Se pasó de «más oportunidades para todos» a «iguales oportunidades para todos», no es lo mismo

Hayek explica, en su libro La Constitución de la Libertad» como la idea de «más oportunidades para todos» fue reemplazada por la de «igualdad de oportunidades».

Hayek

«La concepción de que a cada individuo se le debe permitir probar sus facultades ha sido ampliamente reemplazada por otra, totalmente distinta, según la cual hay que asegurar a todos el mismo punto de partida e idénticas perspectivas. Esto casi equivale a decir que el gobernante, en vez de proporcionar los mismos medios a todos, debiera tender a controlar las condiciones relevantes para las posibilidades especiales del individuo y ajustarlas a la inteligencia individual hasta asegurar a cada uno la mismas perspectivas que a cualquier otro. Tal adaptación deliberada de oportunidades a fines y capacidades individuales sería, desde luego, opuesta a la libertad y no podría justificarse como medio de hacer el mejor uso de todos los conocimientos disponibles, salvo bajo la presunción de que el gobernante conoce mejor que nadie la manera de utilizar las inteligencias individuales.

Cuando inquirimos la justificación de dichas pretensiones, encontramos que se apoyan en el descontento que el éxito de algunos hombres produce en los menos afortunados, o, para expresarlo lisa y llanamente, en la envidia. La moderna tendencia a complacer tal pasión disfrazándola bajo el respetable ropaje de la justicia social evoluciona hacia una seria amenaza dela libertad. Recientemente se hizo un intento de apoyar dicha pretensión en el argumento de que la meta de toda actuación política debería consistir en eliminar todas las fuentes de descontento [1]. Esto significaría, desde luego, que el gobernante habría de asumir la responsabilidad de que nadie gozara de mayor salud, ni dispusiera de un temperamento más alegre, ni conviviera con esposa más amable, ni engendrara hijos mejor dotados que ningún otro ser humano. Si en verdad todos los deseos no satisfechos implican el derecho a acudir en queja a la colectividad, la responsabilidad individual ha terminado. Una de las fuentes de descontento que la sociedad libre no puede eliminar es la envidia, por muy humana que sea. Probablemente, una de las condiciones esenciales para el mantenimiento de tal género de sociedad es que no patrocinemos la envidia, que no sancionemos sus pretensiones enmascarándolas como justicia social, sino que la tratemos de acuerdo con las palabras de John Stuart Mill: «como la más antisocial y perniciosa de todas las pasiones» [2]»

[1]               C. A. R. CROSLAND, The Future of Socialism, Londres 1956, p. 205.

[2]               J. S. MILL, On Liberty, ed. H. B. MacCallum, Oxford 1946, p. 70.

La competencia, más que perfecta o imperfecta, es un proceso de descubrimiento

Utilizamos “modelos ideales” en economía como una forma de comprender el funcionamiento de ciertas variables económicas, pero para avanzar en el análisis es preciso remover los supuestos ideales para acercarnos a comprender el mundo real que, obviamente, está lejos de ser perfecto. Sin embargo, la economía predominante se ha quedado en el modelo ideal en el caso de la competencia y compara la realidad contra este ideal de la “competencia perfecta”, contra el cual, por definición, todo es imperfecto. Hasta allí podríamos estar de acuerdo, pero luego, saltan de ese concepto a proponer y reclamar la regulación estatal de la competencia en los mercados, por ser esta “imperfecta” en relación a ese estándar ideal, e introducen al estado regulador que está mucho más lejos aún de alguna perfección. Al respecto comenta Hayek sobre la competencia “perfecta” en su conferencia “La competencia como proceso de descubrimiento” dictada en Chicago en 1968:

Hayek

Es difícil defender a los economistas del cargo de haber discutido la competencia, por cerca de 40 o 50 años, basándose en conjeturas que si reflejaran la verdad del mundo real harían que la competencia fuera algo sin interés e inútil. Si alguien conociera efectivamente todo lo concerniente a aquello que la teoría económica llama datos, la competencia sería, en realidad, un método inútil para asegurar un ajuste a estos hechos. No es sorprendente, por tanto, que algunos se hayan visto inducidos a concluir que podemos prescindir totalmente del mercado, o que los resultados de éste sólo deberían usarse como un primer paso para garantizar una producción de bienes y servicios que podamos manejar, corregir o redistribuir del modo que queramos. Otros, cuya idea de la competencia pareciera derivar únicamente de los textos modernos, han concluido, naturalmente, que ésta no existe.

Contra esto es útil recordar que dondequiera que se pueda justificar racionalmente el uso de la competencia, ello será sólo sobre la base de que no conocemos anticipadamente los hechos que determinan las acciones de los competidores. Ya sea en los deportes como en los exámenes, y no menos en la adjudicación de contratos gubernamentales o de premios a la poesía, sería obviamente inútil organizar competencias si supiéramos de antemano quién será el ganador. Como se indica en el título de la conferencia, propongo que la competencia sea considerada como un procedimiento para descubrir hechos que, de no recurrir a ella, serían desconocidos para todos o, por lo menos, no serían utilizados.

Esto puede parecer tan obvio e indiscutible a primera vista como para que no merezca ninguna atención. No obstante, de la formulación explícita del aparente axioma anterior se siguen de inmediato algunas interesantes consecuencias, las que no son tan obvias. Una de ellas es que la competencia es valiosa sólo porque, y en tanto, sus resultados son imprevisibles y diferentes, en general, de aquellos que alguien pudiera haber perseguido deliberadamente. Y, aún más, que los efectos generalmente provechosos de la competencia deben incluir el desilusionar o derrotar algunas expectativas o intenciones particulares.

… la teoría económica parece cerrarse a veces, desde un principio, el camino hacia una evaluación del carácter del proceso de la competencia, ya que parte de la suposición de una oferta “dada” de los bienes escasos. Pero, cuáles son éstos o qué cosas constituyen mercaderías y cuán escasas o valiosas son éstas es lo que la competencia, precisamente, debe descubrir. Únicamente los resultados provisorios, que resultan del proceso del mercado en cada etapa, indican a los individuos lo que deben buscar. La utilización del conocimiento, ampliamente disperso en una sociedad que tenga una distribución extensiva del trabajo, no puede descansar en el hecho de que los individuos conozcan todos los usos particulares a los cuales pueden aplicarse las cosas que les son familiares dentro de su propio medio ambiente individual. Los precios dirigen su atención a aquello que vale la pena descubrir respecto de lo que el mercado ofrece en materia de ciertos bienes y servicios. Esto significa que las combinaciones de conocimientos y habilidades individuales —en alguna medida, siempre únicas—, que el mercado permite usar, no constituyen, ni siquiera en una mera primera instancia, un conocimiento de los hechos que los individuos puedan registrar y comunicar, si alguna autoridad así lo solicitase. El conocimiento al cual me refiero consiste más bien en una capacidad para descubrir las circunstancias especiales, lo que sólo será efectivo si los poseedores de este conocimiento son informados por el mercado acerca de qué clase de bienes o servicios son requeridos y cuál es la urgencia de esta necesidad.”

 

Coase, Hayek, Mises y Buchanan sobre los mercados dentro de las empresas

El enfoque económico basado en modelos de equilibrio general desvió la atención del análisis del papel de emprendedor y la microeconomía terminó considerando a la empresa como una “función de producción”, una caja negra en la que entran inputs y salen outputs. De hecho, se desentendió de lo que sucede dentro de la empresa y de lo que la economía podría decir al respecto. Del texto de Wayne Leighton “El uso del conocimiento en la economía y la gestión: ¿pueden los mercados funcionar en las empresas?”:

Una mirada más de cerca a los aportes realizados por Coase, Hayek y la bibliografía posterior revela similitudes en cuanto a su relevancia para las teorías de gestión y el papel que desempeña el empresario, así como las limitaciones para aplicarlas en forma independiente. La visión coasiana de la empresa como un enfoque para minimizar los costos de transacción –lo que más adelante se describirá como un nexo de contratos– se mejora al entender en qué sentido dichos costos de transacción están relacionados con el conocimiento disperso y tácito. La visión hayekiana de que los precios transmiten información y asignan recursos eficientemente en una economía de mercado y, de modo similar, pueden asignar recursos eficientemente en una empresa, mejora al reconocer las limitaciones relacionadas con el problema de los costos de transacción. Coase y Hayek brindan aportes complementarios pero que se deben aplicar con conocimiento de la crítica misesiana.

La crítica misesiana de “jugar al mercado” dentro de la empresa es útil, porque demuestra que, en última instancia, es el empresario el que toma las decisiones vitales. Al mismo tiempo, el empresario, propietario o gerente pueden asignar recursos eficientemente dentro de la empresa, pero sólo mediante el uso del conocimiento disperso y tácito de los empleados. Algunos medios para aprovechar este conocimiento (es decir, algunos enfoques gerenciales) serán más efectivos que otros. Para la mayoría de los gerentes, la información necesaria para tomar decisiones efectivas (por ejemplo, qué proporcionar a los consumidores; qué combinación de recursos utilizar dentro de qué tipo de arreglos contractuales) estará totalmente en manos de esa única persona. Esto ocurre principalmente a medida que la empresa crece, lo que permite hacer que una analogía con la observación de Alfred North Whitehead (que la civilización progresa cuando se expanden las actividades que se pueden realizar sin pensar en ellas) sea especialmente apta para los gerentes de las empresas grandes o en crecimiento.

En parte, el desafío para la persona que toma las decisiones es cómo aprovechar este conocimiento disperso cuando existen asimetrías en la información, y cuando los propietarios y los empleados se ven ante incentivos diferentes. Este es un problema entre mandante y mandatario, relacionado con los costos de transacción. Más aún: el desafío es crear un ambiente en el que todas las personas de la empresa tengan incentivos para estar alerta, utilizar la información que quizá sólo ellos posean, y actuar sobre las oportunidades que quizá sólo ellos perciban. Los propietarios y los gerentes (actuando de un modo decididamente empresarial) pueden crear un valor adicional al crear una estructura organizacional que optimice estos incentivos, para que todos los empleados puedan utilizar el conocimiento y realizar acciones que generen ganancias.

Esto no significa que la empresa y el mercado sean equivalentes. Pero las diferencias pueden estar menos relacionadas con la efectividad de los precios en la asignación de recursos, y más con quién fija las reglas para el uso de los precios y quién crea las instituciones en las que opera la empresa. No existe la creación de un orden espontáneo en la empresa ni en ninguna otra parte; sólo la cultura, las reglas y otras instituciones hacen que el orden sea posible. En resumen, la cultura de la empresa (que se comentará más adelante) y sus reglas del juego son determinadas por procesos muy diversos en la sociedad, si la comparamos con la empresa. Como han advertido James Buchanan y otros, las reglas sobre la toma de decisiones son vitales para determinar los resultados. En una sociedad, las reglas constitucionales (o meta) proporcionan un marco idealmente diseñado para proteger los derechos fundamentales, como, por ejemplo, el derecho a la propiedad.

Dentro de este marco de reglas, las personas negocian, cooperan, contratan y comercian en acuerdos de mejora paretiana. La empresa también opera dentro de este conjunto de reglas establecido por la sociedad. Sin embargo, el empresario agrega otro nivel de reglas, en este caso diseñadas alrededor del juego de la creación de riqueza, además de cualquier otra cosa que produzca utilidad para él.

Las reglas del juego desempeñan un papel central en la opción pública, en la nueva economía institucional y en la economía austriaca. Pero estas reglas, útiles para explicar la asignación eficiente de recursos dentro de una sociedad, han sido aplicadas pocas veces a la teoría de la empresa y a la función del empresario. Excepciones notorias incluyen las obras de Langlois, Gifford y Foss.

El cálculo económico y el surgimiento del sistema de precios

Los alumnos de Historia del Pensamiento Económico de la UBA leyeron a Ludwig von Mises, “El cálculo económico en el socialismo”y a F. A. von Hayek, “EL uso del conocimiento en la sociedad”. . Va un el comentario de un alumno, y luego preguntas de varios:

Hayek

“El artículo de Ludwig von Mises hace hincapié en los erróneos enfoques del “socialismo”y al fracaso de su proposición en cuanto al cálculo de los medios de producción. Está claro sin más, que no existe mundo donde puedan existir el capitalismo y el socialismo juntos. La historia nos ha enseñado que el capitalismo, mal o bien, nos marca un modo de vida o de pensar. Para la comunidad socialista el órgano de control deber ser unitario y esto no es positivo bajo ninguna esfera. Cada individuo deber ser quien decida a quien confiarle su capital y no que tomen la decisión por nosotros. El comportamiento socialista termina siendo un comportamiento anárquico más que la búsqueda del interés general.”

Aquí van sus preguntas, y las respuestas:

  1. Si el “fin” es el que domina la economía. ¿Cuál es el fin último de ésta?

Respuesta: Ninguno en particular, sólo que las personas alcancen los fines que se planteen.

  1. ¿El sistema de precios siempre nos da información perfecta? ¿Qué sucede con la información imperfecta que hay, por ejemplo, en el mercado de autos usados?

Respuesta: No, nada es perfecto, como dice Hayek, el conocimiento es incompleto y está disperso. Para resolver problemas de información imperfecta se desarrollan “instituciones” como la reputación, las marcas, las garantías, etc.

  1. Muchos modelos económicos tiene como supuesto el conocimiento perfecto por parte de los agentes. ¿Debería eliminarse este supuesto y partirse de un conocimiento imperfecto aunque ello implique que los modelos adquieran una considerable complejidad?

Respuesta: Claro, lo que importa es que el modelo permite entender la realidad.

  1. ¿No se podría decir que muchas veces el conocimiento que brinda el sistema de precios se ve dominado por especulaciones y variaciones en los mismos?

Respuesta: Sí, pero si se equivocan pierden por lo que tienen fuertes incentivos a que esa información sea correcta y al actuar, la revelan.

  1. ¿Es tan natural la creación del sistema de precios, o en verdad es el mismo hombre el que decide crearlo para simplificar el intercambio y así brindar un mejor conocimiento general para los individuos?Respuesta: Nadie pensó en eso, simplemente comenzaron a realizar intercambios. Es decir, no quiere decir que sucedió sin que nadie haga nada, sino que sucedió porque hacían intercambios pero sin que su objetivo fuera crear un “sistema de precios”.

Hayek sobre las consecuencias del monopolio estatal de la moneda

De la «Desnacionalización del Dinero»:

Hayek

EL CONSTANTE ABUSO DE LA PRERROGATIVA ESTATAL

Al estudiar la historia del dinero, uno no puede dejar de preguntarse por qué la gente ha soportado un poder exclusivo ejercido por el Estado durante más de 2.000 años para explotar al pueblo y engañarlo. Esto sólo puede explicarse porque el mito (la necesidad de la prerrogativa estatal) se estableció tan firmemente que ni a los estudiosos profesionales de este tema se les ocurrió ponerlo en duda (incluido durante mucho tiempo el autor de este trabajo). Pero una vez que se duda de la validez de la doctrina establecida, se observa en seguida que su base es frágil.

No conocemos el detalle de las nefastas actividades de los gobernantes al monopolizar el dinero más allá de la época del filósofo griego Diógenes, quien en el siglo IV a. C. dijo que el dinero era el juego de dados de los políticos. Pero desde los romanos hasta el siglo XVII, momento en que el papel moneda empieza a cobrar importancia, la historia de la moneda se compone ininterrumpidamente de adulteraciones o de continuas reducciones del contenido del metal en las monedas y del correspondiente aumento del precio de los bienes.

La historia es en gran parte una serie de inflaciones provocadas por la autoridad

Nadie ha escrito todavía una historia completa de este proceso. Sería un relato monótono y deprimente, pero no creo exagerar si afirmo que la historia casi se reduce a la historia de las inflaciones y normalmente de las que las autoridades generan para su propio provecho —aunque los descubrimientos de oro y plata del siglo XVI tuvieron un efecto similar—. Los historiadores han intentado justificar repetidas veces la inflación sobre la base de que ha hecho posibles los grandes períodos de rápido progreso económico. Se han presentado diversas teorías históricas inflacionistas, que han sido, sin embargo, claramente refutadas por la evidencia: los precios en Inglaterra y en los Estados Unidos estaban, al final del período de su más rápido crecimiento, casi al mismo nivel que doscientos años antes. Pero sus insistentes redescubridores normalmente ignoran las anteriores argumentaciones.

Sobre el «curso legal» de la moneda. «¡Tiene que haber una moneda de curso legal!

Más de Hayek sobre la moneda en «La desnacionalización del dinero»:

Hayek

LA MÍSTICA DE LA MONEDA DE CURSO LEGAL

El primer error de concepto es el que concierne a lo que se denomina «curso legal». Para nuestro propósito, no es muy importante, pero sirve generalmente para explicar o justificar el monopolio gubernamental de emisión de moneda. Ante nuestra propuesta, la primera atónita réplica es: «Pero ¡tiene que haber una moneda de curso legal!», como si esta idea justificara la necesidad de una única moneda gubernamental indispensable para la negociación diaria.

En sentido jurídico estricto, moneda de curso legal significa un tipo de moneda que un acreedor no puede rechazar como pago de una deuda, haya sido ésta contraída o no en dinero emitido por los poderes públicos. Aún así, es significativo que el término no tenga ninguna definición autorizada en el derecho estatutario inglés. En otros países indica simplemente el medio con el que puede saldarse una deuda, ya porque haya sido contraída en dinero gubernamental, ya porque un tribunal ordena el pago de esa forma. En la medida en que el poder público tiene el monopolio de la emisión de dinero y lo utiliza para establecer un solo tipo de dinero, debe tener también el poder de fijar los objetos con los que se pueden pagar las deudas expresadas en esta moneda. Ahora bien, ello no significa que todo el dinero deba ser de curso legal, ni tampoco que todos los objetos que la ley considera de curso legal tengan que ser necesariamente dinero. (En algunos casos, los tribunales han obligado a los acreedores a aceptar, como pago de sus deudas, bienes que difícilmente podrían calificarse de dinero; por ejemplo, el tabaco.)

La generación espontánea de dinero destruye la superstición

El término «curso legal» se ha rodeado en la imaginación popular de una penumbra de vagas ideas acerca de la necesidad de que el Estado suministre el dinero. Es la supervivencia de la idea medieval según la cual el Estado confiere de alguna forma al dinero un valor que de otra manera no tendría. Esto, a su vez, es cierto sólo en la medida en que el gobierno puede obligarnos a aceptar cualquier cosa que determine en lugar de la contratada; en este sentido, puede dar al sustituto el mismo valor para el deudor que el objeto original del contrato. Pero la superstición de que el gobierno (normalmente llamado «Estado» para que suene mejor) tiene que definir lo que es dinero, como si lo hubiera creado y éste no pudiera existir al margen de los poderes públicos, se originó en la ingenua creencia de que el dinero debió ser «inventado» por alguien y que un inventor original nos lo proporcionó. Esta creencia ha sido totalmente desplazada por el conocimiento de la generación de semejantes instituciones involuntarias a través de un proceso de evolución social del que el dinero es principal paradigma (siendo otros ejemplos destacados el derecho, el lenguaje y la moral). Cuando el renombrado profesor alemán Knapp resucitó, en este siglo, la doctrina medieval del valor impositus, se abrió el camino para una política que en 1923 condujo al marco alemán a un valor de 1 partido por 1.000.000.000.000.

Cuestionando dogmas, el del monopolio estatal de la moneda

Por si quedara algún dogma sin cuestionar, vemos el del monopolio estatal de la moneda. Los alumnos de Historia del Pensamiento Económico de la UBA leen «Desnacionalización del dinero», de F. A. Hayek. Su primer prólogo:

Hayek

En todos los países del mundo, la avaricia y la injusticia de los príncipes de los Estados soberanos, abusando de la confianza de sus súbditos, han disminuido gradualmente la cantidad verdadera del metal que primitivamente contenían sus monedas. Adam Smith, La riqueza de las naciones (1776) I, iv, ed. Glasgow, Oxford 1976, p. 43.

En mi desesperada búsqueda de una solución política factible para lo que técnicamente es el problema más simple, el frenar la inflación, expuse, en una conferencia pronunciada el año pasado, una sugerencia un tanto sorprendente cuyo desarrollo ha abierto nuevos e insospechados horizontes. No podía menos de profundizar en esta idea, ya que la tarea de prevenir la inflación me ha parecido siempre de la máxima importancia, no sólo por el daño y sufrimiento que causan las de carácter grave, sino también porque estoy convencido desde hace tiempo de que incluso las de menor grado producen las depresiones y paro periódicos que han constituido un agravio justificado contra el sistema de mercado y que deben ser corregidos si queremos que sobreviva la sociedad libre.

El desarrollo de la idea de sustraer al gobierno el monopolio de la emisión de dinero puso de manifiesto unas perspectivas teóricas fascinantes y mostró la posibilidad de adoptar medidas que nunca se habían considerado. En cuanto uno se libera de la creencia universal aunque tácitamente aceptada de que el gobierno debe proporcionar al país una moneda específica y exclusiva, surgen todo tipo de temas interesantes que hasta ahora no se habían planteado. El resultado ha sido una incursión en un campo totalmente inexplorado.

En esta breve obra sólo puedo presentar algunos descubrimientos efectuados en el primer reconocimiento del terreno. Por supuesto, me doy perfecta cuenta de que sólo he arañado la superficie del conjunto de nuevas materias y que me encuentro aún muy lejos de haber solucionado todos los problemas que surgirían con la existencia de una multiplicidad de monedas concurrentes. De hecho, tendré que hacer preguntas a las que no puedo responder y tampoco puedo tratar todos los problemas teóricos que aflorarían al explicar esta nueva situación. Habrá que trabajar mucho más sobre este tema, pero ya hay indicios de que la nueva idea ha cautivado la imaginación de otras personas y que algunos jóvenes están estudiando este problema.

El resultado más importante en esta fase es que el principal fallo del orden de mercado y la causa de las justificadas censuras que se le dirigen —su susceptibilidad de atravesar periódicas épocas de depresión y desempleo— es una consecuencia de un antiquísimo monopolio del Estado: el de emisión de moneda. No me cabe la menor duda de que la empresa privada, si no se lo hubiera impedido el Estado, hace tiempo que habría ofrecido al público diversas monedas y aquellas que hubieran prevalecido en la competencia habrían sido esencialmente estables en cuanto a su valor, impidiendo tanto el excesivo estímulo a la inversión como los consecuentes períodos de contracción.

La demanda de libre emisión de moneda puede parecer al principio justificadamente sospechosa, ya que en el pasado tal demanda ha sido efectuada por personas con marcadas inclinaciones inflacionistas. Empezando por la mayoría de quienes abogaban por la «libertad bancaria» a principios del siglo XIX (incluso una parte importante de los defensores del «principio bancario») hasta los agitadores en favor del «dinero libre» (Freigeld) —Silvio Gesell [22] y los planes del Mayor C.H. Douglas [13], H. Rittershausen [51] y Henry Meulen [44]— en el siglo XX todos pedían la emisión libre porque querían más dinero. Frecuentemente, yacía la sospecha bajo sus argumentos de que el monopolio del gobierno contradecía el principio general de la libertad de empresa, pero todos sin excepción creían que el monopolio había conducido a una restricción de dinero indebida en lugar de a una oferta generosa. Desde luego, no reconocieron que el Estado, y no la empresa privada, es quien nos había proporcionado ese Schwundgeld (dinero encogible) que recomendara Silvio Gesell.

Añadiré solamente, para atenerme al tema central, que no me dejaré arrastrar a la discusión de la interesante cuestión metodológica acerca de si es posible argumentar algo significativo sobre circunstancias de las que no se tiene prácticamente ninguna experiencia, aunque este hecho es importante para el método de la teoría económica en general.

En conclusión, diré que esta tarea me ha parecido lo suficientemente importante y urgente como para interrumpir durante algunas semanas la obra a la que he dedicado todos mis esfuerzos durante los últimos años, faltando por completar el tercer volumen. El lector comprenderá que en estas circunstancias y en contra de todas mis costumbres, después de haber terminado el primer borrador del texto de la presente obra, dejé la larga y pesada tarea de pulir la exposición y prepararla para la publicación en manos del Sr. Arthur Seldon, Director Editorial del Institute for Economic Affairs, cuya labor había hecho ya más legibles algunos de mis ensayos cortos publicados por ese Instituto y que ha aceptado esta carga. Suyos son, en particular, los encabezamientos de las subsecciones y los temas de discusión del final. El título — que mejora considerablemente el que yo inicialmente había dado a mi trabajo— fue sugerido por el «Director General del Instituto, Mr. Ralph Harris, a quien estoy profundamente agradecido por haber hecho posible la presente publicación. De lo contrario, probablemente no habría aparecido en mucho tiempo, dado que debo a los lectores de mi Derecho, legislación y libertad el no distraerme de su terminación más tiempo del necesario para escribir las líneas generales de mi argumento sobre la desnacionalización del dinero.

Pido excusas a los muchos amigos para quienes resultará obvio que en los últimos años, al estar ocupado con problemas totalmente distintos, no he podido leer lo que han publicado en relación con el mencionado problema, lo que probablemente me habría enseñado mucho, además de serme de gran utilidad al escribir esta obra.

Salzburgo, 30 de junio de 1976

Hayek sobre leyes generales y mandatos, y el proyecto de ley de hidrocarburos

En su libro “Ley, Legislación y Libertad”, Friedrich A. von Hayek, comenta sobre la diferencia entre una ley y un mandato, siendo la primera de carácter general y abstracto.

Hayek

Dice al respecto:

“El concepto de libertad bajo el imperio de la ley, …, descansa en el argumento de que, cuando obedecemos leyes en el sentido de normas generales abstractas establecidas con independencia de su aplicación a nosotros, no estamos sujetos a la voluntad de otro hombre y, por lo tanto, somos libres. Puede afirmarse que las leyes y no los hombres imperan, por cuanto el legislador desconoce los casos particulares a los que sus prescripciones conciernen y también porque el juez que las aplica no tiene elección a la hora de formular las conclusiones que se siguen del cuerpo legal en vigor y de las particulares condiciones del caso que se juzga. La ley no es arbitraria porque se establece con ignorancia del caso particular y ninguna voluntad decide la coacción utilizada para hacerla cumplir. Esto último, sin embargo, es verdad tan sólo si por ley significamos las normas generales y abstractas que se aplican igualmente a todos. Dicha generalidad probablemente es el aspecto más importante de ese atributo de la ley que hemos denominado ‘abstracción’. Una ley verdadera no debe nombrar ninguna particularidad ni destacar especialmente ninguna persona determinada o grupo de personas.”

Hago referencia a este texto que leyeron los alumnos de la Facultad de Derecho para relacionarlo con una reciente noticia, cuyo título resalta la diferencia inmediata con el concepto antes analizado: “Darán beneficios a inversiones más chicas que las de Chevron”: http://www.lanacion.com.ar/1700187-daran-beneficios-a-inversiones-mas-chicas-que-las-de-chevron

Se refiere a un nuevo proyecto de ley de hidrocarburos: “El proyecto contempla la creación de un régimen de promoción a la búsqueda y producción de hidrocarburos para las empresas que destinen al menos US$ 250 millones a un proyecto específico.”

Y luego señala que esto es una reducción del monto especificado en un decreto que otorgara ese beneficio a inversiones de mayor magnitud (léase Chevron): “En ese punto, el proyecto de ley sigue el espíritu del decreto 929 del año pasado, el paraguas legal que le otorgó el Gobierno a la norteamericana Chevron como paso previo a la firma de un acuerdo de inversión con YPF. Establece beneficios adicionales para quienes ingresen un piso de US$ 1000 millones. La nueva ley, sin embargo, reducirá 75% esa obligación.”

¿En qué consisten esos beneficios? “las empresas podrán exportar sin retenciones hasta 30% de su producción y girar las utilidades, por lo que también estará garantizado el acceso al mercado cambiario, algo que hoy no ocurre.”

Volvamos ahora al texto de Hayek. ¿Podremos decir que esto es una Ley? Bueno, sólo en el sentido de que saldrá aprobada por el Congreso, pero estará muy lejos de ser una Ley de tipo general y abstracto y se acerca más a lo que es un “privilegio” (de leges: ley, y privi: privada), es decir, una ley con nombre y apellido, y ahora con algunos nombres y apellidos más.

¿Por qué no puede exportar sin retenciones y pudiendo girar utilidades un productor de porotos que exporta a Brasil, un productor de publicidad que exporta a Europa, un productor de miel que exporta a Alemania?

¿Por qué no puede tener acceso a esas condiciones, simplemente alguien que quiere abrir un taller mecánico, el que recién se recibió de odontólogo y está por abrir su consultorio, el próximo abogado que comienza con su estudio, el que abre un maxi-kiosco? ¿No es que hacemos honor del pequeño y no del grande? ¿Es más, no se llama (erróneamente) a las grandes empresas “monopolios” con una clara connotación negativa? ¿Y ahora les damos ventajas que negamos a los pequeños? Y a cualquier otro mortal.

¿Será Ley eso que salga del Congreso? ¿La Suprema Corte tendría que decir algo al respecto? ¿Habla la Constitución de leyes particulares o se acerca más bien al concepto de Hayek de leyes abstractas y generales?

Algunas preguntas sobre evolución y reglas del golf

Algunos alumnos de la Escuela de Negocios de la UFM participaron de este curso (Logo) sobre la evolución de las normas, con el ejemplo del golf. He comentado sobre el artículo de Eduardo Zimmermann y sobre el caso específico en los posts anteriores. Ahora presento algunas de las preguntas que plantearan los alumnos. La consigna era que fueran preguntas al autor, intentaremos responderlas aunque bien puede ser que Hayek lo hiciera de otra forma:

1. ¿Hay ejemplos actuales que representan bien los conceptos de Hayek?

Hay muy buenos ejemplos de evolución de normas en la actualidad. Uno de ellos es la evolución de todo tipo de estándares tecnológicos (mp3, etc.), los efectos de las redes sociales, tanto sea a nivel de relaciones interpersonales como también de su impacto en la política. El derecho evoluciona a la par de todos estos cambios. Hay cambios permanentes en las modas, en las costumbres, cambios que se generalizan en tanto que son aceptados por la gente.

2. ¿Qué regla en la sociedad parece más eficiente?

Supongo que si tuviera que elegir solo una, elegiría el “derecho de propiedad”, como una norma fundamental sobre la que se basan todos los derechos y libertades individuales. Siguiendo a Locke, la primera propiedad que tenemos es sobre nosotros mismos, sobre nuestro propio cuerpo. Todo derecho implica una responsabilidad por parte de los demás. En este caso, el derecho que uno tiene sobre su propio cuerpo implica la obligación de todos los demás de no interferir, de no violar ese derecho, de no agredir físicamente a esa persona.

Luego, como uno es propietario de su cuerpo también lo es de sus ideas, de su fuerza de trabajo, y por extensión del producto de ese trabajo.

3. ¿Qué regla en la sociedad le parece la más ineficiente?

Difícil pregunta. Supongo que tal vez aquella que remueve los límites al poder. Como es la contracara de la pregunta anterior, la respuesta tendría que ser aquella que elimina el derecho de propiedad. Pero esto no ocurre en forma explícita. Ni siquiera un régimen comunista eliminaba toda la propiedad privada, ya que los bienes de consumo que adquiriera un obrero, le pertenecían. Pero claro, hay cantidad de regulaciones que deterioran el derecho de propiedad sin derogarlos explícitamente.

Tal vez deberíamos elegir aquí la norma que establece un sistema monetario inflacionista, ya que deteriora el medio de intercambio, el que es parte de todos los intercambios que se realizan en la sociedad. Al manipular su valor se está interfiriendo en todos los precios, en todo tipo de relaciones.

4. ¿Quisiera entender por qué ubica a la familia como una institución de origen religioso? ¿Considera que la familia es una de estas instituciones cuya evolución reciente ha llegado a destruir su “naturaleza” y por lo mismo amerite “pequeñas modificaciones positivistas”?

 

No veo que Zimmermann le atribuya a Hayek plantear el “origen religioso”. Esto es lo que dice al respecto:

“Pero estas instituciones han surgido a lo largo de un proceso evolutivo que ha seleccionado los tipos de normas de conducta que hacen posible ese progreso de la civilización humana. Esto significa que las reglas morales tampoco son, para esta línea de pensamiento, el resultado de la razón humana: su origen se debe al hecho de que algunos grupos, sin saber en forma completa y detallada por qué lo hacían, adoptaron ciertas normas de conducta (por ejemplo, la honestidad, las reglas de la propiedad privada y la familia) que les permitieron prosperar, desarrollarse exitosamente y desplazar en forma progresiva a otros grupos que seguían principios y tradiciones diferentes. Más aun, Hayek destaca que en muchos casos estos principios morales aparecían contrarios tanto a los instintos innatos del hombre como a sus intentos por comprenderlos racionalmente, y esas tradiciones morales sólo fueron respetadas a través de las religiones y de la creencia en una fuerza sobrenatural.”

Creo que ve a la religión no como el origen sino como un vehículo para afirmar esta institución. Una religión, en este sentido, facilita el cumplimiento generalizado de una norma, ya que al adoptar una religión también se adopta un cierto código moral de conducta.

5. ¿Podemos ser pragmáticos en sugerir pequeñas modificaciones racionales a instituciones como la familia retomando la naturaleza histórica de esta institución dentro del marco liberal clásico?

Junto la segunda parte de la anterior a esta pregunta. No sé si ha destruido su naturaleza o simplemente ha cambiado. En cuanto a pequeñas modificaciones racionales, estimo que Hayek aprobaría las que se realizaran en las últimas décadas para igualar los derechos del hombre y la mujer, por ejemplo.

6. ¿Que diría Hayek sobre la baja tasa de 0.25% de interés de EEUU?

Bueno, en relación a lo que estamos viendo, está claro que eso no tiene nada que ver con un fenómeno “evolutivo”, es una manipulación de la tasa que la lleva a un nivel artificial. Una muestra de lo que mencionaba en la pregunta 3, sobre la manipulación de la moneda.

 

7. ¿Qué países son ejemplos que concuerdan más o menos con los conceptos de Hayek?

Creo que siempre admiró a Inglaterra, más por su pasado que por su presente. Por haber sido el primer caso de limitaciones al poder (la Carta Magna, la Revolución Gloriosa que asigna poder al Parlamento), por haber desarrollado un sistema jurídico evolutivo (Common Law), y por haber abierto su economía permitiendo el desarrollo de capitalismo y la revolución industrial. Pero también recordemos que escribió “Camino de Servidumbre”, precisamente para señalar el camino que llevaba a Inglaterra en una dirección muy diferente.

Hayek, la evolución de las normas y el Golf

En un curso (Logo) para la Escuela de Negocios de la Universidad Francisco Marroquín, los alumnos tuvieron que leer el artículo de Eduardo Zimmermann: «Hayek, la evolución cultural y sus críticos», (Buenos AIres, Libertas IV : 6, Mayo 1987), donde el autor repasa las características de la teoría evolutiva del austriaco y considera algunas de las críticas que recibiera, particularmente de James M. Buchanan.

El principal punto de discussion se centra en el espacio que la teoría abre para la propuesta de reformas «racionales» a las normas producto de esa evolución. También se relaciona con el llamado efecto «Pangloss»: ¿son todas las evoluciones necesariamente positivas?

Golf

Una teoría evolutiva podría ser interpretada como que los cambios simpelemente «suceden», simplemente tenemos que quedarnos sentados esperando que ocurran. Esto niega la posibilidad de proponer reformas y políticas públicas. SIn embargo, nada de eso hiciera Hayek, quien fuera muy activo proponiendo cambios, desde sistemas constitucionales hasta sistemas monetarios. ¿Cómo debe interpretarse entonces su vision evolutiva?

Así concluye Zimmermann:

«el racionalismo crítico de Hayek está tan lejos del constructivismo, propio del
racionalismo «ingenuo», como del misticismo exagerado que los conservadores suelen adoptar ante la tradición. En consecuencia, podría decirse que el análisis crítico de las tradiciones recibidas, orientado a encaminarlas hacia los principios liberales, debe estar acompañado por una buena cuota de prudencia en su implementación. Lo mismo podría decirse respecto del proceso de adopción de usos y costumbres de otras sociedades.

Este proceso de imitación es tal vez uno de los puntos que más desarrollo necesita dentro de la teoría evolucionista de las instituciones sociales. ¿Qué es lo que una comunidad puede adoptar de otra a través de la imitación? ¿Existe la posibilidad de discriminar entre lo «bueno» y lo «malo» dentro de sistemas de normas de conducta a imitar? ¿Puede realizarse una imitación «selectiva»?, Podría decirse también que la combinación de nuevas normas de conducta (imitadas) con un sistema de usos y costumbres ya existentes (tradicionales) tendrá como resultados órdenes diferentes de los surgidos en las comunidades tomadas como modelos a imitar. ¿Serán esas diferencias en los resultados finales aceptadas como variaciones de un mismo modelo de orden social o rechazadas por no reproducirse exactamente las características del modelo imitado?

Deberá incluirse también la necesidad de analizar las consecuencias que los posibles errores cometidos durante el proceso de imitación o de adopción de nuevas normas de conducta tengan sobre el orden resultante. Todos estos interrogantes deben ser entendidos como una estimulante invitación a desarrollar un programa de investigación sobre la evolución de las instituciones humanas, del cual los aportes hechos por Hayek, fundamentals como han sido, constituyen sólo los primeros pasos.»

Desde la fecha de publicación de este artículo, las teorías evolutivas han «evolucionado» mucho, y han presentado muchas respuestas a las preguntas planteadas. Algunas de ellas son consideradas en el libro.

Sin embargo, aquí hare otra cosa, presentaré mañana un ejemplo de proceso evolutivo de normas, donde se puede ver tanto el papel de la tradición como de las normas formales, diseñadas, para resolver ciertos problemas que surgieran en las normas evolutivas.

Este ejemplo es el de las reglas del golf. Me parece particularmente interesante, no solo por su evolución, sino porque nunca ha sido material de sanction «estatal», sin embargo existe un organismo que cumple un papel de legislador e intérprete de las normas.