Luego de tratar la producción de riqueza y la distribución, Alberdi comienza a considerar un tema clave: el gasto público

Con los alumnos de la UBA Derecho, vemos el texto de Juan Bautista Alberdi donde explica el contenido económico de la Constitución. El libro se llama “Sistema Económico y rentístico de la Confederación Argentina”. Aquí comienza a tratar el tema del gasto público:

En la primera parte de este libro hemos examinado las disposiciones de la Constitución argentina que se refieren a la producción de las riquezas, y en la segunda las relativas a su distribución. Vamos a consagrar la presente y última al examen de las que tienen relación con los consumos. Estos tres objetos de la política económica no son independientes entre sí, sino tres funciones correlativas que componen la vida de la riqueza. De aquí es que los principios y garantías que la Constitución argentina establece con relación a los consumos, son los mismos que, según ella, rigen los fenómenos de la producción y distribución de la riqueza; así lo que vamos a estudiar en esta tercera parte no son principios nuevos, sino aplicaciones nuevas de los principios ya conocidos.

Vamos a ver que en estas aplicaciones al fenómeno de los consumos, la Constitución argentina ha sido fiel a su sistema de buscar la riqueza por el camino de la libertad; de servir al interés del fisco por medio del bienestar general; de obtener el aumento de la riqueza del gobierno por el aumento de la riqueza de los gobernados que contribuyen a formarla; de agrandar las rentas del Estado por el aumento de las rentas de los particulares; y de someter su inversión a las mismas reglas de prudencia y de buen juicio de que depende el aumento de las rentas privadas.

El conjunto de estas reglas y garantías forma lo que se llama el sistema rentístico, el plan de hacienda o sistema de finanzas de la Constitución argentina, que será el objeto de esta tercera parte.

Hemos dejado este estudio para el fin, con la idea de hacer más perceptible el, mérito del sistema de la Constitución, que ha dado esta’ prelación o preferencia a la riqueza de la Nación sobre la riqueza del fisco: prelación que lejos de tener por mira la disminución de los recursos del poder, se dirige a fecundarlos y a ensancharlos, dándoles en la legislación la fuente que los alimenta en la realidad de los hechos económicos.

En el estudio de las disposiciones de la Constitución argentina, que se refieren al consumo de las riquezas, vamos a examinar:

Cuál es el principio general de su política sobre consumos de todo género.

Qué reglas constitucionales rigen los gastos o consumos privados;

Qué recursos abraza, qué extensión tiene el Tesoro nacional destinado a sufragar los consumos o gastos públicos;

Cómo deben ser reglados los impuestos, para no dañar los fines del progreso y de libertad de la Constitución, y cómo deberá reglarse el uso de los otros recursos sin faltar a esos principios;

Cuál es la autoridad que en el interés de la libertad vota los impuestos y decreta los gastos públicos;

Cuál la que en el interés del orden recauda, administra y aplica el Tesoro conforme a la ley;

A qué se destina, qué objetos tiene, qué principios respeta el gasto público según la Constitución argentina.

Mises sobre el dinero, el interés y los ciclos económicos, también trata la discusión entre la «banking»y la «currency» schools

Con los alumnos de HPE II Escuela Austriaca, en Económicas UBA, estamos viendo algunos capítulos de la obra fundamental de Mises, Acción Humana. En estos capítulos se tratan temas fundamentales como el dinero y los ciclos económicos. Pero aquí Mises comenta sobre importante y tal vez olvidada discusión en el Siglo XIX entre la “banking” y la “currency” school en Inglaterra. Aquí sobre unos errores de la segunda:

“La teoría de los ciclos económicos elaborada por la escuela monetaria inglesa (currency school) adolecía de dos defectos. En primer lugar, no advertía que era posible arbitrar crédito circulatorio no sólo mediante la creación de billetes de banco, en cuantía superior a las reservas de numerario de la entidad emisora, sino también otorgando créditos, por cifras mayores a los aludidos depósitos efectivamente recibidos mediante cuentas bancarias de las que el beneficiario puede disponer cheques o talones (diñero-talonario, moneda bancaria). No se percataba de que facilidades crediticias pagaderas a la vista pueden ser utilizadas para ampliar el crédito. Tal error resultaba en verdad de poca monta, pues no era difícil subsanarlo.

Basta, a este respecto, con aseverar que cuanto se ha dicho de la expansión crediticia es igualmente aplicable a toda ampliación del crédito por encima de lo efectivamente ahorrado por las gentes, cualquiera que sea la modalidad con arreglo a la cual el mismo se practique, resultando indiferente que los adicionales medios fiduciarios sean billetes de banco o meras cuentas deudoras a la vista. Las teorías de la escuela monetaria inspiraron aquella legislación británica dictada, cuando el aludido defecto todavía no había sido evidenciado, con miras a evitar la reaparición de los auges, hijos de la expansión crediticia, y su inexorable secuela, las depresiones. Ni la Ley de Peel de 1844 ni las normas legales que, siguiendo sus pasos, se promulgaron en otros países produjeron los efectos deseados, lo cual minó el prestigio de la doctrina monetaria. La escuela bancaria (banking school) logró así inmerecidamente triunfar.

El otro yerro de la escuela monetaria fue de mayor gravedad. Sus representantes, en efecto, se interesaron tan sólo por el problema referente a la sangría de los capitales que huían al extranjero. Ocupáronse únicamente de un caso particular, el referente a la existencia de expansión crediticia en un determinado país, mientras tal política no era practicada o lo era sólo en menor escala por los demás. Con ello, es cierto, quedaban sustancialmente explicadas las crisis británicas de comienzos del siglo pasado. Por tal camino, sin embargo, sólo se rozaba la superficie del problema. La cuestión decisiva ni siquiera era planteada. Nadie se preocupó de determinar qué consecuencias podía tener una general expansión del crédito, en modo alguno limitada a unos cuantos bancos con restringida clientela, ni tampoco de ponderar qué relación podía haber entre la cuantía de las existencias dinerarias (en sentido amplio) y la tasa de interés. Los múltiples planes ideados para, mediante reformas bancarias, reducir o incluso suprimir el interés,  despreciativamente eran ridiculizados como puros arbitrisrnos; no fueron, sin embargo, sometidos a efectiva crítica que evidenciara su inconsistencia. Quedaba tácitamente reforzada la ingenua idea de suponer el carácter neutro del dinero. Las más variadas explicaciones de las crisis cíclicas, basadas exclusivamente en el cambio directo, podían proliferar sin coto. Muchas décadas habían aún de transcurrir antes de que el hechizo se quebrara.”

Mises y la teoría cuantitativa del dinero. Algunas críticas respecto al supuesto de estabilidad de la «velocidad de circulación»

Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II, Escuela Austriaca, de Económicas, UBA, vemos a Mises en Acción Humana. Un capítulo que se titula “Intercambio Indirecto” y que, trata gran parte de los temas relacionados con la moneda. Mises, por supuesto, entendía que la inflación es un fenómeno monetario, pero era crítico de muchos aspectos de la llamada “teoría cuantitativa del dinero”. Aquí algunos comentarios:

Mises1

“Si tantos economistas no hubieran tan lastimosamente errado en estas materias atinentes a los problemas monetarios, aferrándose después con obcecación a sus yerros, difícilmente podrían hoy prevalecer todas esas perniciosas prácticas, inspiradas en populares doctrinas monetarias, que han desorganizado la política dineraria en casi todos los países.

Error, en este sentido, de grave trascendencia fue el de suponer constituía el dinero factor de índole neutral. Tal idea indujo a muchos a creer que el «nivel» de los precios sube y baja proporcionalmente al incremento o disminución de la cantidad de dinero en circulación. Olvidábase que jamás puede variación alguna que las existencias dineradas registren afectar a los precios de todos los bienes y servicios al mismo tiempo y en idéntica proporción. No se quería advertir que las mutaciones del poder adquisitivo del dinero forzosamente han de ser función de cambios sufridos por las relaciones entre compradores y vendedores. Con miras a demostrar la procedencia de esa idea según la cual la cantidad de dinero existente y los precios proporcionalmente han de aumentar o disminuir siempre, adoptóse, al abordar la teoría del dinero, una sistemática totalmente distinta a la que la moderna economía emplea para dilucidar todos los demás problemas. En vez de comenzar examinando, como la cataláctica invariablemente hace, las actuaciones individuales, pretendióse estudiar el tema analizando la economía de mercado en su total conjunto. Ello obligaba a manejar conceptos como la cantidad total de dinero existente en la economía; el volumen comercial, es decir, el equivalente monetario de todas las transacciones de mercancías y servicios practicados en la economía-, la velocidad media de circulación de la unidad monetaria; el nivel de precios, en fin.

Tales arbitrios aparentemente hacían aceptable la doctrina del nivel de precios. Ese modo de razonar, sin embargo, meramente supone lucubrar en típico círculo vicioso. La ecuación de intercambio, en efecto, presupone la propia doctrina del nivel de precios que pretende demostrar. No es más que una expresión matemática de aquella —insostenible’— tesis según la cual existe uniforme proporcionalidad entre los precios y las variaciones cuantitativas del dinero.

Al examinar la ecuación de intercambio, presupónese que uno de sus elementos —la cantidad total de dinero, el volumen comercial, la velocidad de circulación— varía, sin que nadie se pregunte cuál sea la causa motivadora de tal cambio. Esas mutaciones indudablemente no aparecen, en la economía, por generación espontánea; lo que cambia en verdad es la disposición personal de los individuos que en la correspondiente economía actúan, siendo las múltiples actuaciones de tales personas lo que provoca las aludidas variaciones que la estructura de los precios registra. Los economistas matemáticos escamotean esa efectiva demanda y oferta de dinero desatada por cada una de las personas en la economía intervinientes. Recurren, en cambio, al engañoso concepto de la velocidad de la circulación basado en ideas tomadas de la mecánica.

No interesa, de momento, discutir si los economistas matemáticos tienen o no tienen razón cuando proclaman que los servicios que el dinero presta estriban, exclusivamente, o fundamentalmente al menos, en el rodar del mismo, en su circular. Aun cuando el aserto fuera cierto, no por ello dejaría de resultar ilógico pretender basar en tales servicios la capacidad adquisitiva —el precio— de la unidad monetaria. Los servicios que el agua, el whisky o el café prestan al hombre no determinan los precios que el mercado efectivamente paga por tales mercancías. Dichos servicios nos hacen comprender por qué las gentes, una vez advierten las propiedades de aquellas mercancías, demandan, en específicos casos, cantidades determinadas de las mismas. Es invariablemente la demanda, no el valor objetivo en uso, lo que determina los precios.

Las consecuencias distributivas del comercio internacional según la OMC: aumentan las diferencias, pero mejoran los que están peor

Con los alumnos de UCEMA vemos el Informe sobre el comercio mundial de la OMC 2008, que presenta un completo análisis de las teorías del comercio internacional, y en la sección E considera las consecuencias distributivas del comercio.

Por supuesto que todo cambio en el comercio internacional genera consecuencias distributivas, si un país se abre algunos van a ganar otros van a perder respecto a su situación anterior; si un país se cierra lo mismo. En definitiva, todo cambio en la economía tiene su impacto en la distribución del ingreso. ¿Con qué criterio vamos a evaluar si alguno de esos cambios son positivos o negativos y para quién?

Este es un tema enorme que nos lleva desde el campo de la economía hacia el de la filosofía moral. El informe de la OMC no trata este tema, aunque debería. En principio presenta ciertas teorías “descriptivas” de los efectos redistributivos. Las primeras consideraron los efectos de la apertura comercial tomando en cuenta el diferente impacto entre trabajadores muy cualificados y poco cualificados pero las teorías más modernas, que ya no analizan las ventajas comparativas entre “países” y ni siquiera entre industrias, sino entre empresas.

Dice así: “Según este método clásico quienes se benefician y quienes se perjudican a corto plazo de la reforma del comercio dependerá del sector de empleo. La “novísima” teoría del comercio impugna esa predicción. Según esta teoría, los sectores que sean exportadores e importadores netos se caracterizarán por la existencia de empresas de gran productividad en expansión y de empresas de baja productividad que se contraen. En consecuencia, según esta teoría, la reforma del comercio impulsará la creación y la destrucción de empleos en todos los sectores. Para los responsables de las políticas, esto significa que habrá una considerable redistribución de empleos en cada sector. Este puede ser un dato positivo, pues se considera en general que para los trabajadores es más difícil trasladarse de un sector a otro que una empresa otra dentro de un mismo sector.”

Ahora bien, el estudio, al igual que gran parte de los analistas de estos temas, cae en el error de considerar a la desigualdad y la pobreza como lo mismo. Por ejemplo: “La primera cuestión es la relación entre comercio y desigualdad en los países en desarrollo. Al principio se pensaba que el comercio conduciría a una disminución de la desigualdad en esos países. Esto era algo positivo, ya que contribuiría a reducir la pobreza por medio de dos mecanismos: su efecto positivo en el crecimiento y su efecto favorable en la distribución de los ingresos. Sin embargo, los estudios empíricos han demostrado que la reforma del comercio no siempre ha puesto en marcha el segundo de estos mecanismos.”

Este es un gran error. Un proceso de crecimiento económico acelerado puede inicialmente aumentar las desigualdades y al mismo tiempo reducir la pobreza. Tal es el caso de China luego de tres décadas de apertura económica y comercial. Hay cientos de millonarios ahora en ese país, las diferencias se han ampliado, antes eran todos pobres (salvo los jerarcas del Partido, por supuesto). Pero los pobres están mucho mejor que antes, pese al aumento de la desigualdad. Antes de las reformas el PBI per cápita no superaba los 150 dólares!. Hoy es de 9.800 según el FMI y $11.900 según el Banco Mundial!!!

Alberdi sobre la renta de la tierra y las tierras que en ese entonces estaban «despobladas». ¿Y los indígenas?

Con los alumnos de la UBA Derecho, seguimos leyendo el texto de Alberdi “Sistema Económico y Rentístico”, cuando se refiere nada menos que a la distribución del ingreso. Lamentablemente, y tendrá que ver con la visión de la época, no se reconocía un derecho a quienes las estuvieran ocupando, aunque puede ser que fuera difícil delimitar sus posesiones si eran nómadas. De todas formas, no se respetaba su propiedad, y se violaron derechos. De todas formas, quienes reclamen ahora tierras usurpadas en su momento, debería probar y no sería conveniente volver al violar ese derecho a quienes ahora lo poseen de buena fe. Así trata el tema de la renta de la tierra:

“Todos los extranjeros disfrutan en el territorio argentino deL derecho de poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos, según el art. 20 de su Constitución.

En apoyo de estas garantías privadas, la Constitución protege el principio de propiedad territorial por las siguientes limitaciones impuestas al poder de legislar sobre su ejercicio.

Ninguna legislatura nacional o de provincia podrá conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias, sumisiones o supremacías que pongan las fortunas privadas a merced del gobierno. (Artículo 29).

El art. 28 establece que los principios, garantías y derechos reconocidos por la Constitución (en favor de la propiedad territorial, a la par que de otras garantías) no pueden ser adulterados por leyes que reglamenten su ejercicio.

He aquí una parte del derecho fundamental argentino en materia agraria, no toda.

¿Estas limitaciones son un obstáculo tan absoluto que quiten al legislador el poder de reglar la propiedad agraria del modo más ventajoso a la riqueza pública?

No: todos los derechos asegurados por la Constitución están subordinados, o más bien encaminados, al bienestar general, que es uno de sus propósitos supremos, expresados a la cabeza de su texto.

El camino de ese bienestar general está trazado por la Constitución misma (art. 64, inciso 16), que conduce a él por el brazo de la civilización material o económica, es decir, promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines. . .

¿ Qué reglas, qué exigencias se deducen del interés de esta civilización material o económica al estilo anglo-sajón. para la sanción y reforma de la legislación orgánica argentina de carácter agrario? Entremos en su estudio, y veamos por él cómo la propiedad y la libertad pueden cambiar concesiones con la riqueza, para llegar juntas y de consuno al bienestar general.

En tanto que se estudian y demarcan las tierras de propiedad nacional, que, según la Constitución, han de emplearse por medio de la venta y locación, como instrumento de renta pública y como agente de población y riqueza, preguntaremos ¿si será indispensable que haya tierras públicas, para atraer inmigrantes y colonos?

¿Podría llegar el caso de que los inmigrantes careciesen de tierra para instalarse en un país que posee doscientasa mil leguas cuadradas, habitadas por una población que no alcanza a un millón de habitantes, y donde cada legua cuadrada, capaz de alojar doscientos cuarenta, sólo hospeda seis?b .

¿Será indispensable que el colono, que el inmigrado, que el labrador de cualquier parte, que deseen poseer y trabajar una tierra argentina, la obtengan de manos del Estado, y no de particulares?

Así sentadas las cuestiones, no lo son, como fácilmente se echa de ver.

Sea quien fuere el que resulte dueño de las tierras al presente despobladas, es decir, de las nueve décimas partes del suelo argentino, pertenezcan al Estado o a particulares, de todos modos ellas están destinadas a poblarse y trabajarse por habitantes que han de venir, pues por hoy están despobladasc.

¿ Qué podrán hacer las leyes orgánicas, sin salir de la Constitución, para facilitar al poblador y al inmigrante la adquisición y uso de la tierra, sea pública o particular? – Pongámonos en el -caso de que toda la tierra disponible sea de particulares, que será el caso que acabe por ser definitivo y permanente; y veamos lo que las leyes podrán hacer en el interés de la distribución de la tierra y de sus ventajas. No olvidemos, sin embargo, que sólo por una hipótesis violenta se pueden presumir de propiedad particular las tierras despobladas que comprende la Confederación Argentina. Sabido es que en ella sucede lo que en Chile, que la porción más feraz y hermosa de su suelo se halla todavía en poder de los indígenas. En el norte del territorio, la parte oriental más inmediata a los ríos navegables, es el Chaco; en el Sud, la porción más vecina de los Andes, cuyas aguas abundantes dan a esas regiones la fertilidad asombrosa que Azara reconoce en San Juan y Mendoza, se hallan hasta hoy en poder de los indígenas, y pertenecen indudablemente al patrimonio de la Nación, así como infinitas islas de los ríos, y grandes porciones de territorios en cada una de las provincias que integran el de la República. Pero volvamos a la hipótesis de que no hubiere más tierra que las poseídas actualmente por particulares. La República Argentina tiene necesidad de leyes y de instituciones que favorezcan el empleo más útil posible de la tierra, por ser el más poderoso y casi el único de los instrumentos de producción que hoy día existan a su alcance.

Los legisladores no deben olvidar que hay leyes que quitan a la tierra su poder productivo, y la esterilizan en manos de sus poseedores. Tales son las que no dejan al detentador actual un interés suficiente para sacrificar el presente al porvenir. Por consiguiente, ellas deben tomar por base indeclinable de toda sanción agraria la siguiente regla: «Importa rechazar o derogar toda ley que quite a los detentadores de la tierra el deseo de sacrificar el presente al porvenir, y de trabajar en la mejora del suelo».

A este número pertenecen las leyes españolas que nos legó el antiguo régimen sobre mayorazgos, fideicomisos, sustituciones, cuartas falcidia y trebeliánica, derecho de retracto, etc., etc., legislación de origen romano alterada y exagerada por el feudalismo en la España de la edad media, y basada toda en los privilegios y pasiones aristocráticas de las familias patricias de Roma y nobiliarias de España. Tales leyes enredan la propiedad territorial en un dédalo de dificultades, que traban la libertad de su circulación, y la inmovilizan en cierto modo, sustrayéndola al comercio civil, dejándola estéril para la producción nacional.

Haciendo incompleto, restringiendo, limitando el derecho de propiedad, esa legislación se opone abiertamente a los art. 14 y 17 de la Constitución argentina, que garantiza a todo habitante el derecho de usar y disponer de su propiedad y su completa inviolabilidad. Por su tendencia aristocrática, esa legislación se opone al art. 16 de la Constitución, que no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento, y declara a todos iguales ante la ley; y al art. 1, que adopta la forma republicana de gobierno.

Toda ley que quita al poseedor o detentador actual el estímulo de la propiedad completa y absoluta, le vuelve indolente porque nada le deja que excite su actividad; le hace perezoso por la incertidumbre en que deja su propiedad o tenencia; le hace devastador y dispendioso, formándole un interés en consumir lo que debe arrebatarle el sucesor impuesto.”

Mises sobre los precios, la competencia, monopolio sobre algún recurso y la posibilidad de que surjan precios de monopolio

Con los alumnos de la UBA Económicas vemos a Ludwig von Mises en “Acción Humana”, considerando el tema de los precios, su formación, la competencia en los mercados y las distorsiones de precios que pudieran existir ante la existencia de monopolios. Aquí algunos de sus comentarios:

“Suele hablarse de competencia imperfecta o monopolística cuando las mercancías ofrecidas por los diferentes productores y vendedores, si bien del mismo género, son dispares entre sí. Con arreglo a tal sistemática, la inmensa mayoría de los bienes de consumo caería en la categoría de bienes monopolizados. Lo único, sin embargo, que interesa, al abordar el problema de la determinación de los precios, es lo referente a si el vendedor se halla capacitado para explotar dicha disparidad y, mediante deliberada restricción de la oferta, incrementar sus ingresos netos. Sólo cuando ello es posible y efectivamente se practica surge el precio de monopolio diferenciable del competitivo. Tal vez el vendedor tenga una clientela tan adicta que prefiera comprar en su tienda antes que en las de la competencia, hasta el punto de no abandonarle aun cuando eleve el precio solicitado por encima del de los demás comerciantes.

Para dicho vendedor, el problema estriba en saber si el número de tales clientes llegará a ser lo suficientemente amplio como para compensar aquella reducción de ventas que la abstención de otros adquirentes inexorablemente habrá de provocar. Sólo en tal caso le resultará ventajoso sustituir el precio competitivo por el de monopolio. Gran confusión engendró torcida interpretación de eso que se denomina control de la oferta. Todo fabricante de cualquier bien participa en el control de la oferta de cuantas mercancías se ofrecen en venta. Si el interesado hubiera producido una cantidad mayor de a, habría incrementado la oferta, provocando una tendencia a la baja del precio correspondiente.

Ahora bien, la cuestión estriba en saber por qué el actor no produjo a en mayor cantidad. ¿Procuró acaso, de esta suerte, acomodar su actuación del mejor modo a los deseos de los consumidores, dejando restringida la producción de a exclusivamente a la cuantía p? O, por el contrario, ¿prefirió violentar los mandatos de los consumidores en provecho propio? No produjo más a, en el primer caso, por cuanto el fabricar a en cuantía superior a p habría supuesto detraer escasos factores de producción de otras inversiones que permitían atender necesidades más urgentemente sentidas por los consumidores; no produjo p -+- r, sino sólo p, pues dicho incremento habría reducido o incluso anulado sus ganancias, mientras todavía había otras muchas provechosas aplicaciones en que invertir el capital disponible. En el segundo supuesto, dejó de producir r porque le resultaba más ventajoso no emplear una parte de las existencias de cierto factor específico de producción, m, que monopolizaba.

Si el interesado no gozara de ese monopolio sobre m, habríale resultado imposible derivar ventaja alguna de restringir la producción de a. Sus competidores, ampliando la suya, habrían llenado el vacío, de tal suerte que no hubiera podido aquél exigir precios incrementados. Al analizar supuestos precios de monopolio resulta ineludible buscar cuál sea ese factor m monopolizado. Si no existe, resulta imposible el precio de monopolio. Condición sine qua non para la aparición de los precios de monopolio es que haya cierto bien monopolizado. Si no se detrae del mercado cantidad alguna de dicho bien m, jamás puede el empresario proceder a la sustitución de los precios competitivos por los de monopolio.

El beneficio empresarial no guarda relación alguna con los monopolios. Si al empresario le resulta posible vender a precios de monopolio, su privilegiada situación deriva de que monopoliza el factor m. La específica ganancia monopolística brota de la propiedad de m, no de las actividades típicamente empresariales del interesado. Supongamos que una avería deja a cierta localidad durante varios días sin suministro eléctrico, constriñendo a los vecinos a alumbrarse con velas. El precio de éstas se incrementa hasta $; al precio s la totalidad de las existencias se vende. Los comerciantes en velas cosechan mayores beneficios a base de vender la totalidad de su stock al precio s. Ahora bien, cabe que dichos comerciantes se confabulen y detraigan del mercado una parte de sus existencias, vendiendo el resto a un precio s + t. Mientras s es precio competitivo, s -j- / es precio de monopolio. Sólo esa diferencia entre lo ganado por los comerciantes al vender al precio s + / y lo que hubieran ingresado vendiendo a s constituye el específico beneficio monopolista. Indiferente es la fórmula que efectivamente los interesados apliquen para restringir las existencias puestas a la venta. La destrucción física de parte de las mismas constituye típica sistemática adoptada por los monopolistas. A ella, no hace mucho, recurría el gobierno brasileño quemando grandes cantidades de café. Ahora bien, el mismo efecto cabe conseguir dejando de utilizar una parte de las existencias.”

Hayek sobre la estructura de la producción y el flujo de bienes y servicios. El desarrollo de la Teoría Austriaca del Ciclo Económico

Con los alumnos de UBA Económicas vemos a Hayek discutiendo con Keynes sobre la estructura de la producción y el Flujo de Bienes y Servicios (Libertas 37, Octubre 2002):

“La estructura de producción debe ser vista, por lo tanto, como un proceso multidimensional, en el que en todo momento los individuos trabajan para obtener un producto que será terminado a lo largo de una serie de momentos futuros, y en el cual el producto existente en cada instante de tiempo ha sido obtenido por el uso de recursos en diferentes momentos del tiempo pasado. Por supuesto que estos diferentes flujos paralelos de productos intermedios sólo se pueden distinguir conceptualmente. En la realidad se trata de un proceso continuo, no sólo a nivel horizontal sino también en su dimensión vertical. Además, en la mayoría de los casos no es posible reconocer aún el destino final de cada una de las partes del flujo. Los elementos del flujo no están marcados para su destino futuro, sino que en cada etapa del proceso de producción será la tendencia de los precios la que determinará que proporción de la producción total de un determinado bien irá en cuál o tal de las posibles direcciones. Dada la gran cantidad de productos intermedios, el tiempo y la forma en que éstos finalmente llegarán al consumidor están tan indeterminados a nivel económico como en el caso de la cantidad de factores de producción utilizados en ellos. La forma en que una unidad formada por millones de clavos, bolas de acero, hilo de lana, pedazos de goma o toneladas de carbón terminará satisfaciendo las necesidades de los consumidores está tan indeterminada como el éxito al que apuntan los esfuerzos del productor.

La cantidad y variedad de bienes a los que podemos recurrir para satisfacer nuestras necesidades inmediatas es necesariamente menor que la de aquellos bienes que podemos utilizar para satisfacer nuestras necesidades en un futuro más lejano. Es por ello que, en general, y más allá de fluctuaciones estacionales, los bienes presentes serán generalmente más caros y más escasos que los bienes que se espera estén disponibles en el futuro, pues estos representan una mayor cantidad de posibilidades. Darse tiempo, o “esperar” posibilita un crecimiento en los resultados de nuestros esfuerzos. Pero como sólo es posible “esperar” por un tiempo limitado, debemos escoger aquellas opciones para las cuales la relación entre el crecimiento en valor y la longitud del tiempo que debemos esperar para lograr dicho crecimiento sea mayor.

Este segundo aspecto del problema de la asignación de recursos se puede distinguir claramente si se ve el proceso de producción como un flujo o un “río” continuo. De la desembocadura de este río salen constantemente productos finales, que surgieron luego de numerosos procesos de transformación a partir de la utilización de los insumos iniciales. En todo momento fluyen en forma paralela muchos de estos ríos, o mejor dicho, complejos sistemas de redes fluviales, cada uno de ellos corrido un poco hacia adelante con respecto al anterior. Los productos finales de cada uno de estos flujos aparecen en momentos más o menos distantes en el futuro. Este proceso a veces se describe como si tanto para el flujo ya recorrido como para todos aquellos que fluyen actualmente y cuyos productos finales recién surgirán en el futuro, existiese al mismo tiempo otro flujo sincronizado y simultáneo. Éste representaría aquellas etapas que los productos disponibles en el presente ya pasaron, así como todos los flujos futuros que le quedan por recorrer a estos productos como bienes intermedios, antes de que el producto final llegue al consumidor. Sin embargo esta imagen, que puede ser muy útil desde ciertos puntos de vista, puede ser confusa cuando se interpreta que las fases que se corresponden entre sí en los flujos que van transcurriendo son idénticas. Este nunca puede ser el caso, ya que los flujos pasados ya prepararon el lecho para el flujo actual. Incluso cuando las condiciones externas permanecen constantes, el flujo se modificaría constantemente, ya que cada vez que pasa un flujo se modificarían las circunstancias que enfrentarán los próximos.

Lo más decisivo es que el volumen agregado de materia prima rara vez se corresponde exactamente con el volumen agregado de producción final. Esto significa que el volumen del flujo generalmente se reducirá o aumentará en cierta medida, debido a que se producen modificaciones en la demanda final y la demanda de factores primarios, en distinta medida e incluso en dirección opuesta. Es por ello que la visión usual, basada en el análisis keynesiano, que representa la relación entre demanda final y ocupación como la relación existente entre la succión ejercida desde el extremo de un caño y el flujo que se genera en el otro extremo, es muy confusa. Entre ambos extremos hay un reservorio elástico o cambiante, cuyo tamaño depende de las circunstancias, y que es dejado de lado en el análisis keynesiano.

Lord Keynes ha demostrado que no es capaz de entender esto en su comentario despectivo a la correcta afirmación de Leslie Stephens sobre “la doctrina, que tan rara vez es comprendida, que tal vez su comprensión cabal sea el mejor examen para un economista –que la demanda por bienes no es demanda de trabajo.” Keynes con seguridad no pasó esta prueba. Su visión excesivamente simplista y unidimensional de la relación entre la demanda de productos finales y el empleo es consecuencia de su falta de comprensión de los factores que afectan las distintas fases del flujo de producción y que producen, alternativamente, acumulación y desacumulación de capital a tasas cambiantes.

El sistema de producción capitalista se caracteriza por la necesidad de mantener el flujo de bienes, provisiones, herramientas e infraestructura, o aumentar el volumen de los mismos si se quiere lograr un crecimiento de la producción en el futuro. En este sentido toda producción que hace uso de las posibilidades tecnológicas disponibles es necesariamente capitalista. Esta palabra no es querida porque a la gente le molesta el hecho de que nadie tenga el poder de determinar cómo se asignará el capital disponible. Esto debe ser dejado en manos del único proceso capaz de hacerlo, el impersonal proceso de mercado. Los métodos alternativos al “capitalismo” que han sido propuestos requieren, al contrario, que el uso de todos los recursos de capital sea decido por una agencia central. Pero esta agencia carece de los medios para determinar cómo hacerlo de manera sensata. Lo que garantiza que los flujos de producción sean ordenados es que los individuos, que únicamente conocen sus circunstancias particulares y no la estructura completa a la que deben ajustarse sus actividades, continuamente modifican la composición del flujo en adaptación a los constantes cambios en las circunstancias. Es por ello que los modelos teóricos, cuyos elementos son millones de individuos con sus conocimientos y decisiones individuales, no pueden brindar ninguna base para la planificación central de estas actividades.”

Globalización y fragmentación de la producción. Resultado de la caída de aranceles, barreras no arancelarias y costos de transporte y comunicación

Con los alumnos de UCEMA estamos leyendo el informe de la OMC sobre el Comercio Mundial de 2008 porque trae un buen resumen de la evolución de las teorías del comercio internacional en los últimos anos. También explica y comenta el fenómeno de la globalización, el que no es otra cosa que una mayor división internacional del trabajo gracias a una mayor movilidad de todos los recursos.

El informe señala tres causas para esta “globalización”: mejoras tecnológicas en el transporte y las comunicaciones; cambios políticos profundos que han integrado a muchos países el comercio internacional (Rusia, Europa Oriental, China, Vietnam, pero también India y otros países), y desregulaciones en los países que ya eran miembros de la OMC (antes GATT).

En la Sección D trata sobre “El Comercio, la Localización de la Producción y la Organización Industrial de las Empresas”, señalando que se dan dos fenómenos al mismo tiempo: la concentración y la fragmentación. Según este segundo, las empresas fragmentan sus procesos productivos en muy diversos países (hace poco puse un post sobre este tema y el caso del Ipod), pero al mismo tiempo ciertos procesos se aglomeran en determinados países o regiones (como la manufactura en China o la innovación en California).

La fragmentación de los procesos productivos ha sido posible debido a la caída en los costos del comercio internacional. Algunos datos interesantes que trae el informe:

Aranceles: el tipo arancelario medio antes de la primera ronda de negociación del entonces GATT en 1947 era entre el 20 y el 30%. EN 2005 era de 3,9%.

Barreras no arancelarias: es casi imposible medirlas pero un estudio dice que habrían sido tres veces menores en los 90 que en los años 70.

Transporte: este costo es tres veces más importante que el de los aranceles. Todos ellos han caído. El marítimo gracias a los registros de libre matrícula, la mayor escala de los barcos y el uso de contenedores. Los costos del transporte aéreo disminuyeron el 92% entre 1955 y 2004, ayudado recientemente por las políticas de “cielos abiertos” de algunos países. También se redujo el tiempo: el tiempo medio de envío a los Estados Unidos cayó de 40 a 10 días. “Si se considera un costos promedio por día del 0,8% ad valorem, la utilización de medios más rápidos de transporte equivale a reducir los aranceles el 24%”.

Comunicaciones: el costo de las llamadas internacionales ha caído de un índice de 100 en 1955 a 10 en 2005. Las llamadas nacionales, por ejemplo, en Alemania, han caído de un índice de 100 en 1975 a 41 en 2005.

Y destaca los siguientes hechos: “En primer lugar, tanto la deslocalización de las mercancías como de los servicios ha aumentado fuertemente en los dos últimos decenios. En segundo término, aunque la subcontratación internacional de productos intermedios es cuantitativamente más importante que la de los servicios, la deslocalización de los servicios ha aumentado con mayor rapidez en los últimos años. En tercer lugar, la deslocalización se ha incrementado de forma sustancial tanto a través del comercio en condiciones de plena competencia como del comercio interempresarial. En cuarto lugar, estas tendencias se han generalizado en todos los sectores y tipos de insumos.” En este mundo que claramente se describe, algunos países latinoamericanos han sabido subirse al tren, otros prefieren cerrarse y dejarlo pasar.

Ahora que se hace alarde de la regulación de la competencia, Friedrich Hayek señala que no hace falta que sea perfecta para de sus frutos

La economía neoclásica ha centrado su análisis sobre la competencia en el de la “estructura de los mercados”, determinando mayores o menores grados de “poder de mercado” en relación a la cantidad de participantes. Con los alumnos de Historia del Pensamiento Económico II (Escuela Austriaca) de Económicas, UBA, vemos el texto de Hayek “El significado de la competencia”. Algunos párrafos:

Hayek

“El argumento en favor de la competencia no se basa en las condiciones hipotéticas que existirían si fuera perfecta. Empero, en los casos en que los hechos objetivos hicieran posible que se aproximara a la perfección, se garantizaría al mismo tiempo la asignación más efectiva de recursos. Y aunque, en consecuencia, siendo éste el caso se eliminarían todos los obstáculos humanos a la competencia, eso no quiere decir que ésta no dé por resultado el uso más efectivo posible de los recursos a través de los medios conocidos en aquellas situaciones donde la natura-leza misma del caso hace que sea imperfecta. Aunque lo único que se asegure mediante la entrada libre en el mercado sea que en un momento dado se produzcan, con la menor cantidad de recursos presentes posible en un determinado momento histórico, todos los bienes y servicios para los que habría una demanda efectiva en caso de estar disponibles — aun cuando el precio que deba pagar el consumidor sea considerablemente mayor, y apenas inferior al costo del próximo bien destinado a satisfacer de la mejor manera su necesidad—, creo que esto es mucho más de lo que podemos esperar de cualquier otro sistema conocido. El punto decisivo radica en la consideración básica de que es muy poco probable (prescindiendo de los obstáculos artificiales que la actividad gubernamental crea o elimina) que durante un período de tiempo determinado un bien o servicio sea ofrecido únicamente a un precio al cual quienes no participan en el mercado pudieran esperar obtener un beneficio superior al normal si entraran en él.

En mi opinión, la enseñanza práctica de todo esto es que no deberíamos preocuparnos tanto porque la competencia sea perfecta en un caso determinado, y ocuparnos mucho más de que haya competencia. Lo que nuestros modelos teóricos de industrias separadas ocultan es que, en la práctica, el abismo que divide a la competencia de la ausencia de competencia es mucho mayor que el que separa a la competencia perfecta de la imperfecta. Con todo, la tendencia actual en las discusiones es ser intolerante ante las imperfecciones y callar ante las restricciones que se oponen a la competencia. Es factible, que aprendamos aún más acerca de la trascendencia real de este proceso si estudiamos los resultados que habitualmente se producen cuando se lo suprime deliberadamente que si nos concentramos en sus deficiencias en la vida real si se lo compara con un ideal que no es pertinente en una situación objetivamente dada. Y digo cuando se suprime (280) deliberadamente la competencia” y no “en ausencia de competencia”, porque sus efectos esenciales operan, aunque con mayor lentitud, siempre y cuando no se la suprima abiertamente con el apoyo o la tolerancia del estado. La experiencia nos enseña que, por lo general, los males que derivan de la restricción de la competencia están en un plano distinto de los que pueden provocar las imperfecciones de ésta. El hecho de que muy probablemente un monopolio artificial tenga costos mucho mayores que los necesarios es más grave que la situación en la cual los precios no correspondan a los costos marginales. Por otra parte, un monopolio que deba su existencia a una eficiencia superior provoca un daño relativamente menor, en la medida en que se asegure que desaparecerá tan pronto como aparezca alguien más eficiente para satisfacer las necesidades de los consumidores.”

Y en un tema que no deja de ser relevante para la Argentina, Hayek comenta la competencia en el mercado que suele ser puesto siempre como ejemplo de “competencia perfecta”, el de granos:

“Cuando comparamos un mercado “imperfecto” como éste con un mercado relativamente “perfecto» como lo es, por ejemplo, el de los granos, nos encontramos en mejor posición para señalar la distinción que ha estado presente en todo este análisis: la diferencia entre los hechos objetivos fundamentales constitutivos de una situación que la acción humana no puede alterar, y la naturaleza de las actividades competitivas en función de las cuales los hombres se adaptan a esa situación. En casos como éste al que hacemos referencia estamos frente a un mercado sumamente organizado de un bien totalmente estandarizado producido por gran número de productores, en el cual la necesidad de que haya actividades competitivas, o el alcance que pueden tener, son limitados en virtud de que, por la naturaleza misma de la situación, las condiciones que esas actividades podrían originar ya están satisfechas desde un principio. En la mayoría de los casos, todos los participantes del mercado cuentan con el mismo grado de información respecto de los mejores métodos para producir un bien, su naturaleza y aplicaciones. El conocimiento acerca de cualquier cambio se difunde con tal rapidez y la adaptación correspondiente se efectúa en (277) forma tan inmediata que habitualmente se atribuye poca importancia a lo que sucede durante esos breves períodos de transición, y el análisis se limita a comparar los dos períodos de cuasi-equilibrio que existen antes y después de ellos. Sin embargo, es precisamente durante ese intervalo breve y subestimado cuando operan y se hacen visibles las fuerzas de la competencia. Y son justamente los hechos que tienen lugar en este intervalo los que debemos estudiar si queremos “explicar” el equilibrio que lo sucede.”

Alberdi y un tema que no deja de discutirse todos los días: la distribución de los ingresos. Para él, es la distribución «natural»

Con los alumnos de la UBA Derecho seguimos leyendo a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico, ahora sobre el importante tema de la distribución de los ingresos:

«No se podría concebir libertad de una especie para producir Un valor, y libertad de otra especie para aprovechar del valor producido. El principio de igualdad, v. g., que reconoce en todos el derecho al trabajo, o, lo que es igual, a producir valor, no podría desconocer el mismo derecho aprovechar de la utilidad correspondiente a su parte de producción. El derecho al trabajo, v. g., está tan ligado al derecho al producto o resultado del trabajo, que no son más que un solo derecho considerado bajo dos aspectos. Sólo la iniquidad ha podido admitir el uno y desconocer el otro; sólo ella ha desconocido el derecho al trabajo, para disputar el de optar a sus provechos.

La justicia natural, regla común de los hechos morales, económicos y políticos de que consta la humana sociedad, la justicia divide y distribuye los beneficios de todo producto entre los agentes o fuerzas que concurren a su producción. Dar utilidades a los unos y excluir de ellas a los otros, sería contrario a la moral cristiana, que haciendo de todos el deber del trabajo, ha dado a todos el derecho a vivir de su producto.

La Constitución argentina ha hecho de esta parte de la política económica el objeto predilecto de sus garantías. Ella vio que dar garantías en favor del provecho que corresponde a los servicios del capital, del trabajo y de la. tierra en la producción de las riquezas, era no solamente el medio de conseguir el bienestar de los habitantes del país, que la Constitución comprende entre sus propósitos supremos, sino también el verdadero medio de fomentar su producción, cuyo estímulo no es otro que el deseo de alcanzar ese provecho, necesario a la satisfacción de las necesidades del hombre y al sostén de su existencia de un modo digno de su noble naturaleza.

Reconociendo que la riqueza es un medio, no un fin, la Constitución argentina propende por el espíritu, de sus disposiciones económicas, no tanto a que la riqueza pública sea grande, como bien distribuida, bien nivelada y repartida; porque sólo así es nacional, sólo así es digna del favor de la Constitución, que tiene por destino el bien y prosperidad de los habitantes que forman el pueblo argentino, no de una parte con exclusión de otra. Ella ha dado garantías protectoras de este fin social de la riqueza, sin desconocer que el orden social descansa en las bases de la libertad, igualdad, propiedad, seguridad, etc.

Ella ha querido que las riquezas, que son obra del trabajo combinado de todos los servicios productores, redunden en el bienestar y mejora de todos los que asisten a su producción, por medio de sus respectivos servicios; es decir, de la mayoría de la sociedad, en que reside la nación, no de una porción privilegiada de ella. No haya esclavos, ha dicho en esa virtud; es decir, no haya hombre-máquina, hombre-tierra, hombre-capital, que teniendo hambre gane el pan con su sudor para satisfacer el hambre de otro. Ella ha hecho un crimen de esa torpeza tan ofensiva a la riqueza del país, como a la moral del Evangelio. No haya extranjeros, ha dicho; no haya excluidos en el banquete de la riqueza nacional, haciendo del suelo argentino la patria de todo el mundo para lo que es formar riqueza y disfrutarla en su provecho propio.

Para proteger mejor el fin social de la riqueza, ha preferido la distribución libre a la distribución reglamentaria y artificial. La distribución de las riquezas se opera por sí sola, tanto más equitativamente cuanto menos se ingiere el Estado en imponer le reglas.

Así la Constitución argentina, en vez de inventar despóticamente reglas y principios de distribución para las riquezas, las ha tomado de las leyes naturales que gobiernan este fenómeno de la economía social, subordinado a las leyes normales que rigen la existencia del hombre en la tierra.