Límites al abuso de poder. Cartas de Derechos y la hermenéutica de la búsqueda de la felicidad

Uno de los primeros instrumentos republicanos para la limitación de los poderes otorgados por los ciudadanos a los gobiernos consistió en la redacción y firma de “cartas de derechos” (bill of rights). Se relacionan con los derechos “individuales” desarrollados básicamente en Occidente desde la Grecia ateniense y, particularmente en su versión más moderna y actual desde la Carta Magna firmada por Juan sin Tierra en Inglaterra el 15 de junio de 1215, origen de las constituciones y parlamentos. Este documento fundacional de los derechos individuales modernos es también una clara demostración de que no existe una separación lógica entre libertades “políticas” y “económicas”, se refieren todas a la libertad de acción sin violar derechos de terceros y al control de los poderes del gobernante. De hecho, en esta Carta, unos se encuentran a continuación de otros, sin diferencia.[1]

La primera que recibió ese nombre fue aprobada en 1689 en Inglaterra, impuesta por el parlamento al príncipe Guillermo de Orange, incluyendo, entre otras, las siguientes limitaciones al poder del soberano:

  • No habría interferencia real con la justicia. El rey no dictaba justicia ni podía establecer cortes reales.
  • No podía establecer impuestos sin la aprobación del Parlamento (este principio ya estaba en la Carta Magna)
  • Libertad para realizar reclamos al rey sin temor a ser castigado
  • No podía mantener un ejército permanente en tiempo de paz sin aprobación parlamentaria
  • No podía interferir en la elección de parlamentarios, ni en la libertad de poseer armas para su propia defensa, ni en la libertad de expresión

Otro ejemplo proviene de los Estados Unidos. Se llama con el mismo nombre a las primeras diez enmiendas de la constitución aprobadas en 1791, incluyendo muchas similares a las británicas, y en este caso se reserva a los estados o al pueblo todos los derechos no delegados al gobierno federal. También la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea francesa en 1789.

El establecimiento de derechos individuales al nivel constitucional actúa como un límite al poder de cualquier mayoría eventualmente en el gobierno ya que no pueden ser avasallados por el o violados por el gobernante. Estos principios fueron incorporados en casi todas las constituciones americanas del siglo XIX.

Ahora bien, ¿establecen realmente una barrera infranqueable  para la protección de esos derechos? Su respeto, en definitiva, estaría garantizado por la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de un acto de gobierno que pudiera violar esos principios, la división de poderes y la revisión constitucional en manos de una Corte Suprema. El peligro se encuentra en la posibilidad que disposiciones del ejecutivo o leyes del legislativo interfieran o vacíen de contenido y terminan en la práctica derogando esos derechos básicos. Esa fue una preocupación clara de los constituyentes americanos. En el caso argentino, Alberdi ([1854] 1993) se refiere a las “disposiciones y principios de la Constitución Argentina referentes a las producción de las riquezas” señalando que el Preámbulo expresa como objetivo “promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros y para todos los hombre del mundo que quieran habitar el suelo argentino”, y señalando luego que el art. 64, inciso 16, otorga al legislativo “el poder de realizar todo lo que puede ser conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración”.

El problema está en la “hermenéutica” de estos textos. Como el caso de la Declaración de Derechos de Virginia, redactada por George Mason, la que incluía la famosa frase: “Que todos los hombres son por naturaleza libres e independientes, los que, cuando entran en sociedad no pueden ser desprovistos por ningún tipo de alianza o desposeer su posteridad, tales como el goce de la vida y la libertad, con los medios para adquirir y poseer propiedad, persiguiendo y obteniendo felicidad y seguridad”. Esta frase fue redactada luego por Thomas Jefferson en la Declaración de Independencia como: “sostenemos estas verdades como evidentes en sí mismas, que todos los hombres son creados iguales, que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, y que entre ellos se encuentran la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad”.

Se dejó de lado la mención expresa a la propiedad, y la dificultad de llenar de un contenido específico a frases generales como la “búsqueda de la Felicidad” o “promover el bienestar general” ha dado como resultado que se terminara avasallando muchos de los derechos básicos en aras de supuesto “bien común” interpretado por el gobierno de turno o una mayoría circunstancial. Alberdi era consciente de este peligro[2] en especial relación con las libertades económicas y pensaba que tanto sea la vigencia de libertades políticas individuales como un artículo constitucional específico y claro al respecto serían suficientes: Art. 28, “Los principios, derechos y garantías reconocidos en los anteriores artículos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”. Señala que los derechos que generalmente llamaríamos “políticos” cumplen un claro papel en relación a las libertades económicas:

  • La libertad o derecho de petición ofrece el camino para obtener leyes que protejan al capital, la tierra o el trabajo
  • La libertad o derecho de locomoción facilitan el comercio y la actividad económica
  • La libertad de publicar por la prensa como garantía tutelar de todas las garantías y libertades
  • La libertad de usar y disponer de su propiedad como complemento de la libertad de trabajo y el derecho de propiedad
  • La libertad de asociación como uno de los resortes poderosos de la producción económica moderna
  • El derecho a profesar libremente su culto, ya que sin ella podría no recibir la inmigración que traería conocimientos y brazos aptos para la industria
  • La libertad de enseñar y aprender como forma de perfeccionar la educación industrial y de eliminar los contratos de aprendizaje
  • Igual trato para los extranjeros, para que ejerzan todo tipo de industria[3]

 

Sin embargo, esa “alteración” que se menciona en el artículo 28 es precisamente lo que ocurrió. Nada pudo frenar el empuje último de ideas diferentes. Las garantías y derechos fueron interpretados desde otra perspectiva, el lenguaje manipulado o los textos simplemente ignorados. Veremos en el Capítulo 9 el cambio institucional y el papel que cumplen las ideas, como determinantes finales del rumbo que las sociedades recorren.

 

[1] Por ejemplo: “39) Ningún hombre libre podrá ser detenido o encarcelado o privado de sus derechos o de sus bienes, ni puesto fuera de la ley ni desterrado o privado de su rango de cualquier otra forma, ni usaremos de la fuerza contra él ni enviaremos a otros que lo hagan, sino en virtud de sentencia judicial de sus pares y con arreglo a la ley del reino.  40) No venderemos, denegaremos ni retrasaremos a nadie su derecho ni la justicia. 41) Todos los mercaderes podrán entrar en Inglaterra y salir de ella sin sufrir daño y sin temor, y podrán permanecer en el reino y viajar dentro de él, por vía terrestre o acuática, para el ejercicio del comercio, y libres de toda exacción ilegal, con arreglo a los usos antiguos y legítimos. Sin embargo, no se aplicará lo anterior en época de guerra a los mercaderes de un territorio que esté en guerra con nosotros. Todos los mercaderes de ese territorio hallados en nuestro reino al comenzar la guerra serán detenidos, sin que sufran daño en su persona o en sus bienes, hasta que Nos o nuestro Justicia Mayor hayamos descubierto como se trata a nuestros comerciantes en el territorio que esté en guerra con nosotros, y si nuestros comerciantes no han sufrido perjuicio, tampoco lo sufrirán aquéllos. 42) En lo sucesivo todo hombre podrá dejar nuestro reino y volver a él sin sufrir daño y sin temor, por tierra o por mar, si bien manteniendo su vínculo de fidelidad con Nos, excepto en época de guerra, por un breve lapso y para el bien común del Reino. Quedarán exceptuadas de esta norma las personas que hayan sido encarceladas o puestas fuera de la ley con arreglo a la ley del reino, las personas de territorios que estén en guerra con Nos y los mercaderes–que serán tratados del modo indicado anteriormente. Carta Magna, traducción disponible en: http://www.der.uva.es/constitucional/verdugo/carta_magna.html

[2] Al analizar el texto constitucional referente a los derechos individuales (art. 14) y su mención que todos los habitantes gozan de tales derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, comenta ([1854, 1993, p. 16): “Conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, es concedido el goce de las libertades económicas. La reserva deja en manos del legislador, que ha sido colono español, el peligro grandísimo de derogar la Constitución por medio de los reglamentos, con sólo ceder al instinto y rutina de nuestra economía colonial, que gobierna nuestros hábitos ya que no nuestros espíritus. Reglamentar la libertad no es encadenarla. Cuando la Constitución ha sujetado su ejercicio a reglas, no ha querido que estas reglas sean un medio de esclavizar su vuelo y movimientos, pues en tal caso la libertad sería una promesa mentirosa, y la Constitución libre en las palabras sería opresora en la realidad.

Todo reglamento que so pretexto de organizar la libertad económica en su ejercicio, la restringe y embaraza, comete un doble atentado contra la Constitución y contra la riqueza nacional, que en esa libertad tiene su principio más fecundo”

[3] “Estas garantías, que solo parecen tener un interés político y civil, son de inmensa trascendencia en el ejercicio de la producción económica, como es fácil demostrarlo. No hay seguridad ni confianza en las promesas de un comerciante cuya persona puede ser acometida o cada instante y sepultada en prisión o desterrada. No puede haber tráfico ni comercio donde los caminos abundan de asechanzas contra los comerciantes. Es imposible concebir producción rural, agrícola ni minera donde los hombres pueden ser arrebatados a sus trabajos para formas las filas del ejército. La inviolabilidad del hogar comprende la del taller y de la fábrica. El respeto a las correspondencia y a los papeles privado importa de tal modo al buen éxito de los negocios del comercio y de la industria, que sin él sería imposible el ejercicio de los negocios a través de la distancia.” (p. 26.).

El Bitcoin y la tecnología de blockchain podrían ser el fin de los bancos centrales: merecido lo tienen

Hay tecnologías que van a cambiar el mundo, y nuestras vidas, aunque es difícil anticipar cuál exactamente. Para quien quiera adelantarse a esas consecuencias recomiendo la serie inglesa Black Mirror, disponible en Netflix.

Pero hay otra que está siendo ahora muy comentada: blockchain. No me pida que explique exactamente qué es pero se origina con el Bitcoin y su capacidad de encriptar y proteger información de forma tal de impedir todo tipo de manipulación o falsificación de esa moneda. Ya la revista The Economist destacó su importancia. Ahora es  la revista Strategy & Business de la consultora PWC la que primero comenta el libro de Nathaniel Popper “Digital Gold: Bitcoin and the Inside Story of the Misfits and Millionaires Trying to Reinvent Money” by Nathaniel Popper (Harper, 2015). Allí, supuestamente el autor, periodista del New York Times, cuenta los entretelones del origen del Bitcoin, aunque por supuesto que no devela el secreto de la personalidad de Satoshi Nakamoto, el supuesto japonés que firma el primer mensaje de presentación de esta cripto-moneda. http://www.strategy-business.com/article/00343?gko=d2de7

Luego publica una guía sobre blockchain para el estratega, para tratar de entender de qué se trata y cómo puede impactar diversos negocios, o incluso garantizar elecciones limpias, ya que cada voto estaría vinculado con un determinado votante, pero sería imposible saber quien es. Se mantiene, entonces, el voto secreto, pero no puede ocurrir fraude:

“En su corazón, blockchain es una tecnología de base de datos, autosustentable, peer to peer, para manejar y registrar transacciones sin ninguna participación de un banco central o sistema de clearing. Como la verificación de blockchain es manejada a través de algoritmos y consenso entre múltiples computadoras, se presume que el sistema es inmune al fraude o al control político. Está diseñado para proteger contra el dominio de la red por una sola computadora o un grupo de computadoras. Los participantes son relativamente anónimos, identificados solo por seudónimos y cada transacción puede ser confiable. Más aun, como cada transacción central se procesa una sola vez en un gran libro mayor electrónico compartido, blockchain reduce las repeticiones y demoras que existen hoy en el sistema bancario.” http://www.strategy-business.com/article/A-Strategists-Guide-to-Blockchain?gko=0d586

En esta otra nota comentan el origen y la evolución de las cripto-monedas: https://www.pwc.com/us/en/financial-services/publications/cryptocurrency-evolution.html

Aquí se explica qué es esencialmente el blockchain: http://www.pwc.com/us/en/financial-services/publications/qa-what-is-blockchain.html

Y aquí una breve historia del Bitcoin: http://www.strategy-business.com/blog/Best-of-Multimedia-Bitcoins-Turbulent-History?gko=a7b29

Pareciera que entre esta moneda y la tecnología del blockchain podrían desaparecer los bancos centrales. Las cripto-monedas eliminarían la necesidad de su gestión monetaria y el blockchain la de supervisar bancos y transacciones.

El principio que usan los informales para resolver disputas por daños: no es la formula de Hand

Vimos, del Cap. 8 de El Foro y el Bazar, cómo resuelven los informales los problemas de derechos propiedad y contratos en las favelas de Brasil. Ahora veamos qué principio se aplica para resolver problemas de “daños”:

                Se aplican similares consideraciones a las leyes sobre daños, donde se deriva una visión basada en la eficiencia del teorema de Coase en la búsqueda de una definición más precisa, en la fórmula de Hand, una evaluación de la carga que tendría el actor contra el grado de daño multiplicado por la probabilidad de su ocurrencia (Rizzo, 1980). Por los mismos argumentos sobre la subjetividad del valor y la imposibilidad del cálculo económico para el planificador/juez, los austríacos han adherido a la doctrina de la responsabilidad objetiva que obvia la necesidad de un análisis de costo/beneficios centralizado. El enfoque basado en la eficiencia no solamente demanda una evaluación de la negligencia del demandante y el demandado sino también, en el caso en que ambos fueran negligentes, una evaluación de quien “hubiera evitado el daño a menor costo”.

                En este momento parecería obvio señalar que en los barrios informales los accidentes son evaluados en base a lo que realmente ocurrió, no en una especulación acerca de lo “que podría haber ocurrido en dos mundos alternativos y luego comparar los resultados” (Rizzo, 1980, p. 292). La responsabilidad objetiva provee un entorno estable para el agente dañador que lo incentiva a cierto nivel de análisis sobre el cuidado precautorio, que podría ser “eficiente” como resultado de la sabiduría acumulada en relación a casos similares. Los agentes causales son usualmente responsables de los tipos de daños previsibles aunque pueden no serlo de todos o de algunas consecuencias imprevisibles. La simpleza de la responsabilidad objetiva en comparación con el principio del que  “evita al menor costo” promueve la certidumbre en el orden legal informal y contribuye a una mejor definición de los derechos de propiedad.

                El enfoque se repite con la doctrina de “coming to the nuisance” o primer ocupante en el derecho de daños (Cordato, 1998). Según ésta el agente causal no debería ser responsable de los efectos de externalidades negativas hacia un recurso que no tiene propietario si llegó primero y/o los efectos no eran cuestionados por el dueño existente. Si la eficiencia requiere la determinación de quien podría haber evitado el daño a menor costo, en este caso requiere saber “quien debería haber llegado primero” para maximizar el producto social total.

                Como en el caso anterior, la doctrina sería eficiente de forma diferente, proveyendo un entorno legal que reduce los costos de la incertidumbre.  Cordato (1998, p. 289), da el ejemplo de un campesino que  construye un galpón para criar cerdos con sus correspondientes olores que se desparraman hacia las propiedades vecinas. Si esas tierras no tienen propietario o si el propietario no se queja por un cierto período de tiempo se asume que  el campesino se ha “apropiado” de tal uso. Si luego la propiedad es considerada para ser desarrollada y la doctrina se aplica, los precios reflejarán la existencia de esa “servidumbre” brindando información a los potenciales “comers to the nuisance” , quienes, en conocimiento de la existencia de la norma tomarían eso en cuenta para evaluar los costos y el precio del proyecto y puede que nunca presenten una demanda. La prevalencia del principio del “primer ocupante” en los barrios informales ha sido ya establecida.

Se vienen los precios de Semana Santa; pero no los del pescado, los de lugares en las procesiones

Estoy en la UFM dando algunas conferencias y clases, y en muchas de ellas hablamos acerca del valor y las preferencias de los consumidores, y cómo éstas se expresan en los intercambios. Claro, uno busca siempre ejemplos para mostrar cómo es que los consumidores intercambian su dinero por bienes o servicios siempre que valoren más lo que van a recibir que el dinero que están pagando. Y leyendo el diario La Prensa esta mañana no podía encontrar un ejemplo mejor. Se trata de la venta de lugares para las procesiones de la próxima Semana Santa.

Procesi

Lamentablemente el artículo no está en la versión Internet del diario, así que los transcribo aquí, es corto:

“CARGADORES SE ALISTAN PARA PROCESIONES

Por Jessica Gramajo

Cientos de cucuruchos (por la vestimenta que llevan en la procesión) acudieron desde el sábado por la noche y la mañana de ayer a las diferentes hermandades, con el propósito de obtener un turno para llevar en hombros a la imagen de su devoción durante la Semana Santa, que comienza en la segunda quincena de Marzo.

La primera venta de estampillas se efectuó hace 15 días, para que puedan apartar espacio los devotos que tienen por tradición llevar en hombros las diferentes andas durante la Semana Mayor. El próximo domingo se inicia el registro para nuevos cargadores.

Solo en el templo de San José venden unos 132 turnos, para el anda que tiene más de cien brazos. En esta parroquia se registran cerca de 14 mil 500 cucuruchos.

Cada turno cuesta entre Q 35 (u$s 4,5) y Q 150 (u$s 20), dependiendo del punto donde se tome parte del cortejo; sin embargo, en el mercado negro pueden llegar a costar hasta Q500.

Este domingo se vendieron los turnos para niños y mujeres, quienes son medidos, a fin de distribuir mejor el peso de las andas.

De acuerdo con la fe cristiana católica, las procesiones permiten a los creyentes descargar la maldad de sus almas y purificar sus actos.

Guatemala es reconocida a escala mundial por la majestuosidad de sus cortejos procesionales, por lo que la preparación comienza un año antes de los recorridos.

Miles de fieles católicos, así como turistas, acuden también para apreciar las alfombras de aserrín y otros materiales que se elaboran en las calles.”

Los intercambios en el mercado son una forma de administrar la escasez. No hay suficientes lugares para todos los que quieren participar en las procesiones. Claro, alguien podría juzgar inadecuado que esos lugares se vengan pero, ¿cuál sería entonces el criterio para asignarlos? Está claro que ya estamos fuera del ámbito de la economía porque se trata de cuestiones de justicia distributiva.

¿Cuál podría ser? Se podrían asignar a quienes llegaran primero. Esto generaría, por ejemplo, largas colas y gente que se pasa la noche entera en la fila para poder obtener un lugar. Pues esto es también un “costo” y no necesariamente más justo que el pago en dinero ya que hay algunos que pueden pasarse la noche parados y otros no. A lo mejor estos últimos no pueden hacerlo pero están dispuestos a pagar. Otra forma sería por sorteo, pero tampoco podemos asegurar que sea justo. Puede que algunos salgan sorteados dos años seguidos y otros ninguno.

En fin, las ventajas del pago en dinero son: todos pueden poner según sea su valoración y no parecen montos que por sí mismos excluyan a nadie. Y al asignar los escasos lugares de esa forma las hermandades obtienen fondos para financiar sus actividades casi todo el año.

Académico marxista investiga las favelas: encuentra derechos de propiedad y cómo resuelven disputas

Seguimos con los aportes de Boaventura de Sousa Santos en el análisis de los principios que aplican los informales en las favelas de Brasil para resolver problemas de propiedad y de contratos. Es curioso que un profesor marxista, de alto prestigio internacional, sea quien aporta elementos para considerar este tema. Del Cap. 8 de El Foro y el Bazar:

                Con relación a los principios aplicados en la resolución de disputas no hacen referencia explícita a cuestiones de eficiencia. Veamos algunos de los casos de Sousa Santos (1977, p. 61):

“El Sr. GM viene a la AR con el Sr. MT y explica su problema al presidente.

Sr. GM: Usted sabe que poseo una benfeitoria en [ubicación]. Quiero venderla al Sr. MT pero el problema es que no puedo obtener el consentimiento de mi esposa. Se fue de la casa hace nueve meses y nunca regresó.

PRESIDENTE: ¿Dónde está ella ahora?

Sr.GM: No sé. En realidad no creo que su consentimiento sea muy importante en este caso porque, después de todo, la casa fue construida con mi esfuerzo. Además, no hay documentos sobre la compra de los materiales que ella haya firmado.

PRESIDENTE (silencio, luego): Bueno, sé que es una persona honesta y que su esposa se ha comportado muy mal. (Silencio) ¿Cuánto tiempo hace que se ha ido?

Sr. GM: Nueve meses

PRESIDENTE: No es, en verdad, mucho tiempo. (Silencio). Creo que su hijo mayor debería manifestar su acuerdo sobre la venta de la benfeitoria y firmar los documentos como un tercer testigo.

Sr. GM y Sr. MT: Estamos de acuerdo

Sr GM a Sr. BT: podríamos redactar el documento ahora mismo….

El documento se redacta entonces de esta forma:

Yo, Sr. GM [identificación completa], estando separado de mi mujer, quien desapareció sin dar noticias, y viviendo como un buen padre con mis seis hijos, declaro que he vendido una benfeitoria de mi propiedad localizada en [ubicación] al Sr. BT [identificación completa]. Éste pagará inmediatamente [cantidad] y el resto será pagado en base a [cantidad] por mes. Declaramos que como no hay documentos a nombre de mi esposa o míos, vendo esta benfeitoria sin cargas y gravámenes. En verdad fue construida con mis propios esfuerzos. Firmo esta declaración en presencia de dos testigos y en dos copias, una de las cuales queda en la Asociación de Residentes por caso surja cualquier contingencia.

Fecha:

Firmas:

Firmas de tres testigos: (uno de ellos es el hijo mayor del Sr. GM)”

 

Podría argumentarse que existe una justificación basada en la eficiencia al permitir que se realice la venta ya que el activo sería asignado a un uso más valioso, pero aunque esta sea una consecuencia, no es parte de la argumentación sobre la decisión. Actuar de “buena fe” es el principio fundamental para la decisión siguiente:

 “El Sr. SB vendió su vivienda al Sr. JQ por Cr$1,000.53. El comprador pagó la mitad del precio inmediatamente y prometió pagar el resto en cuotas. En la fecha acordada realizó  el pago de la primera cuota (Cr$50). La segunda cuota de Cr$200 también fue pagada en tiempo.

Sin embargo, en lugar de entregar el dinero directamente al vendedor, el Sr. JQ se lo dio a la esposa del vendedor. Ella se quedó con el dinero y lo gastó a su gusto. Además, era infiel a su marido y se había acostado con el hermano del comprador. Cuando conoció esto, el Sr. SB, el vendedor, mató a su mujer y demandó la reposesión de la vivienda. El comprador se quejó diciendo que había pagado debidamente las cuotas y que pagaría las restantes. Había entregado la segunda cuota a la mujer creyendo que se la entregaría al marido.

Se llamó a la Asociación a la hermana del vendedor para representar a su hermano que no podía presentarse porque estaba siendo buscado por la policía. El presidente dijo que no sería justo revocar la venta ya que el comprador había actuado todo el tiempo con buena fe. Por otro lado, el vendedor no debería ser dañado  porque el comprador no le haya entregado el dinero directamente; por lo que la cuota en cuestión no debería ser acreditada al balance del precio. El presidente finalmente decidió, y las partes acordaron, que el comprador pagaría el resto en seis cuotas, tres de Cr$100 y tres de Cr$50”.

 

No hay mención de las diferentes valoraciones en relación a la vivienda ni a la asignación hacia un uso más valioso, sino un enfoque “clásico” para la definición y asignación de derechos.

Angus Deaton: la ayuda internacional contra la pobreza socava el crecimiento y la democracia

Angus Deaton, el último premio Nobel de Economía, no es ningún libertario, pero tiene algunas opiniones notables. Por ejemplo, respecto a la ayuda internacional para combatir la pobreza dice, en su libro “The Great Escape”:

Deaton

“Uno de los hechos sorprendentes sobre la pobreza global es cuán poco haría falta para eliminarla, si pudiéramos mágicamente transferir dinero a las cuentas bancarias de los pobres del mundo. En 2008, había unos 800 millones de personas en el mundo viviendo con menos de un dólar al día. En promedio, a cada una de estas personas les falta 0,28 centavos por día; su gasto promedio diario es de 72 centavos en lugar de un dólar, que los sacaría de la pobreza. Podríamos cubrir lo que falta con menos de 220 millones de dólares por día; esto es, 28 centavos por 800 millones. Si los Estados Unidos quisieran hacer eso ahora, cada norteamericano, tendría que pagar 75 centavos por día, o un dólar si eximiéramos a los niños. Podríamos reducir esto a 50 centavos por persona por día si se sumaran los adultos de Gran Bretaña, Francia, Alemania y Japón. Aún esto es más de lo que se necesitaría. Casi todos los pobres del mundo viven en países donde los alimentos, la vivienda y otras cosas básicas son más baratas que en los países ricos; un dólar gastado en India compra casi el equivalente de 2,5 dólares de las cosas que los pobres necesitan. Tomando esto en cuenta, tenemos la notable conclusión que la pobreza del mundo podría ser eliminada si cada norteamericano adulto donara 30 centavos por día, o si pudiéramos construir una coalición de todos los que quisieran en GB, Francia, Alemania y Japón, para poner cada uno 15 centavos por día. …

Este es un ejemplo de la visión ‘hidráulica’ de la ayuda internacional: si bombeamos agua en un lado, debe salir del otro extremo. Resolver la pobreza mundial y salvar las vidas de niños es visto como un problema de ingeniería, como arreglar las tuberías o un auto roto.

Pero el problema central de la ayuda internacional es éste: cuando las “condiciones para el desarrollo” están presentes, no se necesita ayuda. Cuando las condiciones locales son hostiles al desarrollo, la ayuda no es útil y hará daño si termina perpetuando esas condiciones. Las agencias internacionales de desarrollo se encuentran siempre en esta situación: la ayuda es efectiva solamente donde menos se la necesita, pero los donantes insisten en ayuda efectiva para los que más la necesitan…Si la pobreza no es el resultado de la falta de recursos u oportunidades, sino de pobres instituciones, mal gobierno y política tóxica, dar dinero a los países pobres –particularmente dar dinero a los gobiernos de los países pobres- es probable que termine perpetuando y prolongando la pobreza, no eliminándola. El enfoque hidráulico de la pobreza está equivocado, y resolver el tema de la pobreza no es como arreglar un auto o como sacar a un niño que se está ahogando en un estanque. …

Para entender cómo funciona la ayuda es necesario estudiar la relación entre ésta y la política. Las instituciones políticas y legales cumplen un papel central en establecer un entorno que pueda nutrir la prosperidad y el crecimiento económico. La ayuda extranjera, especialmente cuando es mucha, afecta el funcionamiento de las instituciones y su cambio. Muchas veces la política ha ahoga al crecimiento económico, y aun en el mundo anterior a la ayuda, había buenos y malos sistemas políticos. Pero el influjo de grandes cantidades de ayuda puede cambiar la política local para mal y minar las instituciones que promueven el crecimiento a largo plazo. La ayuda también socava la democracia y la participación cívica, una pérdida directa que se agrega al deterioro del crecimiento económico.”

La economía explicada a mis hijos: conferencia y una nueva edición del libro, economía y literatura

Adrián Ravier ha sido tan amable de presentar en el blog que tenemos en conjunto (Punto de vista económico), la conferencia que diera el año pasado en el Seminario de Verano del Instituto Juan de Mariana, realizado en Lanzarote, Canarias. Ahora que Unión Editorial ha decidido publicar nuevamente el libro veo que la conferencia es una Buena forma de introducir ese texto, que trata de presentar los principios básicos de la economía a través de textos clásicos de literatura.Economia explicada

Aquí está la conferencia:

https://puntodevistaeconomico.wordpress.com/2016/02/04/la-economia-explicada-a-mis-hijos-video-por-martin-krause/

 

 

Límites al oportunismo politico. Otros dos: aprobación electoral de impuestos y que sean explícitos

  1. Aprobación electoral de nuevos impuestos o alícuotas

La limitación para crear nuevos impuestos está en la raíz de la historia de la república moderna y la limitación del poder absoluto del gobernante. Formaba parte de la Carta Magna (1215) aquél famoso principio “no habrá impuestos sin la aprobación de los representantes”. En casi todas las constituciones, los impuestos tienen que ser aprobados por el Congreso, por los representantes de los votantes.

En las democracias modernas esta restricción funciona cuando el poder se encuentra dividido, por ejemplo, cuando el parlamento está controlado por un partido político o coalición diferente al control del poder ejecutivo. Un ejemplo en Estados Unidos es  cuando el presidente es demócrata y el Congreso está controlado por los republicanos. Cuando ambos poderes se encuentran controlados por la misma mayoría el control se diluye o directamente no existe.

Es por eso que se sugiere como mecanismo de control del gasto que cada vez que se quieran crear nuevos impuestos o subir las alícuotas se las someta a la consulta de los votantes por medio de un referéndum. La ventaja de este procedimiento es que los votantes pocas veces están dispuestos a pagar más impuestos a menos que el servicio que a partir de ellos se obtenga sea realmente apreciado y no pueda producirse con los recursos existentes. El problema que puede presentar es que la mayoría abuse de la minoría aprobando impuesto sobre ésta que ella misma no pagaría. No es de extrañar que muchas veces los representantes hayan  incluido a los impuestos dentro de una lista de temas que no pueden ser sometidos a consulta popular.

  1. Impuestos explícitos

Relacionado con el punto anterior, las dificultades que tiene cada individuo para evaluar el verdadero costo del gasto público le impiden evaluar su verdadero peso. Resulta casi imposible para un individuo determinar cuál es la real carga impositiva que está sufriendo, porque el “precio” resulta borroso. En un intercambio normal de mercado existe un precio directamente visible y el costo resulta claro. Si consideramos en cambio una compra que se realiza mediante una cuota mensual (la cuota de un club, el pago de un seguro) la relación no es tan directa pero aún es fuerte. Sería comparable a que un ciudadano recibiera una factura mensual por todos los servicios que le brindara el Estado.

En cambio, si esos pagos se deducen de su recibo mensual de sueldo, la relación es un poco más débil, ya que no hay un acto de “pago”, no hay que tomar una decisión positiva para realizarlo.

Algo similar sucede con los impuestos: los indirectos son menos obvios y evidentes que los directos, sobre todo si es necesario preparar una declaración anual y pagar un determinado monto. Menos lo son sin esos pagos se deducen directamente del salario. En cuanto a los indirectos, menos evidentes son si aparecen como parte del precio y no en forma separada. Y menos aún si el gasto se financia vía inflación, considerada a menudo como un “impuesto”[1].

Con esas percepciones debilitadas, terminará aceptando niveles de gasto más altos de los que estaría dispuesto a pagar. No extraña que el crecimiento del gasto público haya llegado con la multiplicación de estos modos de esconder su verdadero peso.

Por eso, una alternativa para facilitar la evaluación de costos y beneficios del gasto público es explicitar los impuestos: que el impuesto indirecto aparezca separado del precio del producto o servicio y haga evidente ese pago adicional. Imaginemos un conductor que llena su tanque de combustible y recibe el siguiente mensaje: “$30 de combustible y $ 70 de impuesto”; que el impuesto directo demande un acto explícito de pago; que distintos servicios gubernamentales demanden un pago directo para recibirlos.

[1] “Una persona no recibe un paquete divisible y transferible de servicios gubernamentales. Y no paga un precio “directo” por el acceso o uso de servicios públicos provistos por el gobierno. Tampoco recibe una factura mensual o trimestral como las que recibe de electricidad o teléfono. Los pagos para los servicios provistos públicamente son extraídos de distintas formas. Sus ingresos o ganancias pueden recibir impuestos, los productos que compra pueden estar sujetos a impuestos indirectos; su propiedad puede estar tasada con objetivos fiscales y una cantidad de otras actividades estar sujeta a impuestos. En definitiva, cada persona, por supuesto, deberá entregar algo a cambio de los servicios gubernamentales. Pero este valor total no será independiente de su propia conducta reactiva o de la conducta de otros en la comunidad. Más aún, el individuo nunca recibirá una estimación externa y experta del valor que paga. Debe, a tientas, evaluar ese total, un proceso que será mucho más costoso, y dimensionalmente diferente, del que se requiere para evaluar los precios y el costo de los bienes que compre en mercados privados” (Buchanan & Wagner, 2000, p. 135).

Límites al oportunismo politico. Aquí van dos: límites al deficit fiscal y al crecimiento del gasto público

Con los alumnos de la materia Economía e Instituciones vemos algunas de las conclusiones normativas del Public Choice, en particular propuesta para limitar el oportunismo político. Aquí van solamente dos:

1.            Límites al déficit fiscal

Se impone una prohibición o límite al déficit fiscal. En el primer caso no puede gastarse más de lo que ingresa, pero el Estado, como cualquier empresa, se maneja con un presupuesto anual que se espera cumplirá. Si el dinero recaudado no alcanzara a cubrir el gasto presupuestado, el Estado terminaría sin cumplir algunos contratos y paralizando ciertos servicios. Para evitar esto, se impone la necesidad que el presupuesto presentado para su aprobación no tenga déficit, luego puede haber algún desvío si durante el transcurso del ejercicio fiscal los ingresos o los gastos difieren de lo presupuestado.  Para que la prohibición de déficit tenga alguna credibilidad ese límite al desvío debe ser pequeño y también considerarse un mecanismo para que sea compensado. Es decir, si el ejercicio termina con déficit podría pensarse en que ese exceso se cubrirá en el ejercicio siguiente, o que si termina con superávit, pasa a formar una reserva que sirva para cubrir desvíos negativos en el futuro.

En cuanto a establecer un límite al déficit fiscal, se lo suele hacer en relación al PIB. Así, por ejemplo, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, parte del  Tratado de Maastricht, establece un límite del 3% del PIB para los países miembros de la Unión Europea, un nivel superior impone la obligación de medidas correctivas. Argentina, promulgó una ley de “déficit cero” el 30 de Julio de 2001, pocos meses antes de que se desatara la peor crisis de su historia.

En este último caso la norma fue aprobada cuando ya era demasiado tarde. Pretendía ser más una señal que generara confianza en los mercados para que éstos siguieran financiado la renovación de la deuda argentina. En el primero, su incumplimiento por los países más importantes de Europa no generó suficiente credibilidad para las sanciones y no extraña que luego se desatara en la región una profunda crisis fiscal (2010-11) .

Una diferencia importante entre una y otra que analizaremos en mayor detalle adelante es el nivel constitucional de la norma. En el caso argentino era una ley aprobada por el Congreso, en el de la Unión Europea formaba parte de un tratado internacional. Algunos autores sostienen que cuanto más alto el nivel constitucional, mayor impedimento será para las conductas que se quieren evitar (mejor una ley a un decreto presidencial, mejor una cláusula constitucional a una ley, mejor un tratado internacional a una cláusula constitucional), pero la experiencia europea muestra que esto no es necesariamente así. Todo depende de dónde se encuentra el mayor poder de control sobre el cumplimiento de la norma. En el caso europeo, el tratado imponía un límite relativamente estricto pero con pocas posibilidades de control, generando un incentivo por parte de ciertos países a actuar como free riders de los esfuerzos de los demás. Ellos obtenían los beneficios de las garantías de estabilidad generadas por la UE, pero aplicaban políticas fiscales irresponsables con las que nunca podrían haber generado tal credibilidad por parte de los acreedores que financiaron esos déficits. El control más fuerte puede estar en manos de los votantes, como veremos en el punto 3.

La obligación de no incurrir en un déficit fiscal no necesariamente genera una restricción en el crecimiento del gasto público, ya que se lo puede aumentar al mismo tiempo que se aumenta la presión impositiva e igualmente se cumple con el requisito, y el Estado termina así llevándose una mayor parte de la riqueza producida por los ciudadanos. Para evitarlo se han propuesto límites al crecimiento del gasto y a la creación de nuevos impuestos o el aumento de las tasas de los existentes.

2.            Límites al crecimiento del gasto público

En este caso se establece un límite a su crecimiento, normalmente asociado a la evolución del PIB. Podría establecerse un límite algo por encima del crecimiento del PIB si se quiere que el gasto aumente en relación a ese indicador, igual para que se mantenga o menor para que se reduzca.

El papel de la voz y la salida en la competencia entre jurisdicciones: contribución de Albert Hirschman

Con los alumnos de la materia Economía e Instituciones de OMMA Madrid, vemos el capítulo del libro sobre competencia institucional. Allí comento los interesantes conceptos de “voz” y “salida” planteados por Hirschman:

El análisis de los conceptos de “salida” y “voz” fue desarrollado en el trabajo seminal de Albert Hirschman (1970). Este autor señala que hasta ese momento la ciencia económica había concentrado su análisis en el mecanismo de “salida”, el cual promueve la eficiencia en el mercado, interpretando tal salida como la decisión del consumidor de dejar de lado un determinado producto o servicio cuando su calidad no le satisface o también cuando ciertas personas abandonan una firma. Como resultado de esto los ingresos de la firma caen, se reducen sus clientes o miembros y los administradores son forzados a buscar formas de corregir las fallas que ocasionaran esta deserción.

Por otro lado, la ciencia política se ha concentrado en el mecanismo de “voz”, es decir, de la forma en que los individuos, como ciudadanos, expresan su aprobación o descontento con determinadas políticas y proceden a la elección de sus representantes. Esto incluye desde las elecciones, pasando por manifestaciones públicas en las calles hasta cartas de lectores en los diarios.

No obstante, señala Hirschman, ambos mecanismos están vigentes tanto en uno como en otro campo: la “voz” está presente en el mercado cuando los clientes o miembros manifiestan directamente su insatisfacción por la calidad de los productos y servicios a los administradores y la “salida” está presente en el ámbito de las decisiones políticas cuando los ciudadanos, mediante su movilidad, se desplazan desde aquellas jurisdicciones que ofrecen servicios de baja calidad o costos hacia aquellas con mejor oferta.

De hecho, las empresas realizan muchos esfuerzos para conocer qué es lo que opinan los consumidores porque, en definitiva, esa opinión se traduce luego en una “reputación”, y en el prestigio de una marca, un valor intangible pero cada vez más importante en el mundo moderno.

Por otro lado, la existencia de miles de refugiados señala tanto una “opinión” sobre la calidad institucional del Estado que se ha abandonado como la de aquél en que se ha buscado refugio. Este mecanismo de “salida” refleja una opinión tan fuerte como la más poderosa “voz”.

Cuando compiten países o niveles similares de gobierno se denomina “competencia horizontal”. Pierre Salmon (2005), analiza este fenómeno y, en particular, los distintos tipos de competencia que se presentan a este nivel. Estos son principalmente dos: el primero se relaciona con la movilidad de los recursos y pueden ser tanto personas que se van o quieren ingresar (los balseros cubanos son un ejemplo extremo de “salida”, los mejicanos que atraviesan la frontera a Estados Unidos clandestinamente son otro de “entrada”) ¿Acaso no están demostrando una preferencia con su accionar? A veces no se movilizan las personas sino sus capitales, en particular el capital financiero que es fácilmente transferible de una jurisdicción a otra: el éxodo de capital de muchos países con pesadas cargas burocráticas e impositivas es un ejemplo de ello. El atractivo que presenta Suiza es una demostración de su superioridad en cuando a la protección de las inversiones se refiere. También se refiere este fenómeno al destino de las inversiones internacionales, las cuales en su gran mayoría se realizan entre países desarrollados. Por último, hay una forma de movilización que no implica trasladarse a otra jurisdicción sino simplemente sumergirse en la economía informal, esto es, “salir” del esquema regulatorio vigente para desempeñarse en otro. En fenómeno se extiende también a la elección de una moneda, por ejemplo.

Esta movilidad sujeta a las jurisdicciones a un proceso de competencia, ya que aquellos países o jurisdicciones que no logran ofrecer los marcos institucionales adecuados pierden recursos, tanto sea de personas o de capitales. El segundo mecanismo se refiere más a la “voz” y se trata de la competencia que el autor llama “de comparación”, cual es la que se establece cuando los habitantes de un determinado país o jurisdicción conocen las condiciones vigentes en otra y demandan, por lo tanto, algo similar a sus propios representantes. Así, por ejemplo, los medios y algunos viajes, permitieron observar a muchos habitantes de los ex países socialistas las condiciones de vida en Occidente y sus demandas terminaron derribando todo el sistema.

Ahora bien, Salmon dice que en general las empresas y el capital responden principalmente con la movilidad, mientras que los trabajadores y los consumidores lo hacen fundamentalmente con el voto. El problema serio que se presenta para la política es cuando esas dos formas de competencia proveen incentivos contradictorios. Puede ser cuando las empresas quieren menos impuestos y cargas y los votantes más gasto y transferencias del estado.  O cuando los consumidores quieren más variedad de productos y mayor poder adquisitivo y las empresas quieren más protección arancelaria. O cuando se quieren más puestos de trabajo pero se ataca a las empresas.