La salida y la voz: no es que las instituciones o la Seguridad jurídica no importan, compiten

Con los alumnos de Applied Economics vemos la competencia entre jurisdicciones y la calidad institucional:

El análisis de los conceptos de “salida” y “voz” fue desarrollado en el trabajo seminal de Albert Hirschman (1970). Este autor señala que hasta ese momento la ciencia económica había concentrado su análisis en el mecanismo de “salida”, que promueve la eficiencia del mercado, interpretando tal salida como la decisión del consumidor de dejar de lado un determinado producto o servicio, cuando su calidad no le satisface o también cuando ciertas personas abandonan una firma. Como resultado de esto, los ingresos de la firma caen, se reducen sus clientes o miembros, y los administradores se ven obligados a buscar formas de corregir las fallas que hayan ocasionado esta deserción.

Por otro lado, la ciencia política se ha concentrado en el mecanismo de “voz”; es decir, de la forma en que los individuos, como ciudadanos, expresan su aprobación de determinadas políticas o descontento con ellas, y proceden a elegir a sus representantes. Esto incluye desde las elecciones, pasando por manifestaciones públicas en las calles, hasta cartas de los lectores en los diarios.

No obstante, señala Hirschman, ambos mecanismos están vigentes tanto en uno como en otro campo: la “voz” está presente en el mercado, cuando los clientes o miembros manifiestan directamente a los administradores su insatisfacción por la calidad de los productos y servicios, y la “salida” lo está en el ámbito de las decisiones políticas, cuando los ciudadanos, mediante su movilidad, se desplazan desde aquellas jurisdicciones que ofrecen servicios de baja calidad o costos hacia otras con mejor oferta.

De hecho, las empresas hacen grandes esfuerzos para conocer qué es lo que opinan los consumidores, porque, en definitiva, esa opinión se traduce luego en una “reputación”, y en el prestigio de una marca, un valor intangible, pero cada vez más importante en el mundo moderno.

Por otro lado, la existencia de miles de refugiados señala tanto una “opinión” sobre la calidad institucional del Estado que se ha abandonado, como la de aquel en que se ha buscado refugio. Este mecanismo de “salida” refleja una opinión tan fuerte como la más poderosa “voz”.

Cuando compiten países o niveles similares de gobierno, la competencia se denomina “horizontal”. Pierre Salmon (2005) analiza este fenómeno y, en particular, los distintos tipos de competencia que se presentan a este nivel. Son principalmente dos: el primero se relaciona con la movilidad de los recursos, que pueden ser tanto personas que se van o quieren ingresar (los balseros cubanos son un ejemplo extremo de “salida”, los mejicanos que atraviesan la frontera a Estados Unidos clandestinamente son otro de “entrada”). ¿Acaso no están demostrando una preferencia con su forma de actuar? A veces no se movilizan las personas, sino sus capitales, en particular el capital financiero, que es fácilmente transferible de una jurisdicción a otra: el éxodo de capital de muchos países con pesadas cargas burocráticas e impositivas es un ejemplo de ello. El atractivo que presenta Suiza es una demostración de su superioridad en cuanto a la protección de las inversiones se refiere. También se refiere este fenómeno al destino de las inversiones internacionales, que en su gran mayoría se realizan entre países desarrollados. Por último, hay una forma de movilización que no implica trasladarse a otra jurisdicción, sino simplemente sumergirse en la economía informal; esto es, “salir” del esquema regulatorio vigente para desempeñarse en otro. El fenómeno se extiende también a la elección de una determinada moneda, por ejemplo.

Esta movilidad sujeta las jurisdicciones a un proceso de competencia, ya que aquellos países o jurisdicciones que no logran ofrecer los marcos institucionales adecuados pierden recursos, tanto de personas como de capitales. El segundo mecanismo se refiere más a la “voz” y se trata de la competencia que el autor llama “de comparación”, como es la que se establece cuando los habitantes de un determinado país o jurisdicción conocen las condiciones vigentes en otra y demandan, por lo tanto, algo similar a sus propios representantes. Así, por ejemplo, los medios y algunos viajes permitieron observar a muchos habitantes de los ex países socialistas las condiciones de vida en Occidente y sus demandas terminaron derribando todo el sistema.

 

North & Douglass plantean las causas del cambio institucional. North luego iría por las ideas y valores

Con los alumnos de la materia Economía e Instituciones de OMMA-Madrid comenzamos viendo el ya clásico artículo de Douglass C. North y Robert P. Thomas “Una teoría económica del crecimiento del mundo occidental”, (Revista Libertas VI: 10 (Mayo 1989). Allí, los autores elaboran una teoría sobre el cambio institucional. North recibiría luego el premio Nobel por sus contribuciones en este campo, pero en alguna medida cambió su visión más adelante, particularmente en su libro “Understanding the process of economic change”, donde, en vez de presentar a los cambios en los precios relativos y la población como determinantes de esos cambios hace más hincapié en la evolución de los valores e ideas. Pero aquí, algunos párrafos de este trabajo:

North

“En este artículo nos proponemos ofrecer una nueva explicación del crecimiento económico del mundo occidental. Si bien el modelo que presentamos tiene implicaciones igualmente importantes para el estudio del desarrollo económico contemporáneo, centraremos nuestra atención en la historia económica de las naciones que formaron el núcleo del Atlántico Norte entre los años 1100 y 1800. En pocas palabras, postulamos que los cambios en los precios relativos de los productos y los factores de producción, inducidos inicialmente por la presión demográfica malthusiana, y los cambios en la dimensión de los mercados, dieron lugar a una serie de cambios fundamentales que canalizaron los incentivos hacia tipos de actividades económicas tendientes a incrementar la productividad. En el siglo XVIII estas innovaciones institucionales y los cambios concomitantes en los derechos de propiedad introdujeron en el sistema cambios en la tasa de productividad, los cuales permitieron al hombre de Occidente escapar finalmente al ciclo malthusiano. La llamada «revolución industrial» es, simplemente, una manifestación ulterior de una actividad innovadora que refleja esta reorientación de los incentivos económicos.”

“Las instituciones económicas y, específicamente, los derechos de propiedad son considerados en general por los economistas como parámetros, pero para el estudio de largo plazo del crecimiento económico son, evidentemente, variables, sujetas históricamente a cambios fundamentales. La naturaleza de las instituciones económicas existentes canaliza el comportamiento de los individuos dentro del sistema y determina, en el curso del proceso, si conducirá al crecimiento, al estancamiento o al deterioro económico.

Antes de avanzar en este análisis, debemos dar una definición. Resulta difícil asignar un significado preciso al término «institución», puesto que el lenguaje común lo ha utilizado en formas diversas para referirse a una organización (por ejemplo, un banco), a las normas legales que rigen las relaciones económicas entre la gente (la propiedad privada), a una persona o un cargo (un rey o un monarca), y a veces a un documento específico (la Carta Magna). Para nuestros fines, definiremos una «institución» o una disposición institucional (que es, en realidad, un término más descriptivo) como un ordenamiento entre unidades económicas que determina y especifica la forma en que -estas unidades pueden cooperar o competir.

Como en el caso más conocido de la introducción de un nuevo producto o un nuevo proceso, las instituciones económicas son objeto de innovaciones porque a los miembros o grupos de la sociedad les resulta aparentemente provechoso hacerse cargo de los costos necesarios para llevar a cabo tales cambios. El innovador procura obtener algún beneficio imposible de conseguir con los antiguos ordenamientos. El requisito básico para introducir innovaciones en una institución o un producto es que las ganancias que se espera obtener excedan los presuntos costos de la empresa; sólo cuando se cumple este requisito cabe esperar que se intente modificar la estructura de las instituciones y los derechos de propiedad existentes en el seno de la sociedad. Examinaremos sucesivamente la naturaleza de las ganancias potenciales y de los costos potenciales de tal innovación y exploraremos luego las fuerzas económicas que alterarían la relación de dichos costos y ganancias a lo largo del tiempo.”

 

Para Alberdi las libertades políticas tienen claros contenidos económicos. Tan claros que no los ven?

Con los alumnos de la Facultad de Derecho leemos los Caps 1 y 2 del libro “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina. Para Alberdi las libertades políticas tienen claros contenidos económicos.

Alberdi 3

Por ejemplo:

La libertad o derecho de petición, es una salvaguardia de la producción económica, pues ella ofrece el camino de obtener la ejecución de la ley, que protege el capital, la tierra y el trabajo, sin cuya seguridad la riqueza carece de estímulo y la producción de objeto.

La libertad o derecho de locomoción es un auxilio de tal modo indispensable al ejercicio de toda industria y a la producción de toda riqueza, que sin ella o con las trabas puestas a su ejercicio, es imposible concebir la práctica del comercio, v. g., que es la producción o aumento del valor de las cosas por su traslación del punto de su producción al de su consumo; y no es menos difícil concebir producción agrícola o fabril, donde falta el derecho de darle la circulación, que le sirve de pábulo y de estímulo.

La libertad de publicar por la prensa importa esencialmente a la producción económica, ya se considere como medio de ejercer la industria literaria o intelectual, o bien como garantía tutelar de todas las garantías y libertades tanto económicas como políticas. La experiencia acredita que nunca es abundante la producción de la riqueza, en donde no hay libertad de delatar y de combatir por la prensa los errores y abusos que embarazan la industria; y, sobre todo, de dar a luz todas las verdades con que las ciencias físicas y exactas contribuyen a extender y perfeccionar los medios de producción.

La libertad de usar y disponer de su propiedad es un complemento de la libertad del trabajo y del derecho de propiedad; garantía adicional de grande utilidad contra la tendencia de la economía socialista de esta época, que, con pretexto de organizar esos derechos, pretende restringir el uso y disponibilidad de la propiedad (cuando no niega el derecho que ésta tiene de existir), y nivelar el trabajo del imbécil con el trabajo del genio.

La libertad de asociación aplicada a la industria, es uno de los resortes más poderosos que reconozca la producción económica moderna; y en la República Argentina es garantía del único medio de satisfacer la necesidad que ese país tiene de emprender la construcción de ferrocarriles, de promover la inmigración europea, de poner establecimientos de crédito privado, mediante la acción de capitales asociados o unidos, para obrar en el interés de esos fines y objetos.

La libertad de asociación supone el ejercicio de las otras libertades económicas; pues si el crédito, si el trabajo, si el uso de la propiedad, si la locomoción no son del todo libres, ¿para qué ha de servir la libertad de asociación en materia industrial?

El derecho de profesar libremente su culto, es una garantía que importa a la producción de la riqueza argentina, tanto como a su progreso moral y religioso. La República Argentina no tendrá inmigración, población ni brazos, siempre que exija de los inmigrantes disidentes, que son los más aptos para la industria, el sacrificio inmoral del altar en que han sido educados, como si la religión aprendida en la edad madura tuviese poder alguno y fuese capaz de reemplazar la que se ha mamado con la leche.

La libertad de enseñar y aprender se relaciona fuertemente con la producción de la riqueza, ya se considere la primera como industria productiva, ya se miren ambas como medio de perfeccionar y de extender la educación industrial, o como derogación de las rancias leyes sobre maestrías y contratos de aprendizaje. En este sentido las leyes restrictivas de la libertad de enseñar y aprender, a la par que ofensivas a la Constitución que las consagra, serían opuestas al interés de la riqueza argentina.

Vemos, por todo lo que antecede, que la libertad, considerada por la Constitución en sus efectos y relaciones con la producción económica, es principio y manantial de riqueza pública y privada, tanto como condición de bienestar moral. Toda ley, según esto, todo decreto, todo acto, que de algún modo restringe o compromete el principio de libertad es un ataque más o menos serio a la riqueza del ciudadano al Tesoro del Estado y al progreso material del país. – El despotismo y la tiranía, sean del poder, de las leyes o de los reglamentos, aniquilan en su origen el manantial de la riqueza -que es el trabajo libre-, son causas de miseria y de escasez para el país, y origen de todas las degradaciones que trae consigo la pobreza.

¿Se originan las normas por evolución o por contrato? El ejemplo de los indios Montana y los castores

La norma evolutiva, se convierte en una norma general en tanto es aceptada por todos los miembros de una sociedad y esto permite coordinar sus acciones. Puede decirse que las personas han llegado a un “consenso” respecto de la norma. Buchanan llamaría a esto un “contrato” social. En algun punto la barrera que separa el concepto de consenso y el de contrato se vuelve borrosa, sobre todo cuando se interpreta la palabra contrato en sentido informal, o sea, no escrito.

Montanas

Tomemos un conocido ejemplo que comenta Buchanan (2009, p. 47). Se trata de los indios “montanas”, en la península de Labrador, actual territorio de Canadá, ejemplo mencionado por Demsetz (1987) para explicar el origen de los derechos de propiedad privada. Esta población aprovechaba la piel de los castores, sobre los que existía un derecho colectivo basado en el control del territorio por parte de la tribu. Es decir, la tribu reclamaba y defendía el derecho de propiedad sobre cierto territorio, dentro del cual se encontraban los castores pero cualquier miembro de la tribu podía cazarlos, no así los “extranjeros”. Con la llegada de los europeos se inicio el comercio de estas pieles y se origino la conocida “tragedia de la propiedad común”: cada miembro de esa sociedad tenia un incentivo a cazarlos y vender su piel pero nadie lo tenia para limitarse y permitir su reproducción. Como resultado de esto se hubiera producido el colapso y la extinción si no fuera que desarrollaron derechos de propiedad “privada” asignándose distintas parcelas entre si, generando con ello el incentivo a proteger un activo valioso.

Buchanan llama a la aceptación de esta norma por parte de los Labradores un “contrato”. Hayek llamaría a esto, probablemente, como el resultado de un proceso evolutivo, incluso no consciente. Tal vez la diferencia entre estos autores se encuentre en el grado de “raciocinio” que asignan a estos actores. Para Hayek, estarían motivados por su interés personal y la comprensión del problema de depredación que enfrentaban, pero no de la generación de un “contrato” o la introducción de una nueva institución. Los individuos de Buchanan serian más racionalistas[1].

Cómo se produjo realmente el acuerdo no lo sabemos[2]. Podemos especular acerca de las posibilidades:

  1. Una autoridad de la tribu impuso la nueva norma (esto significa también que fue aceptada por el resto, ya que fue cumplida).
  2. Esa misma autoridad propuso la norma y fue aceptada por el resto o por un grupo representativo del resto.
  3. Los miembros de la tribu o sus representantes se reunieron en asamblea, debatieron y adoptaron la nueva norma. Alguno propuso asignar derechos en forma privada.
  4. Unos, al ver que los castores mas cercanos a su propio lugar estaban desapareciendo comenzaron a vigilar la zona y controlar su caza y los demás lo aceptaron, haciendo lo propio en sus lugares cercanos.
  5. Algún grupo pequeño o apartado de la tribu se manejaba ya con su propio entorno como si fuera “privado” y los demás vieron que allí no había problemas de depredación.
  6. Un sentido de posesión de los castores ya existía y cuando deviene la escasez se activa. Dada la primitiva existencia de la posesión, como vimos en el Cap. 1, incluso presente en los animales y ancestros del ser humano, la familia o un grupo de familias podrían ocupar una zona y poseerla pero no preocuparse por limitar el acceso a los castores ya que no eran escasos. Cualquiera podía cazarlos aunque supieran que eran de la “zona de A”. Ahora que con escasos, A formaliza la posesión e impide la caza depredadora.

 

Las tres primeras alternativas se asocian con la visión contractualista, las otras tres con la evolucionista. Queda en manos de los historiadores determinar si fueron unas u otras, o tal vez otras diferentes. Tanto en una como en otra, sin embargo, existe al menos un individuo que tiene la idea, que lleva adelante la propuesta. Puede ser el líder o simplemente alguien que tiene la idea y la propone, o el primero que decide ejercer su derecho preexistente.

A éstos, a los que consciente o inconscientemente quieren producir cambios, los llamaremos empresarios institucionales. Éste es particularmente el caso con los autores que sostienen explícitamente el origen de las instituciones vía actos creativos deliberados, particularmente de un “contrato social”, como Thomas Hobbes, J.J. Rousseau y entre los modernos John Rawls y James Buchanan[3].

[1] “Como firma de internalizar las des-economías externas que fomentaba esta disposición de derechos, las tribus cambiaron de una estructura de uso común a una de propiedad privada. No es necesario que nos ocupemos aquí de  la exactitud histórica de esta versión,  o de la falta de ella. Pero nótese que Demsetz esencialmente “explica” un cambio en la estructura de los derechos recurriendo a un nuevo arreglo contractual que se hace conveniente debido a cambios exógenos en los datos económicos. Utiliza el ejemplo histórico para demostrar la proposición o el principio de que siempre habrá una tendencia a que las características de la estructura de derechos se modifiquen en la dirección que es mas eficiente en las condiciones que afronta la comunidad. No es posible discutir con esto, y se puede reconocer la contribución de Demsetz. Sin embargo,  no deberíamos cometer el error de decir que este enfoque explica el origen o el surgimiento de los derechos entre individuos o familias (tribus)con independencia de un acuerdo contractual, ya sea explicito o implícito. En este  modelo conceptual, los derechos de los varios participantes deben haber sido mutuamente reconocidos por todos los participantes antes de que se pudiera emprender mas negociaciones contractuales para modificar las  características estructurales” (Buchanan 2009, p.45).

[2] Demsetz cita a Leacock, Eleanor (American Anthropologist, American Anthropological Assoc., vol. 56, N° 5, parte 2, informe N° 78) pero de allí no se desprende con claridad como puede haber ocurrido.: «Hacia comienzos del siglo XVIII comenzamos a tener clara evidencia de que los territorios de caza y los acuerdos para atrapar animales por parte de familias individuales se estaban desarrollando en el área alrededor de Quebec. Las primeras referencias de tales acuerdos indican una distribución puramente temporaria de los territorios de caza. Ellos (algonquinos e iroqueses) se dividían a sí mismos en distintos grupos para poder cazar en forma más eficiente. Era la costumbre apropiarse pedazos de tierra de aproximadamente dos leguas cuadradas para cada grupo en los que cazaban en forma exclusiva. La propiedad de zonas de nutrias, sin embargo, ya había sido establecida y, cuando eran descubiertas, se marcaban apropiadamente. Un indio hambriento podía matar y comer las nutrias de otro si se dejaba en poder de su legítimo dueño la piel y la cola.”

[3] Dice Buchanan (2009): “Los preceptos para lograr vivir juntos no van a caer del cielo. Los hombres deben hacer uso de su propia inteligencia para imponer orden en el caos, inteligencia no en un sentido científico, orientada a la resolución de problemas, sino en un sentido mas difícil que implica llegar a un acuerdo entre ellos mismos y mantenerlo” (p.13).

Alberdi define el Sistema económico de la Constitución y pregunta: ¿la riqueza la crea el Estado?

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos el texto de Juan Bautista Alberdi “El Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” donde el autor, quien inspirara nuestra Constitución, explica cuál es su contenido económico.

Alberdi 3

En principio, afirma que esta Constitución contiene un “sistema de política económica”. Tan sólo observar superficialmente la historia argentina nos da cuenta que este sistema no se sostuvo, aunque aún rige la Constitución con algunos cambios. Y así nos fue…

“La Constitución Federal Argentina contiene un sistema completo de política económica, en cuanto garantiza, por disposiciones terminantes, la libre acción del trabajo, del capital, y de la tierra, como principales agentes de la producción, ratifica la ley natural de equilibrio que preside al fenómeno de la distribución de la riqueza, y encierra en límites discretos y justos los actos que tienen relación con el fenómeno de los consumos públicos. Toda la materia económica se halla comprendida en estas tres grandes divisiones de los hechos que la constituyen.”

Luego comenta las distintas escuelas económicas. La mercantilista y la socialista no ‘pertenecen’ a este texto, y no tanto la fisiócrata. Distinto es la ‘industrial’:

“En medio del ruido de la independencia de América, y en vísperas de la revolución francesa de 1789, Adam Smith proclamó la omnipotencia y la dignidad del trabajo; del trabajo libre, del trabajo en todas sus aplicaciones -agricultura, comercio, fábricas- como el principio esencial de toda riqueza. «Inspirado por la nueva era social, que se abría para ambos mundos (sin sospechado él tal vez, dice Rossi), dando al trabajo su carta de ciudadanía y sus títulos de nobleza, establecía el principio fundamental de la ciencia.» Esta escuela, tan íntima, como se ve, con la revolución de América, por su bandera y por la época de su nacimiento, que a los sesenta años ha tenido por neófito a Roberto Peel en los últimos días de su gloriosa vida, conserva hasta hoy el señorío de la ciencia y el respeto de los más grandes economistas. Su apóstol más lúcido, su expositor más brillante es el famoso Juan Bautista Say, cuyos escritos conservan esa frescura imperecedera que acompaña a los productos del genio.

A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina, y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esa Constitución”.

El país se encuentra, según Alberdi, en la pobreza. ¿Cómo y quién podrán sacarla de esa situación?

“En efecto, ¿quién hace la riqueza? ¿Es la riqueza obra del gobierno? ¿Se decreta la riqueza? El gobierno tiene el poder de estorbar o ayudar a su producción, pero no es obra suya la creación de la riqueza.

La riqueza, es hija del trabajo, del capital y de la tierra; y como estas fuerzas, consideradas como instrumentos de producción, no son más que facultades que el hombre pone en ejercicio para crear los medios de satisfacer las necesidades de su naturaleza, la riqueza es obra del hombre, impuesta por el instinto de su conservación y mejora, y obtenida por las facultades de que se halla dotado para llenar su destino en el mundo.

En este sentido, ¿qué exige la riqueza de parte de la ley para producirse y crearse? Lo que Diógenes exigía de Alejandro; que no le haga sombra. Asegurar una entera libertad al uso de las facultades productivas del hombre; no excluir de esa libertad a ninguno, lo que constituye la igualdad civil a de todos los habitantes; proteger y asegurar a cada uno los resultados y frutos de su industria: he ahí toda la obra de la ley en la creación de la riqueza. Toda la gloria de Adam Smith, el Hornero de la verdadera economía, descansa en haber demostrado lo que otros habían sentido, – que el trabajo libre es el principio vital de las riquezas.

La libertad del trabajo, en este sentido, envuelve la de sus medios de acción, la tierra y el capital y todo el círculo de su triple empleo -la agricultura, el comercio, las manufacturas,- que no son más que variedades del trabajo.

Según esto, organizar el trabajo no es más que organizar la libertad; organizarlo en todos sus ramos, es organizar la libertad agrícola, la libertad de comercio, la libertad fabril. Esta organización es negativa en su mayor parte; consiste en la abstención reducida a sistema, en decretos paralelos de los del viejo sistema prohibitivo que lleven el precepto de dejar hacer a todos los puntos en que los otros hacían por sí, o impedían hacer.”

 

Dos interpretaciones sobre el ‘teorema de Coase’: ¿análisis institucional o costos y beneficios?

El libro tiene un Capítulo 7 que no estaba en la edición original, donde se trata específicamente sobre el llamado «Teorema de Coase». Algunos párrafos:

«Hay dos interpretaciones que pueden hacerse de este teorema. En la primera de ellas, se critica a quienes ponen énfasis solamente en que en un mundo de costos de transacción igual a cero la distribución inicial de derechos de propiedad sería una cuestión irrelevante para la eficiencia de la solución alcanzada, ya que los recursos serían canalizados hacia sus usos más valorados. Una interpretación “benigna” de Coase diría que esa no fue simplemente su posición, sino que el sentido del teorema sería destacar que la existencia real de costos de transacción pone relevancia en el papel que las instituciones cumplen en la economía. Según esta interpretación, el modelo “costos de transacción cero” sería similar a lo que se planteó antes respecto al “imaginario estado de equilibrio”: una construcción ideal que nos permitiría comprender el mundo real, donde los costos de transacción se encuentran siempre presentes, e iniciar así un programa de investigación sobre el desarrollo de instituciones que permitan economizarlos[1].

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Este interés por el papel que cumplen las instituciones en el funcionamiento de la economía y cómo las mismas nacen y evolucionan ha sido una preocupación de larga data. Esta fue manifestada por los filósofos escoceses y economistas clásicos (David Hume, Bernard de Mandeville, Adam Ferguson y Adam Smith). La explicación gradual y evolutiva del desarrollo de las instituciones fue retomada especialmente por Hayek (1978, 1988), en relación con el funcionamiento de los mercados y la evolución de las normas e instituciones sociales en general.

Hayek distingue tres niveles de evolución: la genética, la de las ideas y, la cultural operando entre el instinto y la razón. La cultura no sería determinada por la genética ni tampoco diseñada racionalmente; o según aquella frase de Ferguson, que Hayek cita con frecuencia: “el resultado de la acción humana, no del designio humano”. El resultado de una tradición de pautas de conducta aprendidas, cuyo papel es poco entendido aun incluso por aquellos que se sujetan a ellas, y que son transmitidas por un proceso “ciego”, en el sentido de que no es conscientemente planificado o controlado.

Qué normas surgen es una cuestión de accidente histórico, incluso haciendo lugar para el mejor diseño que la mente humana pueda crear, y otra cosa es cuáles sobreviven. Las últimas son determinadas por un proceso de selección que se encuentra en la evolución cultural; un proceso que opera en grupos que comparten las mismas pautas de conducta. Aquellos grupos que tienen éxito en desarrollar las pautas que mejor permiten las interacciones en la sociedad crecerán y desplazarán a otros grupos, o estos aprenderán de los anteriores copiándolas.

Como vemos, todo esto se acerca mucho al análisis que actualmente se hace en el marco de la “teoría de los juegos”, sobre todo a partir de las conclusiones obtenidas de los juegos repetidos del tipo “dilema del prisionero”, como vimos en el capítulo anterior (Axelrod 1984).

La segunda interpretación del teorema también acepta que, en un mundo de costos de transacción igual a cero, la distribución inicial de derechos de propiedad sería una cuestión irrelevante para la “eficiencia” de la solución alcanzada, ya que los recursos serían canalizados hacia sus usos más valorados. Pero la crítica ya no resulta “benigna” con Coase, ya que él puede no haber estado de acuerdo con la posición “eficientista” de Posner, pero dejó la puerta abierta para la misma. Dice Coase (1960, p. 37), refiriéndose a un caso de daños ocasionados por conejos a las plantaciones de maíz de su vecino (el caso Boulston, 1597): “… no es que el hombre que cría conejos sea el único responsable del daño; aquel cuyas cosechas son dañadas es igualmente responsable”[2].

Todo esto habría cambiado cuando se otorgó la prioridad a la eficiencia en la delimitación de derechos de propiedad, ya que los jueces debían decidir ahora quién tenía derecho a qué con base en cuál era la asignación más eficiente. Debían dejar de lado una larga tradición, basada en el derecho de propiedad, y utilizar cómo criterio de decisión solamente la maximización de la riqueza total[3]. El subjetivismo en las valoraciones y la imposibilidad de hacer comparaciones interpersonales de utilidad tornaría a la decisión judicial de maximizar la riqueza económica en algo complicado, si no imposible de realizar.

¿Qué se puede hacer entonces? Las enseñanzas del teorema de Coase señalan que una política para reducir los efectos de externalidades negativas sería delimitar claramente los derechos de propiedad, de tal forma que las partes puedan luego resolver esos problemas por medio de negociaciones. La definición de tales derechos reduciría los costos de transacción entre las partes, ampliando las posibilidades de estas soluciones voluntarias. Esto significa lograr una definición clara tanto de la asignación de la propiedad como de las limitaciones para su uso y disposición. En relación con los ejemplos mencionados, esto significa definir, por ejemplo: ¿cuál es el nivel de ruido, humos u otro tipo de emanaciones que puedo realizar, por encima del cual la situación se convierte en una externalidad que viola el derecho de mi vecino?

Por supuesto que, si bien es esta una solución “voluntaria” entre las partes, demanda que el mecanismo de gobernabilidad funcione. Esa definición de derechos puede obtenerse por la vía de las decisiones judiciales (particularmente en los sistemas de common law), o por la vía legislativa (normalmente resoluciones de gobiernos locales). En ambos casos, estos mecanismos deben funcionar adecuadamente

[1].      Así, Boettke (1997, p. 52), señala: “Tal vez en la mejor biografía intelectual de Coase hasta el momento, Steven Medema (1994) sostiene que Coase estaba interesado en examinar las consecuencias de distintos arreglos legales sobre el desempeño económico, más que en utilizar técnicas económicas para examinar la ley. Esta diferencia en énfasis explica la falta de interés de Coase por el enfoque de la ley y la economía de Posner, un movimiento más preocupado por examinar la eficiencia de distintos arreglos legales. Coase no solamente sugirió un programa alternativo de instituciones comparadas, sino que cuestionó profundamente la coherencia lógica de la economía neoclásica dominante. Parte del ejercicio de equilibrio que ocupó a Coase fue mostrar que perseguir la lógica de la maximización en un entorno de costos de transacción cero llevaba a conclusiones diferentes de las sugeridas por la economía del bienestar pigouviana. Si los costos de transacción fueran cero, los actores económicos negociarían para resolver el conflicto; si los costos de transacción (incluyendo costos de información) fueran positivos, ¿sabrían las autoridades cuál es el nivel correcto de impuesto o subsidio para corregir la situación? El programa de investigación de Coase era tanto una crítica de la práctica prevaleciente y un programa positivo alternativo que está emergiendo ahora en la Nueva Economía Institucional, de la cual Coase es aún el principal representante”.

[2].      Comenta Block: “Previamente, la visión de la profesión [económica] respecto a invasiones contra otra persona o su propiedad era la liberal clásica de causa y efecto. A era el perpetrador, B la víctima”. “Asimismo, en una perspectiva más tradicional, la maximización de riqueza era el subproducto de los derechos a la propiedad privada, no su progenitora. En otras palabras: las consideraciones económicas eran la cola y los derechos de propiedad el perro. Locke, por ejemplo, no se preguntaba si el homesteader era quien utilizaba más eficientemente el territorio virgen. Para este filósofo, era suficiente que una persona fuera la primera en ‘mezclar su trabajo con la tierra’; esto, y solamente esto, era suficiente para convertirlo en el legítimo propietario”. Walter Block, “Ethics, Efficiency, Coasian Property Rights, and Psychic Income: A Reply to Demsetz”, Review of Austrian Economics 8, no. 2 (1995): pp. 61-125.

[3].      “¿Y cuál es el consejo a los jueces que emana de este nuevo enfoque? Estos deben decidir de tal forma que se maximice el valor de la actividad económica. Bajo un régimen de costos de transacción cero, en verdad no importaría —en cuanto se refiere a la asignación de recursos— cuál de las dos partes en disputa recibió el derecho en cuestión. Si este era otorgado a la persona que más lo valorara, bien. Si no, el perdedor podría pagar al ganador para disfrutar de su uso. Pero en el mundo real con costos de transacción significativos, por el contrario, la decisión judicial es absolutamente crucial. Lo que el juez decida permanecerá; no habría oportunidad para intercambios mutuamente beneficios ex post”. (Block 1995, p. 63).

¿Qué es el «bienestar general»? ¿Es el ‘óptimo de Pareto’? ¿TIene éxito el estado donde el Mercado falla?

Los alumnos de la materia “Applied Economics” de SMC leen los dos primeros capítulos del libro “El Foro y el Bazar”. Claro, la materia es “economía aplicada” pero se encuentran allí con un problema que es, en verdad, de naturaleza casi filosófica.

Se trata de definir qué es una “sociedad” y si puede hablarse de algo como el “bienestar común”, que guíe la toma de decisiones colectivas. En ese sentido, me parece que el Derecho ha avanzado poco y presenta definiciones muy poco precisas. En un post reciente, una alumna presentaba una definición de “servicio público” así: “un servicio se considera público cuando su finalidad es atender una necesidad de la sociedad en su conjunto”. Parecería de allí derivarse una definición de “bienestar común” como aquél en que la sociedad mejor satisface sus necesidades en conjunto.

Pero es inevitable preguntar: ¿qué significa satisfacer una necesidad en conjunto? La “sociedad” no existe como un ser aparte de los miembros que la componen, por lo que se hace necesario definir qué significa eso de “en conjunto”. ¿Quiere decir todos, una cierta mayoría? ¿Y cómo sabemos cuál es esa necesidad de la sociedad en su conjunto? En general, veo que los alumnos de Derecho llegan con una visión “normativa” del asunto: es lo que el Estado “debería” hacer, claro, si los políticos fueran ángeles. Pero no hay una pregunta profunda y una explicación concreta de lo que “es” tal como el bienestar general.

En ese sentido, la economía parece haber avanzado un poco más y, al menos, haber presentado una definición que permite avanzar algo en la discusión. Se trata del “óptimo de Pareto”. En términos simples, una situación es más ‘eficiente’ que otra si algunos han podido mejorar su situación, sin que empeore la situación de los demás. Y se alcanzaría un óptimo cuando ya no puedan algunos mejorar su situación, sin empeorar la situación de los demás. Ese óptimo podría ser el “bienestar general” del que hablan los alumnos de Derecho.

No parece una definición muy precisa pero, al menos, los economistas han precisado algo: que ese óptimo se alcanza en el punto de equilibrio, donde se cruzan las curvas de oferta y de demanda, donde la cantidad demandada es igual a la cantidad ofrecida. Dicho de otra forma: cuando se ha agotado todas las oportunidades de intercambio, los bienes o servicios han quedado en manos de quienes más los valoran y se ha alcanzado el máximo de superávit de los demandantes y de los oferentes. Ambas partes en los intercambios han ganado…, sin que empeore la situación de los demás.

Ahora bien, a partir de esta definición la economía ha seguido dos caminos que llevan luego a conclusiones “aplicadas” bien distintas: por un lado, la mayoría de los economistas entiende que los mercados no alcanzan ese punto óptimo debido a la existencia de todo tipo de “fallas”, y de allí saltan a proponer que el Estado y la política sean los que van a superarlas, acercando la posición al óptimo. Por otro, autores como Mises o Hayek quienes señalan que el modelo ideal de los mercados en equilibrio es útil solamente para entender cómo la realidad no es, para remover de a poco algunos de sus supuestos y acercarnos al funcionamiento real de los mercados. Uno de ellos es el supuesto del conocimiento perfecto por parte de todos los participantes en el mercado, que es imperfecto y se encuentra disperso entre todos sus participantes. Desde ese punto de vista, el mercado por cierto que es imperfecto porque no hay nada “perfecto” en un mundo de limitaciones pero el mercado es un extraordinario mecanismo para transmitir y aprovechar ese conocimiento limitado y disperso y, en todo caso, hay que remover las barreras para que pueda cumplir esa función adecuadamente.

Por último, que las llamadas “fallas de mercado” (competencia imperfecta, externalidades, bienes públicos, información asimétrica, etc.) existan no implica que la política las vaya a solucionar mejor de los arreglos institucionales que las mismas sociedades desarrollan para hacerles frente. Es decir, no hay una única solución (política) sino que nos encontramos en un entorno de análisis comparativo de marcos institucionales diferentes, donde pocas veces la política supera a los arreglos de tipo voluntario, comunitario o cooperativo.

 

Calidad Institucional: Argentina, uno de los que más ha caído. Primero: Suiza, en América: Canadá

Presentamos ayer con la Fundacion Libertad y Progreso el Índice de Calidad Institucional 2015. Disponible aquí:

Español: http://www.libertadyprogresonline.org/wp-content/uploads/2015/04/ICI-SPA_2.pdf

Inglés: http://www.libertadyprogresonline.org/wp-content/uploads/2015/04/ICI-2015EN-_2.pdf
El ICI evalía la calidad instiucional de 192 países del mundo. La Fundacion Libertad y Progreso enfatiza en su comunicado, por supuesto, la situación argentina. Pero en el texto puede verse la situación de todos esos países. Aquí lo que dice LyP:

Según el Indice de Calidad Institucional 2015, presentado ayer por la Fundación Libertad y Progreso vía Agrositio.com; la Argentina está peor que Líbano, Rusia y Uganda en calidad de instituciones, ocupando el lugar 137 en una lista de 193. “Desde 2005, Argentina es el país que más deterioro tuvo en todo el mundo en instituciones como libertad de prensa, vigencia del estado de derecho o libertad económica. Estamos, en cuanto a calidad de instituciones, en niveles comparables a los de Mozambique, Ucrania y Gabón”, explicó el académico Martín Krause, encargado de presentar el Indice ayer junto a los economistas Diana Mondino y Aldo Abram, en un panel moderado por el periodista Ricardo Bindi.

De acuerdo a Krause, el deterioro argentino en instituciones no es un dato menor, ya que afecta directamente y palpablemente la posibilidad de desarrollo de los argentinos y las empresas. “Los países que cuidan la calidad de sus instituciones tienen mucho mayor porcentaje de inversión extranjera directa, y eso es una herramienta central para el desarrollo”, dijo Krause. “Los países bien rankeados en la tabla, que protegen la inversión y la actividad emprendedora muestran un mejor desempeño económico y, con ello, ofrecen más oportunidades de progreso a sus habitantes. Como contraparte, la violación de los derechos de propiedad, la libertad contractual, la libertad de precios, el exceso de regulaciones y trabas al funcionamiento de los mercados afectan la inversión y se pagan con un menor crecimiento y mucho menos oportunidades y calidad de vida para los ciudadanos”, destacó Krause.
Seguidamente, Aldo Abram, director de la Fundación Libertad y Progreso, habló de cómo recuperar el liderazgo en instituciones que Argentina supo tener a principios de siglo XX. “Va a haber que tomar medidas difíciles, pero no hay muchas opciones para el candidato que viene. La diferencia entre los candidatos va a ser si toman esas medidas en forma gradual o de shock. Hay que parar el desmadre fiscal, ajustar el tipo de cambio, y cambiar la lógica del asistencialismo por herramientas que permitan capacitar a las personas y que recuperen su dignididad y sus capacidades. Los candidatos no lo pueden decir porque dicen que pierden votos, por eso los que no somos candidatos tenemos que concientizar a la gente de que se van a tener que tomar medidas difíciles pero es la única forma de salir adelante”, explicó Abram.
El economista coincidió en que el deterioro de la calidad institucional no es menor, y tiene consecuencias reales. “No es casualidad de que Argentina es uno de los países del mundo adonde mas se han fugado capitales, por arriba de 150 mil millones de dólares. Y todo tiene que ver la falta de confianza en la moneda y en lo que hacen los Gobiernos con las reservas del Central”, destacó.
A su turno, Diana Mondino destacó la importante función que tiene el “Agribusiness” en la Argentina como posible salida del estancamiento. “La capacidad del país de crecer en el segmento de agronegocios es quizás la más alta entre todos los países del mundo. Producir telefonitos es una tontería, lo que tiene que hacer el país si apostar a agroindustria, a la producción de biotecnología, combustibles verdes, metalmecánica, y que con la agroindustria de norte se fijen las políticas de educación, infraestructura, etc, para fortalecer ese potencial”, destacó Mondino. “Argentina tiene posibilidades enormes y muy diversas en las industrias agro y biológicas, y somos muy competitivos en eso. Tenemos que orientar las políticas a ese sector. No es que hay que abandonar lo industrial, pero hay que apostar a lo que tiene chances de mejorar”, explicó Mondino.
“Finalmente otro tema es el de la carga fiscal, si se sacan o no retenciones por ejemplo. Y lo que hay que entender es que, si se sacan retenciones, no es que deja de entrar plata al país, sino que en vez de entrar todo ese dinero al Estado, se va a redistribuir entre el productor, el transportista, el que cosecha y el almacenero del pueblo”, finalizó.
Un récord para olvidar
En 2015, la Argentina se convirtió en el país que más cayó en los últimos diez años en el Indice de Calidad Institucional que elabora la Fundación Libertad y Progreso desde 2007, llegando al puesto 137 de 193 países.
Ademas, de acuerdo a este Indice, Argentina es uno de los países que más calidad institucional perdió desde 1996, cayendo 93 puestos. Le acompañan en la caída Bolivia (cayó 99 puestos en calidad institucional), Seychelles (cayó 94), Ecuador (cayó 81), Venezuela (cayó 75), Zimbabwe (cayó 72), Mali (cayó 62), Paraguay (cayó 61) y Madagascar (cayó 60 puestos).
En tanto, entre los países líderes en cuanto a sus instituciones políticas y de mercado, lideran la tabla Suiza, Nueva Zelanda, Finlandia y Dinamarca. Aún en los países que estaban bajo la Cortina de Hierro hasta 1989 la mejora es destacable en la mayoría de los casos en los últimos años. Así, entre los que más han mejorado su calidad institucional en los últimos veinte años se pueden destacar a Georgia (subió 81 lugares en calidad institucional), Rumania (trepó 49), Croacia (trepó 45), Bulgaria (trepó 40), Lituania (trepó 37), Armenia (subió 34), Letonia (subió 29), Albania (subió 26) y Bosnia Herzegovina (subió 25). Rusia, por otro lado, no ha registrado mejoras. Lo había hecho luego de la caída del régimen comunista pero desde 1996 retrocedió 18 posiciones. Finalmente Ruanda, un país que supo sufrir fuertes conflictos, logró escalar 60 posiciones en este ranking desde 2006.
En lo que se refiere al continente americano, las principales mejoras desde 1996 corresponden a Perú (subió 20 lugares en el Índice), Colombia (creció 15 puestos) y Brasil (creció 5) y los peores desempeños a Bolivia (descendió 99 puestos), Argentina (descendió 93), Ecuador (cayó 81), Venezuela (cayó 75), Paraguay (bajó 61 lugares) y Honduras (cayó 54). Por otro lado, desde 2006, las principales mejoras de la región corresponden a Perú (subió 10 puestos), Uruguay (subió 8), Costa Rica (trepó 7), Colombia, Canadá y Paraguay (treparon 2 lugares cada uno).

El Indice de Calidad Institucional, elaborado por el académico Martín Krause para la Fundación Libertad y Progreso, cuenta con el apoyo de la Fundación Naumann y Relial. El Indice se calcula tomando ocho indicadores elaborados por organismos internacionales y promediándolos (los índices internacionales “Vigencia del estado de derecho”, “Voz y Rendición de Cuentas”, “Libertad de Prensa” y “Percepción de Corrupción”, “Competitividad Global”, “Libertad Económica” (Heritage), “Libertad Económica” (Fraser) y “Haciendo Negocios” (Doing Busisness, del Banco Mundial).

 

¿Igualdad de derechos o de resultados? Se buscan iguales resultados en la economía, no en la política

En un post anterior encabezado por la pregunta si unos nacieron para gobernar y otros para ser gobernados, la cita del autor terminaba planteando que si no es posible ni conveniente obtener los mismos resultados, había que garantizar el mismo trato bajo la ley.

Creo encontrar en las respuestas y comentarios de los alumnos a éste y otros posts una visión que trata a los derechos y libertades políticas en forma diferente que los derechos y libertades económicas. No importa quién los haya escrito pero tomo dos de esos comentarios para considerarlos:

“En mi opinión, no nacieron unos para gobernar y dirigir y el resto de para ser gobernados y dirigidos. Todos tenemos el derecho de gobernar. Algunos nacen con la facilidad de afrontar proyectos, tomar decisiones y “ponerse al hombro” un grupo de personas y otros se sienten más cómodos siguiendo a la persona con que se identifican por su forma de pensar o ser.

Todas las personas nacen con un talento a explotar; venimos al mundo a actuar, y tenemos la posibilidad desde nuestro lugar de “cooperar con otros para alcanzar los objetivos que ningún individuo solo podría alcanzar”. Queda en cada uno ver en que momento lo exterioriza y si tiene la oportunidad de hacerlo; esto tiene que ver con la personalidad de cada uno. Pero sin dudas, todos tenemos derecho a gobernar, siempre desde un lugar responsable y debidamente formados para el desafío que implica el gobernar a otros.”

Lo que se plantea aquí es que todos tenemos el derecho a participar o no de la competencia política. Podemos hacerlo o no; recibimos el mismo trato bajo la ley y el sistema político; no hay ninguna demanda de trato diferencial para igualar las posibilidades políticas de los distintos ciudadanos. Ahora presento otro:

“Evidentemente, los derechos de los ciudadanos han ido evolucionando a lo largo del tiempo, con esto me refiero a que se han introducido aquellos que no eran considerados en décadas pasadas, protegiendo por ejemplo la figura del niño y la mujer con tratados internacionales. Pero creo que aún hoy, no podemos hablar de igualdad en cuanto a derechos; no todos los habitantes de una misma Nación cuentan con las mismas posibilidades de acceder a ellos. Si bien en la Argentina, considero que se ha avanzado con la incorporación del matrimonio igualitario por ejemplo, todavía nos encontramos con muchas trabas para que determinados sectores tengan libre acceso a sus derechos. Asimismo, pienso que no podemos hablar de igualdad de derechos cuando un niño en el norte del país no puede acceder a la misma educación que uno que vive en cualquier ciudad de otra provincia. Llevándolo a nivel mundial, por supuesto que este tema es mucho mas complejo, pero hablando a nivel país, pienso que falta mucho para decir que todos los habitantes cuentan con los mismos derechos.”

Esta visión hace hincapié en el resultado (‘no podemos hablar de igualdad de derechos cuando un niño…).

Me parece ver que muchos estudiantes aceptan sin mayor duda una visión “negativa” de los derechos políticos (somos libres de participar o no, si queremos, pero no tenemos ‘derecho’ a ningún resultado en particular, esto es, por ejemplo, a ser electos) pero una visión “positiva” de derechos relacionados con resultados, en general económicos, (se debe obtener un cierto resultado).

¿Existe una contradicción? ¿Si hay simplemente un derecho a participar de la política debería extenderse esa idea al resto de nuestras acciones? Es decir, tenemos derecho a participar o no de las actividades económicas pero no tenemos derecho a ningún resultado en particular.

O deberían, al igual que proponen igualdad de resultados económicos, garantizar la igualdad de resultados políticos? Algo de eso hay, porque hay, por ejemplo, una cuota ‘femenina’ en muchos congresos. ¿Estarían dispuestos también a proponer una cuota para pobres o la asignación de sitios en el Congreso según los niveles de ingreso per cápita? Por ejemplo, 20 escaños para los votantes de tanto a tanto ingreso anual, otro 20% para los otro tanto ingreso anual y así?

Me parece que no les gustaría la idea, pero me pregunto por qué no tienen problema en aceptarla en cuanto a los resultados económicos se refiere.

Argentina dio marcha atrás con la reforma de las pensiones. ¿Se perdió el tren en el andén otra vez?

Gabriela Calderón es editora de ElCato y asidua columnista en periódicos de Ecuador y la región. Ahora ha publicado un libro con sus mejores columnas con el título “Entre el instinto y la razón” (Paradiso Editores, 2014).

Va uno sobre las reformas a los sistemas de pensiones en Latinoamérica:

Las principales economías del mundo desarrollado se esmeran en ilustrar el fracaso de los sistemas previsionales de reparto, aproximándose a su bancarrota. Un estudio publicado en 2009 estimaba que la deuda pública implícita promedio —esto es, la deuda pública más las obligaciones no financiadas de los sistemas de seguridad social— para 25 países de la Unión Europea era de 434% de su PIB1 y según un estudio de 2011 la deuda implícita de EE.UU. era de 412% del PIB (esta última cifra incluye también obligaciones no financiadas de programas como Medicare y Medicaid). De no realizarse una reforma integral de los sistemas de seguridad social, sus gobiernos tendrán que incumplir las promesas, ya sea recortando beneficios, prolongando forzosamente la vida laboral de sus trabajadores, o una combinación de estas y otras medidas.

Mientras tanto, durante las últimas tres décadas cuatro países latinoamericanos —Chile, Colombia, México y Perú— han realizado profundas reformas a sus sistemas, transitando desde un sistema de reparto hacia uno de capitalización individual. Un estudio reciente2 analiza el impacto estas reformas sobre el desarrollo económico de estos países.

Respecto al mercado laboral, el estudio muestra que los derechos de propiedad de los trabajadores sobre sus cuentas individuales para su jubilación y la directa relación entre sus aportes y beneficios resultó en que los trabajadores dejen de percibir al ahorro para su jubilación como un impuesto, estimulándolos a ahorrar. El mayor ahorro permitió que se incrementen las inversiones en hipotecas y proyectos de infraestructura.

El crecimiento de los fondos de pensiones profundizó los mercados de capitales en estos países. La profundización financiera, medida con algunas variantes según la economía, aumentó en Chile desde 46% en 1981 a 276% del PIB en 2011; en Colombia, de 45% a mediados de los 90 a 137% del PIB en 2010; en México, de 42,6% en 2001 a 64,8% del PIB en 2012; y en Perú, de 26% en 1993 a 99% del PIB en 2009. Este progreso no se puede atribuir exclusivamente a la reforma de pensiones, pero el hecho de que los fondos de pensiones son los principales inversores en los bonos de empresas indica que sí han contribuido de manera importante.

El estudio calcula que la reforma de pensiones agregó 0,37% al crecimiento anual del PIB chileno entre 1981-2011; 0,58% al colombiano entre 2006-2010; 0,31% al mexicano entre 1998-2012; y 0,33% al peruano entre 1993-2011.

Chile, el país pionero en esta reforma, puede jactarse de un sistema de pensiones que entre 1981 y 2012 logró un retorno sobre sus inversiones de 8,6% (por encima de la inflación y a pesar de la crisis financiera de 2008-2009).3 Además, este sistema logró una tasa de reemplazo —esto es, la pensión como porcentaje del salario promedio durante los 10 últimos años de la vida laboral— de 87% para los hombres y 58% para las mujeres que cotizaban al menos 10 años (esta oscila alrededor del 69% en los países de la OCDE).4 Es importante notar que 73% del ahorro acumulado en estos 32 años se debe a la rentabilidad de las inversiones realizadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones.5

Aquí, como en otras partes del mundo desarrollado, seguimos asumiendo que los políticos cuidarán mejor de los ahorros de los trabajadores que los mismos trabajadores.

Este artículo fue publicado originalmente en El Universo (Ecuador) el 15 de noviembre de 2013.

Referencias:

  1. Gokhale, Jagadeesh. “Measuring The Unfunded Obligations of European Countries”. National Center for Policy Analysis. Policy Analysis No. 319. Enero de 2009.
  2. “Contribución del sistema privado de pensiones al desarrollo económico de Latinoamérica: Experiencias de Colombia, México, Chile y Perú”. Estudio realizado por SURA Asset Management y publicado por la Federación Internacional de Administradoras de Pensiones (FIAP). Agosto de 2013.
  3. Errázuriz, Guillermo Arthur. “El sistema de pensiones en Chile a 32 años de su creación”. Presentación preparada para seminario sobre pensiones organizado por Fundación Vidanova Fondo de Pensiones en octubre de 2013.
  4. “AFP: Estudio ubica tasas de reemplazo en 87% para los hombres y 58% para las mujeres”. La Tercera. 2 de septiembre de 2013.
  5. Errázuriz, Guillermo Arthur. “El sistema de pensiones en Chile a 32 años de su creación”.