes comunidades una densa malla de relaciones comerciales. Surgió la misma al margen de los particulares criterios o veleidades de los jefes locales, al no resultar posible entonces controlar eficazmente el tráfico marítimo. Cabe recurrir a la autoridad de un respetado investigador (al que ciertamente no se puede tildar de proclive al mercado) que se ha expresado en los siguientes términos:

“El mundo greco-romano fue esencial y característicamente un mundo de propiedad privada, tratárase de unos pocos acres o del las inmensas posesiones de los emperadores y senadores romanos; era un mundo dedicado al comercio y a la manufactura privados” (Finley, 1973:29).

Tal orden, basado en la integración de muchos esfuerzos orientados al logro de una pluralidad de metas individuales, sólo devino posible sobre la base de eso que yo prefiero denominar propiedad plural, expresión acuñada por H. S. Maine y que considero más adecuada que la de “propiedad privada”. Si aquélla constituye la base de toda civilización desarrollada, correspondió en su día, al parecer, a la Grecia clásica el mérito de haber por vez primera advertido que es también intrínsecamente inseparable de la libertad individual. Los redactores de la Constitución de la antigua Creta “daban por sentado que la libertad es la más importante aportación que el Estado puede ofrecer; y precisamente por ello, y por ninguna otra razón, establecieron que las cosas perteneciesen indubitablemente a quienes las adquirieran. Por el contrario, en los regímenes en los que prevalece la esclavitud todo pertenece a los gobernantes” (Estrabón, 10, 4, 16).

Un importante aspecto de esa libertad —la posibilidad de que los individuos o subgrupos puedan dedicar sus esfuerzos a la consecución de una amplia variedad de fines, fijados en función de sus particulares conocimientos y habilidades— sólo resultó posible a partir del momento en que, aparte del plural control de los medios, pudo contarse también con otra práctica que ha sido siempre inseparable de la primera: la existencia de reconocidos mecanismos para su transmisión. Esa capacidad individual de decidir autónomamente acerca de cuál deba ser el empleo a dar determinados bienes —en función de los personales conocimientos y apetencias (o el de los del colectivo en el que el actor haya decidido libremente integrarse)— depende de que, de manera general, se acepte la existencia de ciertos dominios privados dentro de los cuales puedan los diferentes sujetos disponer las cosas a su gusto, así como de una también consensuada mecánica de transmisión a otros de tales derechos. Desde la Grecia clásica hasta nuestros días, la condición esencial a la existencia de los derechos dominicales, así como el correspondiente orden de libertad y pacífica convivencia, ha sido siempre idéntica: la existencia de un estado de derecho encarnado en una normativa de carácter general que a cualquiera permita determinar quiénes son los sujetos o entes a los que corresponde establecer lo que procede hacer con los bienes ubicados en el ámbito personal.

Respecto de ciertos bienes (por ejemplo las herramientas) debió surgir ya en fechas muy tempranas el concepto de propiedad privada. Este concepto pudo originar vínculos de unión tan fuertes que hasta hayan impedido por completo su transferencia, por lo que el utensilio en cuestión solía acompañar a su dueño hasta la tumba, cual testimonian los tholos o enterramientos de falsa bóveda del período micénico. Produciríase, en este caso, cierta identificación entre la figura del “creador” de la cosa y su “propietario legítimo”. Numerosas han sido las modalidades según las cuales ha evolucionado en el tiempo dicha idea fundamental —evolución muchas veces sin duda ligada con la leyenda, cual acontecería siglos después con la historia del rey Arturo y su espada Excalibur, relato según el cual la transferencia del arma tuvo lugar, no por aplicación de una ley establecida por los hombres, sino en virtud de una ley “superior” relacionada más bien con “los poderes”.

La extensión y refinamiento del derecho de propiedad tuvo lugar, como sugieren estos ejemplos, de manera gradual, no habiéndose alcanzado aún hoy sus estadios finales. El respeto a la propiedad no dispondría ciertamente de gran arraigo entre las bandas de cazadores y recolectores en cuyo seno cualquiera que descubriera una nueva fuente de alimentación o un más seguro refugio quedaba obligado a comunicar su hallazgo al resto de sus compañeros. Probablemente, los primeros artículos no fungibles personalmente elaborados quedarían ligados a sus creadores simplemente por el hecho de ser ellos los únicos capaces de utilizarlos. Nuevamente cabe recurrir al ejemplo del rey Arturo y su espada Excalibur, pues, aunque no fuera éste quien con sus manos la forjara, era ciertamente el único capaz de blandirla. La propiedad plural relativa a los bienes de carácter fungible debió aparecer más tarde, a medida que avanzara el proceso de debilitamiento del espíritu de solidaridad de grupo y fuera asumiendo el sujeto cada vez en mayor medida la responsabilidad de asegurar el sustento de determinados grupos de menor tamaño, tal como la unidad familiar. Fue probablemente la necesidad de disponer de una mínima unidad productiva viable lo que dio lugar a que la propiedad de la tierra pasara de colectiva a privada.

Demsetz, el origen de la propiedad y el papel que estos derechos cumpen para resolver externalidades

Con los alumnos de la materia Economía e Instituciones de OMMA Madrid, vemos el artículo de Demsetz “Hacia une teoría de los derechos de propiedad”. Comienza diciendo:

“Cuando en el mercado se realiza una transacción se intercambian dos «paquetes» de derechos de propiedad. Una parte de esos derechos está ligada al bien o al servicio concreto que se intercambia, pero es el valor de los derechos de propiedad el que determina el valor de lo que cambia de propietario. Las preguntas dirigidas a determinar la aparición y la combinación de tales componentes del paquete de derechos de propiedad son en realidad previas a las que comúnmente se hacen los economistas. Éstos, por lo general, toman los derechos de propiedad como un dato y buscan explicaciones para las fuerzas que determinan el precio o el número de bienes a los que se refieren tales derechos de propiedad.

En este trabajo procuro llamar la atención sobre algunos de los elementos para una teoría económica de los derechos de propiedad. El trabajo está organizado en tres partes. En la primera se desarrolla brevemente el concepto y el rol de los derechos de propiedad en los sistemas sociales. La segunda parte ofrece una guía para investigar la aparición de los derechos de propiedad. La tercera parte establece algunos principios pertinentes para comprender la combinación de los derechos de propiedad con vistas a formar determinados tipos de derechos y determinar así la estructura de propiedad que está asociada a los distintos tipos.

El concepto y el rol de los derechos de propiedad

En el mundo de Robinson Crusoe los derechos de propiedad no desempeñan ningún rol. Son un instrumento de la sociedad y su significación deriva del hecho de que ayudan a formarse las expectativas que se pueden sustentar razonablemente en las relaciones con otros. Estas expectativas encuentran su expresión en leyes, hábitos y costumbres de una sociedad. El propietario de ciertos derechos de propiedad posee el consentimiento de sus pares para permitirle actuar de determinadas maneras. Un propietario espera que la comunidad impida que otros interfieran en sus propias acciones a partir de que tales acciones no están prohibidas en la especificación de sus derechos.

Es importante notar que los derechos de propiedad conllevan el derecho a beneficiarse o perjudicarse a sí mismo así como a beneficiar o perjudicar a otros. Perjudicar a un competidor por el hecho de fabricar mejores productos puede estar permitido, mientras que pegarle un tiro no lo está. Por lo contrario, si puede estar permitido beneficiarse uno a sí mismo disparando un arma contra un intruso, puede no estarlo vender productos por debajo de cierto precio establecido. Está claro entonces que los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse y, por tal razón, quién debe pagar a quién para modificar acciones llevadas a cabo por personas. El reconocimiento de esto permite entender fácilmente la estrecha relación que existe entre derechos de propiedad y factores externos o externalidad.

La externalidad es un concepto ambiguo. Para los objetivos de este trabajo, el concepto incluye costos externos, beneficios externos y externalidades tanto pecuniarias como no pecuniarias. Ningún efecto benéfico o perjudicial es externo al conjunto. Alguna persona siempre resulta perjudicada o beneficiada por tales efectos. Lo que convierte a un efecto benéfico o perjudicial en una externalidad es que el costo de hacer que gravite en la decisión de una o más de las personas interactuantes sea demasiado alto como para justificarse, y esto es lo que el término quiere decir aquí. La «internalización» de tales efectos está ligada a un proceso -usualmente un cambio en los derechos de propiedad- que permite a dichos efectos gravitar sobre todas las personas interactuantes. Una función primaria de los derechos de propiedad es la de promover incentivos para alcanzar una mayor internalización de las externalidades. Cada costo y beneficio asociado con interdependencias sociales es una externalidad potencial.

Una condición es necesaria para hacer que costos y beneficios sean externalidades: el costo de una transacción de derechos entre partes (internalización) debe exceder la ganancia de la internalización. En general, el costo de la transacción puede ser grande en relación con las ganancias por las «naturales» dificultades del intercambio comercial, o bien puede ser grande por razones legales. En una sociedad jurídicamente organizada, la prohibición de negociaciones voluntarias puede hacer infinito el costo de las transacciones. Algunos costos y beneficios no son tomados en cuenta por quienes utilizan los recursos, toda vez que las externalidades existen, pero permitir tales transacciones incrementa el grado en el cual las internalizaciones tienen lugar

Hardin y la tragedia de los comunes, que es en verdad la tragedia de la ausencia de propiedad

Con los alumnos de Law & Economics estuvimos viendo el papel que cumple el derecho de propiedad y ahora vemos los problemas que genera su ausencia. Para ello, leemos lo que ya es un clásico “La tragedia de los comunes”, de Garrett Hardin.

Curiosamente, el artículo plantea el problema a través de un tema en el cual creo que erra: el crecimiento poblacional. Sin embargo, presenta allí el famoso ejemplo de los pastores que llevan sus ovejas a pastar a un valle común que es perfecto.

Sobre el primer tema Hardin parece recitar a Malthus:

“La población, como lo dijo Malthus, tiende de manera natural a crecer «geométricamente», o como decimos hoy, exponencialmente. En un mundo finito esto significa que la repartición per cápita de los bienes del mundo debe disminuir. ¿Es acaso el nuestro un mundo finito?”

“Se puede defender con justeza la idea de que el mundo es infinito; o de que no sabemos si lo sea. Pero en términos de los problemas prácticos que hemos de enfrentar en las próximas generaciones con la tecnología previsible, es claro que aumentaremos grandemente la miseria humana si en el futuro inmediato, no asumimos que el mundo disponible para la población humana terrestre es finito. El «espacio» no es una salida.”

“Un mundo finito puede sostener solamente a una población finita; por lo tanto, el crecimiento poblacional debe eventualmente igualar a cero.”

Presenta a este problema como una “tragedia de la propiedad común”, en el sentido que todos somos “dueños” del planeta pero eso hace que ninguno se preocupe por el carácter finito de los recursos cuando decide traer a un nuevo ser humano al mundo, contribuyendo con su finitud. En todo caso, el análisis debería llevarnos a poner la mira en la falta de derechos de propiedad sobre muchos recursos naturales, no en el exceso de población que podamos generar al tomar decisiones sobre la composición de nuestras familias.

Pero en el medio de todo eso, el otro caso es muy bueno

El ejemplo de los pastores que llevan sus rebaños a un valle, aumentado su número sin pensar que el valle se depreda es lo mejor del texto, y aplicable a muchos contextos donde no hay derechos de propiedad definidos. También lo es su mención de que el problema se resuelve asignando derechos de propiedad privada a los pastores. Elinor Ostrom luego sugeriría que también funcionaría una propiedad grupal de todos los pastores sobre el valle.

En fin, aquí se abre la puerta al análisis de incontables recursos que enfrentan esta “tragedia”, desde las ballenas hasta la atmósfera, y la posibilidad de desarrollar derechos de propiedad en cada uno de ellos. Pero la finitud de los recursos no es un buen caso, y tendrá el mismo destino que el pesimismo de Malthus. Es más, esa misma iniciativa emprendedora e innovación que extiende la finitud de los recursos también es la que busca desarrollar derechos de propiedad en aquellos recursos que aún no los tienen, y así proteger los recursos que son escasos y multiplicarlos.

Calidad institucional e inversiones: y una vez alguien dijo que la Seguridad jurídica era una estupidez

Del Capítulo 13: Calidad institucional e inversiones

El impacto de la calidad institucional en el crecimiento económico, la acumulación de capital y la actividad empresarial se manifiesta a través del volumen y la calidad de las inversiones. Nuevas investigaciones se han dirigido, entonces, a analizar esta relación. James Gwartney (2009), uno de los autores del Informe sobre Libertad Económica en el Mundo (Fraser Institute, Cato Institute), destaca algunas de las conclusiones obtenidas después de varias ediciones del Índice de Libertad Económica, realizando un análisis comparativo:

La inversión privada como porcentaje del PIB es mayor en países con más libertad económica.

Existe una clara relación entre la calidad de las instituciones económicas y el volumen de inversión, que es aún mayor en relación con la inversión privada. (Algunos autores estarían dispuestos a discutir si corresponde llamar “inversión”, como categoría económica, a la pública). Por ejemplo, durante 1980-2005 el porcentaje de inversión/PIB en países con un índice de libertad económica superior a 7 (califica de 1 a 10) fue de 22.2%, comparado con un 18.9% en países con un índice menor de 5.

Pero la inversión privada alcanzó al 18.7% del PIB en los países con una calificación superior a 7 y solo 11.2% en los que tienen menos de 5. Los autores ajustaron sus datos para tomar en cuenta la localización de los países en los trópicos, el porcentaje de población residente en 100 kms de la costa y la distancia respecto a los principales mercados, que son las variables geográficas utilizadas por Jeffrey Sachs para explicar el nivel de desarrollo de los países.

Las conclusiones se extienden al caso de la inversión extranjera directa, que es en su gran mayoría inversión privada.

La productividad de la inversión privada es mayor en los países con más libertad económica. Gwartney et al. (2006) relacionaron la inversión privada como porcentaje del PIB con el Índice de Libertad Económica y estimaron el impacto del cambio de un punto porcentual en la relación inversión privada/PIB con la tasa de crecimiento anual a largo plazo en países con distintos niveles de libertad económica, durante el periodo 1980-2000. Su conclusión es que el impacto de un incremento de un punto porcentual en la inversión privada sobre el crecimiento del PIB era de 0.33 en los países con un índice de libertad de 7 o más, de 0.27 en los países con un índice entre 5 y 7, y de solo 0.19 en los países con un índice menor de 5.

La productividad de la inversión privada es, entonces, un 22% mayor en los países con mayor libertad económica que en los países medios, y un 80% mayor que en los países con baja libertad.

El crecimiento económico depende del ahorro y la inversión. Buena parte de esa inversión es realizada por empresas, que lo hacen para incrementar la producción. Por ello es importante conocer qué piensan las empresas y quienes las dirigen sobre el marco institucional y las principales trabas para invertir en distintos países, ya que cada inversión que no se realiza es una oportunidad de crecimiento perdida.

Al respecto, Geeta Batra, Daniel Kaufmann y Andrew Stone (2003) han realizado un estudio a nivel mundial, que se concreta en un libro y en un artículo en el que resumen las conclusiones de ese trabajo. Las respuestas abarcaron los distintos continentes, con un 80% de ellas provenientes de empresas pequeñas (con menos de 50 empleados) y medianas (con un número de empleados entre 51 y 500), siendo el 28% industriales, el 40.1% de servicios, el 20.6% agrícolas y el 11% dedicadas a la construcción. Se preguntó en todas ellas: “Juzgue, por favor, en una escala de 1 a 4, cuán problemáticos son los siguientes factores para la operación y crecimiento de su empresa”. Las principales restricciones fueron las siguientes: impuestos y regulaciones, financiamiento, inestabilidad e incertidumbre política, e inflación.

El orden de estas restricciones varía en algunos sitios. Por ejemplo, en muchos países subdesarrollados la corrupción aparece en lugar prominente, seguida de la inflación. En ciertos países de Asia resalta el crimen en las calles, en otros de África la falta de infraestructura. En el caso de América Latina, las principales restricciones mencionadas son: impuestos y regulaciones, seguidas de inestabilidad política, crimen callejero y financiamiento.

Los autores preguntaron incluso por los impuestos y las regulaciones en forma separada, y en cada caso los impuestos ocuparon el primer lugar y las regulaciones el segundo, en particular las regulaciones comerciales, vinculadas con las aduanas. En cuanto a las restricciones al financiamiento, que figura en primer lugar en todos los países es la elevada tasa de interés, aunque con diferencias por regiones. Fue mencionada por el 83.9% de los encuestados en el caso de América Latina, pero solo por el 47.8% en la OCDE, aunque también ocupa allí el primer lugar. Le siguen los requerimientos de garantías y la falta de créditos a largo plazo.

Respecto a la corrupción, un 60% de las empresas en América Latina la mencionan como un impedimento serio. En general, se trata de un rasgo destacado más por las pequeñas y medianas empresas que por las grandes. Cuando se les preguntó sobre la eficiencia de los servicios de Gobierno, el primer lugar fue ocupado por la Comunidad Europea, donde el 70% de los entrevistados los calificó de ineficientes, porcentaje que alcanza al 63% en América Latina. En los países de la OCDE, el número es de 50% y, curiosamente tal vez, en los del Lejano Oriente del 16%. En las empresas pequeñas y medianas se opina que están más restringidas en todas las categorías y regiones.

Tomando en cuenta las restricciones en su totalidad, los autores han concluido que en aquellos países donde tales restricciones son mayores, las ventas de las empresas existentes crecen algo más de un 10% menos que en los que tienen mejores calificaciones, un porcentaje similar al menor crecimiento de sus inversions.

Hayek sobre el origen del derecho de propiedad, el derecho básico para la autonomía del individuo

Con los alumnos de Law & Economics de la UFM vemos a Hayek sobre el origen del derecho de propiedad. Algunos párrafos:

Hayek

“Un importante aspecto de esa libertad —la posibilidad de que los individuos o subgrupos puedan dedicar sus esfuerzos a la consecución de una amplia variedad de fines, fijados en función de sus particulares conocimientos y habilidades— sólo resultó posible a partir del momento en que, aparte del plural control de los medios, pudo contarse también con otra práctica que ha sido siempre inseparable de la primera: la existencia de reconocidos mecanismos para su transmisión. Esa capacidad individual de decidir autónomamente acerca de cuál deba ser el empleo a dar determinados bienes —en función de los personales conocimientos y apetencias (o el de los del colectivo en el que el actor haya decidido libremente integrarse)— depende de que, de manera general, se acepte la existencia de ciertos dominios privados dentro de los cuales puedan los diferentes sujetos disponer las cosas a su gusto, así como de una también consensuada mecánica de transmisión a otros de tales derechos. Desde la Grecia clásica hasta nuestros días, la condición esencial a la existencia de los derechos dominicales, así como el correspondiente orden de libertad y pacífica convivencia, ha sido siempre idéntica: la existencia de un estado de derecho encarnado en una normativa de carácter general que a cualquiera permita determinar quiénes son los sujetos o entes a los que corresponde establecer lo que procede hacer con los bienes ubicados en el ámbito personal.

Respecto de ciertos bienes (por ejemplo las herramientas) debió surgir ya en fechas muy tempranas el concepto de propiedad privada. Este concepto pudo originar vínculos de unión tan fuertes que hasta hayan impedido por completo su transferencia, por lo que el utensilio en cuestión solía acompañar a su dueño hasta la tumba, cual testimonian los tholos o enterramientos de falsa bóveda del período micénico. Produciríase, en este caso, cierta identificación entre la figura del “creador” de la cosa y su “propietario legítimo”. Numerosas han sido las modalidades según las cuales ha evolucionado en el tiempo dicha idea fundamental —evolución muchas veces sin duda ligada con la leyenda, cual acontecería siglos después con la historia del rey Arturo y su espada Excalibur, relato según el cual la transferencia del arma tuvo lugar, no por aplicación de una ley establecida por los hombres, sino en virtud de una ley “superior” relacionada más bien con “los poderes”.

La extensión y refinamiento del derecho de propiedad tuvo lugar, como sugieren estos ejemplos, de manera gradual, no habiéndose alcanzado aún hoy sus estadios finales. El respeto a la propiedad no dispondría ciertamente de gran arraigo entre las bandas de cazadores y recolectores en cuyo seno cualquiera que descubriera una nueva fuente de alimentación o un más seguro refugio quedaba obligado a comunicar su hallazgo al resto de sus compañeros. Probablemente, los primeros artículos no fungibles personalmente elaborados quedarían ligados a sus creadores simplemente por el hecho de ser ellos los únicos capaces de utilizarlos. Nuevamente cabe recurrir al ejemplo del rey Arturo y su espada Excalibur, pues, aunque no fuera éste quien con sus manos la forjara, era ciertamente el único capaz de blandirla. La propiedad plural relativa a los bienes de carácter fungible debió aparecer más tarde, a medida que avanzara el proceso de debilitamiento del espíritu de solidaridad de grupo y fuera asumiendo el sujeto cada vez en mayor medida la responsabilidad de asegurar el sustento de determinados grupos de menor tamaño, tal como la unidad familiar. Fue probablemente la necesidad de disponer de una mínima unidad productiva viable lo que dio lugar a que la propiedad de la tierra pasara de colectiva a privada.”

Evolución de la calidad institucional: Argentina perdió 98 posiciones, sobre todo desde 2001

En el Capítulo 12 del libro analizo la calidad institucional y la elaboración del índice para realizar un análsis comparative. Aquí van los datos para este año:

Algunos países muestran dramáticas caídas en su calidad institucional. En el Informe de presentación del Índice de Calidad Institucional, evaluamos distintos períodos, que no se ajustan a los eventos políticos de cada país. Aquellos que más posiciones han perdido en los últimos 21 años son Bolivia (100 posiciones) y Argentina (98), aunque sus caídas comenzaran en distintos momentos de ese período. En el caso argentine, esto claramente comienza con la crisis del 2001. Dice el Informe:

En cuanto a la evolución de sus desempeños, estos son los resultados en relación a 1996, a los últimos diez años, y al año pasado:

21 años 10 años 1 año
Antigua y Barbuda -26 -13
Argentina -98 -45 -5
Bahamas -28 -22 -6
Barbados -14 -12 -1
Belice -58 -48 -13
Bolivia -100 -37 -1
Brasil 3 -22 -2
Canada 1 3 1
Chile 0 -1 0
Colombia 18 5 3
Costa Rica -7 13 6
Cuba -29 -22 2
Dominica 3 9
Ecuador -74 -22 7
El Salvador -17 -10 18
Estados Unidos -4 -7 0
Grenada -35 -8
Guatemala -31 1 1
Guyana -42 -23 0
Haití -43 -8 3
Honduras -55 -20 -1
Jamaica -17 -5 9
México -6 -19 0
Nicaragua -40 -37 -11
Panamá -26 -4 10
Paraguay -56 7 5
Perú 15 5 -5
República Dominicana -24 -7 5
San Kitts y Nevis -19 0
San Vicente y las Granadinas -9 2
Santa Lucía -8 4
Suriname -18 -35 -1
Trinidad y Tobago -35 -13 8
Uruguay 1 11 3
Venezuela, RB -74 -30 1

 

Otros resultados positivos son los de Panamá (+10), Jamaica (+9), Dominica (+9), Trinidad y Tobago (+8), Ecuador (+7), Costa Rica (+6), República Dominicana (+5) y  Paraguay (+5). Los más negativos han sido Antigua y Barbuda (-13), Belice (-13), Nicaragua (-11), Grenada (-8), Bahamas (-6), Argentina (-5). En una perspectiva de más largo plazo ya hemos visto que los que más han caído han sido Bolivia, Argentina, Venezuela, Ecuador, Belice, Honduras, Guyana y Nicaragua, lo cual denota el deterioro institucional que acompaña, en general, a los proyectos políticos del populismo de tipo bolivariano. Mejoras no hay muchas para señalar, salvo los casos de Colombia (+18) y Perú (+15), que han mostrado también características del tipo de las señaladas en Chile o Uruguay en relación a haber alcanzado un consenso básico sobre la importancia de ciertas instituciones.