Alberdi: De los infinitos medios cómo la libertad económica puede ser derogada por la ley orgánica

Los alumnos de UBA Derecho leen el “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi. En su Capítulo III trata sobre los “escollos y peligros a que están expuestas las libertades protectoras de la producción”; y en su Artículo Primero comenta “De cómo las garantías económicas de la Constitución pueden ser derogadas por las leyes que se diesen para organizar su ejercicio”. Y después llegarían muchas que terminaron “desorganizando” la sociedad y la economía.

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En ese artículo señala Alberdi que “la libertad declarada no es la libertad puesta en obra”, que “el peligro de la inconsecuencia viene de la educación colonial y de la Constitución misma”, de cómo la garantía constitucional de la propiedad puede ser alterada por el código civil”, y de “cómo la seguridad personal, garantida por la Constitución, puede ser derogada por la ley en daño de la riqueza””. Y luego:

“De los infinitos medios cómo la libertad económica puede ser derogada por la ley orgánica.

La libertad económica es de todas las garantías constitucionales la más expuesta a los atropellamientos de la ley.

Se pueden llamar económicas: la libertad de comercio y de navegación, el derecho al trabajo; la libertad de locomoción y de tránsito, la de usar y disponer de su propiedad, la de asociarse, consagradas- por los artículos 10, 11, 12 y 14 de la Constitución.

El goce de estas libertades es concedido por la Constitución a todos los habitantes de la Confederación (son las palabras de su artículo 14). Conceder las a todos, quiere decir concederlas a cada uno; porque si se entendiese por todos, el Estado que consta del conjunto de todos los habitantes, en vez de ser libertades serían monopolios del Estado los derechos consagrados por el artículo 14. Toda libertad que se apropia el Estado, excluyendo a los particulares de su ejercicio y goce, constituye un monopolio o un estanco, en el cual es violado el artículo 14 de la Constitución, aunque sea una ley la creadora de ese monopolio atentatorio de la libertad constitucional y de la riqueza. La ley no puede retirar a ninguno los derechos que la Constitución concede a todos.

La libertad de comercio y de navegación puede ser atacada por leyes de derecho comercial y marítimo, que establezcan matrículas o gremios para el ejercicio de esta industria; por leyes que vinculen al estado político de las personas, como hace el código de comercio español, la práctica del comercio; por leyes que pongan en almoneda el derecho de ejercer determinados negocios esencialmente comerciales, como el de abrir ventas al martillo; por leyes que establezcan los derechos llamados diferenciales, que no son más que monopolios disfrazados un carácter provocativo; por leyes fiscales de patentes, aduanas, tránsito, peaje y cabotaje, puerto, anclaje, muelle, faro y otras contribuciones gravitadoras sobre la industria comercial (a) . Estas leyes pueden dañar la libertad, creando impuestos que la buena economía aconseja abolir; alzando las tarifas que el buen sentido económico aconseja disminuir en el interés fiscal, por la regla de que más valen muchos pocos que pocos muchos; multiplicando las formalidades y trámites para asegurar la percepción del impuesto aduanero, como si el fisco fuese todo y la libertad nada.

Son derogatorias de la libertad de comercio las leyes restrictivas del movimiento de internación y extracción de las monedas, por ser la moneda una mercancía igual a las demás, y porque toda traba opuesta a su libre extracción es la frustración de un cambio, que debía operarse contra otro producto importado del extranjero. Tales leyes son doblemente condenables como iliberales y como absurdas; como contrarias a la Constitución y a la riqueza al mismo tiempo.”

 

{a} Cuando se dice que la libertad de comercio puede ser atacada por leyes reglamentarias de estos objetos. no se pretende por eso que toda ley que estatuya en esos puntos es dirigida a contrariar la libertad. A veces la libertad misma se Impone sacrificios transitorios con el interés de extender sus dominios. Tales son los derechos diferenciales que la Confederación Argentina acaba de establecer en favor del comercio directo de la Europa con sus puertos fluviales, abiertos a todas las banderas, justamente con la mira de atraer las poblaciones y los capitales europeos hacia el Interior de la América del Sud. Una restricción deja de ser protección retrógrada desde que tiene por objeto convertir en hecho práctico un gran principio de libertad. Los derechos diferenciales aplicados a los sostenedores del monopolio son la libertad que se defiendo con la pena del talión. (Nota de Alberdi.)

Alberdi explica la Constitución Argentina: ¿la Nación es hecha para el fisco, o el fisco para la Nación?

Con los alumnos de UBA Derecho vemos “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi. Allí, en su primer capítulo, quien inspirara la Constitución Argentina explica los principios en que se sustenta. El texto muestra, también, cuán lejos se encuentra ahora el país de esos principios aunque mantenga en su esencia el mismo texto escrito:

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“Todos los intereses contribuyen al bienestar general, pero ninguno de un modo tan inmediato como los intereses materiales. Este principio, que es verdadero en Londres y París, el seno de la opulencia europea, lo es doblemente en países desiertos en que el bienestar material es el punto de partida y el resumen de la prosperidad presente.

Por esta razón la Constitución argentina (artículo 64, inciso 16), dando al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración, le demarca y señala terminantemente, como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género, «el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines».

Como la industria, es decir, el trabajo, como la inmigración y colonización, es decir los brazos, como los capitales no son más que los agentes o instrumentos de la producción de las riquezas, se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras tantas leyes protectoras de la producción.

Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. – En el curso de esta primera parte vamos a exponer los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina.

Pero, antes de pasar adelante, detengámonos en la observación de un hecho, que constituye el cambio más profundo y fundamental que la Constitución haya introducido en el derecho económico argentino. Ese hecho consiste en la escala o rango preponderante que la Constitución da a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. ¿Quién creyera que a los cuarenta años de principiada la revolución fundamental fuese esto una novedad en la América antes española?

La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.

Y, en efecto, ¿puede haber fisco rico de país desierto y pobre? Enriquecer el país, poblarlo, llenarlo de capitales. ¿Es otra cosa que agrandar el Tesoro fiscal? ¿Hay otro medio de nutrir el brazo, que engordar el cuerpo de que es miembro? ¿O la Nación es hecha para el fisco y no el fisco para la Nación?

Importaba consignar este hecho en el código fundamental de la República, porque él solo constituye casi toda la revolución argentina contra España y su régimen colonial.”

¿Nació la sociedad más libre de este planeta? Liberland: ¿el sueño de los libertarios será realidad?

Con el título “El hombre que fundó Liberland, un país en tierra de nadie en el centro de Europa”, La Nación comenta la iniciativa de Vit Jedlicka, quien fundó un nuevo país “libertario” en una zona que no era reclamada por ningún país, sobre el cual quiere organizar lo que sería, en principio, el país más libre del mundo: http://www.lanacion.com.ar/1818896-el-hombre-que-fundo-liberland-un-pais-en-tierra-de-nadie-en-el-centro-Europa

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Reproduce una nota de BBC Mundo, donde Jedlicka dice: «Quería fundar un país distinto: donde se vivieran todas las libertades, fuera del alcance de las fuerzas políticas y que existe en otras partes del mundo como Singapur o Hong Kong, pero no en el centro de Europa»

«El país se enorgullece de otorgar libertad personal y económica a sus ciudadanos, garantizada en la Constitución, que limita el poder de los políticos que no pueden interferir en las libertades otorgadas por la nación de Liberland», se puede leer en su página de internet en su declaración fundacional.

“Pero, ¿qué hace diferente a una nación como Liberland, al menos en los papeles? Todo está basado en su lema: «vive y deja vivir». «Vamos a aplicar un sistema de impuestos voluntario. Las personas van a pagar lo que crean que deben pagarle al Estado de acuerdo a los servicios que provee».

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Además, en su constitución, Liberland contempla que la propiedad privada y los derechos individuales están por encima del Estado, algo que Jedlicka viene proclamando hace cinco años en su partido político en República Checa.

http://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/08/150812_sociedad_cultura_nuevo_pais_liberland_serbia_croacia_amv

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Aquí va el Preámbulo de su Constitución:

“We, the Citizens of the Free Republic of Liberland, in order to secure Liberty, Life and Property, for ourselves and future generations, do ordain and establish the Constitution of the Free Republic of Liberland, attempting a harmonious consensus for the benefit of all those willing to assume responsiblity over the course of their lives. Being aware of a long and shameful list of governments’ trespasses to the Rights of the people, we hereby declare that the Public Authority governing the Free Republic of Liberland shall first and foremost respect the Bill of Rights and exercise only such functions as have been delegated to it under this Constitution. Therefore, we declare that whenever the Public Authority becomes an obstacle to, rather than a guarantor of, our Rights, it shall be our duty to alter or abolish such government, and to institute a new government for the restoration of the Rights which we consider inherent in all human beings.”

https://liberland.org/en/main/

Alberdi: Las tiranías de Sudamérica basadas en la noción grecoromana del Estado y la Patria

Con el título “LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL*, presentó una conferencia el Dr. Juan Bautista Alberdi, el 24 de Mayo de 1880, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, en oportunidad de la Colación de Grados realizada para otorgarle el Título de Miembro Honorario. En el siguiente texto, comentan a Alberdi el Alm. Carlos A. Sánchez Sañudo y el Dr. Edgardo Manara en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires el 26 de Agosto de 2003:

EL ANALISIS DE LA PATOLOGIA POLITICA

Comienza Alberdi su discurso destacando que una de “las más profundas raíces de nuestras tiranías en Sudamérica es la noción grecoromana del Estado y de la Patria, que debemos a la educación semiclásica que nuestras universidades han copiado a la Francia.

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En este estudio sobre la evolución de la libertad a lo largo de los tiempos, comenzó diferenciando los dos períodos de las sociedades griegas. “En la ciudad antigua -decía- el sentimiento personal formaba parte de la religión. Se amaba a la patria, porque se amaba a sus dioses protectores; las leyes eran fórmulas sagradas. Cada comuna tenía, no sólo independencia, sino también su culto y su código. Para los antiguos, Dios no estaba en todas partes. Los dioses de cada hombre eran aquellos que habitaban su casa, su comuna, su cantón. Por el contrario, el desterrado, al dejar su patria tras sí, dejaba también sus dioses y su propiedad – no teniendo culto, no tenía ya familia: dejaba de ser marido y padre. Por ello, el destierro de su ciudad no parecía un suplicio más tolerable que la muerte. Los jurisconsultos romanos le llamaban pena capital. La religión, el derecho, el gobierno dependían del municipio. La ciudad era la única fuerza viva; nada mas arriba de ella, nada mas abajo, es decir: ni unidad nacional, ni libertad individual. El Estado así entendido era y tenía que ser la negación de la libertad individual, en la que cifran la libertad todas las sociedades modernas que son realmente libres.

Pero cuando la casta sacerdotal perdió su dominación, se emancipó el individuo; no se pretendió ya que la persona fuera sacrificada al Estado. “Se acabó el espíritu comunal. No se amó ya a la Patria por su religión y sus dioses; se la amó por sus leyes, -dice Alberdi- por sus instituciones, por los derechos y la seguridad que ella acordaba a sus miembros. Ya no se amó a la patria sino en tanto se amaba al régimen institucional que prevalecía en ella a la sazón. El patriotismo municipal pereció en las almas. Entonces, se comenzó a emigrar mas voluntariamente; se temió menos al destierro. Es el Siglo de Pericles.”

“Comenzaba a sentirse la necesidad de salir del sistema comunal para llegar a otra forma de gobierno por encima de las ciudades para que velase por el mantenimiento del orden y obligase a aquellas a abandonar sus turbulencias y a vivir en paz.

Esta disposición integradora de los espíritus constituyó la fortuna de Roma y lo que la puso a la cabeza del mundo. Tuvo su apogeo en la República, tanto griega como romana, declinando con la degeneración de éstas, cuando se retornó al absolutismo del Imperio Romano.”

 

Alberdi comenta el papel del Cristianismo en la historia. Tal vez el Papa Francisco debería leerlo

 

Con el título “LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL*, presentó una conferencia el Dr. Juan Bautista Alberdi, el 24 de Mayo de 1880, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, en oportunidad de la Colación de Grados realizada para otorgarle el Título de Miembro Honorario. En el siguiente texto, comentan a Alberdi el Alm. Carlos A. Sánchez Sañudo y el Dr. Edgardo Manara en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires el 26 de Agosto de 2003:

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LA GRAN REVOLUCION DEL CRISTIANISMO

“Pero la gran Revolución que trajo el Cristianismo en la noción del hombre, de Dios, de la familia, de la sociedad toda entera cambió radical y diametralmente las bases del sistema greco-romano”.

“El Cristianismo no era la religión de una familia, de una ciudad ni de ninguna raza. No pertenecía ni a una casta ni a una corporación. Desde su comienzo llamaba a la humanidad toda entera. Jesucristo decía a sus discípulos: Id a instruir a todos los pueblos. Para este Dios que era único y universal no había extranjeros; no fue un deber para el ciudadano detestar al extranjero. El Cristianismo es la primera religión que no haya pretendido que el derecho dependiese de ella. Haciendo de cada hombre el hermano de otro hombre a quien debe respeto y amor de hermano, el Cristianismo ha creado la igualdad, es decir, la libertad de todos por igual”, agrega Alberdi.

“Sin embargo, el renacimiento de la civilización antigua entre las ruinas del Imperio Romano y la formación de los estados modernos, conservaron o revivieron los cimientos de la civilización pasada y muerta, no ya en el interés de los estados mismos, todavía informes, sino en la de los gobernantes, en quienes se personificaba la majestad, la autoridad y la omnipotencia del estado.”

“De ahí el despotismo de los reyes absolutos surgidos de la feudalidad de la Europa regenerada por el Cristianismo. El estado continuó siendo omnipotente respecto de cada persona, pero personificado en su soberano, en sus monarcas, no en sus pueblos.»

“La omnipotencia de los reyes tomó el lugar de la omnipotencia del Estado. Quienes no dijeron “El Estado soy yo”, lo pensaron y creyeron, como aquel que lo dijo” destaca Alberdi.

“Luego, sublevados contra los reyes, los pueblos los reemplazaron en el ejercicio del poder; la soberanía del pueblo tomó el lugar de la soberanía de los monarcas, aunque teóricamente. Pero lo importante es lo que veremos ahora, la división que, a partir de este introito greco-romano. Alberdi hace de la patología política contemporánea, que explica la de nuestros días y también nuestras crisis progresivas e ininterrumpidas.

Alberdi y Hayek sobre la soberanía del pueblo, o los límites de esa soberanía sobre mi libertad

Con el título “LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL*, presentó una conferencia el Dr. Juan Bautista Alberdi, el 24 de Mayo de 1880, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, en oportunidad de la Colación de Grados realizada para otorgarle el Título de Miembro Honorario. En el siguiente texto, comentan a Alberdi el Alm. Carlos A. Sánchez Sañudo y el Dr. Edgardo Manara en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires el 26 de Agosto de 2003:

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“Hemos elegido para esta síntesis del “Evangelista de la Libertad” –como con justicia se ha llamado al gran tucumano- porque consideramos que permite realizar comprobaciones importantes: la primera relacionada con la continuidad del pensamiento de Alberdi a lo largo de toda su obra doctrinaria, desde el Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho, hasta la obra que hoy comentamos, escrita ésta a los setenta años, cuatro antes de su muerte. La segunda, porque en este trabajo realiza una suerte de “estudio de los escollos y peligros a que están expuestas las libertades” o, mejor aún, un “Análisis de la Patología Político-institucional en Sud América”, adelantándose cien años al análogo estudio realizado por el Premio Nobel Friedrick Hayek en sus Fundamentos de la Libertad y en su posterior libro Derecho, Legislación y Libertad, de indiscutible actualidad. Y la tercera comprobación es que nos permite constatar la modernidad del pensamiento y mensaje de Alberdi, que hizo de nuestra patria una gran nación mientras lo respetamos y que nos ha sumido en la lamentable situación actual cuando, desde hace seis décadas. Irracionalmente lo abandonamos (fin de la segunda guerra mundial).

LA CONTINUIDAD DE LA OBRA DE ALBERDI (Carlos Sánchez Sañudo)

Brevemente recordaré que, en su primera obra doctrinaria, el Fragmento Preliminar al Estudio del Derecho, señala el joven de 27 años: “El pueblo no es soberano de mi libertad, ni de mi inteligencia, ni de mis bienes, ni de mi persona, que tengo de la mano de Dios, sino por el contrario, no tiene soberanía sino para impedir que se me prive de mi libertad, de mis bienes, de mi persona. De modo que, cuando el pueblo o sus representantes, en vez de cumplir con ese deber, son los primeros en violarlos, no son criminales únicamente sino también perjuros y traidores.”

Esta es la misma idea de la libertad civil que desarrolla en la obra que hoy comentamos, casi como un himno a la libertad individual y al orden social que ella implica.

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Al respecto recordamos que el Premio Nobel von Hayek concordantemente ha expresado que “la voluntad popular es soberana, pero en modo alguno ilimitada”, como creen los demócratas antiliberales.

 

Un mensaje para la próxima mayoría…, o la de siempre: ¿qué sentido tiene forzar a otros?

Las próximas elecciones traerán una nueva mayoría. O tal vez la misma de siempre. Herbert Auberon (1838-1906), quien estudió en Oxford y fue miembro del Parlamento inglés, escribió un libro “The Voluntaryist Creed” en el cual se dirige a esa mayoría:

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“Apelamos a ustedes a que se liberen de todos esos muchos sistemas de fuerza Estatal, que han vuelto imposible la verdadera vida feliz de las naciones hoy día. Ese incesante esfuerzo de forzar a otros, cada vez tras ese nuevo objeto que es prometido por este u otro grupo de políticos; este incesante esfuerzo de poner cadenas en las manos de los otros, está frenando el verdadero progreso, está impidiendo la paz y la amistad, y la hermandad, y está convirtiendo a los hombres de una misma nación, quienes deberían trabajar juntos y contentos en pos de objetivos comunes, en sus propios grupos, en su propia forma, en enemigos, quienes viven conspirando y amenazando, y mucha veces odiándose unos a otros.”

“¿Qué bien, qué felicidad, que progreso permanente y verdadero puede resultar de miserable, innatural y desnacionalizante confrontación? ¿Por qué desearías forzar a otros, porqué buscarías tener poder –ese amargo y malvado fin que ha sido desde siempre, y hoy, el pesar y la desgracia del mundo- sobre tus propios compañeros y compañeras? ¿Por qué desearías tomar de cada hombre y mujer su propia voluntad e inteligencia, su libertad de elegir, su propia auto-dirección, sus derechos inalienables; por qué desearías que ellos fueran meros instrumentos para tu propia ventaja e interés; porqué desearías forzarlos a servir y seguir tus opiniones en lugar de las suyas propias, porqué les negarías su espíritu –que tanto sufre con cualquier restricción- y los tratarías como si fueran una página en blanco sobre la cual puedes escribir tus propios deseos y voluntades, de cualquier tipo que sean? ¿Quién te ha dado el derecho, de donde pretendes haberlo recibido, de degradar a otros hombres y mujeres de su verdadero estatus de seres humanos, tomando de ellos a tu voluntad, su consciencia, su inteligencia –en pocas palabras, toda la mejor y más elevada parte de su naturaleza-, volviéndolos simplemente cáscaras vacías, meras sombras de verdaderos hombres y mujeres, meras piezas en el juego que estás tan ansioso de jugar, y todo ello porque simplemente son más numerosos y fuertes que ellos, para tratarlos como si no pertenecerían a sí mismos sino a ti? ¿Puedes acaso creer que pueda surgir algún bien degradando moral y espiritualmente a tus co-ciudadanos? ¿Qué forma de sociedad feliz y segura y permanente puedes esperar construir con tal lamentable plan, sujetando a otros, o siendo ustedes a su vez sujetados por otros?”

 

¿Libertad y/o democracia? O la libertad de los antiguos en comparación a la libertad de los modernos

En un año electoral vale la pena plantear cuáles son las elecciones básicas a las que deberíamos estar enfrentándonos. Así las comenta David Boaz en su libro The Libertarian Mind: A Manifesto for Freedom:

“Según Aristóteles, los sistemas políticos posibles eran la tiranía, la aristocracia, la oligarquía y la democracia. A mediados del siglo XX a muchos les parecía que las opciones eran el comunismo, el fascismo y el capitalismo democrático. Hoy, todas ellas han perdido el favor de la gente excepto el capitalismo democrático, y muchos intelectuales han asumido la proclamación de Francis Fukuyama sobre el ‘fin de la historia’, queriendo decir que las grandes batallas sobre la ideología han terminado con el triunfo de la democracia y la economía mixta. Sin embargo, en estos momentos en que este libro se publica, el fundamentalismo islámico crece en una región del planeta, y la crisis económica del 2008 llevó a algunos críticos a proclamar el ‘fin del capitalismo’.

Sea lo que sea, el supuesto triunfo de la democracia deja todavía lugar para ideologías en competencia. Aún la identificación de ‘democracia’ como la alternativa occidental al fascismo y el socialismo es problemática. Los libertarios, como el nombre implica, creen que el valor política más importante es la libertad, no la democracia. Muchos lectores modernos se preguntarán, ¿cuál es la diferencia? ¿No son la libertad y la democracia la misma cosa? Por cierto, uno podría sacar esa idea de la enseñanza estándar de la historia norteamericana. Pero veamos: India es la democracia más grande del mundo; sin embargo su compromiso con la libertad de expresión y el pluralismo es débil y sus ciudadanos están abrumados por una cantidad de regulaciones proteccionistas –felizmente reducidas en los últimos años- que limitan su libertad en todo momento. A través del siglo XX Hong Kong no fue una democracia –sus ciudadanos no tenían el derecho a elegir a sus gobernantes- pero tenían la libertad de elegir y de actuar más amplia del planeta. Existe una conexión entre libertad y democracia, pero no son idénticas. Como dice mi amigo Ross Levatter, si viviéramos en una sociedad en la que las parejas se formaran según la decisión de la mayoría, viviríamos en una democracia, pero no tendríamos mucha libertad.

Gran parte de la confusión proviene de dos diferentes sentidos de la palabra ‘libertad’, una distinción que explorara notablemente el libertario francés Benjamin Constant en el siglo XIX en un ensayo titulado ‘La libertad de los antiguos comparada con la de los modernos’. Constant destacó que para los escritores griegos antiguos la idea de libertad era la de participar en la vida pública, en tomar decisiones para toda la comunidad. Así, Atenas era una polis libre porque todos los ciudadanos –esto es, todos los hombres libres, adultos y atenienses- podían participar en el proceso de toma de decisiones. Por cierto, Sócrates era libre porque podía participar de la decisión colectiva de ejecutarlo por sus opiniones heréticas. . Sin embargo, el concepto moderno de libertad enfatiza el derecho de los individuos a a elegir su modo de vida, a hablar y orar libremente, a tener propiedad, a dedicarse al comercio, a ser libres del arresto o detención arbitrarias – en palabras de Constant, ‘de ir y venir sin pedir permiso, y sin tener que explicar los motivos’. Un gobierno basado en la participación de los gobernados es una valiosa salvaguardia de los derechos individuales, pero la libertad en sí misma es el derecho a elegir y perseguir proyectos que uno haya elegido.

Para los libertarios, el tema político básico es la relación del individuo con el estado. ¿Qué derechos tienen los individuos (si es que tienen)?¿Qué poderes debería tener el gobierno?¿Qué demandas pueden los individuos realizar unos a otros a través del mecanismo del gobierno?”

“… hay dos formas básicas de organizar la sociedad: coercitivamente, a través de mandatos del gobierno, o voluntariamente, a través de un conjunto de interacciones entre individuos y asociaciones privadas. Todos los distintos ‘ismos’ –monarquía, oligarquía, comunismo, conservadurismo, liberalismo, libertarianismo- se reducen a una sola pregunta: ‘¿Quién tomará la decisión sobre un aspecto particular de tu vida, tú o alguien más?’

 

Siempre hubo irreconciliables e inmutables diferencias de clases: hasta que llegó la «movilidad social»

En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las consideramos con los alumnos de la UBA en Derecho. Su segunda conferencia se tituló “Socialismo” y trata el tema de las diferencias de clase:

“En la economía de mercado, todos sirven a sus conciudadanos sirviéndose a sí mismos. Esto es lo que tenían in mente los autores liberales del Siglo XVIII cuando hablaban sobre la armonía de los intereses, correctamente entendidos, de todos los grupos y de todos los individuos que componían la población. Y era esta doctrina de la armonía de los intereses a la que se oponían los socialistas. Hablaban de un ‘irreconciliable conflicto de intereses’ entre los diferentes grupos. ¿Qué significa esto? Cuando Karl Marx – en el primer capítulo del Manifiesto Comunista, ese pequeño panfleto que inauguró su movimiento socialista – aseguraba que existía irreconciliable conflicto de intereses, no pido ilustrar su tesis con ejemplo alguno, excepto los extraídos de las condiciones de la sociedad precapitalista. En las épocas precapitalistas, la sociedad estaba dividida en grupos de condición hereditaria, lo que en la India se denomina ‘castas’. En una sociedad dividida en grupos hereditarios, un hombre – por ejemplo – no nacía como francés, nacía como miembro de la aristocracia francesa, o de la burguesía francesa o del campesinado francés. En la mayor parte de la Edad Media, era simplemente un siervo. La servidumbre, en Francia, no desapareció totalmente hasta después de la Revolución Americana- En otras partes de Europa despareció aún más tarde.

Pero la peor forma en la que existía la servidumbre – y que continuó existiendo aún después de la abolición de la esclavitud – era en las colonias británicas. El individuo heredaba su ‘status’ de sus padres y lo retenía a lo largo de su vida. Lo transfería a sus hijos. Cada grupo tenía privilegios y desventajas. Los grupos más altos tenían solamente privilegios, los grupos más bajos solamente desventajas. Y no había hombre que pudiera deshacerse de las desventajas legales que le imponía su ‘status’ sino con una pelea política contra las otras clases. Bajo dichas condiciones, se podría decir que existía un ‘irreconciliable conflicto de intereses entre los propietarios de los esclavos y los mismos esclavos’, porque lo que los esclavos deseaban era liberarse de su esclavitud, de su calidad de esclavos. Esto representaba, sin embargo, una pérdida para los propietarios.

Por lo tanto, no hay duda alguna, que había este irreconciliable conflicto de intereses entre los miembros de las diferentes clases. Uno debe recordar que en esos tiempos – en los cuales las sociedades de ‘status’ predominaban en Europa y en las colonias que los europeos fundaron más tarde en América – la gente no se consideraba relacionada de manera alguna en especial con las otras clases de su propia nación, se sentían mucho más identificados con los miembros de su propia clase de otros países. Un aristócrata francés no consideraba a los franceses de clases más bajas como sus conciudadanos; era la ‘chusma’, la plebe, que no le agradaba.

Consideraba solamente a los aristócratas de otros países – los de Italia, Inglaterra y Alemania, por ejemplo – como sus iguales. El más notable efecto de este estado de cosas era el hecho que los aristócratas de toda Europa usaban el mismo idioma. Y este idioma era el francés, una lengua que no era comprendida, afuera de Francia, por otros grupos de la población. Las clases medias – la burguesía – tenían su propia lengua, en tanto que las clases más bajas – el campesinado usaba dialectos locales que muy a menudo no eran comprendidos por otros grupos de la población. Lo mismo era cierto con respecto a la manera en que la gente se vestía. Cuando se viajaba en 1750 de un país a otro, podía verse que las clases superiores, los aristócratas, generalmente vestían de la misma manera en toda Europa, y que las clases bajas vestían de manera diferente. Cuando se encontraba alguien en la calle, podía darse cuenta inmediatamente – por la manera en que vestía – a qué clase, a qué ‘status’ pertenecía.

Es difícil imaginar cuán diferentes eran estas condiciones comparadas con las condiciones actuales. Cuando vengo de los EEUU a la Argentina y veo un hombre en la calle, no puedo saber cuál es su ‘status’. Solamente puedo suponer que es un ciudadano de la Argentina y que no es un miembro de algún grupo legalmente restringido. Esta es una cosa causada por el capitalismo. Desde ya, hay diferencias dentro del capitalismo. Hay diferencias en las riquezas, diferencias que los marxistas equivocadamente consideran equivalentes a las antiguas diferencias que existían entre los hombres en la sociedad de ‘status’.”

 

Libertad económica: donde el gobierno dirige y ordena todo, todas las libertades son ilusorias

En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las estaremos considerando con los alumnos de la UBA en Derecho. Su segunda conferencia se tituló “Socialismo”. Pero comienza hablando de las libertades, y la libertad económica:

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“¿Qué es la Economía Libre? ¿Qué significa este sistema de libertad económica? La respuesta es simple: es la economía de mercado. Es el sistema en el cual la cooperación de los individuos en la división del trabajo en la sociedad es obtenida por el mercado. Este mercado no es un lugar; es un proceso, es la manera en la cual, comprando y vendiendo, produciendo y consumiendo, los individuos contribuyen al funcionamiento de la sociedad.

Cuando nos ocupamos de este sistema de organización económica – la economía de mercado – empleamos el término ‘libertad económica’. Muy a menudo, la gente malinterpreta lo que significa, creyendo que la libertad económica es algo que está muy separada de las otras libertades, y que estas otras libertades – que consideran son más importantes – pueden ser preservadas aún en ausencia de la libertad económica. El significado de la libertad económica es que el individuo esté en posición de elegir la manera en la cual desea integrarse en la totalidad de la sociedad. El individuo puede elegir su carrera, es libre de hacer lo que desea hacer.

Esto desde ya no significa, algún sentido de los que mucha gente adjunta a la palabra libertad en la actualidad; se la interpreta en el sentido que, a través de la libertad económica, el hombre es liberado de las condiciones naturales. En la naturaleza no hay nada que pueda ser identificado como libertad, existe solamente la regularidad de las leyes de la naturaleza que el hombre debe obedecer si desea alcanzar algo.

Usando el término libertad aplicado a los seres humanos, pensamos solamente en la libertad dentro de la sociedad. Sin embargo, en la actualidad, las libertades sociales son consideradas por mucha gente como independientes una de otra. Aquellos que hoy se llaman a sí mismos ‘liberales’ están reclamando políticas que son precisamente lo opuesto a aquellas políticas por las que los liberales del Siglo XIX abogaban en sus programas liberales. Los así llamados ‘liberales’ de hoy tienen la muy popular idea que la libertad de expresión, de pensamiento, de prensa, la libertad religiosa, la libertad para no estar prisionero sin juicio previo – que todas estas libertades pueden ser preservadas en ausencia de lo que se llama libertad económica. No se dan cuenta que en un sistema donde no existe el mercado, donde el gobierno dirige y ordena todo, todas las otras libertades son ilusorias, aún cuando hayan sido definidas por las leyes y se encuentren escritas en las constituciones.

Tomemos una libertad, la libertad de prensa. Si el gobierno es propietario de todas las imprentas, el gobierno determinará lo que debe imprimirse y lo que no debe imprimirse. Y si el gobierno es propietario de todas las imprentas y determina lo que puede y lo que no puede ser impreso, entonces la posibilidad de imprimir cualquier tipo de argumentos opuestos, es decir contrarios a las ideas del gobierno, se convierte prácticamente en inexistente. La libertad de prensa desaparece. Y lo mismo ocurre con todas las otras libertades.”