Si la inflación es multicausal, al gobierno no le van a gustar cuáles son las múltiples causas

El ministro de Economía argentino, y muchos líderes políticos del actual gobierno creen y enfatizan que el problema inflacionario es “multicausal”. En realidad, todos los fenómenos sociales son multicausales, pero ellos lo dicen para desestimar el impacto del déficit fiscal y la emisión monetaria y buscar otras causas de las cuales no sean responsables.

James Dorn publica un artículo en Cato at Liberty titulado “The Menace of Fiscal Inflation”, donde también plantea la multicausalidad, pero seguramente una que no les gustará a nuestros políticos y funcionarios, ya que las “múltiples” causas que destaca son el descalabro fiscal y la emisión para cubrir el gasto.

https://www.cato.org/blog/menace-fiscal-inflation

“Hoy, la inflación ha alcanzado un máximo de 40 años, en respuesta al despilfarro fiscal y la política monetaria acomodaticia. Los pagos directos en efectivo a individuos y empresas en 2020 y 2021, que totalizaron más de $5 billones, junto con el rápido crecimiento del dinero base, bajo el programa de compra de activos a gran escala de la Fed (también conocido como expansión cuantitativa o QE), han combinado con interrupciones en la cadena de suministro global para generar tasas de inflación que están sustancialmente por encima del objetivo a largo plazo de la Reserva Federal del 2 por ciento.

John Cochrane (2022), miembro sénior de la Institución Hoover, presenta un caso convincente de que, aunque la inflación generalmente se puede entender como un fenómeno monetario, sus raíces a menudo se pueden rastrear hasta el dominio fiscal, es decir, a la presión política para usar el banco central para acomodar el gasto deficitario del gobierno. Tanto la monetización de la deuda como las caídas en helicóptero fiscal, o lo que Cochrane llama «inflación fiscal», deben reconocerse.

Este artículo examina las fuentes fiscales y monetarias de la inflación actual y enfatiza la importancia de la rectitud fiscal y el control monetario en la formación de expectativas sobre la inflación futura. Sin instituciones fiscales y monetarias sólidas que sean transparentes, restringidas por el estado de derecho y confiables para el público, persistirá el peligro de una inflación futura.”

Artículo en Infobae: Set point, por ahora el partido sigue; a ver si la entienden con el tenis

Set point: por ahora el partido sigue – Infobae

Set point: por ahora el partido sigue

Argentina ha tenido otras experiencias de gobiernos que quieren implementar un “déficit cero” de inmediato y los arrolló la tormenta de una crisis

Al mismo tiempo que la ministra de Economía argentina conversaba con el presidente sobre las nuevas medidas a anunciar se jugaba la final de Wimbledon, sin duda, el Grand Slam más tradicional de todo el circuito mundial. La ministra Silvina Batakis y el presidente Alberto Fernández se encontraban set point y match point, es decir, a un punto de perder el tercer set y el final del partido. Las semanas anteriores habían visto una secuencia de peleas en la coalición gobernante y la salida de un par de ministros cercanos al presidente.

Los primeros anuncios de la ministra le dan una jugada más. Anunció que va a realizar un cierto ajuste fiscal, en base a una regla por la que cada dependencia del Estado no gastará recursos que no estén en la caja, un sistema de “caja única” para contar con recursos de todos los organismos públicos en una sola cuenta y una prohibición de contratar personal en el gobierno y organismos descentralizados. Lo más importante de todo es reconocer que el problema es fiscal, por supuesto, y lo hacen como si siempre hubieran pensado así, cuando hace tan sólo unos días, la vicepresidenta señalaba exactamente lo contrario.

No se trata de congelar la creación de empleo público, hay que reducir su número; y reducir o eliminar cantidad de planes sociales, y capitalizar con activos estatales el fondo de las pensiones públicas

En fin, es un primer paso. Argentina ha tenido otras experiencias de gobiernos que quieren implementar un “déficit cero” de inmediato y los arrolló la tormenta de una crisis. Van a tomar todos los recursos que se encuentran en las cuentas de todo organismo del Estado, lo cual es mejor que tomar el dinero de los contribuyentes a través de nuevos impuestos. Y también es mejor dejar de contratar empleados públicos para que su número se vaya reduciendo a medida que se retiran, pero es también una promesa poco creíble, ya implementada e incumplida en el pasado. Entonces, digamos que con los anuncios se puso 40-40, deuce, y si los llegaran a implementar podrían ganar el set.

Estamos siendo generosos con el resultado siendo que nada se ha dicho de la emisión monetaria por parte del Banco Central y tan sólo se creó un comité para analizar el problema de la deuda pública. Por otro lado, manifestó la ministra que el tipo de cambio oficial es “de equilibrio”, pero si así lo fuera no serían necesarios todos los controles tanto sea de cambios como de las importaciones.

Muy bien, una vez logrado implementar los anuncios y obtenido el tercer set, hay que enfrentar los otros dos. El primero de ellos es resolver el problema principal: el gasto público y su financiamiento. Esto requeriría que el equipo económico trabajara horas extras. Las horas normales para implementar las políticas anunciadas, y horas adicionales para elaborar un plan de reducción del gasto público, reforma del estado, renegociación de la deuda interna y externa. No se trata de congelar la creación de empleo público, hay que reducir su número; y reducir o eliminar cantidad de planes sociales, y capitalizar con activos estatales el fondo de las pensiones públicas, y recuperar la deuda del Banco Central. En definitiva, reformas mayores. Si lo hicieran, habrían alcanzado el empate en dos sets.

El último set, el definitorio, se juega en el campo de las reformas institucionales

A diferencia del tenis, éste es un set que se estaría jugando al mismo tiempo que el otro, las medidas de muy corto plazo se sostienen por poco tiempo si no hay medidas de mayor peso detrás.

El último set, el definitorio, se juega en el campo de las reformas institucionales. Las dos más importantes son las siguientes: Argentina no tiene una moneda y su gobierno no tiene credibilidad como para pretender generar una moneda confiable. La forma más rápida y efectiva de lograrlo sería “importando” una, el dólar por ejemplo, y permitiendo la libre elección de monedas. La otra sería imponer algún tipo de candado fiscal, algún límite institucional al aumento del gasto, a los déficits fiscales, al endeudamiento.

Quien logre eso se lleva la copa, y pasa a la historia de los Grand Slams. Lo interesante de esta referencia es el impacto anímico que una secuencia así generaría. Salvar el match point (anunciar medidas fiscales) ya es reconfortante, ganar el tercer set (implementar esas medidas) levanta el ánimo y la confianza; ganar el cuarto (reducción del gasto público, reforma del estado, renegociación de la deuda) generaría un enorme optimismo; ganar el quinto (reformas institucionales monetaria y fiscal) sería la euforia, y la gloria.

Alberdi sobre el objeto del gasto público. Dice que la Constitución demanda pocos empleados al gobierno

Con los alumnos de la UBA Derecho completamos la lectura de Sistema Económico y Rentístico de Juan Bautista Alberdi, con la lectura del Capítulo VII: Objetos del Gasto Público según la Constitución Argentina. Algunos párrafos seleccionados:

“El gasto público de la Confederación Argentina, según su Constitución, se compone de todo lo que cuesta el «constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común. promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad»; en una palabra, el gasto nacional argentino se compone de todo lo que cuesta el conservar su Constitución, y reducir a verdades de hecho los objetos que ha tenido en mira al sancionarse, como lo declara su preámbulo.

Todo dinero público gastado en otros objetos que no sean los que la Constitución señala como objetos de la asociación política argentina, es dinero malgastado y malversado. Para ellos se destina el Tesoro público, que los habitantes del país contribuyen a formar con el servicio de sus rentas privadas y sudor. Ellos son el límite de las cargas que la Constitución impone a los habitantes de la Nación en el interés de su provecho común y general.

Encerrado en ese límite el Tesoro nacional, como se ve, tiene un fin santo y supremo; y quien le distrae de él, comete un crimen, ya sea el gobierno cuando lo invierte mal, ya sea el ciudadano cuando roba o defrauda la contribución que le impone la ley del interés general. Hay cobardía, a más de latrocinio, en toda defraudación ejercida contra el Estado; ella es el egoísmo llevado hasta la bajeza, porque no es el Estado, en último caso, el que soporta el robo, sino. el amigo, el compatriota del defraudador, que tienen que cubrir con su bolsillo el déficit que deja la infidencia del defraudador.”

“Teniendo cada provincia su gobierno propio, revestido del poder no delegado por la Constitución al gobierno general, cada una tiene a su cargo el gasto de su gobierno local; cada una lo hace a expensas de su Tesoro de provincia, reservado justamente para ese destino. Según eso, en el gobierno argentino, por regla general, todo gasto es local o provincial; el gasto general, esencialmente excepcional y limitado, se contrae únicamente a los objetos y servicios declarados por la Constitución, como una delegación que las provincias hacen a la Confederación, o Estado general. Este sistema, que se diría entablado en utilidad de la Confederación, ha sido reclamado y defendido por cada una de las provincias que la forman. (Constitución argentina, parte 2a, título 2°, y pactos preexistentes invocados en su preámbulo.)”

“Felizmente la Constitución federal argentina exige pocos empleados para el servicio del gobierno general, compuesto de poderes excepcionales y poco numerosos. – La policía, que forma una gran parte del gasto interior en los gobiernos unitarios, está reservada a los gobiernos provinciales por la Constitución argentina. Igual atribución les hace del servicio y sostén de los establecimientos de beneficencia.

En cuanto al gasto exigido por’ las obras públicas para promover el bienestar general, también es carga que la Constitución reparte entre el gobierno interior de la Nación y el de cada una de las provincias confederadas. (Art. 104.)”

“Los caminos, puentes, muelles y otras obras de esa utilidad pueden ser entregados temporalmente para su explotación a las empresas privadas que tomen a su cargo el construirlos.”

“Si la economía es el juicio en los gastos (Say), la disipación es la locura en el gobierno y en el país.”

“Observaré entretanto, para acabar de hablar del gasto público, que no todo él consiste en el gasto con que la sociedad satisface sus necesidades de orden público por conducto del gobierno, sino también en el que hace ella directa e inmediatamente, por la mano de sus habitantes, en la mejora, comodidad y perfeccionamiento de sus ciudades, en el socorro y alivio de las clases desgraciadas, y en fin en todo ese orden de servicios que la sociedad se hace a sí misma, sin el intermedio de la autoridad, en el sentido de su prosperidad más rápida y más completa. – A ese gasto pertenecen las calles, los empedrados, las calzadas, los caminos, puentes, desagües, mejoras locales, monumentos, socorros públicos y eventuales, que se hacen por suscriciones voluntarias levantadas entre el vecindario.

Ese gasto es obra exclusiva del espíritu público, es decir, de la disposición y aptitud de los habitantes para unir sus esfuerzos y prestarlos, sin más coacción que el deseo del bienestar común, sin más mira que realizarlo. Los pueblos educados en servidumbre no tienen idea de esta contribución sin ley, que el patriotismo se impone a sí mismo, como el esclavo que todo lo hace para su amo y por su mandato no tiene idea del celo generoso.

La Inglaterra, los Estados Unidos deben la mitad de sus mejoras de orden local a esa contribución que el país paga sin que se lo exija la ley, nada más que por el placer de existir bien y de un modo digno del pueblo que sabe estimarse y respetarse hasta en su decoro externo, hasta en el aire distinguido y brillante de esas habitaciones colectivas para su mansión, que se denominan ciudades.”

¿Se frena China? Tal vez no sea una sorpresa que la causa fuera la ineficiencia de sus empresas estatales

¿Se frena China? No, por cierto, pero podría ser que haya comenzado a desacelerar su crecimiento. Tal vez no sea tanta sorpresa ver, como aquí dicen, que una de las causas sería la ineficiencia de las empresas estatales. Así lo analizan Diego Cerdeiro y Cian Ruane, del Fondo Monetario Internacional, en un paper titulado “China’s Declining Business Dynamism”;  IMF Working Paper No. 2022/032. https://ssrn.com/abstract=4065452

Esto dicen:

“Después de un crecimiento impresionante en la década de 2000, la productividad de China se ha estancado más recientemente. Utilizamos datos a nivel de empresa para analizar las tendencias de productividad y dinamismo empresarial de 2003 a 2018. Documentamos seis hechos que juntos muestran una disminución en el dinamismo empresarial de China. Mostramos que (i) la participación en los ingresos de las empresas jóvenes ha disminuido, (ii) el crecimiento del ciclo de vida de las empresas jóvenes en relación con las empresas establecidas más antiguas se ha desacelerado, (iii) el crecimiento del ciclo de vida más débil puede explicarse por un crecimiento de la productividad más lento y un crecimiento más débil del ciclo de vida. inversión en intangibles, (iv) las empresas más jóvenes y más pequeñas tienen más restricciones de capital que sus contrapartes más antiguas y más grandes, (v) la capacidad de respuesta del crecimiento del capital al producto marginal del capital ha disminuido, y (vi) persisten grandes brechas de productividad entre las empresas estatales y privadas. Encontramos que el dinamismo empresarial es más débil en las provincias donde las empresas estatales representan una mayor parte del capital social. Nuestros resultados sugieren que la disminución del dinamismo de las empresas privadas es un factor importante para explicar el lento crecimiento de la PTF de China y que la reforma de las empresas estatales podría impulsar indirectamente el crecimiento de la productividad al estimular el dinamismo empresarial.”

¿Qué política económica recomendaría Hayek?

¿Cuál sería la política económica que recomendaría Hayek? Para alguien que ha enfatizado más la importancia de la evolución de las reglas de juego en una sociedad, no parece haberse centrado en recomendaciones específicas para cierto tiempo o lugar, aunque esto no quiere decir que no haya opinado sobre eso. Pero sus recomendaciones siempre pusieron énfasis en remover las barreras que bloquean la evolución institucional y la competencia.

En un paper reciente los autores discuten este tema: Feld, Lars P.; Nientiedt, Daniel (2022) : Hayekian economic policy, Freiburger Diskussionspapiere zur Ordnungsökonomik, No. 22/01, Albert-Ludwigs-Universität Freiburg, Institut für Allgemeine Wirtschaftsforschung, Abteilung für Wirtschaftspolitik und Ordnungsökonomik, Freiburg i. Br. This Version is available at: http://hdl.handle.net/10419/250381

AL comienzo del artículo los autores señalan que Hayek ofrece tres relatos sobre el ámbito específico de la política económica, pero que sólo uno de ellos sería de “laissez-faire”. No obstante, no parecen contradictorias…..

“¿Cuál es el papel apropiado del Estado en la formulación de políticas económicas? Este artículo muestra que Friedrich Hayek, quien a menudo es considerado un defensor del liberalismo del laissez-faire, ofrece tres respuestas diferentes a este problema. En primer lugar, Hayek argumenta que el Estado debería proporcionar un marco legal para los mercados competitivos. En segundo lugar, propone emplear los criterios del estado de derecho (generalidad, igualdad y certeza) para distinguir las intervenciones estatales permisibles de las no permisibles. En tercer lugar, rechaza la legislación deliberada y se acerca a la idea miseana de un Estado mínimo. El artículo considera estas respuestas a la luz del análisis de Hayek del problema del conocimiento. Sugerimos que un enfoque hayekiano para la formulación de políticas económicas debería centrarse en mejorar el marco de reglas generales que guían el comportamiento individual, permitiendo así procesos de ordenación espontáneos y reduciendo la carga epistemológica que recae sobre los responsables de la formulación de políticas.”

La planificación económica en el socialismo: Lenin y Mises y el problema del cálculo económico

Con los alumnos de la UBA Económicas, Historia del Pensamiento Económico I, vemos a Lenin sobre la planificación económica en el socialismo en un artículo de 1919 titulado “La política y la economía en la dictadura del proletariado”, y luego un artículo de Mises de un año después sobre la planificación y el cálculo económico en el socialismo.

Dice Lenin:
El trabajo está mancomunado en Rusia a la manera comunista por cuanto, primero, está abolida la propiedad privada sobre los medios de producción y, segundo, porque el Poder proletario del Estado organiza en escala nacional la gran producción en las tierras y empresas estatales, distribuye la mano de obra entre las diferentes ramas de la economía y entre las empresas, distribuye entre los trabajadores inmensas cantidades de artículos de consumo pertenecientes al Estado.

Dice Mises:

Las tentativas de los bolcheviques rusos de hacer del Socialismo algo de la vida real y no un simple programa de partido, no se han enfrentado con el problema del cálculo económico bajo el Socialismo porque las Repúblicas Soviéticas existen en un mundo que crea precios en dinero para todos los medios de producción. Los gobernantes de las Repúblicas Soviéticas basan en esos precios los cálculos de acuerdo a los cuales toman sus decisiones. Si no fuera por esos precios, sus acciones carecerían de objetivos y de planificación. Sólo pueden calcular, llevar libros de contaduría y hacer planes si tienen como referencia ese sistema de precios. Su posición es la misma que la del estado y de las municipalidades socialistas de otros países: no ha surgido aún para ellos el problema del cálculo económico socialista.

Las empresas estatales y municipales calculan en base a los precios de los medios de producción y de bienes de consumo que crea el mercado. Pero sería precipitado deducir que porque existen empresas estatales y municipales, es posible el cálculo económico socialista.

Sabemos que las empresas socialistas de un solo rubro deproducción resultan únicamente porque reciben ayuda de su entorno no socialista. El estado y las municipalidades pueden mantener sus empresas propias porque los impuestos pagados por las empresas capitalistas cubren sus pérdidas. En la misma forma, Rusia ya se habría derrumbado si no hubiera sido apoyada financieramente por los países capitalistas. Pero mucho más importante que esta ayuda material prestada por la economía capitalista a las empresas socialistas es la asistencia mental. Sin las bases para el cálculo que el Capitalismo pone a disposición del Socialismo bajo la forma de precios de mercado, las empresas socialistas no podrían mantenerse, ni siquiera en rubros únicos de producción o en países individuales.

Los escritores socialistas podrán seguir publicando libros acerca de la decadencia del Capitalismo y el advenimiento del milenio socialista; podrán describir los males del Capitalismo en tonos dramáticos y compararlos con tentadores informes de las bendiciones de una sociedad socialista. Sus escritos podrán  seguir impresionando a los insensatos, pero todo eso no cambiará el destino de la idea socialista. El intento de reformar al mundo en tal sentido podría destruir la civilización, pero nunca lograría establecer una comunidad socialista que resultara exitosa.

Ludwig von Mises en Buenos Aires: seis lecciones que serían las mismas que debería darnos hoy

En Junio de 1959, Ludwig von Mises dictó seis conferencias en Buenos Aires. Éstas fueron luego publicadas y las consideramos con los alumnos de UCEMA, Escuela Austriaca. Su tercera conferencia se tituló “Intervencionismo” y trata ahora sobre ese supuesto “tercer camino”. Mises comenta:

Mises3

“La idea que existe un tercer sistema – entre el socialismo y el capitalismo – como sus sostenedores dicen, un sistema tan alejado del socialismo como lo está del capitalismo pero que retiene las ventajas y evita las desventajas de cada uno, es puro disparate. La gente que cree en tan mítico sistema puede convertirse en realmente poética cuando  elogian la gloria del intervencionismo. Se puede decir, solamente, que están equivocados.

La interferencia del gobierno, que ellos elogian, provoca condiciones que a ellos mismos les disgustan. Uno de los problemas que trataré más adelante es el proteccionismo. El gobierno trata de aislar el mercado doméstico respecto al mercado mundial. Impone tarifas que elevan el precio doméstico de un producto por sobre el precio en el mercado mundial, haciendo posible a los productores domésticos formar cárteles. Los cárteles entonces son atacados por el gobierno declarando: ‘Bajo estas condiciones, es necesaria una legislación anti – cártel’

Esta es precisamente la situación con la mayoría de los gobiernos europeos. En los EEUU, hay además otras razones para la legislación anti – trust y la campaña del gobierno contra el fantasma del monopolio Es absurdo ver al gobierno – que crea por su propia intervención las condiciones que hacen posible la emergencia de cárteles domésticos – señalar con el dedo a las empresas, diciendo: ‘Hay cárteles, por lo tanto la interferencia del gobierno en los negocios es necesaria’. Sería mucho más simple evitar los cárteles terminando la interferencia del gobierno en el mercado – una interferencia que hace posibles estos cárteles.

La idea de la interferencia del gobierno como una ‘solución’ a los problemas económicos lleva, en cada país, a condiciones que, por lo menos, son bastante insatisfactorias y, a menudo, caóticas. Si el gobierno no se detiene a tiempo, fomentará el socialismo. Sin embargo, la interferencia del gobierno en los negocios es todavía muy popular. Tan pronto como a alguien no le gusta algo que sucede en el mundo, dice: ‘El gobierno debería hacer algo al respecto. ¿Para qué tenemos un gobierno? El gobierno debería hacerlo.’ Y este es un resabio de pensamiento característico de épocas pasadas, de épocas que precedían a la libertad moderna, al moderno gobierno constitucional, antes del gobierno representativo o del republicanismo moderno.

Por siglos existió la doctrina – sostenida y aceptada por todos – que un rey, un rey ungido – era el mensajero de Dios; tenía más sabiduría que sus súbditos; y tenía poderes sobrenaturales. Tan recientemente como a principios del Siglo XIX, la gente que sufría de ciertas enfermedades esperaba ser curada por el toque real, por la mano del rey. Los doctores eran generalmente mejores; sin embargo, hacían que sus pacientes se trataran con el rey.

Esta doctrina de la superioridad del gobierno paternal, de los poderes sobrenaturales y sobrehumanos de los reyes hereditarios, ha desaparecido gradualmente – o por lo menos eso creíamos. Pero apareció nuevamente. Hubo un profesor alemán llamado Werner Sombart (lo conocí muy bien), que era conocido en todo el mundo; era doctor honorario de muchas universidades y miembro honorario de la American Economic Association. Ese profesor escribió un libro que se encuentra disponible en una traducción al inglés, publicada por la Princeton University Press; también existe una traducción al francés, y probablemente exista una versión en español. Y espero que exista porque deseo que verifiquen lo que estoy diciendo. En este libro – publicado en nuestro siglo y no en la Edad Media – Werner Sombart, profesor de Economía, simplemente dice: ‘El Führer, nuestro Führer,’ – desde ya se refiere a Hitler – ‘recibe sus órdenes directamente de Dios, el Führer del Universo’

Antes ya mencioné esta jerarquía de Führers, y en esta jerarquía mencioné a Hitler como el ‘Supremo Führer’… Pero existe, de acuerdo con Werner Sombart, un más alto Führer: Dios, el Führer del Universo. Y Dios, escribió, le da Sus órdenes directamente a Hitler. Desde ya, el Profesor Sombart dijo, bastante modestamente; ‘No sabemos cómo Dios se comunica con el Führer. Pero el hecho no puede negarse’

Ahora, si oyen que dicho libro puede ser publicado en idioma alemán, el idioma de una nación que una vez fue aclamada como ‘la nación de los filósofos y de los poetas’, y ven que puede ser traducido al inglés y al francés, no podrán asombrarse del hecho que un pequeño burócrata se considere a sí mismo mejor y más inteligente que los ciudadanos y desee interferir en todo, aunque sea solamente un pobre minúsculo burócrata, y no el famoso Profesor Werner Sombart, miembro honorario de lo que sea.

¿Existe un remedio contra estas cosas? Yo diría que sí, que hay un remedio. Y este remedio es el poder los ciudadanos; tienen que impedir que se establezca un régimen tan autocrático que se arroga una mayor sabiduría que la del ciudadano común. Esta es la diferencia fundamental entre la libertad y la servidumbre. Las naciones socialistas han usurpado para sí mismas el término democracia. Los rusos llaman a su sistema Democracia Popular, probablemente sostienen que la gente está representada en la persona del dictador.”

Alberdi sobre el gasto público y el gasto privado. El privado que sea libre, el público que no se «desvíe».

Con los alumnos de la  UBA Derecho vemos a Juan Bautista Alberdi en el Sistema Económico y Rentístico, sobre el “consumo”. En verdad, está hablando sobre el gasto. Trata en dos páginas el consumo privado, para luego pasar de lleno a analizar el gasto público. Así comienza:

“PRINCIPIOS GENERALES DE LA CONSTITUCION EN MATERIA DE CONSUMOS

La riqueza, tan penosamente elaborada por el hombre con el sudor de su frente, tiene por objeto y fin satisfacer las necesidades de su ser. Esta aplicación a su destino natural recibe en la economía el nombre de consumo. Según esto, consumir la riqueza, es ejercer el derecho más precioso que tenga el hombre a su respecto, porque no es más que alimentar y desenvolver su existencia física y moral. La Constitución Argentina no podía dejar sin garantías especiales este derecho esencial del hombre en sociedad.

Pero esas garantías residen en los mismos principios que la Constitución asegura en favor de la producción y distribución de la riqueza. Esos principios son siempre la libertad, igualdad, propiedad y seguridad, que hemos visto al frente de las funciones económicas de la producción y distribución. En la Constitución argentina, como en el orden natural de los hechos económicos de que esa Constitución es expresión fiel, esas garantías acompañan a la riqueza desde que se produce hasta que desaparece en servicio de las necesidades del hombre. -Libertad en los consumos, como en la pro-ducción y distribución de las riquezas: he aquí el sistema de la Constitución argentina, que no es más que la sanción de las leyes naturales que rigen el fenómeno de los consumos.

En efecto, en el consumo, lo mismo que en su producción y distribución, la riqueza tiene leyes de conservación y desarrollo que le son propias, y que el hombre conoce y observa por el instinto de su conservación misma. – Ese instinto le enseña a consumir sin empobrecer, lo cual constituye la economía, que no es sino el juicio en los gastos. De modo que el arte de gastar forma parte del arte de enriquecer, y parte tan esencial, que ha dado su nombre a toda la ciencia de la riqueza, que se deja llamar economía. – Así también la política económica, es decir, la política de los gastos y consumos, el sistema de rentas, viene a ser tan importante ramo de la ciencia de la riqueza, que el vulgo tiene disculpa, aunque no razón, para confundirla con el plan de hacienda o riqueza fiscal.

Si el hombre sabe gastar por el mismo instinto de conservación que le enseña a producir y enriquecer, ¿qué apoyo exige de la ley a este respecto? – En el gasto privado, el de su abstención completa; un apoyo negativo que no le estorbe, que no le restrinja su libertad de gastar o consumir, de que su juicio propio y el instinto de su conservación son los mejores legisladores. En el gasto público, todo el apoyo que exige de la ley, es que ella intervenga sólo para impedir que se distraiga de su verdadero destino, que es el bien general; para impedir que exceda este objeto, y para cuidar que el impuesto levantado para sufragarlo no atropelle la libertad, ni esterilice la riqueza.

Tal es el sistema que la Constitución argentina establece en favor de la riqueza por sus disposiciones relativas a su consumo, función tan esencial al progreso y desarrollo de aquélla.”

Alberdi sobre dos temas eran fundamentales para poblar y crecer: la inmigración y las Aduanas

Con los alumnos de la UBA Derecho, leemos a Juan Bautista Alberdi en Sistema Económico y Rentístico. Cuando trata el tema de la población, lo vincula con el de la Aduana. Citando a Flores Estrada, dice:

«Los Españoles (nos dice el mismo autor) no conocían las aduanas. En los siglos XII, XIII y XIV el comercio que se hacía en toda la península, y particularmente en las provincias de la corona de Aragón, era inmenso. Hasta entonces toda la renta de los reyes se componía de las propiedades de la corona, de algunas obvenciones extraordinarias y de los únicos impuestos de la alcabala y de los cientos, contribución sobre toda mercancía, que primero fue de un cinco por ciento y después de un diez.. Desde fines del siglo XIV hasta mediados del XV, a medida que avanzaban las conquistas de los españoles y cedían el campo sus antiguos vencedores, se hacía sensible la decadencia de España. A Carlos I, el primer monarca de España que organizó metódicamente el despotismo, se debe el bárbaro reglamento de aduanas, estableciendo en 1529, y con él la ruina de la Nación, dice el brillante y sabio economista español.

El hecho es que por resultado de ese sistema aduanero y de otras instituciones económicas, o mejor, anti-económicas de su jaez, sin incluir la pérdida de los dos millones de Arabes expulsados por Felipe III, el resto de la población se halló disminuida en más de una mitad, pues en 1715, según aparece de un censo practicado entonces, no excedía la población de seis millones, al paso que en 1688 todavía constaba de doce millonesb.

El economista español, que acabo de citar, mencionado por Blanqui, del Instituto de Francia, en su Historia de la economía política, como uno de los primeros tratadistas de Europa en ese ramo, Flóres Estrada, opinaba en su libro citado por la abolición absoluta de las aduanas, y aun sin retribución o reciprocidad de otras naciones.

Si tal sistema fuese admisible en la hipótesis de la ciencia, por hoy fuera inaplicable a la República Argentina, que coloca por el art. 4 de su Constitución el producto de derechos de importación y exportación de las aduanas en el número de las fuentes de su Tesoro nacional. – Por su art. 64 da al Congreso el poder de legislar sobre las aduanas exteriores y establecer los derechos de importación y exportación que han de satisfacerse en ellas.

La aduana entra, pues, en el número de los males inevitables de la República Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos.

Sin embargo, al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones, dándole el carácter preciso que tiene por la Constitución, y poniéndolo en armonía, como interés fiscal, con los propósitos económicos, que la Constitución coloca primero y más alto que los intereses del fisco.»

Alberdi y la «promoción» de la industria, sin proteccionismo ni privilegios, pero sin abrumarla con impuestos

Con los alumnos de la UBA Derecho vemos a Alberdi en Sistema Económico y Rentístico y la protección de la industria:

Las leyes protectoras, las concesiones temporales de privilegios y las recompensas de estímulo son, según el artículo citado, otro medio que la Constitución pone en manos del Estado para fomentar la industria fabril que está por nacer.

Este medio es delicadísimo en su ejercicio, por los errores en que puede hacer caer el legislador y estadista inexpertos, la analogía superficial o nominal que ofrece con el aciago sistema proteccionista de exclusiones privilegiarías y de monopolios.

Para saber qué clase de protección, qué clase de privilegios y de recompensas ofrece la Constitución como medios, es menester fijarse en los fines que por esos medios se propone alcanzar. Volvamos a leer su texto, con la mira de investigar este punto que importa a la vida de la libertad fabril. Corresponde al Congreso (dice el art. 64) proveer lo conducente a la prosperidad del país, etc., promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores (¿por qué medio? – la Constitución prosigue), por leyes protectoras de estos FINES, y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estimulo (protectoras igualmente de esos FINES, se supone) .

Según esto, los FINES que las leyes, los privilegios y las recompensas están llamados a proteger, son:

La industria,

La inmigración,

La construcción de ferrocarriles y canales navegables,

La colonización de tierras de propiedad nacional,

La introducción y establecimiento de nuevas industrias,

La importación de capitales extranjeros,

Y la exploración de los ríos interiores.

Basta mencionar estos FINES para reconocer que los medios de protección que la Constitución les proporciona, son la libertad y los privilegios y recompensas conciliables con la libertad.

En efecto, ¿podría convenir una ley protectora de la industria por medio de restricciones y prohibiciones, cuando el art. 14 de la Constitución concede a todos los habitantes de la Confederación la libertad de trabajar y de ejercer toda industria? Tales restricciones y prohibiciones serían un medio de atacar ese principio de la Constitución por las leyes proteccionistas que las contuviesen; y esto es precisamente le que ha querido evitar la Constitución cuando ha dicho por su artículo 28: – Los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Esta disposición cierra la puerta a la sanción de toda ley proteccionista, en el sentido que ordinariamente se da a esta palabra de prohibitiva o restrictiva.