Instituciones, Derecho y Economía: lectura de textos fundacionales y un análisis de su impacto en Argentina

Con los alumnos de la materia Instituciones, Derecho y Economía terminamos las lecturas con un artículo fundacional del Análisis Económico del Derecho, y luego con un capítulo de un libro sobre el impacto de la economía institucional en Argentina, Las lecturas son:

Análisis económico del derecho 

Ronald Coase, “La naturaleza de la empresa”, en Oliver Williamson y Sidney Winter, La naturaleza de la empresa (México: Fondo de Cultura Económica, 1996). 

En este caso se trata del artículo donde Coase desarrollara el concepto de “costo de transacción”, tan importante luego para L&E. Este artículo fue publicado en 1937 y pasó casi desapercibido hasta que el siguiente generara toda el área de Law & Economics.

Coase, El problema del costo social: http://www.eumed.net/cursecon/textos/coase-costo.pdf   

Lecturas sugeridas:  

Pero el primero es de lectura optativas, como también los siguientes:

 

Frederic Bastiat: «La ley” 

Juan C. Cachanosky, Economía, derecho y el “Análisis económico del derecho” 

Jesús Antonio Bejarano, El Análisis Económico del Derecho: Comentarios sobre textos básicos” 

Harald Beyer, “Ronald H. Coase y su contribución a la teoría de la economía y del derecho”. 

 

El otro tema es:

La economía institucional en Argentina 

Para el cual leemos un capítulos del libro editado por Adrián Ravier sobre el impacto de las distintas escuelas económicas en nuestro país:

 

Martín Krause (2021); “Derecho y Economía, Elección Pública e Instituciones: sus raíces en Argentina», en Ravier, Adrián (ed.) Raíces del pensamiento económico argentino (Buenos Aires: Grupo Unión Argentina) 

La vieja y la nueva economía institucional sometidas a crítica: para McCloskey son necesarias, no suficientes

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional de UCEMA vemos ahora a algunos autores que plantean críticas a esta última, algunos desde una perspectiva austriaca.

 

  1. What was wrong with the old institutional economics (and what is still wrong with the new)? Richard N. Langlois: https://richard-langlois.uconn.edu/wp-content/uploads/sites/1617/2019/02/What-Was-Wrong-with-the-Old-Institutional-Economics.pdf
  2. Deirdre McCloskey; “The Humanities Are Scientific: A Reply to the Defenses of Economic Neo-Institutionalism”; Journal of Institutional Economics: https://www.deirdremccloskey.com/docs/pdf/ReplyTo_GreifMokyrLangloisLawsonTabellini.pdf
  3. Deirdre McCloskey: “Institutions Matter, But Not as Much as Neo-institutionalists Believe”: https://www.deirdremccloskey.com/docs/pdf/McCloskey_InstitutionsMatter2021.pdf

 

El resumen del artículo de Langlois:

“Este artículo es una comparación y una crítica de la vieja y la nueva economía institucional, con un enfoque principal en la primera. El artículo argumenta que la vieja economía institucional (OIE) carece de consistencia metodológica y persuasión general debido a las ideas preconcebidas que tomó de la filosofía del pragmatismo y su actitud tardía del siglo XIX hacia la ciencia. argumenta que la OIE nunca fue capaz de resolver ese problema; y luego plantea una resolución del dilema de Veblen manteniendo los términos de un programa de referencia útil para evaluar tanto a la OIE como al NIE. .El trabajo se cierra con una breve crítica al núcleo neoclásico del NIE.”

La Nueva Economía Institucional: North, Ostrom, los cambios en precios relativos y las ideas e ideologías

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional, de UCEMA, vemos ahora algunos autores importantes de la Nueva Economía Institucional, incluyendo a Douglass North, quien (junto con Thomas), presenta su visión original sobre el crecimiento del mundo occidental y más adelante muestra un cierto cambio en su visión, sin tanto énfasis en los cambios institucionales a partir de cambios en los precios relativos, y mayor énfasis en la influencia de las ideas e ideologías. También vemos a la primera mujer en obtener el Premio Nobel en Economía, Elinor Ostrom. Estas son las lecturas

North & Thomas; Una teoría económica del crecimiento del mundo occidental: https://riim.eseade.edu.ar/wp-content/uploads/2016/08/North-Thomas.pdf \

 

Instituciones, Ideología y Desempeño Económico: http://www.elcato.org/instituciones-ideologia-y-desempeno-economico

 

Ostrom, Elinor, Beyond Markets and States: http://www.nobelprize.org/nobel_prizes/economic-sciences/laureates/2009/ostrom-lecture.html

 

Ménard, Claude (Centre d’Economie de La Sorbonne, University of Paris). “Disentangling institutions: a challenge”. Agric Econ 10, 16 (2022). https://doi.org/10.1186/s40100-022-00223-w\\

La nueva economía institucional: una búsqueda de las causas del progreso (buenas instituciones)

Con los alumnos de la materia Economía, Derecho e Instituciones de Eseade, vemos al principal referente de la Nueva Economía Institucional, Douglass North, en un par de artículos que muestran su evolución en el análisis de la materia. En general, esta área de análisis busca también explicar las causas del progreso en aquellos países que lo han logrado y concluye que se trata de la calidad de sus instituciones, tomando a éstas como reglas de juego, no como organizaciones. Instituciones tales como el respeto al derecho de propiedad, la libertad contractual, una moneda sana, precios acordados entre las partes, libertad para comerciar.

Por supuesto, queda pendiente una pregunta: ¿qué determina que ciertos países tengan buenas instituciones y otros no? Hay varias interpretaciones para explicarlo, las veremos más adelante.

Estos son los temas que tratamos y las lecturas:

Marco teórico. Teoría del cambio institucional. Limitaciones informales. Limitaciones formales. Razones de las normas. Las normas en un orden de mercado. Las reglas del orden político.

 

. Douglass C. North, “La Nueva Economía Institucional”, Libertas Nº 12 (Buenos Aires : ESEADE, 1990) https://riim.eseade.edu.ar/riim/numeros-anteriores/libertas-n-12-mayo-1990/

 

El origen evolutivo de las instituciones de la justicia: su papel para resolver el conflicto

Otro artículo más del destacado investigador argentino Daniel Sznycer (Oklahoma Center for Evolutionary Analysis, junto a AaronSell  y Keelah E.G.Williams Department of Psychology, Hamilton College. Se titula: “Justice-making institutions and the ancestral logic of conflict”; https://doi.org/10.1016/j.evolhumbehav.2022.12.003

“Las instituciones que hacen justicia se basan en una vasta red de reglas, personas y artefactos. El código penal federal de los Estados Unidos, por ejemplo, tiene cientos de secciones con disposiciones sobre robo y allanamiento de morada, bonos falsificados, armas químicas, disturbios, gastos para influir en la votación y muchos otros. Esta complejidad se puede rastrear hasta un puñado de juegos biológicos jugados por nuestros ancestros forrajeros en sus pequeñas sociedades sin estado. El tema general es el conflicto. La justicia se basa en conflictos de intereses reales o posibles. Los cerebros individuales incluyen una variedad de adaptaciones que fueron seleccionadas porque regulaban el conflicto de manera que promovían la aptitud: conceptos (p. ej., acto ilícito, distribución injusta), intuiciones (p. ej., un error merece un castigo) y sistemas emocionales (p. ej., ira). ), entre otros. Estas antiguas adaptaciones parecen formar el núcleo de las instituciones de justicia en las sociedades modernas, un núcleo que se ve reforzado por los sistemas de deliberación y escritura. Esta teoría de las instituciones de justicia puede generar predicciones distintivas. Por ejemplo, la lógica de las instituciones de justicia se hará eco de la lógica de sus adaptaciones subyacentes y, por lo tanto, será evidente en las interacciones de las personas. Además, los laicos podrán recrear intuitivamente las características básicas de las instituciones de justicia cercanas y lejanas, pasadas y presentes, porque tienen una naturaleza humana común con los legisladores nacionales y extranjeros. Aquí, revisamos la evidencia relevante para (i) el sistema de justicia penal y (ii) la redistribución del gobierno a la luz de esta teoría adaptacionista. Concluimos que el adaptacionismo es un marco productivo para dilucidar las instituciones de justicia.”

Cuando toda la economía ignoraba las instituciones; algunos las rescataron desde el derecho de propiedad

Cuando toda la economía se había ido detrás de Keynes en macro y de Samuelson en todo lo demás, resistían los economistas austriacos y otros, entre los que se destacan aquellos que ahora clasificamos en el área de “economía de los derechos de propiedad”. Es el caso de Yoram Barzel, a quien Brian Albrecht hace un tributo en una nota titulada “Are Transaction Costs just Costs? A Tribute to Yoram Barzel (1931-2022): https://pricetheory.substack.com/p/are-transaction-costs-just-costs

“En un tributo hace unos años, Doug Allen describió a Barzel como uno de los tres gigantes de la economía de los derechos de propiedad, junto con Armen Alchian y Harold Demsetz. A menudo hablamos de la “teoría de los precios de UCLA”, y aunque Barzel pasó su carrera en la Universidad de Washington, estaba muy en la tradición de UCLA que informa este boletín. Aquí están nuestras publicaciones anteriores que analizan las ideas de Alchian, Demsetz y Barzel.

De los tres, Barzel ha sido el más subestimado, tanto por nosotros como por otros. El boletín de esta semana es mi pequeño tributo al legado intelectual de Barzel.

Entre los derechos de propiedad, los costos de transacción y viceversa

Ponte en 1961 como economista. Paul Samuelson es rey. Arrow-Debreu se está extendiendo; la teoría de juegos está relegada en gran medida a extraños departamentos de matemáticas y operaciones. La teoría económica es lo que Pete Boettke llama «institucionalmente antiséptica». Las instituciones son expulsadas de la discusión a favor de centrarse en conjuntos de producción y condiciones marginales.

En este contexto, la economía de los derechos de propiedad comienza a desarrollarse. Teniendo en cuenta los derechos de propiedad, ahora el derecho importa para la economía, por lo que el campo del derecho y la economía se abren al mismo tiempo. (Un campo que todavía estamos promoviendo hoy en el Centro Internacional de Derecho y Economía, donde trabajo, por cierto). El Journal of Law and Economics comenzó en 1958, y acaba de publicar el artículo de Coase de 1960 sobre “El problema del costo social, ” pero pasarán algunos años antes de que salga a la luz “Hacia una teoría de los derechos de propiedad” de Demsetz.

El objetivo de la economía de los derechos de propiedad, no es que fuera un objetivo explícito en ese momento, era explicar dos cosas: la causa de los derechos de propiedad y los efectos de los derechos de propiedad. Es decir, estos economistas quieren explicar los derechos de propiedad como un fenómeno económico y comprender los efectos de los derechos de propiedad sobre otros resultados económicos como precios, cantidades y distribuciones.

Este es el mundo en el que Barzel obtiene su doctorado en Chicago con Arnold Harberger. De ahí nos fuimos a Washington, donde estaba Doug North, y luego se sumaron otros como Steven Cheung y Walter Oi. Pasaría los próximos 40 años liderando esta revolución de los derechos de propiedad. Bueno, tal vez debería decir intento de revolución ya que todavía estamos trabajando en ello.”

La «vieja» y la «nueva «Economía Institucional»: el papel de las normas, formales e informales

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional de UCEMA comenzamos a ver a esta última, en sus dos vertientes: la vieja y la nueva economía institucional. Para ello leemos a dos autores: uno de ellos Geoffrey Hodgson, quien es Emeritus Professor in Management at Loughborough University London y Editor in Chief of the Journal of Institutional Economics. Este autor ha escrito mucho sobre la “vieja” Economía institucional, cuyas principales figuran fueron John Dewey, Thorstein Veblen, Clarence Ayres, Wesley Mitchel y John Commons. Para la “nueva” Economía Institucional vemos a unos de sus pioneros, Douglass North, quien recibiera junto a Robert Fogel el premio Nobel en Economía en 1993. Estas son las lecturas:

Hodgson, G. M. (2001). El enfoque de la economía institucional. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, 44(181), 15-62. https://doi.org/10.22201/fcpys.2448492xe.2001.181.48468

 

Hodgson, G.M. (1993); Institutional economics, surveying the old and the new: https://www.academia.edu/605771/Institutional_economics_surveying_the_oldand_the_new

 

North, Douglass; «La nueva economía institucional»: https://www.eseade.edu.ar/wp-content/uploads/2016/08/North.pdf

La importancia de las instituciones para la Escuela Austriaca de Economía: presente desde su origen

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional de UCEMA vemos ahora que el interés por el papel que cumplen las instituciones ha estado presente en los economistas austriacos desde sus inicios. Así, entonces, vemos varios escritos de Carl Menger y algunos otros sobre este autor y su visión de las instituciones como reglas de juego evolutivas. Las lecturas son:

  1. El origen del dinero: https://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/48_7_Menger.pdf 
  2. Investigations into the Method of the Social Sciences: https://cdn.mises.org/Investigations%20into%20the%20Method%20of%20the%20Social%20Sciences_5.pdf BOOK THREE. The Organic Understanding of Social 127 Chapter One : The Analogy Between Social Phenomena and Natural Organisms: Its Limits, and the Methodological Points of View for Social Research Resulting Therefrom 129 Chapter Two: The Theoretical Understanding of Those Social Phenomena Which Are Not a Product of Agreement or of Positive Legislation, but Are Unintended Results of Historical Development
  3. Richard Ebeling: https://www.aier.org/article/carl-mengers-theory-of-institutions-and-market-processes/
  4. Arkadiusz Sieroń ; “El legado de la teoría de las instituciones sociales de Menger»; https://mises.org/es/library/el-legado-de-la-teoria-de-las-instituciones-sociales-de-menger  

 

 

Una introducción a la Escuela Austriaca de Economía y a la Economía Institucional

Con los alumnos de la materia Escuela Austriaca y Economía Institucional comenzamos una serie de lecturas sobre estas dos escuelas, que tienen puntos en común. Desde ya, la importancia del marco institucional, de las reglas de juego, en el funcionamiento de los mercados y por ende la economía.

Para comenzar vemos tres trabajos introductorios:

  1. a) Juan Carlos Cachanosky; La Escuela Austriaca de Economía: https://riim.eseade.edu.ar/wp-content/uploads/2016/07/Cachanosky.pdf
  2. b) F. A. Hayek (Universidad de Viena, London School of Economics, Universidad de Chicago, Universidad de Friburgo), “Introducción”, en “Carl Menger, Principios de Economía Política”: 1-26 http://www.hacer.org/pdf/Menger00.pdf
  3. c) Martín Krause; “Derecho y Economía, Elección Pública e Instituciones: sus raíces en Argentina

Fundamentación de la materia

Las distintas escuelas económicas pueden definirse como un conjunto de teorías que buscan describir la realidad y son coherentes entre sí. En ese sentido, encontramos en la ciencia económica diversas escuelas, comenzando, por supuesto, con la economía clásica, aunque hubiera en ella posiciones bien diversas.

Una de esas escuelas es la llamada “Austriaca”, en virtud de que sus pioneros y principales autores eran de ese origen y desarrollaron sus actividades académicas principalmente en Viena, aunque luego emigraran a los Estados Unidos.

Los aportes de los austriacos se destacan desde la llamada “revolución marginalista” en la teoría del valor y luego en contribuciones que abarcan al conjunto de la disciplina. Es más, estas contribuciones van más allá ya que sus autores también han extendido su campo de interés a áreas tales como la epistemología de las ciencias, la historia, las ciencias políticas y, en general, todos los ámbitos de las ciencias sociales.

Contemporáneamente, comenzaba también a desarrollarse lo que luego se llamaría “Economía Institucional”, la cual tuvo un importante impacto inicial para luego decaer en el siglo xx; hasta que resurge con otra base teórica y es denominada “Nueva Economía Institucional”.

El objetivo de esta materia es, entonces, recorrer ese camino trazado por los principales autores de ambas escuelas, prestando atención a sus más destacadas contribuciones y el impacto que tuvieran en esos distintos ámbitos.

Los capitalistas producirán la soga con la que serán ahorcados: ¿enemigos del capitalismo?

Lenin dijo una vez que los capitalistas producirían la soga con la que serían ahorcados. Ni cerca de Lenin, pero algo relacionado dice Randall Holcombe, profesor de Florida State University, quien escribe para el Law & Economics Center de George Mason University un artículo donde plantea que los capitalistas pueden ser los peores enemigos del capitalismo. Se titula “Creative Destruction: How Capitalism Undermines Rule of Law”: https://deliverypdf.ssrn.com/delivery.php?ID=495104001002066117005066075016112081101069081061084031018006023028083089002112092101000003027026054116046005003024114028031091107048048080009066020126097084080014008051035087102119116116003102100064008121127121085098098006074110008084108126073114099022&EXT=pdf&INDEX=TRUE

“Las instituciones capitalistas crean un entorno competitivo en el que las empresas rentables pueden sobrevivir y prosperar, pero las empresas no rentables finalmente deben fracasar. La búsqueda de beneficios en las economías capitalistas no proporciona directamente a los empresarios un incentivo para apoyar los mercados libres o el estado de derecho, sino más bien para participar en actividades que mejoren sus beneficios. Una forma de mejorar la rentabilidad de una empresa es buscar ventajas sobre los rivales de la empresa mediante el uso de conexiones gubernamentales, inclinando el campo de juego en su dirección al socavar el estado de derecho. La economía neoclásica asume que en las economías capitalistas, las empresas actúan para maximizar las ganancias, y por una buena razón. Como señaló Alchian (1950), las empresas rentables sobreviven y prosperan, mientras que las no rentables mueren. Bajo las instituciones capitalistas—protección de los derechos de propiedad, estado de derecho, y gobierno limitado—las empresas maximizan las ganancias al producir valor para sus clientes. Pero el objetivo final de las empresas no es producir valor para sus clientes, sino producir beneficios para ellas mismas. Otra estrategia que las empresas pueden seguir para mejorar su rentabilidad es participar en el proceso político para socavar el estado de derecho y cambiar las reglas para favorecerlas y crear impedimentos para sus rivales. En una economía competitiva donde la supervivencia de las empresas está en juego, las empresas que maximizan las ganancias tienen todos los incentivos para alterar las reglas para favorecerse a sí mismas siempre que sea posible. Los capitalistas no tienen el incentivo de preservar el capitalismo, sino de socavarlo para protegerse de ser víctimas de la destrucción creativa. Si el capitalismo va a desafiar las expectativas de Schumpeter y sobrevivir, será a pesar de las acciones de los capitalistas, porque las propias instituciones capitalistas dan a los capitalistas fuertes incentivos para socavar el capitalismo.”