Alberdi y la libertad del trabajo como diferente de la organización del trabajo, que tenemos ahora

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi, en su texto “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, cuando habla de la libertad de trabajo y la organización sindical:

Alberdi

“La libertad del trabajo puede ser atacada en nombre de la organización del trabajo. Verdadero sentido de esta palabra alterado por los socialistas.

En general puede ser atacada la Constitución en sus libertades sobre la industria por todas las leyes, que, teniendo por objeto lo que la escuela de economía socialista ha llamado organización del trabajo, desconozcan que el trabajo no puede recibir otra organización, o más bien no puede ser organizado por otro medio, que por la legislación civil aplicada a los tres grandes ramos en que el trabajo y la industria se dividen: agricultura, comercio, industria fabril. En cualquiera de estos ramos, el rol orgánico de las leyes el mismo que en la materia civil; él consiste en establecer reglas convenientes para que el derecho de cada uno se ejerza en las funciones de producir, dividir y consumir el producto de su trabajo (agrícola, fabril o comercial), sin dañar el derecho de los demás.

En este sentido, organizar el trabajo no es más que organizar o reglamentar el ejercicio de la libertad del trabajo, que la Constitución asegura a todos los habitantes.

No hay más que un sistema de reglamentar la libertad; y es el de que la libertad de los unos no perjudique a la libertad de; los otros: salir de ahí, no es reglamentar la libertad del trabajo; es oprimida. – Los códigos comercial, agrícola y fabril tienen toda la misión de organizar el trabajo.

De lo dicho hasta aquí se infiere que la ley puede ser un medio, y el más temible, de derogar las garantías que la Constitución concede a la producción de las riquezas, con motivo o con pretexto de organizar su ejercicio; y que la Constitución misma pone en manos del legislador el pretexto de ejercer este abuso por ignorancia, inconsecuencia o mal espíritu, concediendo todas las libertades económicas que dejamos pasadas en revista, con sujeción a la ley en lo tocante a su ejercicio.

Por qué la Constitución sujetó a la ley el ejercicio de los derechos económicos.

Ni la Constitución argentina ni ninguna otra habría si do capaz de evitar este escollo, concediendo la libertad sin sujeción ni referencia a la ley. Este medio era imposible: porque, como hemos dicho arriba, ninguna Constitución se realiza por sus propias disposiciones y sin el auxilio de la ley reglamentaria u orgánica de los medios de ejecución. Si una Constitución se bastase a sí propia, no habría necesidad de otra ley que ella, y toda la legislación civil y penal carecería de objeto.

Era inevitable dejar a la ley el cuidado de hacer efectiva la libertad económica declarada por la Constitución, cualquiera que fuese el peligro. Este defecto no es de la Constitución argentina, sino de toda legislación humana.

Lo que debió hacer la Constitución en este punto lo hizo, y fue dar el antídoto, el contraveneno, la garantía para que el poder dado a la ley de hacer efectiva la Constitución, no degenerase en el poder de derogarla con el pretexto de cumplirla. En este punto la Constitución argentina excedió a todas las conocidas de Sud América, por la seguridad que dió al derecho privado contra el abuso del más temible poder, que es el poder del legislador.

En efecto, la Constitución argentina, como todas las conocidas en este mundo, vio el escollo de las libertades, no en el abuso de los particulares tanto como en el abuso del poder. Por eso fue que antes de crear los poderes públicos, trazó en su primera parte los principios que debían servir de límites de esos poderes: primero construyó la medida, y después el poder. En ello tuvo por objeto limitar. no a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder del legislador y de la ley quedaron tan limitados como el del Ejecutivo mismo.”

Para Alberdi la libertad de trabajo fue atacada en nombre de la organización del trabajo. Ahora peor.

Con los alumnos de Derecho vemos “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi, cuando habla de las libertades económicas y, en particular, la libertad de trabajo:

Alberdi

 

“La libertad del trabajo puede ser atacada en nombre de la organización del trabajo. Verdadero sentido de esta palabra alterado por los socialistas.

En general puede ser atacada la Constitución en sus libertades sobre la industria por todas las leyes, que, teniendo por objeto lo que la escuela de economía socialista ha llamado organización del trabajo, desconozcan que el trabajo no puede recibir otra organización, o más bien no puede ser organizado por otro medio, que por la legislación civil aplicada a los tres grandes ramos en que el trabajo y la industria se dividen: agricultura, comercio, industria fabril. En cualquiera de estos ramos, el rol orgánico de la leyes el mismo que en la materia civil; él consiste en establecer reglas convenientes para que el derecho de cada uno se ejerza en las funciones de producir, dividir y consumir el producto de su trabajo (agrícola, fabril o comercial), sin dañar el derecho de los demás.

En este sentido, organizar el trabajo no es más que organizar o reglamentar el ejercicio de la libertad del trabajo, que la Constitución asegura a todos los habitantes.

No hay más que un sistema de reglamentar la libertad; y es el de que la libertad de los unos no perjudique a la libertad de; los otros: salir de ahí, no es reglamentar la libertad del trabajo; es oprimida. – Los códigos comercial, agrícola y fabril tienen toda la misión de organizar el trabajo.

De lo dicho hasta aquí se infiere que la ley puede ser un medio, y el más temible, de derogar las garantías que la Constitución concede a la producción de las riquezas, con motivo o con pretexto de organizar su ejercicio; y que la Constitución misma pone en manos del legislador el pretexto de ejercer este abuso por ignorancia, inconsecuencia o mal espíritu, concediendo todas las libertades económicas que dejamos pasadas en revista, con sujeción a la ley en lo tocante a su ejercicio.

Por qué la Constitución sujetó a la ley el ejercicio de los derechos económicos.

Ni la Constitución argentina ni ninguna otra habría si do capaz de evitar este escollo, concediendo la libertad sin sujeción ni referencia a la ley. Este medio era imposible: porque, como hemos dicho arriba, ninguna Constitución se realiza por sus propias disposiciones y sin el auxilio de la ley reglamentaria u orgánica de los medios de ejecución. Si una Constitución se bastase a sí propia, no habría necesidad de otra ley que ella, y toda la legislación civil y penal carecería de objeto.

Era inevitable dejar a la ley el cuidado de hacer efectiva la libertad económica declarada por la Constitución, cualquiera que fuese el peligro. Este defecto no es de la Constitución argentina, sino de toda legislación humana.

Lo que debió hacer la Constitución en este punto lo hizo, y fue dar el antídoto, el contraveneno, la garantía para que el poder dado a la ley de hacer efectiva la Constitución, no degenerase en el poder de derogarla con el pretexto de cumplirla. En este punto la Constitución argentina excedió a todas las conocidas de Sud América, por la seguridad que dió al derecho privado contra el abuso del más temible poder, que es el poder del legislador.

En efecto, la Constitución argentina, como todas las conocidas en este mundo, vio el escollo de las libertades, no en el abuso de los particulares tanto como en el abuso del poder. Por eso fue que antes de crear los poderes públicos, trazó en su primera parte los principios que debían servir de límites de esos poderes: primero construyó la medida, y después el poder. En ello tuvo por objeto limitar. no a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder del legislador y de la ley quedaron tan limitados como el del Ejecutivo mismo.”

Alberdi: la propiedad es el derecho exclusivo que tiene cada persona de usar su trabajo y su capital

Con los alumnos de UBA Derecho vemos “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi. Allí, en su primer capítulo, quien inspirara la Constitución Argentina explica los principios en que se sustenta. El texto muestra, también, cuán lejos se encuentra ahora el país de esos principios aunque mantenga en su esencia el mismo texto escrito:

Alberdi 3

“La propiedad, como garantía de derecho público, tiene dos aspectos: uno jurídico y moral, otro económico y material puramente. Considerada como principio general de la riqueza y como un hecho meramente económico, la Constitución argentina la consagra por su artículo 17 en los términos más ventajosos para la riqueza nacional. He aquí su texto: – La propiedad es inviolable, ningún habitante de la Confederación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que expresa el art. 4. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley y de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo, de su obra, invento o descubrimiento por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

La economía política más adelantada y perfeccionada no podría exigir garantías más completas en favor de la propiedad, como principio elemental de riqueza.

Se ha visto que la riqueza, o bien sea la producción, tiene tres instrumentos o agentes que la dan a luz: el trabajo, el capital y la tierra. Comprometed, arrebatad la propiedad, es decir, el derecho exclusivo que cada hombre tiene de usar y disponer ampliamente de su trabajo, de su capital y de sus tierras para producir lo conveniente a sus necesidades o goces, y con ello no hacéis más que arrebatar a la producción sus instrumentos, es decir, paralizarla en sus funciones fecundas, hacer imposible la riqueza. Tal es la trascendencia económica de todo ataque a la propiedad, al trabajo, al capital y a la tierra, para quien conoce el juego o mecanismo del derecho de propiedad en la generación de la riqueza general. La propiedad es el móvil y estímulo de la producción, el aliciente del trabajo, y un término remuneratorio de los afanes de la industria. La propiedad no tiene valor ni atractivo, no es riqueza propiamente cuando no es inviolable por la ley y en el hecho.

Pero no bastaba reconocer la propiedad como derecho inviolable. Ella puede ser respetada en su principio, y desconocida y atacada en lo que tiene de más precioso, -en el uso y disponibilidad de sus ventajas. Los tiranos más de una vez han empleado esta distinción sofística para embargar la propiedad, que no se atrevían a desconocer. El socialismo hipócrita y tímido, que no ha osado desconocer el derecho de propiedad, ha empleado el mismo sofisma, atacando el uso y disponibilidad de la propiedad en nombre de la organización del trabajo. Teniendo esto en mira y que la propiedad sin el uso ilimitado es un derecho nominal, la Constitución argentina ha consagrado por su artículo 14 el derecho amplísimo de usar y disponer de su propiedad, con lo cual ha echado un cerrojo de fierro a los avances del socialismo.

La Constitución no se ha contentado con entablar el principio de propiedad, sino que ha dado también los remedios para curar y prevenir los males en que suele perecer la propiedad.

El ladrón privado es el más débil de los enemigos que la propiedad reconozca. Ella puede ser atacada por el Estado, en nombre de la utilidad pública. Para cortar este achaque, la Constitución ha exigido que el Congreso, es decir, la más alta representación del país, califique por ley la necesidad de la expropiación, o mejor dicho, de la enajenación forzosa, pues en cierto modo no hay expropiación desde que la propiedad debe ser previamente indemnizada.

Puede ser atacada la propiedad por contribuciones arbitrarias o exorbitantes del gobierno. Para evitar este mal ordinario en países nacientes, la Constitución atribuye exclusivamente al Congreso el poder de establecer contribuciones.

La Constitución remacha el poder concedido a las garantías protectoras de la propiedad, declarando por su artículo 29 que el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobiernos de provincias, facultades extraordinarias ni la suma del poder público, ni otorgar les sumisiones o supremacías por las que queden a merced de gobiernos o persona alguna las fortunas de los Argentinos.

En todos estos principios y garantías con que la Constitución defiende el derecho de propiedad contra los ataques que de diversos modos lo persiguen, la Constitución hace otros tantos servicios a la riqueza pública, que tiene en la propiedad uno de sus manantiales más fecundos.”

Alberdi se pregunta si la riqueza es obra del gobierno y comenta sobre la libertad económica

Los alumnos de la Facultad de Derecho comienzan a leer a Juan Bautista Alberdi, parte del “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, donde explica el contenido económico de la Constitución sancionada en 1853. Esto dice en la Introducción sobre la libertad económica y la generación de riqueza:

Alberdi

Nuestra revolución abrazó la libertad económica, porque ella es el manantial que la ciencia reconoce a la riqueza de las naciones; porque la libertad convenía esencialmente a las necesidades de la desierta República Argentina, que debe atraer con ella la población, los capitales, las industrias de que carece hasta hoy con riesgo de su independencia y libertad, expuestas siempre a perderse para el país, en el mismo escollo en que España perdió su señorío: – en la miseria y pobreza.

En efecto, ¿quién hace la riqueza? ¿Es la riqueza obra del gobierno? ¿Se decreta la riqueza? El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza.

La riqueza, es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas fuerzas, consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, impuesta por el instinto de su conservación y mejora, y obtenida por las facultades de que se halla dotado para llenar su destino en el mundo.

En este sentido, ¿qué exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse? Lo que Diógenes exigía de Alejandro; que no le haga sombra. Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil a de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria: he ahí toda la obra de la ley en la creación de la riqueza. Toda la gloria de Adam Smith, el Hornero de la verdadera economía, descansa en haber demostrado lo que otros habían sentido, – que el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.

La libertad del trabajo, en este sentido, envuelve la de sus medios de acción, la tierra y el capital y todo el círculo de su triple empleo -la agricultura, el comercio, las manufacturas,- que no son más que variedades del trabajo.

Según esto, organizar el trabajo no es más que organizar la libertad; organizarlo en todos sus ramos, es organizar la libertad agrícola, la libertad de comercio, la libertad fabril. Esta organización es negativa en su mayor parte; consiste en la abstención reducida a sistema, en decretos paralelos de los del viejo sistema prohibitivo. que lleven el precepto de dejar hacer a todos los puntos en que los otros hacían por sí, o impedían hacer.

Pero la riqueza no nace por nacer: tiene por objeto satisfacer las necesidades del hombre, que la forma. Así es que luego que existe, ocurre averiguar cómo se reparte o distribuye entre los que han concurrido a producirla. Para esto es producida; y si el productor no percibe la parte que corresponde a su colaboración, deja de colaborar en lo sucesivo, o trabaja débilmente, la riqueza decae y con ella la prosperidad de la Nación. Luego es preciso que se cumpla la ley natural, que hace a cada productor dueño de la utilidad o provecho correspondiente al servicio de su trabajo, de su capital o de su tierra, en la producción de la riqueza común y partible.

Alberdi sobre la libertad o derecho al trabajo, la igualdad y la propiedad del trabajo y los salarios.

La libertad o derecho al trabajo, concedido a todos los habitantes de la Confederación por los artículos 14 y 20 de la Constitución, envuelve esencialmente el derecho a los provechos del trabajo. Todos tienen opción a los beneficios del trabajo, bajo las reglas de una entera libertad sobre su tasa entre el que ofrece el trabajo y el que lo busca.

Alberdi

El salario es libre por la Constitución como precio del trabajo, su tasa depende de las leyes normales del mercado, y se regla por la voluntad libre de los contratantes. No hay salario legal u obligatorio a los ojos de la Constitución, fuera de aquel que tiene por ley la estipulación expresa de las partes, o la decisión del juez fundada en el precio corriente del trabajo, cuando ocurre controversia.

Cuando la Constitución proclama la libertad o derecho al trabajo, no da por eso a todo trabajador la seguridad de hallar trabajo siempre. El derecho de ganar no es el poder material de hacer ganancias. La ley puede dar y da el derecho de ganar el pan por el trabajo; pero no puede obligar a comprar ese trabajo al que no lo necesita, porque eso sería contrario al principio de libertad que protege al que rechaza lo que no quiere ni necesita.

La Constitución, por sí, nada crea ni da: ella declara del hombre lo que es del hombre por la obra de Dios, su primitivo legislador. Dios, que ha formado a todos los hombres iguales en derecho, ha dado a los unos capacidad y a los otros inepcia, creando de este modo la desigualdad de las fortunas, que son el producto de la capacidad, no del derecho. La Constitución no debía alterar la obra de Dios sino expresarla y confirmarla. Ni estaba a su alcance igualar las fortunas, ni su mira era otra que declarar la igualdad de derechos.

Garantizar trabajo a cada obrero sería tan impracticable como asegurar a todo vendedor un comprador, a todo abogado un cliente, a todo médico un enfermo, a todo cómico, aunque fuese detestable, un auditorio. La ley no podría tener ese poder, sino a expensas de la libertad y de la pro-piedad, porque sería preciso que para dar a los unos lo quitase a los otros; y semejante ley no podría existir bajo el sistema de una Constitución que consagra en favor de todos los habitantes los principios de libertad y de propiedad, como bases esenciales de la legislación.

De la igualdad en sus aplicaciones a los salarios

El principio de igualdad, tal como ha sido consagrado por los artículos 15 y 16 de la Constitución, tiene consecuencias infinitas en la buena distribución de los beneficios del trabajo.

La Constitución ha enriquecido los provechos del trabajo libre, aboliendo el trabajo esclavo y servil, que le hacía concurrencia desastrosa. En la Confederación Argentina no hay esclavos. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen infamante, dice el art. 15.

Desconociendo las prerrogativas de sangre y de nacimiento, los fueros personales y los títulos de nobleza, haciendo a todos los habitantes de la Confederación iguales ante la ley, y fijando el principio de igualdad como base del impuesto y de las cargas públicas, el art. 16 de la Constitución ha concluido con las antiguas divisiones de los hombres, respecto al trabajo y sus beneficios, en privilegiados y plebeyos, trabajadores y ociosos, extranjeros y nacionales, tributarios y no tributarios, clientes y señores feudales, bajo cualquiera denominación. Todos son admitidos por la ley a tomar igual asiento en el banquete de los beneficios del trabajo.

Con la abolición de los privilegios de todo género, dejan de ser constitucionales las leyes que establecen gremios cuerpos y matrículas de trabajadores. Tales instituciones son tradición de las corporaciones industriales de la edad media en Europa, que pudieron ser útiles en aquel tiempo, pero que hoy constituyen privilegios ofensivos de la igualdad, designada como base de la distribución de los beneficios del trabajo, declarado libre para todos los habitantes del país. Las inmigraciones extranjeras no podrán dirigirse en busca de trabajo y de salarios a países donde sea preciso incorporarse en gremios, matricularse en corporaciones, someterse a cierta disciplina, para poder trabajar y ganar el pan.

De La propiedad en sus relaciones con los salarios.

La propiedad de los beneficios del trabajo es garantida a todos los habitantes de la Confederación por el art. 17 de la Constitución que declara inviolable toda propiedad y todo servicio personal (trabajo), ya se considere en sí, ya en sus resultados.

Las garantías que concede el art. 18 en favor de la seguridad de las personas, de la defensa judicial, del domicilio, de la correspondencia y papeles, son de inmensa consecuencia en los beneficios del trabajo, casi siempre personal, y en la repartición segura y equitativa de los beneficios del trabajo. Esta seguridad desaparece a menudo en países donde las guerras civiles interminables arrebatan a los hombres de las ocupaciones de la industria, para emplearles en el servicio de las armas. La Constitución Argentina, para colocar el trabajo industrial al abrigo de este mal y neutralizarlo en cierto modo a las disensiones políticas, ha eximido a los extranjeros naturalizados o no, es decir, a los trabajadores más útiles, de todo servicio militar y de toda contribución extraordinaria de carácter forzoso. (Artículos 20 y 21). Y para que esta promesa de la Constitución no quede ilusoria, el art. 27 obliga al gobierno a estipular tratados de paz y de comercio con las potencias extranjeras, destinados a afianzar la estabilidad de esos principios.

He ahí las bases que ha dado la Constitución argentina para la organización del trabajo en cuanto a sus beneficios o salarios. Las leyes orgánicas de la Constitución, en ese punto, no tienen más misión que dar las reglas convenientes para que el salario sea libre en cuanto a su tasa, accesible a todos por igual y para todos inviolable y seguro.

 

Alberdi define el Sistema económico de la Constitución y pregunta: ¿la riqueza la crea el Estado?

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos el texto de Juan Bautista Alberdi “El Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” donde el autor, quien inspirara nuestra Constitución, explica cuál es su contenido económico.

Alberdi 3

En principio, afirma que esta Constitución contiene un “sistema de política económica”. Tan sólo observar superficialmente la historia argentina nos da cuenta que este sistema no se sostuvo, aunque aún rige la Constitución con algunos cambios. Y así nos fue…

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

Luego comenta las distintas escuelas económicas. La mercantilista y la socialista no ‘pertenecen’ a este texto, y no tanto la fisiócrata. Distinto es la ‘industrial’:

“En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución”.

El país se encuentra, según Alberdi, en la pobreza. ¿Cómo y quién podrán sacarla de esa situación?

“En efecto, ¿quién hace la riqueza? ¿Es la riqueza obra del gobierno? ¿Se decreta la riqueza? El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza.

La riqueza, es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas fuerzas, consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, impuesta por el instinto de su conservación y mejora, y obtenida por las facultades de que se halla dotado para llenar su destino en el mundo.

En este sentido, ¿qué exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse? Lo que Diógenes exigía de Alejandro; que no le haga sombra. Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil a de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria: he ahí toda la obra de la ley en la creación de la riqueza. Toda la gloria de Adam Smith, el Hornero de la verdadera economía, descansa en haber demostrado lo que otros habían sentido, – que el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.

La libertad del trabajo, en este sentido, envuelve la de sus medios de acción, la tierra y el capital y todo el círculo de su triple empleo -la agricultura, el comercio, las manufacturas,- que no son más que variedades del trabajo.

Según esto, organizar el trabajo no es más que organizar la libertad; organizarlo en todos sus ramos, es organizar la libertad agrícola, la libertad de comercio, la libertad fabril. Esta organización es negativa en su mayor parte; consiste en la abstención reducida a sistema, en decretos paralelos de los del viejo sistema prohibitivo que lleven el precepto de dejar hacer a todos los puntos en que los otros hacían por sí, o impedían hacer.”

 

Los empresarios ya no saben porqué brindar, Mises en Buenos Aires ya puso las cosas en claro

Luego de preocuparse mucho por haber propuesto un brindis por el capitalismo, los empresarios cambiaron el tono de la reunión. A la próxima ve el ministro Kiciloff:

«Enhorabuena. Pasamos del brindis por el capitalismo al brindis por John Maynard Keynes en menos de un mes. De la ortodoxia a la heterodoxia sin ninguna escala», comentó un empresario argentino que fue uno de los primeros en confirmar su asistencia. En el último encuentro, su cara de sorpresa y cruce de copas por la amistad en lugar de la política había sido la manera de escapar a la foto con la que no se sentía cómodo. http://www.lanacion.com.ar/1791355-ahora-el-brindis-sera-por-keynes

En la siguiente reunión estuvieron Miguel Bein, Agustín D’Attellis y Javier González Fraga. Todo mucho más moderado. No hubo brindis, salvo por la entidad organizadora, y una mención al pasar de la “economía de mercado”: “Todo terminaba, pero volvió a subir al atril Antonio Estrany Gendre, el ejecutivo de Pan American Energy, que en la reunión pasada había propuesto «un brindis por el capitalismo», gesto que molestó al kirchnerismo. ¿Volvería a provocar? Hubo silencio. El español se tomó su tiempo. Hizo un recorrido por los «principios» que habían confluido a crear el Cicyp en 1942 más allá de cualquier «situación de emergencia», entre los que destacó «la economía de mercado». Y, acto seguido, inconmovible, levantó la copa: «Por el Cicyp y sus principios». http://www.lanacion.com.ar/1792580-el-cepo-cambiario-avivo-una-encendida-discusion-entre-economistas-y-empresarios

No podrían invitar a Mises, por supuesto, pero éste ya había hablado claramente en una reunión de empresarios, en esta ciudad.

En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las estaremos considerando con los alumnos de la UBA en Derecho. Comienza con una exposición sobre el Capitalismo. Algunos párrafos:

Mises4

En la Inglaterra del Siglo XVIII, la tierra podía soportar solamente seis millones de personas en un nivel de vida muy bajo. Hoy más de cincuenta millones de personas disfrutan un nivel de vida mucho más alto, aún del que disfrutaban los ricos durante el siglo XVIII. Y el nivel de vida sería hoy probablemente más alto si una gran cantidad de energía de los Británicos no hubiera sido desperdiciada en lo que fueron, desde varios puntos de vista, evitables ‘aventuras’ políticas y militares.

Estos son los hechos sobre el capitalismo. Así si un inglés – o realmente cualquier otro hombre de cualquier otro país del mundo – dice hoy a sus amigos que se opone al capitalismo, hay una maravillosa forma de contestarle: ‘Tú sabes que la población de este planeta es ahora diez veces más grande que en las épocas que precedieron al capitalismo; tú sabes que todos los hombres hoy disfrutan de un mucho mejor nivel de vida que el que disfrutaron sus ancestros antes de la era del capitalismo. Pero, ¿cómo sabes que tú eres el uno entre diez que habría vivido en ausencia del capitalismo? El simple hecho que hoy estés vivo es la prueba que el capitalismo ha tenido éxito, así consideres o no que tu vida es valiosa’

A pesar de todos sus beneficios el capitalismo ha sido furiosamente atacado y criticado. Es preciso que comprendamos el origen de esta antipatía. Es un hecho que el odio hacia el capitalismo no se originó en las masas, ni entre los propios trabajadores, sino en la aristocracia terrateniente – la alta burguesía, la nobleza – de Inglaterra y del continente europeo. Ellos culparon al capitalismo por algo que no era para ellos demasiado agradable: a principios del Siglo XIX los más altos salarios pagados por la industria a sus trabajadores forzó a la burguesía terrateniente a pagar igualmente altos sueldos a los trabajadores agrícolas. La aristocracia atacó la industria enjuiciando el nivel de vida de las masas de trabajadores.

Desde luego – desde nuestro punto de vista – el nivel de vida de los trabajadores era extremadamente bajo; las condiciones bajo el capitalismo temprano eran totalmente espeluznantes, pero no porque las recientemente desarrolladas industrias capitalistas hubieran perjudicado a los trabajadores. La gente contratada para trabajar en las fábricas ya había estado viviendo en un nivel virtualmente sub-humano. La famosa y antigua historia, repetida centenares de veces, que las fábricas empleaban mujeres y niños quienes, antes que estuvieran trabajando en las fábricas habían estado viviendo en condiciones satisfactorias, es una de las más grandes falsedades de la historia. Las madres que trabajaban en las fábricas no tenían con qué cocinar: ellas no habían dejado sus hogares y sus cocinas para ir a las fábricas porque no tenían cocina alguna, y si tenían una cocina, no tenían alimentos para cocinar en esas cocinas. Y los niños no venían de confortables guarderías. Estaban pasando hambre y se morían. Y toda la charla sobre el así denominado inenarrable horror del capitalismo temprano puede ser refutada por una simple estadística: precisamente en estos años en los cuales el capitalismo Británico se desarrolló, precisamente en la época llamada de la Revolución Industrial en Inglaterra en los años de 1760 a 1830, precisamente en esos años la población de Inglaterra se duplicó, lo que significa que centenares de miles de niños – que habrían muerto en los tiempos precedentes – sobrevivieron y crecieron para convertirse en hombres y mujeres. No hay dudas que las condiciones de los tiempos anteriores habían sido muy insatisfactorias. Fue el negocio capitalista que las mejoró. Fueron precisamente esas primeras fábricas que proveyeron a las necesidades de sus trabajadores, ya sea directamente o indirectamente, exportando productos e importando alimentos y materias primas desde otros países. Una y otra vez los primeros historiadores del capitalismo – uno difícilmente puede usar una palabra más suave – han falsificado la historia.

 

John Stuart Mill destaca la importancia de la utilidad pero mantiene al trabajo en algunos casos

El otro texto que tienen para leer los alumnos de Historia del Pensamiento Económico es John Stuart Mill, Principles of Political Economy, Book III, Chapter II, «Of demand and supply and their relation to value»: http://www.econlib.org/library/Mill/mlP31.html#Bk.III,Ch.II

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Tal vez el mejor comentario sobre esto lo ha hecho Juan Carlos Cachanosky, así que lo cito directamente de su trabajo de tesis doctoral, publicado aquí: http://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/25_4_Cachanosky.pdf

“Un aporte importante de Mill respecto de sus antecesores es que logra distinguir entre los conceptos de «demanda» y de «cantidad demandada». Los clásicos cometían la siguiente ambigüedad: decían que los precios subían o bajaban cuando aumentaba o disminuía la demanda; pero también decían que si el precio subía la demanda bajaba o si el precio bajaba la demanda subía. A partir de John S. Mill sabemos que una variación del precio provoca cambios en la «cantidad demandada», y que una variación de la «demanda» provoca cambios en los precios. Este fue un aporte muy importante de Mill, pero en el resto de la teoría del valor de cambio siguió a Ricardo casi palmo a palmo. Mill se introduce en el tema de la siguiente manera:

“Para que una cosa tenga algún valor de cambio son precisas dos condiciones. Tiene que tener algún uso; esto es (como ya se explicó), tiene que servir para algún fin, satisfacer algún deseo. Nadie pagará un precio, o se desprenderá de alguna cosa que le sirva para algo, para obtener una cosa que no le sirve para nada. Pero, en segundo lugar, la cosa no sólo tiene que ser de alguna utilidad, sino que tiene que haber también alguna dificultad en obtenerla.”

Agregando más adelante:

“La dificultad de obtención que determina el valor no es siempre de la misma clase. Algunas veces consiste en una limitación absoluta de la oferta. Existen cosas cuya cantidad es físicamente imposible aumentar más allá de ciertos límites estrechos. Esto sucede con algunas clases de vinos que pueden producirse sólo cuando se reúnen determinadas condiciones especiales de suelo, clima y situación. También sucede con las esculturas antiguas, los cuadros de los maestros antiguos, libros o monedas raros y otros artículos clasificados como antigüedades. Entre ellos también se pueden contar las casas y terrenos para edificar en algunas ciudades con extensión limitada (como Venecia, o cualquier ciudad fortificada en la que las fortificaciones son necesarias para la seguridad); los emplazamientos más deseables en cualquier ciudad; las casas y los parques especialmente favorecidos en cuanto a belleza natural, en lugares en que estas ventajas son poco comunes. En potencia, toda la tierra es una mercancía de esta clase; y pudiera serlo, en la práctica, en países poblados y cultivados por completo.”

Mill sigue muy de cerca a Ricardo, agregando ejemplos de mercancías cuya oferta no puede expandirse. Y también sigue a Ricardo cuando pasa al segundo grupo de mercancías cuya oferta es limitada, pero puede aumentarse mediante una mayor producción. Dentro de este segundo grupo existen, a su vez, dos subgrupos: 1) las mercancías cuya producción puede aumentarse con costos decrecientes, fundamentalmente las industriales, y 2) las mercancías cuya producción sólo se puede aumentar con costos crecientes, fundamentalmente la producción agropecuaria.

Finalmente Mill, el último de los clásicos, también cae en un razonamiento circular al hacer depender los precios de los salarios y los salarios de los precios. En el caso de Mill, el tema es más pasajero ya que dedica mucho espacio a explicar que los salarios suben cuando la acumulación de capital (fondo de salarios) crece más rápido que la población o, en otras palabras, cuando la demanda de trabajo aumenta más rápidamente que la oferta.

John S. Mill fue mucho más claro y sistemático al exponer los principios de la economía clásica que Adam Smith y David Ricardo, pero no logró desembarazarse de sus principales errores. No obstante, como ya señaláramos, realizó un aporte importante al distinguir entre la «demanda» y la «cantidad demandada» de una mercancía. Esta distinción permitió corregir una gran ambigüedad en el razonamiento de los clásicos. Mill plantea la ambigüedad de la siguiente manera:

[…] la demanda depende en parte del valor. Pero antes se ha dicho que el valor depende de la demanda. ¿Cómo nos desembarazaremos de esta contradicción? ¿Cómo resolveremos la paradoja entre dos cosas, cada una de las cuales depende de la otra?

Y la resuelve sin dibujarlas mediante «curvas» de demanda y oferta explicando qué ocurre cuando el precio es distinto del que iguala la cantidad demandada y la ofrecida. Luego de desarrollar la explicación en forma muy clara y precisa, concluye Mill:

Luego de desarrollar la explicación en forma muy clara y precisa, concluye Mill:

[…] la analogía matemática apropiada es la de una ecuación. Demanda y oferta, la cantidad pedida y la cantidad ofrecida, se igualarán. Si en algún momento son desiguales, la competencia las iguala, y esto se realiza por un ajuste del valor. Si la demanda aumenta, el valor sube; si la demanda disminuye, el valor baja: y también si la oferta baja, el valor sube, y baja si la oferta aumenta. El alza o la baja continúan hasta que la demanda y la oferta son otra vez iguales una con otra: y el valor que una mercancía adquirirá en cualquier mercado no es otro que aquel que, en ese mercado, da lugar a una demanda exactamente suficiente para absorber la oferta existente o prevista.198

John Stuart Mill es la culminación del pensamiento de los economistas clásicos. A diferencia de Ricardo, su manera de escribir es muy clara y superó a Adam Smith en la forma sistemática de exponer los temas. Pero el pensamiento de Mill es básicamente ricardiano; salvo en algunos puntos, como el que acabamos de ver, Mill amplía, enriquece y aclara el pensamiento de Ricardo. Dado que su padre, James, era muy amigo de Ricardo y Malthus y que muchas veces el pequeño John tenía que asistir a las discusiones de los tres, esta influencia es claramente explicable. La popularidad que alcanzó la economía clásica con J. S. Mill hizo que la teoría de la utilidad marginal, que sacudía los cimientos de esta escuela, encontrara en sus comienzos una fuerte oposición. Como casi siempre ocurre en el área de las ciencias, aquellos que realizan descubrimientos suelen ser considerados unos excéntricos, teóricos desvinculados del mundo o locos, cuando no son encerrados o quemados. Una de las cosas que más cuesta es romper con ideas arraigadas. John S. Mill hizo de la economía clásica un verdadero baluarte en Inglaterra; derrumbar sus errores no fue tarea fácil.”

Roubini contra la revolución tecnológica. ¿Luddita? Henry Hazlitt le responde desde 1946

Nouriel Roubini es un reconocido economista de la Universidad de Nueva York, quien tuviera una alta exposición en todas las discusiones sobre la crisis de 2008. Increíblemente se descuelga ahora con un artículo “luddita” (artesanos ingleses que protestaban contra las maquinarias a comienzos del siglo XIX), llamando la atención sobre el desempleo que generaría la actual revolución tecnológica: http://www.lanacion.com.ar/1758936-una-revolucion-que-podria-dejar-muchos-excluidos Un tema bastante increíble, dadas las veces que los economistas han demostrado su absoluta falsedad. Dice:

“A los ejecutivos e innovadores tecnológicos se los ve muy optimistas estos días: las nuevas tecnologías de fabricación generan un entusiasmo febril por lo que algunos ven como una tercera revolución industrial. En los años venideros, las mejoras tecnológicas en robótica y automatización aumentarán la productividad y la eficiencia, con importantes beneficios económicos para las empresas. Pero a menos que se implementen políticas adecuadas para estimular la creación de empleo, no está claro que la demanda de mano de obra siga creciendo a la par del progreso de la tecnología.”

Sí, parece que no lo tiene claro, aunque propone la siempre popular dedicación estatal a la educación, algo siempre políticamente correcto. Concluye:

“En nuestra incipiente búsqueda de soluciones inteligentes a los desafíos de la tercera revolución industrial, se destaca un tema recurrente: hay que canalizar las ventajas de la tecnología a una base de población más amplia que la que las disfrutó hasta ahora. Y eso exige hacer hincapié en la educación. Para que la prosperidad alcance a más gente, los trabajadores necesitarán las habilidades que demanda la participación en el nuevo mundo de la economía digital. Y tal vez no sea suficiente, en cuyo caso habrá que dar subsidios permanentes a los que vean sus puestos de trabajo eliminados por el software y las máquinas. En esto debemos prestar mucha atención a las lecciones del pasado.”

Eso es, hay que prestar atención a las lecciones del pasado. Es lo que Roubini debería hacer. Aquí va una de ellas, de parte de Henry Hazlitt, en su famoso libro “La Economía en una Lección” (1946):

“Constituye uno de los errores económicos más corrientes la creencia de que las máquinas, en definitiva, crean desempleo. Mil veces destruido, ha resurgido siempre de sus propias cenizas con mayor fuerza y vigor. Cada vez que se produce un prolongado desempleo en masa, las máquinas vuelven a ser el blanco de todas las iras. Sobre este sofisma descansan todavía muchas prácticas sindicales que el público tolera, sea porque en el fondo considera que los sindicatos tienen razón, sea porque se halla demasiado confuso para poder apreciar claramente las causas de su error.

La creencia de que las máquinas provocan desempleo, cuando es sostenida con alguna consistencia lógica, llega a descabelladas conclusiones. Bajo tal supuesto, no sólo debe estarse causando desempleo hoy en día con cada perfeccionamiento técnico, sino que el hombre primitivo debió empezar a producirlo con sus primeros esfuerzos por liberarse de la necesidad y de la fatiga inútiles.

Si fuese realmente cierto que la introducción de la maquinaria es causa de creciente desempleo y miseria, las deducciones lógicas serían revolucionarias, no sólo en el aspecto técnico, sino también en lo que se refiere a nuestro concepto global de la civilización. No sólo tendríamos que considerar calamitoso todo futuro progreso técnico, sino que deberíamos contemplar con igual horror los progresos técnicos alcanzados en el pasado.

Diariamente cada uno de nosotros se esfuerza en reducir en lo posible el trabajo que un determinado fin exige; todos procuramos simplificar nuestro trabajo y economizar los medios necesarios para alcanzar el objetivo deseado. Cualquier empresario, grande o pequeño, ansía constantemente conseguir realizar sus particulares objetivos con mayor economía y eficacia; es decir, ahorrando esfuerzo. Todo obrero inteligente procura reducir el esfuerzo que le exige la tarea encomendada. Los más ambiciosos entre nosotros tratan incansablemente de aumentar los resultados que puedan obtenerse en un número determinado de horas. Si obrasen con lógica y consecuencia, los tecnófobos deberían desechar todo este progreso e ingenio, no ya por inútil, sino por perjudicial. ¿Para qué transportar mercancías entre Nueva York y Chicago por ferrocarril cuando podrían emplearse muchísimos más hombres, por ejemplo, si las llevasen a hombros? Teorías tan falsas como la señalada se articulan de manera lógica, pero causan gran perjuicio por el mero hecho de ser mantenidas.”

Tratemos, por consiguiente, de ver con exactitud lo que realmente sucede cuando se introducen en la producción máquinas y perfeccionamientos técnicos. Los detalles variarán en cada caso, según sean las condiciones particulares que prevalezcan en una industria o período determinados. Pero tomaremos un ejemplo que comprenda las circunstancias más generales. Supongamos que un fabricante de telas tiene conocimiento de la existencia de una máquina capaz de confeccionar abrigos de caballero y señora, empleando tan sólo la mitad de la mano de obra que anteriormente se precisaba. Instala la maquinaria y despide a la mitad del personal.

Parece a primera vista que ha habido una evidente disminución de ocupación. Ahora bien, la propia máquina requirió mano de obra para ser fabricada; así, pues, como primera compensación aparece un trabajo que de otra forma no hubiese existido. El fabricante, sin embargo, sólo decide adoptar la maquinaria, si con ella consigue hacer mejores trajes por la mitad de traba]o, o el mismo tipo de traje a un costo menor. Suponiendo lo segundo, no es posible admitir que el trabajo invertido en la construcción de la maquinaria fuese tan considerable, en cuanto a volumen de salarios, como el que espera economizar a la larga el fabricante de telas al adoptar la maquinaria; de lo contrario no habría economía y la maquinaria no sería adquirida.

Vemos, por consiguiente, que todavía existe aparentemente una pérdida global de empleo, atribuible a la maquinaria. Sin embargo, debemos siempre tener presente la posibilidad real y efectiva de que el resultado final de la introducción de la maquinaria representa, a la larga, un aumento global de empleo, porque al adoptar la maquinaria, es tan sólo a largo plazo cuando el fabricante de telas espera, ordinariamente, ahorrar dinero, y puede se precisen varios años para que la maquinaria «se pague a sí misma».

Cuando el coste de la máquina ha quedado compensado por las economías que facilita, el fabricante de telas ve aumentar su beneficio (supondremos que se limita a vender sus abrigos al mismo precio que sus competidores, sin esforzarse por abaratarlos). En este punto puede parecer que se ha producido una pérdida neta de empleo, siendo el fabricante, el capitalista, el único beneficiario. Ahora bien, en estos beneficios extras radica precisamente el origen de subsiguientes ganancias sociales. El fabricante ha de emplear su beneficio extraordinario en una de estas tres formas y posiblemente empleará parte de aquél en las tres: 1) ampliación de sus instalaciones, con adquisición de nuevas máquinas para hacer un mayor número de abrigos; 2) inversión en cualquier otra industria, y 3) incremento de su propio consumo. Cualquiera de estas tres posibilidades ha de producir demanda de trabajo.

En otras palabras, como resultado de sus economías, el fabricante obtiene un beneficio que no tenía antes. Cada dólar ahorrado en salarios directos, por haber podido disminuir el importe de sus nóminas, ha de ir a parar indirectamente a los obreros que construyen la nueva máquina, a los trabajadores de otras industrias o a aquellos que intervienen en la construcción de una nueva casa o automóvil para el fabricante o en la confección de joyas y pieles para su esposa. En cualquier caso (a menos que sea un obtuso acaparador) proporciona indirectamente tantos empleos como directamente dejó de facilitar.

Pero no termina aquí la cosa. Si nuestro emprendedor industrial realiza grandes economías con respecto a sus competidores, o éstos imitarán su ejemplo o aquél empezará a ampliar sus negocios a expensas de aquéllos, con lo que se proporcionará, por lo tanto, más trabajo a los productores de las máquinas. Competencia y producción comenzarán entonces a reducir el precio de los abrigos. Ya no habrá tan grandes beneficios para los que adopten las nuevas máquinas; irán reduciéndose, al tiempo que desaparecen para aquellos fabricantes que todavía no hayan adquirido maquinaria. Las economías, en otras palabras, serán transferidas a los compradores de abrigos, es decir, a los consumidores.

Ahora bien, como los abrigos son más baratos, los comprará más gente, y aunque requiera menos mano de obra la confección de un mismo número de abrigos, éstos se producirán en mayor cantidad que antes. Si la demanda de abrigos es de las que los economistas llaman «elásticas», es decir, si un descenso en el precio determina una mayor cantidad de dinero invertida en abrigos, puede que en su confección se precisen todavía más operarios que los que eran necesarios antes de la aparición de las nuevas máquinas. Ya hemos visto que fue esto lo ocurrido realmente en el caso de las medias y otros productos textiles.

Pero el nuevo empleo no depende de la elasticidad de la demanda del producto particular de que se trate. Supongamos que aunque el precio de los abrigos quedase reducido casi a la mitad—descendiesen, por ejemplo, de 5 a 30 dólares—, no se vendiese ningún abrigo adicional. El resultado sería que al tiempo que los consumidores seguirían proveyéndose de nuevos abrigos en igual medida que antes, cada comprador dispondría ahora de 20 dólares con los que previamente no contaba. Gastará, por consiguiente, estos 20 dólares en cualquier otra cosa proporcionando así más empleos en otros sectores de la producción.

En resumen, las máquinas, los perfeccionamientos técnicos, las economías y la eficiencia, en definitiva, no dejan sin trabajo a los hombres.

Los consumidores determinan los precios de los factores de producción, y más también

Con los alumnos de OMMA Madrid estamos leyendo a Mises, La Acción Humana, sobre los precios de los factores de producción. Dice Mises:

“Los precios de los bienes de orden superior (esto es, los más alejados del consumo), son finalmente determinados por los precios de los bienes de primer orden, u orden inferior, esto es, los bienes de consumo. Como consecuencia de esta dependencia, ellos están en última instancia determinados por las valoraciones subjetivas de todos los miembros de la sociedad de mercado.”

Mises3

Ahora bien, luego plantea una diferencia entre “valoraciones” y “precios”: “Sin embargo, es importante comprender que nos encontramos con conexiones de precios, no con conexiones de valoraciones”. ¿Qué quiere decir con esto?

Entiendo lo siguiente: son las valoraciones de los consumidores respecto de los bienes de consumo los que determinan luego los precios de todos los bienes intermedios y de los factores de producción que intervienen en el proceso de producción hasta llegar a la etapa final de consumo. Es decir, son las valoraciones de los consumidores de cigarros y cigarrillos las que determinan el precio del tabaco, pero en todo ese proceso que va desde la semilla del tabaco, su siembra, recolección, secado, molido y elaboración del cigarro, los precios transmiten las valoraciones de los consumidores finales, no las de los participantes de cada etapa. Estos reflejan las valoraciones finales.

De nuevo, es porque los consumidores están dispuestos a pagar cierto precio por el cigarro que luego se justifican todos los precios anteriores en la cadena de producción, hasta los primeros pasos o, como diría Mises, las etapas más alejadas.

Sigue Mises: “Los precios de los factores complementarios de producción están condicionados por los precios de los bienes de consumo. Los factores de producción son valorados en relación a los precios de los productos, y de esta valoración emergen sus precios.”…”Los precios de los bienes de consumo engendran las acciones que resultan en la determinación de los precios de los factores de producción”.

Este breve párrafo podría plantear cuestiones de importancia central en nuestras economías actuales. Por ejemplo, se deduce de ello que el nivel de la remuneración del trabajo en una cierta área de la economía depende, en última instancia, de las valoraciones de los consumidores respecto al producto final.

Esto sería difícil de entender para los sindicalistas. Deberían aceptar que las remuneraciones no están estrictamente determinadas por los empresarios que los contratan sino por los consumidores que están dispuestos a pagar el precio de los bienes que esos empresarios producen. El empresario simplemente combina factores de producción.

Esto es fácil de ver, por ejemplo, en algunos deportes o en el entretenimiento. ¿Por qué ganan tanto algunos futbolistas si no es porque los consumidores están dispuestos a pagar por ello, ya sea entradas, productos, etc? Lo mismo con actores o actrices famosos. ¿Qué explica si no sus altos niveles de remuneración?

Claro. Imagino que un sindicalista sentado a negociar los salarios con un empresario, no vería con agrado que le digan que, si quiere salarios mayores a los que pueden pagarse, vaya a hablar con los consumidores para que estos, a su vez, estén dispuesto a pagar más por los productos que ese trabajo produce. Pero eso es, en definitiva, lo que sucede. Los consumidores somos los que determinamos, en definitiva, la remuneración de los distintos factores de producción, entre ellos el trabajo, y también.

Comenta Mises más adelante:

“Compitiendo en cooperación y cooperando en competencia toda la gente es instrumental en obtener el resultado, esto es, la estructura de precios en el mercado, la asignación de factores de producción a las distintas ramas de satisfacción de necesidades, y la determinación sobre la porción de cada uno”.

Comprando o absteniéndonos de comprar, no solamente decidimos sobre las cosas que tendremos o no, sino mucho más, toda la configuración del mercado.