Law & Economics: un camino para tratar temas ambientales, reafirmando el papel de los derechos de propiedad

Con los alumnos del Master en Environmental Economics de la UFM, vemos la materia Law & Economics, donde comenzamos con algunos artículos introductorios, antes de considerar los aportes fundacionales en esta área. Uno de ellos es uno de Jesús Antonio Bejarano, publicado en la Revista de Economía Institucional de la Universidad Externado de Colombia, titulado “El análisis económico del derecho: comentarios sobre textos básicos”.

Estos textos son el de Andrés Roemer, Introducción al Análisis Económico del Derecho; Nicholas Mercuro y Steven Medema, Economics and the Law; José Ramón Cossio Díaz, Derecho y Análisis Económico; Robert Cooter y Thomas Ulen; Derecho y Economía; Carlos Floriano Corrales, Derecho y Economía: una aproximación al Análisis Económico del Derecho.

La selección está ahora algo desactualizada porque el artículo es de 1999 y muchos textos más han sido escritos sobre el tema, entre los que recuerdo ahora uno de Eduardo Stordeur y otro de Alfredo Bullard, pero creo que es una buena introducción a los aportes iniciales en la materia y a los textos fundacionales de esta área. En adelante, los alumnos estarán leyéndolos pero ahora vale la pena ver una simple introducción antes de caer en los textos mismos.

Comienza señalando el fenómeno del “imperialismo de las ciencias económicas” como un proceso de hibridación de las ciencias sociales que se apoya en, citando a Cossio Díaz:

–          Un punto de partida común a las ciencias sociales (o al menos a varias de ellas) en cuanto a la necesidad de fragmentar al individuo en ámbitos (homo economicus, homo sociologicus) a fin de hacerlo comprensible.

–          La común pretensión de esas ciencias, de explicar al individuo mediante la asignación de un sentido a sus conductas

–          La formulación de un conjunto muy reducido de supuestos a fin de asignarle sentido a un universo muy extenso de conductas.

–          La progresiva formalización de los supuestos y de los medios para comprender las conductas

–          La fortaleza de esas disciplinas para la predicción de posibles conductas y de los efectos de éstas.

No sé si todas esas “contribuciones” me parecen las mejores, pero iremos viendo eso durante el curso. Entre otras lecturas se destacan:

Ronald Coase, El origen de la firma

Ronald Coase, El problema del costo social

 

Harold Demsetz, “Hacia una teoría de los derechos de propiedad”

Walter Block, Ética, eficiencia y derecho de propiedad, respuesta a Demsetz

Hans Hermann Hoppe; “Ética y economía de la propiedad privada”.

Richard Pipes: “Propiedad y libertad”

Garrett Hardin, La tragedia de los comunes

 

Elinor Ostrom: “Private and Common Property Rights”; Encyclopedia of Law & Economics

Calabresi, Guido y Douglas A.Melamed: “Reglas de propiedad, reglas de responsabilidad y de inalienabilidad: una vista de la Catedral”.

Rizzo, Mario; “Law amid flux: The economics of negligence and strict liability in tort”, The Journal of Legal Studies, Vol 9 Nr 2, pp. 291-318.

 

 

Cordato, Roy, “Toward an Austrian Theory of Environmental Economics”, The Quarterly Journal of Austrian Economics; Vol. 7 Nr 1, 2004.

Murray N. Rothbard; “Ley, derechos de propiedad y contaminación del aire”

Y, como siempre, el libro:

Terry L. Anderson, D Leal; Free Market Environmentalism

Una teoría ‘austriaca’ sobre economía ambiental: derechos de propiedad, pero algo distintos a Coase

Con los alumnos de la materia Law & Economics del Master en Environmental Entrepreneurship de la UFM, vemos un artículo de ROY CORDATO titulado TOWARD AN AUSTRIAN THEORY OF ENVIRONMENTAL ECONOMICS

Sus conclusiones:

“El propósito, y unos espera que también sea la contribución, de este trabajo, ha sido restituir tanto la economía positiva como normativa de la economía ambiental, desde la base, utilizando el método praxeológico de la Escuela Austriaca. Como se destacara al comienzo, el ejercicio es más el de unir distintas piezas que están separadas en la literatura Austriaca que el de elaborar un nuevo material. Persiguiendo ese objetivo hemos integrado el foco austriaco en el marco de medios y fines del actor, incluyendo su énfasis en la naturaleza subjetiva del valor y, por lo tanto de los costos, con la definición de lo que constituye un problema ambiental. Definiendo los problemas en estos términos, tanto la naturaleza de la polución y la definición de contaminador asumen un nuevo significado. Los problemas ambientales son presentados como planteando el corazón del problema de la eficiencia como la ven los Austriacos, esto es, generan un conflicto humano y distorsionan la formulación de planes inter e intrapersonales. Esto es diferente a la economía Pigouviana o Coasiana, que define a los problemas ambientales en términos de la asignación de recursos.

También se demuestra que el enfoque basado en los derechos de propiedad para el análisis de las políticas de Mises y Rothbard no solo es conceptualmente diferente del enfoque de Coase, sino que es una derivación natural, y emana directamente de sus raíces praxeológicas. El papel de los derechos de propiedad en el análisis ambiental es integrado con el que le otorga Menger más generalmente. Para Menger, el propósito social de la propiedad privada es resolver conflictos interpersonales y permitir la convivencia pacífica de distintos planes. Siguiendo este enfoque, la discusión austriaca moderna es considerada como un continuo histórico, que comienza en Menger.

La confusión actual que rodea la formulación de políticas ambientales es una derivación de la teoría de la economía ambiental que es fundamentalmente errónea. El enfoque estándar se basa en conceptos indefinibles del costo social y el equilibrio general e implica políticas que no pueden implementarse en el mundo real. A la luz de esto la mayoría de los economistas han aceptado la idea de que su rol es diseñar métodos eficientes para lograr ciertos objetivos políticamente determinados como objetivos de emisión. Como notara Lloyd Orr, los economistas ha propuesto impuestos por efluentes como medio para alcanzar estándares determinados políticamente a un menor costo. La solución propuesta estabiliza… la estructura de cargas requerida para alcanzar ciertos estándares (orr, 1981, p. 57).

Son los políticos quienes determinan qué es y qué no es polución y cuáles son los límites apropiados. El economista llega entonces para aconsejarles cómo desarrollar un impuesto o un sistema de derechos de emisión que se base en la ‘eficiencia’ de incentivos de mercado para alcanzar esos objetivos políticos. (Cordato, 1997).

Los austriacos pueden ofrecer un enfoque alternativo que no depende en definir o medir lo que es conceptualmente indefinible o medible. Esto no significa sugerir que una clara definición de derechos de propiedad sea sencilla en todas las situaciones. No lo es. Pero, mientras el enfoque austriaco para la resolución de problemas ambientales puede encontrarse con algunos problemas marginales, con algunos casos ‘difíciles’, la definición y aplicación de derechos de propiedad ya es una parte fundamental de la forma en que se evitan todo tipo de conflictos interpersonales. El en foque es claramente operacional ya que ha estado vigente, de una forma u otra, a través de la historia humana. El desafío para los austriacos es explicar cómo aplicar la teoría en algunos casos complicados, no explicar cómo si es que pueden ser aplicados”.

Derecho y economía para estudiar la economía del medio ambiente: lecturas en una maestría

Con los alumnos del Master en Environmental Economics de la UFM, vemos la materia Law & Economics, donde comenzamos con algunos artículos introductorios, antes de considerar los aportes fundacionales en esta área. Uno de ellos es uno de Jesús Antonio Bejarano, publicado en la Revista de Economía Institucional de la Universidad Externado de Colombia, titulado “El análisis económico del derecho: comentarios sobre textos básicos”.

Estos textos son el de Andrés Roemer, Introducción al Análisis Económico del Derecho; Nicholas Mercuro y Steven Medema, Economics and the Law; José Ramón Cossio Díaz, Derecho y Análisis Económico; Robert Cooter y Thomas Ulen; Derecho y Economía; Carlos Floriano Corrales, Derecho y Economía: una aproximación al Análisis Económico del Derecho.

La selección está ahora algo desactualizada porque el artículo es de 1999 y muchos textos más han sido escritos sobre el tema, entre los que recuerdo ahora uno de Eduardo Stordeur y otro de Alfredo Bullard, pero creo que es una buena introducción a los aportes iniciales en la materia y a los textos fundacionales de esta área. En adelante, los alumnos estarán leyéndolos pero ahora vale la pena ver una simple introducción antes de caer en los textos mismos.

Comienza señalando el fenómeno del “imperialismo de las ciencias económicas” como un proceso de hibridación de las ciencias sociales que se apoya en, citando a Cossio Díaz:

–          Un punto de partida común a las ciencias sociales (o al menos a varias de ellas) en cuanto a la necesidad de fragmentar al individuo en ámbitos (homo economicus, homo sociologicus) a fin de hacerlo comprensible.

–          La común pretensión de esas ciencias, de explicar al individuo mediante la asignación de un sentido a sus conductas

–          La formulación de un conjunto muy reducido de supuestos a fin de asignarle sentido a un universo muy extenso de conductas.

–          La progresiva formalización de los supuestos y de los medios para comprender las conductas

–          La fortaleza de esas disciplinas para la predicción de posibles conductas y de los efectos de éstas.

No sé si todas esas “contribuciones” me parecen las mejores, pero iremos viendo eso durante el curso. El resto de las lecturas serán:

Lecturas obligatorias:

Ronald Coase, El origen de la firma

Ronald Coase, El problema del costo social

Lecturas sugeridas:

Harald Beyer, “Ronald H. Coase y su contribución a la teoría de la economía y del derecho”.

 

Lecturas obligatorias:

Harold Demsetz, “Hacia una teoría de los derechos de propiedad”

Walter Block, Ética, eficiencia y derecho de propiedad, respuesta a Demsetz

Lecturas sugeridas:

Hans Hermann Hoppe; “Ética y economía de la propiedad privada”.

Richard Pipes: “Propiedad y libertad”

Lecturas obligatorias:

Garrett Hardin, La tragedia de los comunes

Canavese, Alfredo; “Temas en el análisis económico del derecho de propiedad”

Lecturas sugeridas:

Elinor Ostrom: “Private and Common Property Rights”; Encyclopedia of Law & Economics

 

Lecturas obligatorias:

Calabresi, Guido y Douglas A.Melamed: “Reglas de propiedad, reglas de responsabilidad y de inalienabilidad: una vista de la Catedral”.

Rizzo, Mario; “Law amid flux: The economics of negligence and strict liability in tort”, The Journal of Legal Studies, Vol 9 Nr 2, pp. 291-318.

Lecturas sugeridas:

Aciarri, Hugo; “Análisis económico del derecho de daños”.

Cordato Roy, “Efficiency and externalities in an open-ended Universe”: https://mises.org/library/efficiency-and-externalities-open-ended-universe

 

Lecturas obligatorias:

Cordato, Roy, “Toward an Austrian Theory of Environmental Economics”, The Quarterly Journal of Austrian Economics; Vol. 7 Nr 1, 2004.

Murray N. Rothbard; “Ley, derechos de propiedad y contaminación del aire”

Lecturas sugeridas:

Terry L. Anderson, D Leal; Free Market Environmentalism for the Next Generation.