Las raíces del capitalismo moderno en instituciones privadas desarrolladas en la Edad Media

¿Cómo explicar el cambio institucional que permitió el despliegue del capitalismo, la revolución industrial y el progreso que observamos en los últimos doscientos años? Sus raíces pueden estar bastante lejos en el tiempo, con cambios en las relaciones comerciales y contractuales que abrieron le abrieron la puerta. El tema se plantea en este artículo: Benzecry, Gabriel and Fink, Alexander and Smith, Daniel J., “”The Rise of Commerce and the Road to Prosperity: The Results of Private Enterprise in the Late Middle Ages and Renaissance Italy (December 19, 2023). Book chapter in Stringham, Edward’s (Ed.), Oxford Handbook of Private Enterprise, Oxford University Press, forthcoming , Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=4669644

“Es fácil caracterizar la Edad Media como un período volátil y primitivo. Pero este período vio el establecimiento de algunas de las primeras raíces del capitalismo moderno en el desarrollo de instituciones privadas para facilitar compromisos autoimpuestos. Este capítulo pretende delinear los acontecimientos fundamentales durante la Edad Media y el Renacimiento que facilitaron directamente el surgimiento y la expansión del capitalismo moderno. Examinamos la formación de las redes comerciales de la Liga Hanseática y el papel que jugó la aparición de salvoconductos en el fomento del comercio a larga distancia en la España medieval. También examinamos la expansión del comercio y el surgimiento de contratos sofisticados para la creatividad artística en la Italia del Renacimiento.”

La Escuela Austriaca y la Nueva Economía Institucional sobre la evolución: más coincidencias que diferencias

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional vemos su enfoque sobre la evolución, donde hay más coincidencias que diferencias. Los textos a considerar son:
Hayek, Friedrich; La Fatal Arrogancia; Capítulo III: La evolución del mercado, el comercio y la civilización: https://javuresistencia.files.wordpress.com/2014/04/208-friedrich-hayek-la-fatal-arrogancia.pdf

Hodgson, Jeffrey: Economía evolucionista y evolución de la economía; Cap. 1: http://biblioteca.clacso.edu.ar/Mexico/dcsh-uam-x/20201022094415/Economia-Institucional-Evolutiva.pdf

Potts, Jason; “Evolutionary Institutional Economics»: https://www.researchgate.net/publication/43520410_Evolutionary_Institutional_Economics

Del texto de Hayek:

“Las épocas históricas, las circunstancias y los procesos en cuestión nos llegan envueltos en las brumas del pasado, por lo que no resulta posible abordar sus detalles con seguridad y precisión. Algún nivel de especialización e intercambio debió existir ya en las pequeñas comunidades en las que la convivencia se basaba en el consenso de todos sus miembros. Un comercio embrionario quizá surgiera incluso entre los salvajes más primitivos que, siguiendo los flujos migratorios de determinadas especies animales, descubrirían la existencia de otros colectivos humanos Aun cuando existen convincentes indicios arqueológicos de la práctica de un temprano comercio, tales testimonios, además de ser escasos, pueden fácilmente inducir a error. Los artículos objeto de dicho comercio serían seguramente fungibles, por lo que no han podido dejar rastro de su existencia. Las mercancías menos usuales que a algunos inducían a desprenderse de dichos bienes serían seguramente de carácter más duradero, dado que eran consideradas depósitos de valor. La ausencia de los materiales necesarios para la fabricación de ornamentos, armas y utensilios en los lugares que han sido encontrados sugiere que aquellos debieron ser objeto de intercambio mercantil. No podemos, evidentemente, descubrir prueba arqueológica del comercio de la sal, aunque de vez en cuando aparezcan restos de alguno de los artículos que se entregaban como contrapartida. No fue, sin embargo, el deseo de proveerse de artefactos de lujo, sino de cubrir las más elementales necesidades, lo que hizo de la actividad comercial una imprescindible institución de la que cada vez en mayor medida fueron dependiendo para su supervivencia más y más comunidades primitivas.”

Alberdi sobre las restricciones al comercio, y éste como un medio de civilización, además que de enriquecimiento

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico, sobre los principios y disposiciones de la Constitución que hacen a la producción agrícola, comercial y fabril. Aquí sobre la creación de valor del comercio:

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.

El derecho de comerciar y de navegar, admitido como principio, ha sido y podía ser atacado por excepciones que excluyesen de su ejercicio a los extranjeros. Nuestra legislación de Indias era un dechado de ese sistema, que continuaba coexistiendo con la República. – Para no quitar al comercio sus brazos más expertos y capaces, el art. 20 de la Constitución ha dado a los extranjeros el derecho de comerciar y navegar, en igual grado que a los naturales. Los extranjeros, ha dicho, gozan en el territorio de la Confederación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprar los y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto, etc.

El derecho de navegar y comerciar había sido y podía ser anulado por restricciones excepcionales puestas a la libertad de salir y de entrar, de permanecer y de circular en el territorio, que no es más que un accesorio importantísimo de la libertad comercial. La Constitución hace imposible este abuso, consagrando por su artículo 14 el derecho en favor de todos los habitantes de la Confederación de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.”

Se habla de economía «real» (bienes). ¿Y el resto qué es, irreal? Alberdi contesta: el comercio es producción

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”. Algunos periodistas, y economistas, hablan a veces de la “economía real”, supuestamente la producción de bienes físicos. ¿El resto qué sería? ¿Irreal? Ya es raro plantear esta diferencia en la economía moderna donde el contenido digital de los bienes es cada vez mayor y los servicios forman la mayor parte de la creación de valor. Para Alberdi, el “comercio” era “producción”.

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.

El derecho de comerciar y de navegar, admitido como principio, ha sido y podía ser atacado por excepciones que excluyesen de su ejercicio a los extranjeros. Nuestra legislación de Indias era un dechado de ese sistema, que continuaba coexistiendo con la República. – Para no quitar al comercio sus brazos más expertos y capaces, el art. 20 de la Constitución ha dado a los extranjeros el derecho de comerciar y navegar, en igual grado que a los naturales. Los extranjeros, ha dicho, gozan en el territorio de la Confederación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprar los y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto, etc.

El derecho de navegar y comerciar había sido y podía ser anulado por restricciones excepcionales puestas a la libertad de salir y de entrar, de permanecer y de circular en el territorio, que no es más que un accesorio importantísimo de la libertad comercial. La Constitución hace imposible este abuso, consagrando por su artículo 14 el derecho en favor de todos los habitantes de la Confederación de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.

El derecho de comerciar y navegar, establecido como principio fundamental, podía ser anulado por exclusiones de banderas en la navegación de nuestros ríos interiores y costas marítimas. Para que la navegación interior tenga un sentido real y una existencia verdadera, el art. 26 de la Constitución ha declarado que la navegación de los ríos interiores de la Confederación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad municipala .

El comercio, la navegación, la circulación interiores, declarados libres por principio de derecho constitucional, podían ser y habían sido atacados durante la revolución republicana, por reglamentos provinciales que establecían contribuciones de aduanas interiores. La Constitución de mayo ha querido hacer imposible esta mistificación de libertad comercial, declarando cuatro veces por falta de una, que el comercio y la navegación interior no pueden ser gravados con ningún género de imposición. Los artículos 9, 10, 11 Y 12 de la Constitución son cuatro versiones de un mismo precepto de libertad comercial.”

Alberdi se pregunta: ¿es el comercio una actividad productiva? Según él, todos los economistas decían que sí

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico referirse a los principios y disposiciones de la Constitución en relación a la producción agrícola, comercial e industrial. ¿Comercio? He aquí lo que dice:

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.

El derecho de comerciar y de navegar, admitido como principio, ha sido y podía ser atacado por excepciones que excluyesen de su ejercicio a los extranjeros. Nuestra legislación de Indias era un dechado de ese sistema, que continuaba coexistiendo con la República. – Para no quitar al comercio sus brazos más expertos y capaces, el art. 20 de la Constitución ha dado a los extranjeros el derecho de comerciar y navegar, en igual grado que a los naturales. Los extranjeros, ha dicho, gozan en el territorio de la Confederación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprar los y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto, etc.

El derecho de navegar y comerciar había sido y podía ser anulado por restricciones excepcionales puestas a la libertad de salir y de entrar, de permanecer y de circular en el territorio, que no es más que un accesorio importantísimo de la libertad comercial. La Constitución hace imposible este abuso, consagrando por su artículo 14 el derecho en favor de todos los habitantes de la Confederación de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.

El derecho de comerciar y navegar, establecido como principio fundamental, podía ser anulado por exclusiones de banderas en la navegación de nuestros ríos interiores y costas marítimas. Para que la navegación interior tenga un sentido real y una existencia verdadera, el art. 26 de la Constitución ha declarado que la navegación de los ríos interiores de la Confederación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad municipal .

El comercio, la navegación, la circulación interiores, declarados libres por principio de derecho constitucional, podían ser y habían sido atacados durante la revolución republicana, por reglamentos provinciales que establecían contribuciones de aduanas interiores. La Constitución de mayo ha querido hacer imposible esta mistificación de libertad comercial, declarando cuatro veces por falta de una, que el comercio y la navegación interior no pueden ser gravados con ningún género de imposición. Los artículos 9, 10, 11 Y 12 de la Constitución son cuatro versiones de un mismo precepto de libertad comercial.”

¿Existe una producción que pueda llamarse «comercial»? Alberdi sobre la economía real y los servicios

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”. Allí trata un tema de actualidad. Muchas veces los economistas y analistas hacen referencia a la “economía real”, refiriéndose a las actividades productivas directas, como si el resto fuera…, “irreal”? Es decir, como si el comercio y los servicios no generaran “valor”. Esto dice Alberdi al respecto:

Alberdi 3

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.”

El consumidor es rey: el marketing internacional tiene que tener en cuenta las diferencias

Existe un temor o preocupación general de que la extensión de la globalización va a generar un mundo monótono, donde se perderá la diversidad cultural y todo será estilo McDonalds.

Sin embargo, cuando vemos con los alumnos de UCEMA el texto de Mason & Dunung sobre International Business, lo que se encuentra es algo bien diferente: las grandes empresas internacionales en vez de homogeneizar al mundo realizan grandes esfuerzos para adaptarse a las culturas locales. Es decir, cuando se trata de aprender marketing internacional, se trata fundamentalmente de cómo adaptarse a las preferencias locales. Esto no es nada nuevo en realidad. Ya sabemos que el emprendedor tiene éxito cuando logra captar cuáles son esas preferencias, y nada es distinto cuando se trata de negocios internacionales. M&D presentan algunos ejemplos básicos:

 

  • Kentucky Fried Chicken tuvo éxito en China cuando se adaptó a las condiciones locales, incluyendo la fuerte preferencia por la comida local, así que en lugar de ofrecer ensalada de repollo, ofrece brotes de bambú y loto. También sirve un sándwich de pollo en el mismo estilo que se sirve el famoso pato pequinés. También ofrece una sopa de cerdo y pickles para el desayuno.
  • Dice el texto: “Algunos productos, como Coca Cola o el café de Starbucks necesitan pocas, o ninguna modificación. Pero incluso estas empresas crean variaciones de productos para adaptarse a los gustos locales. Por ejemplo, Starbucks introdujo un frapuccino de té verde en China, que ha sido muy exitoso.
  • Ni qué hablar de la atención que las empresas internacionales tienen que prestar al lenguaje local: Clairol tuvo que cambiar el nombre de su peine para hacer rulos “Mist Stick” en Alemania porque descubrió que allí es el lunfardo de “bosta”. La alemana Volkswagen tuvo que cambiar el nombre de su modelo Jetta por Bora en la Argentina ya que estaba muy cerca del vocablo lunfardo “yeta”, que significa mala suerte.
  • Tomar en cuenta las diferencias culturales es algo permanente. Dice el texto que Procter & Gamble “utilizó una técnica de focus groups e investigación dentro de los hogares en Alemania para comprender cómo los consumidores usaban los productos. Ya saben que porque un cierto producto se venda bien en un mercado, no lo será en otros. Por ejemplo, las toallas de papel “Bounty” se venden bien en los Estados Unidos, pero su lanzamiento solo fue exitoso en dos de los 12 mercados europeos en los que fueron lanzadas. ¿Por qué? P&G descubrió que el concepto de toalla de papel da la idea de desperdicio en los alemanes y, por lo tanto, no las compran.”

El tema más general de la influencia del comercio y los negocios en la cultura fue claramente desarrollado por Tyler Cowen en su libro “In Praise of Commercial Culture”: http://www.amazon.com/Praise-Commercial-Culture-Tyler-Cowen/dp/0674001885/ref=sr_1_1?s=books&ie=UTF8&qid=1414888660&sr=1-1&keywords=in+praise+of+commercial+culture

Así lo describe Amazon:

¿Una economía de mercado alienta o desalienta la música, literatura o las artes visuales? Dañan la creatividad las fuerzas económicas de la oferta y la demanda?… El economista Tyler Cowen sostiene que la economía capitalista es un marco institucional vital pero poco apreciado en el apoyo a la pluralidad cultural y artística, ya que provee un continuo flujo de nuevas creaciones, apoya tanto la cultura sofisticada como la popular, ayuda a los consumidores y a los artistas a refinar sus gustos y brinda homenaje al pasado capturando, reproduciendo y diseminando el arte.

“Una exitosa cultura refinada usualmente surge de una saludable y próspera cultura popular. Shakespeare y Mozart eran muy populares en su tiempo. La posterior música de Beethoven, menos accesible, fue posible en parte por esta anterior popularidad. Hoy, la demanda de los consumidores asegura que pueda encontrarse tanto grabaciones de archivo de blues, una amplia gama de actuales y pasadas sinfonías, y los top 40 de esta semana. La alta y la baja cultura se complementan.”

“La filosofía del optimismo cultural de Cowen se enfrenta a muchas variedades del pesimismo cultura que se encuentran en conservadores, neo-conservadores, la Escuela de Frankfurt y algunas versiones de lo “políticamente correcto” y movimientos multiculturales, como también algunas figuras históricas como Platón o Rousseau. Muestra que cuando la cultura contemporánea florece, parece degenerar, dada la extendida aceptación del pesimismo.”

Cuando hay libre comercio no hay guerras: en fronteras donde no pasan los bienes, pasan los ejércitos

Michael Shermer es columnista mensual de la revista Scientific American, profesor adjunto en Claremont Graduate University y Chapman University y autor del libro recientemente publicado “The Moral Arc: How Science and Reason lead Humanity toward Truth, Justice and Freedom”. El Cato Policy Report publica algunos extractos: http://www.cato.org/policy-report/januaryfebruary-2015/science-reason-moral-progress

Shermer recuerda aquel clásico de la filosofía política, El Espíritu de las Leyes, de Montesquieu y comenta sobre la relación entre comercio internacional y conflictos bélicos:

“Por ‘espíritu’ Montesquieu quería decir ‘causas’ de las cuales se pudieran derivar ‘leyes’ que gobiernan a la sociedad. Una de esas leyes era la relación entre el comercio y la paz, sobre la cual destacó que las naciones dedicadas a la caza y la cría de animales se encontraban a menudo en conflicto y guerra, mientras que las naciones comerciales se volvían ‘recíprocamente dependientes’, haciendo que la paz fuera ‘el efecto natural del comercio’.

La sicología detrás de este efecto, especulaba Montesquieu, era la exposición de las diferentes sociedades a costumbres y manera distintas a la propia, lo que llevaba a ‘una cura de los prejuicios más destructivos’. Así, concluía, ‘vemos que en países donde la gente se mueve solamente por el espíritu del comercio, realizan un tráfico de todo lo humano, de todas las virtudes morales’.

La teoría comercial de la paz se ha confirmado en modernos estudios empíricos, y podemos ahora presentar los vínculos de la ciencia empírica con los valores morales: si estás de acuerdo en que la paz es mejor que la guerra (la supervivencia y el florecimiento de seres con sentidos es mi punto de partida moral), entonces el progreso moral puede realizarse a través de la aplicación del principio del libre comercio y fronteras económicas abiertas entre las naciones.

Siguiendo la tradición del derecho natural de Montesquieu, un grupo de científicos y académicos franceses, conocidos como los fisiócratas, declararon que ‘todos los hechos sociales se encuentran vinculados entre sí por leyes inmutables, ineluctables e inevitables’ que deben ser obedecidas por la gente y los gobiernos ‘si es que alguna vez se las hacen conocer’, y que las sociedades humanas son ‘reguladas por leyes naturales… las mismas leyes que gobiernan el mundo físico, las sociedades animales y aún la vida interna de cada organismo’. Uno de estos fisiócratas, Francois Quesnay –un médico del rey de Francia que luego sirvió como emisario de Napoleón a Thomas Jefferson- modeló la economía según el cuerpo humano, en la cual el dinero fluía a través de la nación como la sangre a través del cuerpo, y las ruinosas políticas gubernamentales eran como enfermedades que impedían la salud económica. Sostuvo que aunque la gente tiene habilidades diferentes, tienen iguales derechos naturales, y era entonces el deber natural de los gobiernos proteger los derechos individuales, permitiendo al mismo tiempo que la gente persiguiera sus propios intereses. Esto llevó a los fisiócratas a afirmar la importancia de la propiedad privada y el libre mercado. Fueron, en verdad, los fisiócratas quienes nos dierón el término ‘laissez faire’.Montesquieu

Apertura comercial y consecuencias distributivas. La diferencia entre desigualdad y pobreza

El Informe sobre el comercio mundial de la OMC 2008 presenta un completo análisis de las teorías del comercio internacional, y en la sección E considera las consecuencias distributivas del comercio.

Por supuesto que todo cambio en el comercio internacional genera consecuencias distributivas, si un país se abre algunos van a ganar otros van a perder respecto a su situación anterior; si un país se cierra lo mismo. En definitiva, todo cambio en la economía tiene su impacto en la distribución del ingreso. ¿Con qué criterio vamos a evaluar si alguno de esos cambios son positivos o negativos y para quién?

Por supuesto que este es un tema enorme que nos lleva desde el campo de la economía hacia el de la filosofía moral. El informe de la OMC no trata este tema, aunque debería. En principio presenta ciertas teorías “descriptivas” de los efectos redistributivos. Las primeras consideraron los efectos de la apertura comercial tomando en cuenta el diferente impacto entre trabajadores muy cualificados y poco cualificados pero las teorías más modernas, que ya no analizan las ventajas comparativas entre “países” y ni siquiera entre industrias, sino entre empresas.

Dice así: “Según este método clásico quienes se benefician y quienes se perjudican a corto plazo de la reforma del comercio dependerá del sector de empleo. La “novísima” teoría del comercio impugna esa predicción. Según esta teoría, los sectores que sean exportadores e importadores netos se caracterizarán por la existencia de empresas de gran productividad en expansión y de empresas de baja productividad que se contraen. En consecuencia, según esta teoría, la reforma del comercio impulsará la creación y la destrucción de empleos en todos los sectores. Para los responsables de las políticas, esto significa que habrá una considerable redistribución de empleos en cada sector. Este puede ser un dato positivo, pues se considera en general que para los trabajadores es más difícil trasladarse de un sector a otro que una empresa otra dentro de un mismo sector.”

Ahora bien, el estudio, al igual que gran parte de los analistas de estos temas, cae en el error de considerar a la desigualdad y la pobreza como lo mismo. Por ejemplo: “La primera cuestión es la relación entre comercio y desigualdad en los países en desarrollo. Al principio se pensaba que el comercio conduciría a una disminución de la desigualdad en esos países. Esto era algo positivo, ya que contribuiría a reducir la pobreza por medio de dos mecanismos: su efecto positivo en el crecimiento y su efecto favorable en la distribución de los ingresos. Sin embargo, los estudios empíricos han demostrado que la reforma del comercio no siempre ha puesto en marcha el segundo de estos mecanismos.”

Este es un gran error. Un proceso de crecimiento económico acelerado puede inicialmente aumentar las desigualdades y al mismo tiempo reducir la pobreza. Tal es el caso de China luego de tres décadas de apertura económica y comercial. Hay cientos de millonarios ahora en ese país, las diferencias se han ampliado, antes eran todos pobres (salvo los jerarcas del Partido, por supuesto). Pero los pobres están mucho mejor que antes, pese al aumento de la desigualdad. Antes de las reformas el PBI per cápita no superaba los 150 dólares!. Hoy es de 9.800 según el FMI y $11.900 según el Banco Mundial!!!