Alberdi y la libertad del trabajo como diferente de la organización del trabajo, que tenemos ahora

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi, en su texto “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina”, cuando habla de la libertad de trabajo y la organización sindical:

Alberdi

“La libertad del trabajo puede ser atacada en nombre de la organización del trabajo. Verdadero sentido de esta palabra alterado por los socialistas.

En general puede ser atacada la Constitución en sus libertades sobre la industria por todas las leyes, que, teniendo por objeto lo que la escuela de economía socialista ha llamado organización del trabajo, desconozcan que el trabajo no puede recibir otra organización, o más bien no puede ser organizado por otro medio, que por la legislación civil aplicada a los tres grandes ramos en que el trabajo y la industria se dividen: agricultura, comercio, industria fabril. En cualquiera de estos ramos, el rol orgánico de las leyes el mismo que en la materia civil; él consiste en establecer reglas convenientes para que el derecho de cada uno se ejerza en las funciones de producir, dividir y consumir el producto de su trabajo (agrícola, fabril o comercial), sin dañar el derecho de los demás.

En este sentido, organizar el trabajo no es más que organizar o reglamentar el ejercicio de la libertad del trabajo, que la Constitución asegura a todos los habitantes.

No hay más que un sistema de reglamentar la libertad; y es el de que la libertad de los unos no perjudique a la libertad de; los otros: salir de ahí, no es reglamentar la libertad del trabajo; es oprimida. – Los códigos comercial, agrícola y fabril tienen toda la misión de organizar el trabajo.

De lo dicho hasta aquí se infiere que la ley puede ser un medio, y el más temible, de derogar las garantías que la Constitución concede a la producción de las riquezas, con motivo o con pretexto de organizar su ejercicio; y que la Constitución misma pone en manos del legislador el pretexto de ejercer este abuso por ignorancia, inconsecuencia o mal espíritu, concediendo todas las libertades económicas que dejamos pasadas en revista, con sujeción a la ley en lo tocante a su ejercicio.

Por qué la Constitución sujetó a la ley el ejercicio de los derechos económicos.

Ni la Constitución argentina ni ninguna otra habría si do capaz de evitar este escollo, concediendo la libertad sin sujeción ni referencia a la ley. Este medio era imposible: porque, como hemos dicho arriba, ninguna Constitución se realiza por sus propias disposiciones y sin el auxilio de la ley reglamentaria u orgánica de los medios de ejecución. Si una Constitución se bastase a sí propia, no habría necesidad de otra ley que ella, y toda la legislación civil y penal carecería de objeto.

Era inevitable dejar a la ley el cuidado de hacer efectiva la libertad económica declarada por la Constitución, cualquiera que fuese el peligro. Este defecto no es de la Constitución argentina, sino de toda legislación humana.

Lo que debió hacer la Constitución en este punto lo hizo, y fue dar el antídoto, el contraveneno, la garantía para que el poder dado a la ley de hacer efectiva la Constitución, no degenerase en el poder de derogarla con el pretexto de cumplirla. En este punto la Constitución argentina excedió a todas las conocidas de Sud América, por la seguridad que dió al derecho privado contra el abuso del más temible poder, que es el poder del legislador.

En efecto, la Constitución argentina, como todas las conocidas en este mundo, vio el escollo de las libertades, no en el abuso de los particulares tanto como en el abuso del poder. Por eso fue que antes de crear los poderes públicos, trazó en su primera parte los principios que debían servir de límites de esos poderes: primero construyó la medida, y después el poder. En ello tuvo por objeto limitar. no a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder del legislador y de la ley quedaron tan limitados como el del Ejecutivo mismo.”

Captura regulatoria: la licencia de un taxi en Nueva York se vende por más de un millón de dólares

En el Cato Journal, Randall Holcombe, De Voe Moore Professor of Economics at Florida State University, analiza el concepto de captura regulatoria en lo que llama ‘capitalismo político’: http://www.cato.org/cato-journal/winter-2015

Así es como lo explica:

“Los buscadores de rentas son capaces de obtener políticas gubernamentales que transfieran rentas hacia ellos pero con el tiempo esas rentas se disipan porque se capitalizan en los activos requeridos para obtener dichas rentas. Un claro ejemplo son los ‘medallones’ o permisos requeridos para conducir un taxi en la ciudad de Nueva York. El número de ‘medallones’ es limitado, se ha creado una barrera de ingreso, generando ganancias por sobre lo normal. Los medallones pueden venderse, y quienquiera ingresar en el mercado debe comprarlo; se han vendido por más de un millón de dólares. Las ganancias transitorias se han capitalizado en el valor de los medallones, por lo que el precio de mercado de un medallón es igual al valor esperado presente de todas las futuras rentas que obtendrá el dueño del taxi porque la entrada se ha restringido. La trampa es que si se fuera a desarmar esta política y permitir el ingreso libre en el mercado, los propietarios actuales de medallones sufrirían una pérdida temporal de más de un millón de dólares por medallón, ya que ahora no tendrían ningún valor. El valor de las rentas futuras se capitaliza en el precio del medallón, por lo que los propietarios actuales no obtienen retornos mayores a los normales de la restricción al ingreso.

taxi NY

Este ejemplo puede generalizarse a cualquier programa de gobierno que cree rentas para un grupo a costa de otros. Los subsidios agrícolas, por ejemplo, transfieren dinero de contribuyentes a agricultores, aumentado su ingreso. Para obtener subsidios, los receptores tienen que poseer tierra, por lo que el valor del subsidio se capitaliza en el valor de la tierra agrícola. Si se quitaran los subsidios o cuotas, y otros programas bajaría el valor de la tierra, imponiendo en los propietarios una pérdida temporal.

El resultado es que aquellas firmas que han capturado a las agencias que las regulan, o que se benefician de programas gubernamentales que crean rentas, dependen de quienes controlan esos programas para su continua rentabilidad. Tullock da un ejemplo con la ahora inexistente Oficina de Aeronáutica Civil (CAB). La CAB, esencialmente cartelizó a la industria aérea asignando rutas y estableciendo las tarifas. Permitía a las aerolíneas expandir sus rutas solo si podían demostrar que necesitaban capacidad en esa ruta, y autorizaba a las aerolíneas a subir las tarifas, pero no a bajarlas. Esto es lo que un cartel hace: sube precios y restringe producción. EL sistema funcionaba bien para las aerolíneas que participaban.

Esta ganancia temporal se disipó en muchas formas: altos salarios para pilotos sindicalizados, buenos servicios (a un alto precio) para los clientes, y capacidad en exceso. Esto era beneficioso porque si una aerolínea competidora quería ingresar a una ruta ya ocupada por otra aerolínea, ésta podía señalar al exceso de capacidad diciendo que ‘estamos ocupando solamente el 50% de los asientos que tenemos en esa ruta, no hay necesidad de capacidad adicional’.

Cuando las aerolíneas fueron desreguladas a fines de los 1970s y la CAB disuelta, las aerolíneas existentes tuvieron pérdidas temporales y pocas sobrevivieron. Algunas tradicionales como TWA, Eastern y Braniff desparecieron, desplazadas por nuevas empresas como Southwest o USAir”.

 

El gobierno australiano adoptó el «día de la derogación» de leyes y regulaciones inútiles

La revista Regulation, del Cato Institute, comenta una iniciativa del primer ministro australiano para derogar normas y regulaciones. http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2014/10/regulationv37n3-8_1.pdf#page=4

“El Foro Económico Mundial ubica a Australia en el puesto 128 en términos de la carga de regulaciones gubernamentales (en 2014-2015 está en el puesto 124, Argentina se encuentra en el puesto 139 de 144 países). Dice el informe: “la comunidad empresaria dice que las regulaciones laborales y los trámites burocráticos son el primer y segundo problema para hacer negocios en el país.”

El nuevo gobierno del primer ministro Tony Abbott anunció entonces, en Marzo de 2014 el primer “Día de la Derogación” en el Congreso: “para derogar regulaciones y leyes que ya han pasado su utilidad o que hacen más daño que bien”.

“Comprometido a crear ‘la mayor fogata de regulaciones en la historia del país’, Abbott prometió que ese día se ‘removerían más de 9.500 normas innecesarias o contraproducentes y 1.000 leyes redundantes’, y ‘más de 50.000 páginas… de los libros de normas’, ahorrando a las personas y organizaciones más de 700 millones de dólares por año.”

“Algunas de esas derogaciones pasaron rápido por las dos cámaras del Congreso, incluyendo menos procedimientos para la aprobación ambiental de grandes proyectos, una reducción de los formularios relacionados con agroquímicos y medicamentos veterinarios, y la eliminación de algunas leyes redundantes o dudosas, tales como la conversión en 1970 del sistema imperial al métrico. Otras iniciativas, tales como menos formularios requeridos a las universidades y agencias de empleos, se introdujeron sin necesidad de aprobación parlamentaria.”

No todas fueron aprobadas, ya que el actual gobierno no tiene el control del Senado. Se estima que las derogadas hasta ahora permitirán un ahorro de $300 millones anuales. El Primer Ministro se ha comprometido a realizar dos días “derogatorios” cada año, diciendo que “a veces es más importante derogar algunas leyes que aprobar nuevas”.

“El actual éxito de la agenda de reforma regulatoria dependerá de las acciones del usualmente hostil Senado. Además, el apetito del gobierno de coalición para tomar una posición agresiva en materia de reforma se verá puesto a prueba dados las estridentes protestas de grupos de intereses creados en el primer día derogatorio. Las protestas más fuertes se realizaron a la idea de abolir la Comisión Australiana de ONGs, de derogar el impuesto al carbono, y reformas a los límites para el asesoramiento financiero de quienes venden esos productos. En particular, el tema que ha generado más perjuicio a la posición competitiva internacional de Australia, la legislación laboral, está todavía fuera de la agenda.”

“No obstante, el doble enfoque de derogar regulaciones ineficientes y de tomar en cuenta beneficios y costos cuando se aprueban nuevas es un primer paso importante en la reforma regulatorio australiana. El mundo observará con interés los efectos de estas acciones sobre la posición Australia en los rankings tal como el del WEF, como también sobre el crecimiento del país y su competitividad global”.

El «derecho a probar» todo tipo de tratamiento y medicina en pacientes terminales

La revista Regulation, del Cato Institute, trae un artículo de Thomas Hemphill que plantea una cuestión interesante en relación a la regulación de medicamentos y salud: ¿no deberían los pacientes terminales tener derecho a probar todo tipo de droga o tratamiento?

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Claro, podríamos plantear si no todos deberíamos tenerlo, pero veamos por el momento este caso en particular: http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2014/10/regulationv37n3-8.pdf

En Noviembre, los votantes de Arizona aprobaron la Proposición 303, una consulta popular para dar a los paciente terminales el derecho de probar medicamentos en investigación que han aprobado la primera fase de aprobación de la Food and Drug Administration pero que aún tienen muchos años por delante para salir a la venta.

Leyes de este tipo ya han sido aprobadas en Colorado, Luisiana, Michigan y Missouri. Dice Hemphill: “Claramente, el objetivo de estas leyes, llamadas “derecho a probar”, es eliminar el burocrático proceso gubernamental que limita el acceso a drogas que potencialmente pueden salvar vidas de pacientes enfermos. Sin embargo, esta barrera administrativa no es necesariamente removida por la aprobación de estas leyes estaduales. Bajo la cláusula de Comercio Interestatal de la Constitución, la FDA podría sostener, convincentemente, que los gobiernos estaduales han violado esta cláusula fundamental, derogando su vigencia.”

Darcy Olsen, presidente del Goldwater Institute, con sede en Arizona, afirmó: “Los pacientes terminales no tienen tiempo para esperar que las nuevas drogas pasen por el proceso de aprobación que tarda una década. La Proposición 303 permite a los pacientes trabajar directamente con sus médicos para acceder a medicinas en investigación prometedoras, ahora mismo.”

La FDA tiene un proceso que permite a la gente pedir permiso para acceder a estos medicamentos. Este proceso para el “uso compasivo” demanda horas de trámites. Mientras muchas personas reciben ese permiso hay docenas de casos documentados de gente que ha muerto esperando por esa aprobación.

Dice Olsen: “Los norteamericanos no deberían pedir permiso al gobierno para tratar de salvar sus propias vidas. Deberían poder trabajar con sus médicos directamente para decidir que tratamientos potenciales están dispuestos a probar”.

Para Hemphill estas leyes estaduales han cambiado poco: “Entonces, en verdad, poco ha cambiado para los pacientes terminales. Lo que pueden lograr estas iniciativas legislativas estaduales es dar nueva energía al tema ante el público. En definitiva, el objetivo de quienes apoyan el “derecho a probar” es asegurar la aprobación de una legislación similar a nivel federal e influir a la industria farmacéutica, a la FDA, a los médicos y a las aseguradoras médicas para que cooperen en desarrollar una solución factible para los pacientes terminales, sus familias y amigos. No está claro que los esfuerzos estaduales pueden alcanzar ese logro, a pesar de sus nobles intenciones.”

Subsidios, dumping y libre comercio unilateral: no se puede comprar barato

En un post reciente se comentaba el tema del “dumping” de productos subsidiados por un gobierno en el mercado global. Pierre Lemieux, en un artículo en la revista Regulation, plantea el caso de los paneles solares producidos en China y exportados a los Estados Unidos, http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2014/10/regulationv37n3-8_1.pdf#page=4

Ahora veremos específicamente el tema del dumping y el libre comercio unilateral:

“Para la ley comercial internacional, aplicada por organizaciones como la OMC, exportar algo a un precio menor al costo de producción es ‘dumping’, y está prohibido. Las exportaciones de paneles solares chinos son un claro caso de dumping si son posibles gracias a un subsidio del gobierno, lo cual es probable. Nótese que una empresa maximizadora de ganancias sin subsidios no va a ‘regalar’ sus productos, excepto para sacarse de encima algún excedente temporal o como una promoción. Por lo que el temor al dumping es muy exagerado. Solamente puede persistir a través de subsidios gubernamentales, y los contribuyentes extranjeros no van a mantener su bondad por siempre.”

“Los gobiernos tratan de argumentar que la protección contra el dumping no es proteccionismo. La Comisión Europea ha declarado (patéticamente):

‘Las medidas de defensa del comercio no son proteccionistas. Ni son ilegales. Por el contrario: son la respuesta legal para salvar a una industria que sufre dumping masivo desde un tercer país. Las medidas de defensa comercial buscan emparejar la cancha nuevamente. No existe tal cosa como un derecho a importaciones baratas, pero con dumping.’

“La Comisión sería más persuasiva si argumentara que no existe tal cosa como un derecho general a productos baratos y subsidiados. Pero entonces estaría serruchando la rama donde se para porque subsidiar es la esencia de los actuales gobiernos. Es bastante poco controvertido que los norteamericanos y europeos no tienen derecho a recibir productos subsidiados por contribuyentes chinos, pero por qué alguien tendría el derecho a prohibir que esos consumidores acepten la oferta china? El problema está en los que dan, no en los que reciben.”

“Es muy fácil disfrazar al proteccionismo bajo la etiqueta del dumping y la cancha pareja. En la actualidad, la mayoría de los productos son subsidiados por los gobiernos de una forma u otra, y tratar de distinguir entre subsidios directos o indirectos requiere mucho talento. Excepto por el libre comercio –la libertad de compradores y vendedores para decir sí o no- no existe una definición no arbitraria de una cancha pareja.”

“El caso de los paneles solares provee un buen ejemplo del argumento por el libre comercio unilateral. Si un estado prohíbe a sus residentes importar o fuerza a sus contribuyentes a subsidiar exportaciones, los individuos en otro país no ganan nada imponiendo restricciones similares a sí mismos. Si tu vecino tira rocas en su puerto, no ganas nada tirando rocas en el tuyo. La mejor política, por cierto, es el libre comercio multilateral. Pero si esto no puede alcanzarse, la libertad de importar unilateral está en el segundo lugar. Y como las importaciones de un país se pagan, en definitiva, con sus exportaciones, otros países podrán exportar solamente si permiten importaciones.”

“Las importaciones son lo que es importante. En su libro Principios de Economia, de 1848, John Stuart Mill lo explicaba correctamente:

‘La única ventaja directa del comercio exterior son las importaciones… La vulgar teoría [del proteccionismo] no considera este beneficio y sostiene que la ventaja del comercio está en las exportaciones: como si no fuera lo que un país obtiene, sino aquello que entrega, por su comercio exterior, lo que supuestamente gana con él. …Esta noción es comprensible, cuando pensamos que los autores y líderes de opinión sobre cuestiones comerciales han sido siempre hasta aquí los vendedores. Es, en realidad, un reliquia sobreviviente de la Teoría Mercantil.”

Los chinos subsidian la producción de paneles solares. Bienvenidos sean.

Cuando otros gobiernos subsidian ciertos productos para que éstos tengan precios más bajos en el mercado internacional, algunos productores locales pueden verse perjudicados. Esta es la historia que normalmente se ve, ya que estos productores protestarán vívidamente contra este “dumping” y solicitarán algún tipo de barrera que los proteja.

Lo que este argumento no deja ver es que todos, como consumidores, nos beneficiamos de los precios más bajos de estos productos. Pierre Lemieux, en un artículo en la revista Regulation, plantea el caso de los paneles solares producidos en China y exportados a los Estados Unidos, y un efecto adicional: si se promueven medidas “anti-dumping” contra estos paneles se potencia el problema del calentamiento global: http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2014/10/regulationv37n3-8_1.pdf#page=4

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“El argumento oficial a favor de esas tarifas anti-dumping es que los productores locales de paneles solares y componentes son perjudicados por la competencia desleal de competidores chinos subsidiados por su gobierno. Pero, ¿por qué tendrían que importarnos los subsidios? ¿Por qué deberían rechazar los consumidores el consumo de bienes subsidiados por gobiernos extranjeros cuando ellos mismos aman a los que son subsidiados por el gobierno local? Pensemos en el transporte, la educación, o incluso todo el campo de la ciencia y la tecnología. Algunas estimaciones dicen que la proporción de investigación aplicada financiada por distintos niveles de gobierno es del 40%. Las energías renovables son subsidiadas. El desarrollo solar ha sido subsidiado por gobiernos norteamericanos aunque, en verdad, menos (o menos directamente) de lo que el gobierno chino subsidia a sus productores. En 2012, los fabricantes de paneles solares Solyndra y Abound quebraron, y le costaron cientos de millones de dólares a los contribuyentes norteamericanos en garantías de préstamos.”

“En síntesis, los norteamericanos deberían estar encantados de que los desafortunados contribuyentes chinos paguen parte del costo de los paneles solares. Y la Tierra debería sonreír también”.

“¿Quién se beneficiará de esta última ronda de protección arancelaria? Respuesta: los productores locales de paneles solares y componentes. Un arancel generalmente aumenta en su total magnitud no solamente el precio del bien importado, sino también el del productos equivalente producido localmente porque los productores locales tomarán ventaja de este precio mayor y producirán más del bien a un costo marginal más alto. Y productores submarginales, quienes no podían ser rentables al precio más bajo, entran al mercado (o no lo dejan).”

“Hay dos casos cuando el precio local puede no subir por el monto total del arancel: el primero es cuando el arancel es tan alto que permite a los productores locales satisfacer toda la demanda interna, matando a las importaciones; en tal caso el arancel es prohibitivo. El segundo caso es cuando el país donde se impone el arancel provee una parte significativa de la demanda mundial, en cuyo caso el precio local subirá solamente una cierta proporción del arancel, dependiendo de la importancia de la demanda local respecto a la global.”

“Es una demostración común en la teoría del comercio internacional que un arancel casi siempre cuesta a los consumidores más de lo que ganan los productores y contribuyentes (los contribuyentes indirectamente ganan los aranceles pagados por los importadores). Y el “casi siempre” se vuelve “siempre” si se considera el beneficio de los consumidores y productores de todo el mundo, esto es, si se asume que el beneficio de un norteamericano no cuenta más que el de un extranjero. Un arancel resulta un costo neto local porque artificialmente empuja al precio del bien protegido, reduce su consumo (y el excedente del consumidor) y motiva a las empresas locales a producir algo que sería menos costoso importar.”

“No es claro si el arancel en los paneles solares genera más empleos entre los productores protegidos de los que se pierden en los que instalan paneles. Pero esto no importa, no importa el empleo sino el beneficio de los consumidores. Se podrían crear muchos empleos prohibiendo tecnología –digamos, prohibiendo las motosierras-. Estos “empleos artificiales”, sin embargo, serían una pérdida porque estaríamos trabajando más para obtener menos. Si los contribuyentes chinos nos mandan regalos, los escasos recursos que se liberan podrían usarse para producir otros bienes y servicios deseados. El argumento de los empleos no es válido.”

Control de cambios y licencias a las importaciones: ¿habla Mises sobre Austria o Argentina?

Ludwig von Mises dio una conferencia en la Cámara de Comercio de Viena en 1919. A casi 100 años de distancia parece estar describiendo el control de cambios y las restricciones a las importaciones hoy vigentes en Argentina. En verdad, la similitud es extraordinaria, tengo que aclarar que hablaba de Austria para que no creamos inmediatamente que está hablando de la realidad local. La conferencia fue publicada con el título: “Los controles de cambios deben derogarse”.

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Durante la Primera Guerra Mundial el gobierno había creado una agencia gubernamental a la cual los exportadores estaban obligados a entregarle las divisas con que recibían sus pagos y los importadores a solicitarle la provisión de éstas para pagar sus compras, función que aquí cumple el Banco Central. Y las importaciones debían solicitar un permiso para determinar su necesidad, algo que aquí requiere la Secretaría de Comercio.

Dice Mises: “En la actualidad, cada empresario tiene que obtener la aprobación de la Oficina de Cambio Exterior antes de concluir una transacción comercial. Cuando compra en el exterior, tiene que solicitar a esta oficina si está dispuesta a darle el cambio extranjero necesario, y cuando se hacen ventas al exterior tiene que consultar si tiene que entregar las divisas que ha ganado o le permitirán disponer de ellas”. (aquí ni siquiera existe esta segunda posibilidad)

“El comercio moderno no puede funcionar sobre la base de que cada transacción comercial dependa de normas gubernamentales aplicadas arbitrariamente. El empresario debe saber lo que puede o no puede hacer. Por lo tanto, no es suficiente retener formalmente las regulaciones de cambios y tan solo eliminar los obstáculos a los negocios actuando de una forma que es muy popular entre nosotros, esto es, aplicando esas normas más suavemente. El comercio requiere una base legal más sólida y confiable; no quiere depender de la arbitrariedad de los funcionarios.”

“… Se ha hecho alusión al hecho que las transacciones de cambios no siempre están en manos de hombres de negocios honestos y que, por lo tanto, habría efectos indeseables al eliminar los controles. Es cierto que hay elementos activos en este mercado que no deberían estar en él. Pero que el mercado de cambios haya sido copado por estos elementos es culpa de los mismos controles. El mercado de cambios fue quitado de las manos de los bancos y canalizado hacia gente para quienes las prohibiciones y las multas solo significan que hay que encontrarle una vuelta para eludirlas. El negocio del cambio de moneda solo puede recuperarse de estas personas si se eliminan las prohibiciones.”

“El presente estado de cosas es prácticamente casi intolerable. Prácticamente tenemos una prohibición total de importaciones. SI alguien quiere comprar bienes del exterior ha de obtener un permiso especial de distintas oficinas gubernamentales. Para todo propósito práctico, esto hace que los emprendimientos comerciales o industriales sean imposibles. El empresario industrial que quiere comprar productos semi-terminados o partes de máquinas por unos cientos de marcos tiene que demostrar la necesidad de esta compra a las agencias del gobierno. Un importador tiene que realizar una serie de trámites –que toman días, semanas o aún más- para obtener finalmente esos bienes luego de haber enfrentado enormes dificultades. Esta situación es inaceptable en un país cuya industria mantiene estrechos vínculos con países viejos y nuevos.”

Competencia imperfecta, oligopolio y abuso de posición dominante. ¿Quién?… YPF

En un interesante artículo publicado en el diario Cronista con el título “¿Combustibles buitres?”, Cristian Folgar, economista, ex secretario de Combustible y, debo decir, ex alumno, presenta un tema que adquiere particular importancia en momentos que se discute y aprueba en el Congreso la Ley de “Desabastecimiento” donde se plantea también un tema que hemos visto con los alumnos en las clases respecto a la “competencia imperfecta”, las posibilidades de abusar de una posición dominante y la apertura para la competencia: http://www.cronista.com/contenidos/2014/09/16/noticia_0024.html

Folgar comenta que la expropiación de YPF se realizó con el objetivo de volcar al mercado interno las ganancias que antes supuestamente Repsol se llevaba fuera de él.

YPF

Comenta Folgar: “Durante el año 2012 YPF incrementó el precio del Gas Oíl de mejor calidad un 19%, durante el año 2013 un 40% y hasta julio de este año (sin contar el último incremento de este mes) un 25%. Los incrementos no fueron homogéneos en todo el país. En general en el mal llamado ‘interior del país’ los incrementos fueron superiores que los de la región metropolitana.

En relación con la Nafta Premium los incrementos durante 2012 fueron del 20%, durante 2013 del 41% y hasta julio de este año (sin contar el último incremento de este mes) un 30%.

Es fácil advertir que desde la estatización parcial de YPF los combustibles líquidos se incrementaron más que la inflación (oficial o real), e incluso más que el propio tipo de cambio oficial respecto al dólar.”

El autor señala que la empresa ha recurrido a esta política para obtener fondos para sus operaciones y sus proyectos de inversión ya que no logra conseguirlos en los mercados internacionales y sus vínculos con empresas petroleras internacionales avanzan muy lento ya que, en general, tanto sea inversores financieros como estas empresas, esperan que cambie el “ambiente de negocios” en el futuro.

Dice Folgar: “Si tomamos el ejercicio 2013, las ganancias de YPF se explican justamente por el incremento de los combustibles líquidos y por los subsidios recibidos del Estado. Dicho de otra manera, sin los incrementos de combustibles y sin los subsidios, los resultados 2013 de YPF hubieran sido muy magros. ¿Y las ganancias extraordinarias previas a la expropiación?”

Ahora bien, la nueva ley de desabastecimiento incorpora también los supuestos controles a las imperfecciones de la competencia. Siguiendo el análisis económico en que esos controles se basan el mercado de producción de combustibles tendría las características de un “oligopolio” con una posición dominante por parte de la empresa YPF.

Cualquier otro mercado y cualquier otra empresa que tuviera esa participación sería acusada de “monopolista” y llevada al nuevo fuero judicial por abuso de poder en contra del consumidor. ¿Ocurrirá esto?

De todas formas, no son estas cuestiones que deban dirimirse en la justicia sino que deberían serlo en la competencia en el mercado. Sería necesario remover todo tipo de trabas para que ingresen nuevos competidores, tanto en la producción, la importación como en la distribución de combustibles. En tal caso la competencia haría que los precios bajen o al menos impediría que quienes tienen una posición dominante los suban.

El salario mínimo y un problema insalvable para la Economía del Bienestar

En un reciente decálogo del progresismo en los Estados Unidos figuraba como una de las banderas más importantes la lucha por un salario mínimo más alto. La revista Regulation, del Cato Institute, trae un par de artículos sobre el tema y uno de ellos en particular trata el asunto desde una perspectiva interesante y, al mismo tiempo, contundente. Pierre Lemieux, de la Universidad de Quebec, escribe “From Minimum Wages to Maximum Politics”: http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/regulation/2014/7/regulation-v37n2-4.pdf

Va algo de la sección: “Un problema en la Economía del Bienestar”, un problema en verdad que está en el corazón de ese enfoque de la economía y sobre el que no parece tener respuesta. El problema, por supuesto, se extiende mucho más allá del salario mínimo, a todo tipo de política pública redistributiva.

El artículo comienza comentando un estudio de la agencia gubernamental Congressional Budget Office que indica que el aumento propuesto de $7,25 a $10,10 por hora generaría la pérdida de 500.000 puestos de trabajo hacia 2016. La lógica económica es simple: un aumento del precio se refleja en una reducción en la cantidad. Pero esto va más allá:

“No importa como se interpreten los datos, un aumento en el salario mínimo va a dañar a ciertas personas y beneficiar a otras. Es inconcebible que dicha política pueda beneficiar a todos y dañar a ninguno. Esto nos deja entonces con el tradicional problema en la economía del bienestar: cómo evaluar una medida política que no es una mejora de Pareto. Dicha evaluación no puede hacerse sin algunos juicios de valor extra-económicos.

Imaginemos una situación donde, antes de establecer un salario mínimo, 5% de los trabajadores empleados reciben un sueldo más bajo que el mínimo propuesto. Muchos de estos empleados con salarios bajos pueden ser pobres, aunque virtualmente todos los que quieren un empleo lo obtienen. Una cierta distribución del ingreso (y la utilidad) se generaría. Al fondo de la distribución, la pobreza sería una consecuencia de la libertad que todos tienen de aceptar contratos de empleo con salarios acordados mutuamente por las partes.

Bajo una ley de salario mínimo o con un incremento de ese mínimo, la distribución del ingreso (y la utilidad) cambiará. Algunos de los pobres, como también algunos de los no-pobres, tendrán salarios más altos. Pero es muy probable que otros perderán sus empleos y serán más pobres. Ya sea que los nuevos pobres sean un millón, 500.000 o solo uno, el problema de la economía del bienestar es el mismo. La distribución ha cambiado por medio de regulaciones gubernamentales coercitivas, significando esto que los nuevos pobres no cumplirían con esta norma si ellos, y sus empleadores potenciales, no fueran forzados a hacerlo. Al fondo de la distribución, cierta pobreza es el resultado de la decisión política y su aplicación burocrática o, en otros términos, del poder de coerción de unos individuos sobre otros.

Respondiendo al dilema libertad-coerción un economista respondió en una encuesta: “¿Alguna vez te has sentado a escuchar a un niño llorar de hambre?” Ese comentario es perfecto para una campaña ante la opinión pública, pero también ilustra el problema del bienestar. Veamos esta historia.”

El autor plantea luego que con el salario mínimo algunos niños van a dejar de llorar pero luego otros van a empezar a llorar o a llorar más fuerte. ¿En base a qué criterio van a decidir que el llanto de unos es más desgarrador que el llanto de otros?

“Un político y su asesor económico enfrentan dos alternativas. ¿Dejarán que algunos bebes lloren, y esperarán a que una creciente prosperidad los alimente? ¿O alimentarán a algunos con la comida de otras bocas en llanto? Una pregunta relacionada es cuántos niños llorando en un lado justifican tomar la comida de la boca de otros. Esos son juicios de valor que en definitiva los economistas deberán realizar cuando fijan una posición en el debate sobre el salario mínimo.”