¿Existe una producción que pueda llamarse «comercial»? Alberdi sobre la economía real y los servicios

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en “Sistema Económico y Rentístico”. Allí trata un tema de actualidad. Muchas veces los economistas y analistas hacen referencia a la “economía real”, refiriéndose a las actividades productivas directas, como si el resto fuera…, “irreal”? Es decir, como si el comercio y los servicios no generaran “valor”. Esto dice Alberdi al respecto:

Alberdi 3

“¿Hay una producción que pueda llamarse comercial? ¿El comercio produce, en el sentido que esta palabra tiene en la economía política? – Hoy no hay un solo economista que no dé una solución afirmativa a esta cuestión.

Entienden por producción los economistas, no la creación material de una cosa que carecía de existencia (el hombre no tiene semejante facultad), sino la transformación que los objetos reciben de su industria, haciéndose aptos para satisfacer alguna necesidad del hombre y adquiriendo por lo tanto un valor. – En este sentido el comercio contribuye a la producción en el mismo grado que la agricultura y las máquinas, aumentando el valor de los productos por medio de su traslación de un punto en que valen menos a otro punto en que valen más. Un quintal de cobre de Coquimbo tiene más valor en un almacén de Liverpool, por la obra del comerciante que lo ha trasportado del país en que no era necesario al país en que puede ser más útil.

El comercio es un medio de civilización, sobre todo para nuestro continente, además que de enriquecimiento; pero es bajo este último aspecto como aquí le tomaremos.

Ninguna de nuestras fuentes naturales de riqueza se hallaba tan cegada como ésta; y por ello, si el comercio es la industria que más libertades haya recibido de la Constitución, es porque ninguna las necesitaba en mayor grado, habiendo ella sido la que soportó el peso de nuestro antiguo régimen colonial, que pudo definirse el código de nuestra opresión mercantil y marítima.

Para destruir la obra del antiguo derecho colonial, que hizo de nuestro comercio un monopolio de la España, la Constitución argentina ha convertido en derecho público y fundamental de todos los habitantes de la Confederación el de ejercer el comercio y la navegación. Todos tienen el derecho de navegar y comerciar, ha dicho terminantemente su artículo 14.

Y para que la libertad de navegación y comercio, dec1arada en principio constitucional, no corra el riesgo de verse derogada por reglamentos dictados involuntariamente por la rutina que gobierna las nociones económicas de todo legislador ex colono, la Constitución ha tenido el acierto de sancionar expresamente las demás libertades auxiliares y sostenedor as de la libertad de comercio y de navegación.”

Tener ventajas comparativas no significa solamente bajos salarios: Inglaterra compite con China

Con los alumnos de UCEMA completamos la materia sobre Empresas y Negocios Internacionales considerando las distintas circunstancias de la competitividad global:

Hemos escuchado tantas veces ya que los países asiáticos compiten en la economía internacional porque tienen muy bajos costos de su mano de obra que esto nos ha hecho olvidar que el trabajo es tan solo uno de los recursos necesarios en toda producción. Un estudio realizado por la consultora Boston Consulting Group (“The Shifting Economics of Global Manufacturing: How Cost Competitiveness is Changing Worldwide”, o “La cambiante economía de la manufactura global: Como está cambiando la competitividad de costos en todo el mundo”) presenta algunos resultados que sorprenden. https://www.bcgperspectives.com/content/articles/lean_manufacturing_globalization_shifting_economics_global_manufacturing/

Dice el trabajo: “Por la mayor parte de las últimas tres décadas, un doble concepto ha guiado las decisiones de inversión y abastecimiento de las empresas. América Latina, Europa Oriental y gran parte de Asia eran consideradas como regiones de costos bajos. Los Estados Unidos, Europa Occidental y Japón eran vistos como países con altos costos.

Global manufacturing

Pero parece que esta visión del mundo está anticuada. Años de cambios en salarios, productividad, costos de la energía, valores de sus monedas y otros factores están modificando silenciosa y dramáticamente el mapa global de los costos de manufactura. Este mapa es más una mezcla de economías con bajos costos, con altos costos y muchas entre unas y otras en todas las regiones.

En algunos casos, los cambios de costos relativos son sorprendentes. ¿Quién hubiera pensado una década atrás que Brasil sería uno de los países con costos de manufactura más altos- o que México podría ser más barato que China? Mientras Londres sigue siendo uno de los lugares más caros para vivir y visitar, el Reino Unido se ha convertido en el productor manufacturero con menores costos de Europa. Los costos en Rusia y gran parte de Europa Oriental han llegado casi a la paridad con los Estados Unidos.”

En verdad las conclusiones son sorprendentes. El estudio analiza a los principales 25 exportadores del mundo, quienes producen el 90% de las exportaciones totales de productos manufacturados.

La ventaja de costos que tiene China sobre los Estados Unidos se ha reducido al 5%, en particular debido a la caída del costo de la energía en este último país. Brasil es más caro que casi toda Europa Occidental. Polonia, la República Checa y Rusia están casi a la par con Estados Unidos y tan solo un poco más baratos que el Reino Unido y España. Los países desarrollados que han perdido competitividad incluyen a Australia, Bélgica, Francia, Italia, Suecia y Suiza. Y las grandes estrellas parecen ser México y los Estados Unidos.

Dice el informe: “Las estructuras de costos en México y los Estados Unidos mejoraron más que todos los demás 25 principales exportadores. Debido a bajos incrementos de salarios, sostenidas ganancias de productividad, tipos de cambio estables y grandes ventajas en los costos de energía, estas dos naciones son actualmente las estrellas fulgurantes en la manufactura global. Y excepto por China y Corea del Sur, el resto de los diez principales exportadores de bienes son 10 a 25 por ciento más caros que los Estados Unidos.”

He aquí una muestra acabada del concepto de “competencia entre jurisdicciones” que analizamos en el capítulo de competencia institucional del libro.

Alberdi explica la Constitución Argentina: ¿la Nación es hecha para el fisco, o el fisco para la Nación?

Con los alumnos de UBA Derecho vemos “Sistema Económico y Rentístico” de Juan Bautista Alberdi. Allí, en su primer capítulo, quien inspirara la Constitución Argentina explica los principios en que se sustenta. El texto muestra, también, cuán lejos se encuentra ahora el país de esos principios aunque mantenga en su esencia el mismo texto escrito:

Alberdi 2

“Todos los intereses contribuyen al bienestar general, pero ninguno de un modo tan inmediato como los intereses materiales. Este principio, que es verdadero en Londres y París, el seno de la opulencia europea, lo es doblemente en países desiertos en que el bienestar material es el punto de partida y el resumen de la prosperidad presente.

Por esta razón la Constitución argentina (artículo 64, inciso 16), dando al gobierno legislativo el poder de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración, le demarca y señala terminantemente, como medios conducentes a esos fines de bienestar y mejoramiento de todo género, «el fomento de la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines».

Como la industria, es decir, el trabajo, como la inmigración y colonización, es decir los brazos, como los capitales no son más que los agentes o instrumentos de la producción de las riquezas, se infiere que las leyes protectoras de esos medios son otras tantas leyes protectoras de la producción.

Las leyes protectoras de la producción tienen ya sus principios en la Constitución; no pueden ser arbitrarias, ni deben ser otra cosa que leyes orgánicas de la economía constitucional. – En el curso de esta primera parte vamos a exponer los principios que la Constitución reconoce y garantiza como orígenes de la producción argentina.

Pero, antes de pasar adelante, detengámonos en la observación de un hecho, que constituye el cambio más profundo y fundamental que la Constitución haya introducido en el derecho económico argentino. Ese hecho consiste en la escala o rango preponderante que la Constitución da a la producción de la riqueza nacional, sobre la formación del Tesoro o riqueza fiscal. ¿Quién creyera que a los cuarenta años de principiada la revolución fundamental fuese esto una novedad en la América antes española?

La Constitución argentina es la primera que distingue la riqueza de la Nación de la riqueza del gobierno; y que, mirando a la última como rama accesoria de la primera halla que el verdadero medio de tener contribuciones abundantes, es hacer rica y opulenta a la Nación.

Y, en efecto, ¿puede haber fisco rico de país desierto y pobre? Enriquecer el país, poblarlo, llenarlo de capitales. ¿Es otra cosa que agrandar el Tesoro fiscal? ¿Hay otro medio de nutrir el brazo, que engordar el cuerpo de que es miembro? ¿O la Nación es hecha para el fisco y no el fisco para la Nación?

Importaba consignar este hecho en el código fundamental de la República, porque él solo constituye casi toda la revolución argentina contra España y su régimen colonial.”

La riqueza de una nación es su capacidad de producir y comerciar bienes y servicios, según Adam Smith

En el Libro IV de La Riqueza de las Naciones, Adam Smith trata los “distintos sistemas de política económica” y en el capítulo II en particular sobre el sistema “comercial o mercantil”: http://www.econlib.org/library/Smith/smWN12.html

Las políticas mercantilistas se han seguido aplicando desde entonces (y Adam Smith explica más abajo porqué), pero la “teoría mercantilista” nunca pudo recuperarse del golpe que le propinara Adam Smith en su texto. Algunos párrafos:

AdamSmith

“Un país rico, de la misma forma que un hombre rico, se supone es un país donde abunda el dinero; y acumular oro y plata en un país se supone es la forma más sencilla de enriquecerlo. Por cierto tiempo luego del descubrimiento de América, lo primero que preguntaban los españoles cuando llegaban a una costa desconocida solía ser si había mucho oro o plata en la vecindad. Según la información que recibieran, juzgaban si era oportuno establecer allí un asentamiento o si valía la pena conquistar el país. Plano Carpino, un monje, enviado como embajador de Francia a uno de los hijos del famoso Genghis Khan, relató que los tártaros solían preguntarle si había muchas ovejas y bueyes en el reino de Francia. Su pregunta tenía el mismo objetivo que la de los españoles. Querían saber si era un país suficientemente rico para ser conquistado. Entre los tártaros, como en todas las naciones de pastores que son usualmente ignorantes del dinero, el ganado es el instrumento del comercio y la medida de valor. La riqueza, por lo tanto, según ellos, consiste en ganado como para los españoles consistía en oro y plata. De los dos, tal vez la noción de los tártaros estaba más cerca de la verdad.”

“Como consecuencia de estas nociones populares, todas las distintas naciones de Europa han estudiado, aunque con poco resultado, todo medio posible para acumular oro y plata en sus respectivos países. España y Portugal, los propietarios de las principales minas que proveen a Europa de esos metales, han tanto prohibido su exportación bajo las penas más severas o las han sujetado a considerables aranceles. Esa misma prohibición parece haber sido parte de la política de muchos países de Europa en el pasado. Se la encuentra, incluso, donde menos deberíamos esperarla, en algunas viejas leyes del parlamento de Escocia que prohíben bajo fuertes penalidades el transporte de oro o plata del reino. Una política similar se aplicó tanto en Francia como en Inglaterra.”

Y respecto a las preocupaciones de quedarse “sin dinero”, comenta:

“Un país que no tiene minas propias debe, indudablemente, obtener su oro y plata de países extranjeros de la misma forma que uno que no tiene viñedos para obtener vinos. No parece necesario, entonces, que la atención del gobierno debe ocuparse más de un asunto que del otro. Un país que tiene los recursos para comprar vino obtendrá siempre el vino que necesite; y un país que tiene los recursos para comprar oro y plata nunca tendrá falta de ellos. Se los compra por un cierto precio como cualquier otro producto, y como son el precio de todos los otros productos, todos los otros productos son el precio de los metales. Confiamos con total seguridad que la libertad de comercio, sin ninguna atención por parte del gobierno, nos proveerá siempre del vino que necesitamos; y podemos confiar que de igual forma nos proveerá siempre del oro y la plata que podamos comprar o emplear, tanto sea para la circulación de nuestros productos, como para otros usos.”

 

Pocas teorías como ésta: el origen y la justificación del derecho de propiedad por John Locke

Creo que hay pocas teorías que pueden recibir una justificación desde distintos ángulos como la que presenta John Locke (1632-1704) respecto al derecho de propiedad. En su famoso segundo tomo del famoso libro “Two Treatises on Civil Government” (1689), Locke, quien fuera profundamente religioso, se aproxima al tema para tratar de responder a una supuesta paradoja. Si, como dicen las Escrituras, Dios creó al mundo para la humanidad, para toda ella, ¿cómo es que encontramos propiedad privada que excluye a los no propietarios del acceso a un recurso? http://oll.libertyfund.org/titles/222

La respuesta que da a esta pregunta ofrece tanto una explicación histórica sobre el origen de la propiedad, una justificación ética y una también basada en la eficiencia económica.

Locke

Empecemos por la primera: ¿cómo se origina el derecho de propiedad? En primer lugar, la primera propiedad que un ser humano posee es la de sí mismo, su cuerpo, su persona. En verdad, entonces, todos los que llamamos ahora “derechos individuales” o “derechos humanos” son una derivación del derecho de propiedad. Porque poseo mi cuerpo tengo derecho de propiedad sobre él y que no sea violentado. Porque ‘poseo’ mi cerebro tengo libertad a usarlo y pensar libremente. Como poseo mi fuerza de trabajo, tengo derecho al resultado de ese esfuerzo. ¿Cómo se extiende la propiedad desde mi persona a las cosas?

Su respuesta es que sucede con la ‘primera posesión’ o ‘posesión original’ y esto ocurre cuando alguien “mezcla su trabajo” con un recurso que no tiene dueño. Pensando en ese momento en el principal recurso sujeto a propiedad, la tierra sería así: alguien llega a un lugar donde no hay ningún ocupante y ‘mezcla su trabajo’, es decir, siembra o cerca para tener su ganado, o da alguna otra señal de ocupación. Así genera la posesión. Propiedad es cuando, luego, los demás reconocen esta posesión y el derecho que tiene el poseedor de ejercerla.

La justificación ética proviene del hecho que tal generación del derecho de propiedad se ha realizado sin violar derechos de otros, ya que se ha ocupado una tierra que no era de nadie. Si luego, esa propiedad original se transmite a través de contratos, cambia de manos sin violar derechos de terceros (compra-venta, herencia, donación).

Por supuesto que la historia muestra que este proceso fue violado en numerosas ocasiones, donde se utilizó la violencia para despojar a poseedores de sus posesiones; despojos realizados sobre todo por gobiernos o “autoridades” de todo tipo.

La justificación basada en la eficiencia es la siguiente: esos recursos disponibles a la humanidad no serían tales si la propiedad no existiera, porque su ausencia genera una “tragedia”, ya que todos buscan usar y consumir los recursos pero nadie protegerlos y reproducirlos.

Imaginemos una sociedad sin propiedad (en verdad no sería una sociedad). ¿Por qué voy a sembrar una tierra o construir una casa si luego cualquiera puede venir a cosechar los frutos o a instalarse en mi casa? Como no tengo un derecho para excluirlos no podría evitar esas circunstancias, por lo que mejor desisto de sembrar o construir y veo de consumir lo que otro haya cosechado o construido. Así, estaríamos de vuelta en un mundo de cazadores-recolectores o menos aun porque ni siquiera podríamos sostener la propiedad sobre otros bienes o herramientas necesarias para ello (armas para cazar, por ejemplo). Ese sería un mundo pobre, que solo podría sostener a un pequeño número de seres humanos, lejos de los siete mil millones de hoy.

Precisamente porque alguien, gracias al derecho de propiedad, puede ‘excluir’ a otros de su uso es que se convierte también en un ‘protector’ que buscará cuidar y multiplicar el recurso. Resulta entonces que pese a que la propiedad ‘excluye’ recursos del acervo global, en verdad los multiplica y los devuelve con creces.

 

Producimos muchos alimentos, ¿ahora hay que ver cómo distribuirlos?

En una entrevista por la radio el sábado por la mañana, Juan Carr, quien desarrolla una notable actividad promoviendo la ayuda voluntaria para eliminar la pobreza a través de Red Solidaria, hablando sobre la situación argentina y que este país produce alimentos en cantidad suficiente como para eliminar el hambre de 450 millones de personas, propuso que era hora de sentarse a discutir la distribución de esos alimentos. La idea es que de esa forma se podría eliminar el hambre, al menos en la Argentina.

john_stuart_mill

Esta opinión es tan vieja como errónea. La idea de que la producción y la distribución son dos fenómenos distintos, separados, y regidos por leyes diferentes se encuentra ya en John Stuart Mill, autor que hemos estado viendo con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico, precisamente sobre este tema. Dice Mill:

“Quiéralo o no el hombre, su producción estará limitada por la magnitud de su acumulación previa y, partiendo de ésta, será proporcional a su actividad, a su habilidad y a la perfección de su maquinaría y al prudente uso de las ventajas de la combinación del trabajo […] No sucede lo mismo con la distribución de la riqueza. Esta depende tan solo de las instituciones humanas. Una vez que existen las cosas, la humanidad, individual o colectivamente, puede disponer de ellas como le plazca. Puede ponerlas a disposición de quien le plazca y en las condiciones que se le antojen” Principios de Economía Política (FCE [1848], p. 191).

Todos podemos tener alguna idea de cómo desearíamos que se distribuyera la riqueza en alguna sociedad ideal, pero lo que es incorrecto es pensar que esa “redistribución” (así hay que llamarla porque la distribución original ya se realizó por medio de decisiones individuales voluntarias) no va a impactar en las “leyes de producción” o, en otras palabras, en los incentivos para producir.

Toda producción se hace con miras a una distribución determinada: trabajo porque espero que recibiré un determinado sueldo. Si luego de haber trabajado, cambian las condiciones, entonces mis incentivos a trabajar en el futuro serán distintos.

Es más, eso es precisamente lo que ocurre en la Argentina con las retenciones a las exportaciones de esos mismos productos alimenticios que se estima pueden ser redistribuidos. Estos impuestos vigentes, que llegan en algunos casos hasta el 35% del precio de exportación (FOB) y son luego “redistribuidos” a voluntad o “como les plazca” según Mill, ya están impactando en los volúmenes de producción, los que serían mayores si esos impuestos no existieran. Es decir, si hoy se produce una cantidad total que permitiría sacar del hambre a 450 millones de personas, sin esa “redistribución” bien podría producirse una cantidad que sacara del hambre a 600 u 800 millones. Es lo que ha ocurrido en países vecinos donde no existen esos impuestos y la producción ha aumentado más que en Argentina, superándola en exportaciones tales como carnes o trigo.

En definitiva, el impacto de la “redistribución” en la “producción” lo estamos viendo ahora, lo tenemos delante de nuestra vista. La idea de que son decisiones guiadas por leyes diferentes debería ser definitivamente abandonada.

Tal vez se quiera continuar con la redistribución de todas formas, no estoy discutiendo eso aquí, pero debería presentarse su “costo” en términos de menor producción.