Un conflicto con creciente violencia del que se habla y conoce poco por aquí: los mapuches en Chile

Poco se sabe y se comenta en las noticias argentinas, o tal vez en el resto de América Latina, acerca del problema de los mapuches en Chile. El Instituto Libertad y Desarrollo presenta un panorama y comenta las medidas propuestas por el gobierno chileno aquí: http://www.lyd.org/temaspublicos/editora/TP1248INSTITUCIONALIDADINDIGENA.pdf

Algunos párrafos:

INSTITUCIONALIDAD INDÍGENA EN TIEMPOS DE VIOLENCIA

El conflicto en la zona de La Araucanía y sus alrededores se agudiza, develando no sólo una crisis en términos del deterioro del Estado de Derecho, sino que también distorsiones en la representación política de la zona. Grupos radicalizados que monopolizan el discurso público en lo que respecta a la naturaleza reivindicativa de las demandas incurren en la legitimación de la violencia como recurso político, con cierta efectividad, imponiendo la disruptividad de las condiciones de paz social en la zona. Se trata de una voz minoritaria, pero influyente en los espacios de representación, situación que refleja la profunda disociación existente entre la voz real del pueblo mapuche, pacífica y que demanda soluciones alejadas del metarelato reivindicativo para mejorar sus condiciones de vida y la de grupos extremistas que instrumentalizan el carácter de la causa indígena.

Este problema objetivo de representación se agudiza en presencia de una frágil institucionalidad indígena que permite una fácil cooptación de los espacios políticos por parte de aquellas corrientes minoritarias y radicalizadas. Un buen ejemplo de lo anterior fueron las últimas elecciones para conformar el cuerpo de Consejeros Nacionales de la CONADI, proceso no exento de cuestionamientos debido a la baja participación y anomalías en el proceso electoral (al respecto, es necesario mencionar que sólo votaron 24.713 personas de un total de 200.000 inscritos, es decir, un 12%. Dicha cifra representa una disminución del 20% de los votos con respecto a la elección pasada, a pesar de que el padrón aumentó en 30.000 personas este año. Las principales denuncias se relacionan con la falta de información sobre el día de la elección e irregularidades en el padrón electoral).

Consciente -en parte- de esta fragilidad institucional, es que el Ejecutivo ingresó dos mensajes presidenciales que crean un Ministerio de Pueblos Indígenas (boletín 10.526-06) y un Consejo Nacional y los Consejos de Pueblos Indígenas (boletín 10.525-06). Sin embargo, se trata de proyectos que, a pesar de contener avances marginales, reproducen muchas de las falencias en materia de representación al no estar acompañados de un cambio de paradigma en cuanto a política indígena.”

CONCLUSIÓN

“La profundización de la violencia en la zona sur del país ha generado una brecha de representación política y una erosión del Estado de Derecho. Esta situación es en parte generada por la disociación entre el discurso radicalizado de una minoría y los reales anhelos del pueblo mapuche. La respuesta del Gobierno ha sido el establecimiento de un nuevo orden institucional que contempla la creación de un Ministerio de Pueblos Indígenas, un Consejo Nacional y los Consejos de Pueblos Indígenas. Las encuestas nos permiten dilucidar que las necesidades de los mapuches no son radicalmente distintas del resto de los chilenos. De este modo, es necesario que este nuevo orden institucional se haga cargo de un cambio de paradigma, el cual implica poner énfasis en un desarrollo integral de dichos pueblos, otorgándoles herramientas con las que puedan afrontar de mejor manera los desafíos de la sociedad actual.”

Si el presidente Macri lee este libro, deroga la Ley de Abastecimiento. Sus consecuencias jurídicas

El problema es que es tan largo, que no va a tener tiempo para leerlo. Se trata del libro de Santiago Castro Videla y Santiago Maqueda Fourcade, “Tratado de la regulación para el abastecimiento: estudio constitucional sobre los controles de precios y la producción”, publicado por la Editorial Ábaco de Rodolfo Depalma. No es solamente un libro sobre la Ley de Abastecimiento sino mucho más, es un libro sobre las regulaciones y, en particular, los controles de precios, desde una perspectiva filosófica, económica y jurídica. Ahora se plantean si las cuestiones jurídicas de la regulación del abastecimiento, los precios y la producción:  

“Como se podrá advertir, la regulación para el abastecimiento suscita diversas problemáticas económicas, políticas y sociales. Sin embargo, también plantea dificultades jurídicas. Aun cuando se piense que estas regulaciones son innecesarias e inadecuadas para lograr los fines que se pretenden alcanzar con su adopción, lo cierto es que ellas se vienen aplicando hace más de 75 años. Esto es un dato inexorable que la doctrina jurídica no puede obviar. Aun cuando se recomiende, desde una perspectiva económico-política, la derogación de la regulación para el abastecimiento, es necesario también estudiarla desde una perspectiva fundamentalmente jurídica. Ese es el objeto de este libro: analizar integralmente, desde el derecho constitucional, administrativo y procesal, el fenómeno de la regulación para el abastecimiento.

La regulación para el abastecimiento suscita, en efecto, cuestiones jurídicas de todo tipo que buscan ser abordadas por esta obra. Primero, desde una perspectiva de dogmática jurídica, se nos plantea qué es la “regulación para el abastecimiento” y cuáles son sus características esenciales. Asimismo, es preciso tener en cuenta las implicancias del derecho de propiedad privada y libertad económica, que es el objeto de dicha regulación. Para ello, la Parte Preliminar del libro define al “derecho de propiedad privada y libertad económica” y a la “regulación para el abastecimiento”, explicando sus características esenciales y relaciones mutuas.

Segundo, con base en dichos fundamentos, resulta luego necesario analizar en qué regímenes normativos específicos, y de qué manera, existe y ha existido la regulación para el abastecimiento. A esto se dedica la Parte Primera del libro: a explicar la evolución histórica de la regulación para el abastecimiento, y en particular de la LA, y a reseñar los distintos regímenes en que actualmente se utiliza esta especie de regulación en el derecho argentino.

Tercero, pasando al análisis constitucional, surge la cuestión de qué principios constitucionales son aplicables para limitar y controlar a las autoridades públicas en el establecimiento de esta clase de regulaciones. La Parte Segunda del libro, en este sentido, estudia y expone cuáles son esos principios sustantivos y adjetivos, analizando también qué vías procesales –fundadas en el derecho a la tutela judicial efectiva– le asisten al particular afectado por una medida de regulación para el abastecimiento, y cuál ha sido la recepción de estos principios por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con especial referencia al principio de razonabilidad.

Cuarto, continuando con el análisis constitucional sustancial, se presenta el problema de cuáles son los efectos económicos de las medidas de regulación para el abastecimiento, lo que constituye un dato imprescindible para determinar si son regulaciones razonables del derecho de propiedad privada y libertad ecónomica. Dichas medidas persiguen distintas finalidades y tienen distintos efectos económicos, pero es una exigencia constitucional que éstos sean adecuados, necesarios y proporcionales para el logro de las finalidades que pretenden conseguir –siempre, claro está, que sean legítimas–. A este análisis económico-jurídico se dedica la Parte Tercera del libro: a estudiar las consecuencias económicas y la eventual razonabilidad o irrazonabilidad de las medidas características de la regulación para el abastecimiento, esto es, los controles de precios, los controles de la producción y las medidas fiscales o aduaneras adoptadas para garantizar el abastecimiento.

Quinto, pasando a los aspectos de validez formal de la regulación para el abastecimiento, queda pendiente la cuestión de cuáles son los límites que tiene el Congreso para delegar sus facultades de regulación en el Presidente o en sus órganos subordinados o los entes descentralizados, así como también para autorizar su subdelegación. La gran mayoría de las medidas de regulación para el abastecimiento no han sido establecidas por el Congreso directamente, sino por órganos o entes distintos del Presidente en ejercicio de facultades legislativas delegadas o subdelegadas. Ello plantea una cuestión fundamental frente a la separación de poderes y el principio de legalidad en la regulación de los derechos, y en esto se enfoca la Parte Cuarta de esta obra: en estudiar cuál es el régimen constitucional aplicable a la delegación y subdelegación, a favor del Presidente y sus órganos subordinados o entes descentralizados, de facultades legislativas para establecer medidas de regulación para el abastecimiento.

Sexto, la propia LA, paradigma actual de la regulación para el abastecimiento, presenta a su vez diversas problemáticas constitucionales, administrativas y procesales específicas que surgieron luego de la reforma recientemente dispuesta por la ley 26991 (2014). En esto se centra la Parte Quinta del libro: en estudiar cuáles son las condiciones de ejercicio de las facultades legislativas delegadas por la LA, y en analizar la constitucionalidad de dicha delegación, así como también la de su régimen infraccional –tanto sustantivo como procesal–.

Y séptimo, en el Apéndice se estudian las cuestiones relativas a la vigencia y constitucionalidad de la delegación realizada por la LA reformada por el decreto 2284/91, que se tornaron relativamente abstractas luego de la reforma por la ley 26991 (2014). Sin embargo, creemos que su inclusión se justifica pues, a pesar de ello, continúan manteniendo relevancia doctrinal e incluso práctica —esto último, tanto por la eventual vigencia de regulaciones dictadas con anterioridad a la ley 26991, como por la existencia impugnaciones administrativas y judiciales que se encontraban en trámite antes de la sanción de esta última norma, así como también de sanciones impuestas por incumplimientos previos—.

Con todo este desarrollo, solo habremos pretendido otorgar elementos para el análisis de validez e impugnación de las medidas de regulación para el abastecimiento, fundándonos para ello en los principios y normas constitucionales, administrativas y procesales.

* * *

En sus Bases, el genial y profético Juan B. ALBERDI, exhortando a adecuar la legislación preexistente a la Constitución que se aprobaría en 1853, señaló que era imperioso que “el derecho administrativo no sea un medio falaz de eliminar o escamotear las libertades y garantías constitucionales” .

Con esa esperanza es que ahora presentamos este libro.”

Una represa minera colapsa, muere gente y se destruyen poblaciones: faltan derechos de propiedad

Más de una vez hemos planteado en el libro “El Foro y el Bazar” y aquí en el blog la importancia de los derechos de propiedad claramente definidos para la resolución de muchos problemas ambientales. Ahora, una tragedia en Brasil, analizada por el Wall Street Journal Americas, plantea un caso donde se podría analizar eso como una solución, en lugar de regulaciones que, en definitiva, no funcionan. El artículo, titulado “Las presas de desechos de las mineras son cada vez más grandes y riesgosas” fue publicado por La Nación aquí: http://www.lanacion.com.ar/1886137-las-presas-de-desechos-de-las-mineras-son-cada-vez-mas-grandes-y-riesgosas

Comienza informando sobre la tragedia:

“El 5 de noviembre, una represa de tierra que contenía este mar de lodo colapsó, provocando una inundación que cobró la vida de 19 personas, destruyó poblaciones y recorrió más de 640 kilómetros camino al Océano Atlántico, donde dejó una mancha café rojiza visible desde el espacio. La represa de casi 30 pisos de altura y con capacidad para 55 millones de metros cúbicos de desechos mineros, fue la estructura más grande de su tipo en quebrarse.”

¿Qué son las represas de tierra? “De Chile a Australia, la búsqueda de economías de escala ha llevado a las empresas mineras a excavar canteras más grandes y profundas, lo que ha creado volúmenes récord de desechos. Para almacenar estos residuos, han construido algunas de las estructuras más colosales que el hombre haya hecho en el planeta. Conocidas como presas de relaves, estos terraplenes contienen depósitos de lodo, roca finamente molida y agua que queda después de separar los metales de los minerales.”

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¿Cómo se puede evitar que esto suceda, o si ocurre, que se reparen los daños ocasionados? La primera respuesta de todos es la que el estado debe regular. ¿Ha funcionado la regulación? Dice el artículo:

“Samarco, (la minera), bajo investigación por posible delito en Brasil en relación con el desastre, dice que Fundão cumplía con los requerimientos legales y regulatorios, y que no mostraba signos de problemas estructurales antes de que colapsara, una posición que uno de sus consultores cuestiona. Vale y BHP Billiton han dicho que la represa era responsabilidad de Samarco. Las tres compañías han cooperado en los esfuerzos de alivio a la población y han prometido reconstruir las viviendas. En marzo acordaron gastar un mínimo de 9.460 millones de reales (US$2.600 millones) en la limpieza.”

Más adelante, el artículo señala:

“En el caso de Brasil, los funcionarios reconocen que la supervisión de los reguladores es escasa. Los fiscales dicen que el Departamento Nacional de Producción Mineral (DNPM) tenía dos especialistas en seguridad para monitorear más de 300 relaves en el estado de Minas Gerais antes del accidente.”

No siempre debería ser así, ni lo es. Se reconocen algunos casos positivos:

“Algunas presas cerradas se mantienen estables y hasta cierto punto armonizan con el entorno. Antofagasta Minerals PLC está reforestando con plantas nativas su descomunal presa de Quillayes en Chile, que cerró en la década pasada, para absorber toxinas y restaurar la zona con el fin de que se parezca a su estado natural. La presa de la cerrada mina de oro Cannon, en Wenatchee, estado de Washington, ha sido convertida en el área de cabalgatas Dry Gulch.”

¿Cómo hacer que todas actúen de esta forma y no como en Brasil? La respuesta es, derechos de propiedad. SI estuvieran claramente definidos todo daño debería ser reparado y compensado. Las mineras seguramente buscarían asegurar ese riesgo y serían las aseguradoras las que controlarían las medidas tomadas para que eso no ocurra, y si ocurriera sería un “siniestro” del cual tienen que hacerse cargo. Los incentivos serían muy fuertes para tomar esto en cuenta y evitarlo, ya que en tal circunstancia todos pierden. Eso no ocurre ahora, los reguladores no tienen incentivos tan fuertes como los aseguradores, o los accionistas de las mismas empresas que verían caer el valor de sus acciones, o los banqueros que las financian que temerían no recuperar sus préstamos. Todos estarían evaluando ese riesgo, pero éste sólo existe si hay que hacerse cargo de los daños a la propiedad de los demás.

¿Acaso soy egresado y profesor en la mejor Universidad de América Latina? ¿Cómo lo medimos?

Cada universidad que obtiene una buena evaluación la disfruta, por supuesto, y la divulga. No hay nada de nuevo en eso. Ahora le toca el turno a la mía, la Universidad de Buenos Aires que según un ranking es la primera en toda América Latina. La primer “categoría” en la que se destaca es Antropología, pero no está mal Derecho, aunque no aparece Económicas en el comunicado.

¿Son creíbles estas mediciones? O más aún, ¿es posible medir la calidad de una universidad? Últimamente han aparecido muchos de estos rankings. En este caso se basa en ciertos indicadores que se explican abajo. En otros se toma el promedio de remuneración que obtienen sus egresados al salir al mercado laboral. En un mercado normal tendríamos también al precio como señal que envía información sobre la valoración de los que pagan, pero no es el caso de al UBA que es gratuita. Más informalmente tenemos a la reputación: todos sabemos, más o menos, qué significa estudiar en Harvard, Stanford, Oxford o Cambridge.

Si bien la UBA ha obtenido un muy buen resultado en este ranking, podríamos preguntarnos: ¿está su reputación en una posición similar?,¿obtienen sus egresados remuneraciones correspondientes a ese nivel? ¿cuánto estarían dispuestos a pagar sus alumnos por la educación que allí reciben?

En fin, un tema bien complejo. Aquí va el comunicado:

“LA UBA EN LA ELITE DE UNIVERSIDADES A NIVEL GLOBAL

Según el Ranking Mundial de Universidades por Temática QS 2016, la Universidad de Buenos Aires se posiciona en la elite de instituciones superiores a nivel mundial, en 24 de las 30 áreas relevadas.

Se evaluaron más de 3400 universidades a nivel global, generando un ranking de 971 Instituciones educativas en el que las 200 primeras son consideradas de elite.

La Universidad de Buenos Aires se destaca por su excelente desempeño en más del 80 por ciento de sus áreas de aprendizaje y 13 de las 30 categorías evaluadas se ubican en el top 100: Antropología (39º); Ingeniería Mineral y Minera (41º); Lenguas Modernas (32º); Estudios Políticos e Internacionales (51-100); Arquitectura y Construcción (51-100); Ciencias Ambientales (51-100); Historia (51-100); Derecho (51-100); Lingüística (51-100); Sociología (51-100); Filosofía (51-100); Agricultura y Ciencias Forestales (51-100); y Arte y Diseño (39º).

La UBA es la primera universidad argentina y latinoamericana que figura en el Ranking Global QS 2015 (124º), seguida por la Universidad de San Pablo (143º), la Universidad Nacional Autónoma de México (160º), la Pontificia Universidad Católica de Chile (170º) y la Universidad Estatal de Campinas (195º), convirtiéndose éstas en las únicas dentro de la elite global.

Asimismo, dentro del ámbito nacional y según el Ranking Global QS 2015, la Universidad de Buenos Aires lidera las posiciones. La segunda casa de estudios argentina que aparece es la Universidad Austral (309º), seguida por la UCA (350º).

El Ranking QS evalúa los campos disciplinarios más sobresalientes e influyentes de la Educación Superior de todo el mundo, con el objetivo de brindar a la comunidad académica un informe detallado de cada universidad. Elaborado anualmente, se sustenta sobre cuatro pilares: investigación, calidad de la enseñanza, reputación empresarial e internacionalización. Para ello, el estudio se basa en el análisis de seis indicadores: reputación académica, reputación entre los empresarios, ratio de estudiantes por profesor, citaciones por facultad y la proporción de alumnos y profesores internacionales.

Este Ranking se encuentra entre los más prestigiosos junto con el de Shanghái, donde la UBA es la única universidad argentina en el Top 151 y la mejor rankeada de las instituciones de habla hispana, lo cual consolida una tendencia positiva de crecimiento sostenido.”

Link del ranking: http://www.topuniversities.com/subject-rankings/2016

Castro Videla y Maqueda: Un estudio constitucional sobre los controles de precios y la producción

Muy gentilmente, Santiago Castro Videla y Santiago Maqueda Fourcade, me han regalado un ejemplar de su libro “Tratado de la regulación para el abastecimiento: estudio constitucional sobre los controles de precios y la producción”, publicado por la Editorial Ábaco de Rodolfo Depalma. No es solamente un libro sobre la Ley de Abastecimiento sino mucho más, es un libro sobre las regulaciones y, en particular, los controles de precios, desde una perspectiva filosófica, económica y jurídica.

Así comienza la Introducción:

“En uno de sus viajes a París, el gran pensador francés Frédéric BASTIAT (1801-1850) se maravillaba de que hubiera allí millones de seres humanos que, de no poder acceder diariamente a provisiones de todo tipo, morirían en cuestión de días . Lo que más le sorprendía era que no existiera ningún planificador central responsable por ese abastecimiento, sino que éste ocurriera espontáneamente. “¿Cómo es que cada día se asegura traer a este gigante mercado justo lo que es necesario, ni más ni menos?” , se preguntaba. Pero inmediatamente se respondía: son los libres intercambios, guiados por el propio interés, los que constituyen el “secreto poder que gobierna la sorprendente regularidad de tan complicados movimientos, una regularidad en la que todos tienen una fe implícita, aunque su prosperidad y su misma vida dependa de ella” . Esta idea económica fundamental –de que el propio interés de las personas, reflejado en los intercambios voluntarios de derechos de propiedad, es lo que garantiza el abastecimiento de los bienes a toda la sociedad– ya había sido enunciada por el escocés Adam SMITH (1723-1790) en su famosa frase: “no es de la benevolencia del carnicero, del cervecero, o del panadero que esperamos nuestra cena, sino de su propio interés” .

El reconocimiento de este fenómeno de la libre cooperación social, unido a una mayor conciencia de la libertad y dignidad individual, fue lo que llevó a que el constitucionalismo moderno consagrara una amplia protección de los derechos de propiedad y las libertades económicas. Fue también aquella la filosofía que inspiró la Constitución nacional de 1853 y permitió que esta fuese un instrumento jurídico excepcional para la consolidación y prosperidad del país. En efecto, teniendo como fin “promover el bienestar general” y “asegurar los beneficios de la libertad” , la Constitución otorgó una amplísima protección a las libertades económicas y las distintas formas de propiedad, a la vez que prohibió a los gobiernos intervenir en acciones que no ofendieran el orden, la moral pública y los derechos de terceros . Y los beneficios de esas libertades no se harían esperar: en cuestión de décadas, la República Argentina pasaría a ser uno de los países con mayor riqueza por habitante del mundo .

Sin embargo, iniciado el siglo XX surgirían en el mundo diversas doctrinas políticas que diferían de la adoptada por nuestra Constitución. Comunismos, fascismos, nazismos y otras variaciones del socialismo se proponían en distintos países como formas de lograr una mayor riqueza y su justa distribución social. Y ello siempre con una nota común: que las decisiones económicas de las personas, especialmente aquellas relacionadas con la producción, el ahorro y la inversión, fuesen tomadas coercitivamente por órganos estatales centralizados. La Primera Guerra Mundial y la depresión de la década de los años 30, esta última fomentada por las manipulaciones estatales en el mercado monetario y financiero, darían un motivo adicional para que los gobiernos empezaran, con mayor o menor intensidad, a intervenir en la toma de decisiones económicas, estableciendo nuevas y mayores regulaciones económicas.”

Los ricos son cada vez más ricos:,… en realidad es al revés, los ricos no pueden mantenerse ricos

Mas sobre los ricos que son más ricos y los pobres que son más pobres. Ahora un artículo publicado en el Cato Journal, “The Myth of Dynastic Wealth: The RIch get Poorer”, por Arnott, Bernstein & Wu: http://object.cato.org/sites/cato.org/files/serials/files/cato-journal/2015/9/cj-v35n3-1_0.pdf

“El libro ‘El capital en el siglo XXI’ de Thomas Piketty explotó en los primeros puestos de los libros más leídos en cuanto fue publicado en 2013, y allí estuvo por meses. Si bien es un logro destacable para un pesado volumen de economía, no es un misterio porqué ha creado tal sensación: está bien articulado, es accesible para el no-economista y contiene muchas observaciones históricas.

Creemos que el argumento principal de Piketty es probablemente errado en varios niveles, como resultado de errores fundamentales y evitables en sus supuestos básicos. Comienza con la sensata presunción de que el retorno sobre el capital invertido, r, excede el crecimiento macroeconómico, g, como debe ser en cualquier economía saludable. Pero desde esta casi tautología, avanza para presumir que las familias ricas van a ser cada vez más ricas en las generaciones futuras, llevando hacia una sociedad dominada por la riqueza hereditaria, no ganada.

Ahora bien, esta lógica resulta cierta solamente si los ricos nunca disipan su riqueza a través del gasto, las donaciones caritativas, los impuestos, malas inversiones, y la división de la propiedad entre muchos herederos. Como individuos, y como familias, los ricos generalmente no son más ricos; después que se construye una fortuna, generalmente los ricos se vuelven lenta e inexorablemente más pobres.

La evidencia que usa Piketty en apoyo de su tesis es básicamente anecdótica, sacada de novelas de Austen y Balzac, y de las fortunas actuales de Bill Gates y Liliane Bettencourt. Si Piketty está en lo cierto, ¿dónde están ahora los actuales descendientes hiper-ricos de las dinastías empresariales del pasado: los Astors, los Vanderbilts, Carnegies, Rockefellers, Mellons y Gettys? Casi todos ellos están fuera de las listas de los super-afluentes. Nuestra evidencia –presentada para refutar el argumento de Piketty- es empírica, resultado de la alta rotación entre los rangos de los super-ricos de la revista Forbes 400, y sugiere que en cualquier determinado momento, la mitad o más de la riqueza conjunta de los hiper-ricos es riqueza generada por esa primera generación, no heredada.

Los que originan grandes riquezas son genios que se encuentran uno en un millón: su innovación, inventiva, y su focalización en el esfuerzo empresarial crean cantidad de empleos y mejoras de productividad para toda la sociedad. Ellos crean riqueza para la sociedad, de la que extraen riqueza para sí mismos. En contraste, los descendientes de los hiper-ricos rara vez poseen ese genio de uno en un millón. Bettencourt, citada por Piketty, es una excepción. Típicamente, encontramos que los herederos reducen esa riqueza a la mitad –en relación al crecimiento del PIB- cada 20 años o menos, sin ninguna asistencia adicional de las recetas redistributivas de Piketty.

La acumulación dinástica de riqueza es simplemente un mito. La realidad es que cada generación  produce sus propios emprendedores que crean vastas sumas de riqueza totalmente nueva, y disfrutan una parte de ella, desplazando a muchos de los emprendedores que crearon riqueza en generaciones anteriores. Hoy, las enormes fortunas del siglo XIX se ha prácticamente vaciado y casi todas las fortunas generadas medio siglo atrás también se han ido. ¿Realmente queremos frenar la empresarialidad, la invención y la innovación en un esfuerzo para acelerar el ya rápido proceso de redistribución de la riqueza?”

El socialismo francés: ¿abanderado del liberalismo, los derechos y las libertades individuales?

Hace unas semanas, el presidente de Francia, François Hollande, visitó la Argentina. Fue uno de los primeros en visitar al país luego del cambio de gobierno. Hollande encabeza un gobierno del Partido Socialista. ¿Socialista? El Institut Économique Molinari, comenta el tema y trae una discusión acerca de la tradición liberal francesa, que parecía olvidada hasta ahora:  http://www.institutmolinari.org/radio-la-france-renoue-t-elle-avec,2526.html

Esto comenta:

“La reforma del derecho laboral, la ley Macron, el pacto de responsabilidad. El gobierno acumula reformas liberales. ¿Volver a la tradición francesa?

Si Myriam El Khomri (Ministra de Trabajo, miembro del Consejo Nacional del Partido Socialista) cree que deshacerse tan pronto como se pudiera de su proyecto de ley sobre el trabajo, la presentación del texto por el gabinete se pospone por una quincena. ¿Será esta vez suficiente para dar cierta cohesión dentro de la mayoría de gobierno? Esto es poco probable, ya que la ley que la Ministra de Trabajo representa es, a los ojos de parte de la izquierda, el peor espantapájaro: un arsenal de medidas tanto más liberales que el otro.

El liberalismo sin embargo parece estar en racha últimamente: en el gobierno, primero con Emmanuel Macron (Ministro de Economía, también miembro del Partido Socialista), que se reivindica como un «liberal». Y más a la derecha, a juzgar por los programas de los candidatos para la próxima primaria: fin de la ISF, la tasa de impuesto único, reforma del estatuto de la función pública, drásticos recortes de gastos…  como un homenaje póstumo a Margaret Thatcher y Ronald Reagan.

Hace tan sólo unos pocos años, sin embargo, pocos fueron los que se aventuraron (políticamente) en el campo del liberalismo económico. Sin embargo, esta forma de pensar no es totalmente ajena a nuestra historia política. Fue incluso un motor en el momento de romper con el antiguo régimen.”

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En una entrevista con Le Parisien, define Macron su visión sobre el papel del Estado:

“El Estado debe establecer un marco para que emerjan los campeones del mañana y creen empleos aquí, en Francia. Debe continuar avanzando en la flexibilización del mercado laboral, en proteger a las personas más que a los empleos. Debe proteger los datos y las libertades individuales. Y sobre todo luchar contra la tendencia francesa de ver a los datos y números como una amenaza.”

Y sobre su posición política:

“La división entre los progresistas y los conservadores no tiene sentido. Pero hay algunos en la izquierda que no son progresistas, y otros en la derecha que quisieran serlo. Mi izquierda, es una izquierda que brinda derechos para la libertad. No es una izquierda que se cierra sobre sí misma. Yo me declaro liberal. Yo reivindico que, históricamente, el liberalismo es un valor de izquierda, de defensa de la igualdad de derechos”.

http://www.leparisien.fr/magazine/grand-angle/emmanuel-macron-le-numerique-est-une-chance-pour-tous-12-11-2015-5269423.php

Cómo medir la desigualdad: entendamos que nos pueden decir el índice de Gini y la curva de Lorenz

Muy interesante estudio de Ignacio Moncada y Juan Ramón Rallo sobre la desigualdad en España, publicado por el Instituto Juan de Mariana: La desigualdad en España: ¿Realmente es España uno de los países más desiguales de Europa?, pero que trata temas generales, aplicables a cualquier país: https://www.juandemariana.org/investigacion/archivo-de-publicaciones/mitos-y-realidades-sobre-la-desigualdad-en-espana

¿CÓMO SE MIDE LA DESIGUALDAD?

El índice Gini y la curva de Lorenz

El índice Gini es tal vez la métrica más utilizada para medir la desigualdad de riqueza, renta y consumo, denominada así por haber sido desarrollada por el sociólogo italiano Corrado Gini. La razón es que es un índice estadístico que sintetiza toda la información de la distribución poblacional de la variable a estudiar y permite hacer comparaciones entre países de forma sencilla y compacta. Sin embargo, autores como Thomas Piketty señalan que su principal inconveniente es que sintetiza en exceso toda la información en una sola cifra y por tanto no proporciona una información demasiado intuitiva. Por ello es interesante pararse a comprender qué es lo que el índice de Gini está midiendo realmente.

Para entender el significado del índice de Gini, es preciso primero entender la curva de Lorenz, desarrollada por el economista estadounidense Max O. Lorenz. La curva de Lorenz es la representación gráfica en la que se relaciona el porcentaje de riqueza, renta o consumo total (eje de ordenadas) que posee o disfruta el X% más pobre del país (eje de abscisas).

Por ejemplo, el punto en la curva de Lorenz correspondiente al 50% sobre el eje horizontal nos indica el porcentaje de la riqueza, renta o consumo que acumula el 50% más pobre de la población.

Curva Lorenz

La curva de Lorenz, obviamente, siempre pasa por el punto (0%,0%) y por el (100%,100%): el 0% más pobre del país siempre tiene el 0% de la riqueza, renta o consumo total; y el 100% más pobre de la población (es decir, la totalidad de la población), siempre tiene el 100% de la riqueza, renta o consumo total. La recta que une el punto (0%,0%) y el (100%,100%), y que forma 45 grados, se denomina Recta de Igualdad. Dicha recta sería la forma que adquiriría la curva de Lorenz si todos los hogares o individuos tuvieran exactamente la misma riqueza, renta o consumo. El extremo opuesto, formado por el eje de abscisas inferior y el eje de ordenadas del lado derecho, representa el caso en el que sólo un hogar posee toda la riqueza, renta o consumo, mientras el resto de la población no percibe nada. La curva de Lorenz casi siempre estará entre estas dos situaciones extremas, con la posible excepción de distribuciones que toman valores negativos en su tramo inferior, como en el caso de las distribuciones de riqueza.

El coeficiente o índice de Gini puede expresarse de forma matemática a partir de la curva de Lorenz a través de la siguiente ecuación, en la que X representa la proporción acumulada de la variable población, e Y representa la proporción acumulada de la variable riqueza, renta o consumo (en función de lo que se pretenda medir). Sin embargo, aunque esta formulación matemática resulta útil a la hora de realizar las mediciones, a la hora de interpretar los datos es preferible disponer de una definición más intuitiva, visual y fácil de comprender. Para ello, es más práctico entender que el índice Gini representa la ratio del área entre la Recta de Igualdad y la curva de Lorenz (denominada A en la figura anterior) sobre el área total bajo la Recta de Igualdad. Por tanto, el índice de Gini podría definirse de forma sencilla a partir de la figura anterior como: El índice de Gini se mueve en un rango entre 0 (situación en la que todos los hogares o individuos tienen exactamente la misma riqueza, renta o consumo, y por tanto la curva de Lorenz coincide con la Recta de Igualdad) y 1 (situación de máxima desigualdad, en la que solo un individuo u hogar posee o percibe toda la riqueza, renta o consumo, mientras el resto no tiene nada). En teoría, el índice de Gini podría ser superior a 1 para los casos en los que capas muy extensas de la población tengan riqueza neta negativa, pero en la práctica no ocurre.

Algo para aprender: Irlanda salió de la crisis del 2008 y es un centro de inversiones tecnológicas

El Instituto Libertad y Desarrollo, de Chile, publica “Economía Internacional al Instante” que en su Nº 847 presenta un informe sobre Irlanda, el cual resulta de interés para países latinoamericanos que han de realizar reformas para poner sus economías en orden: http://www.lyd.org/lyd/EII/EII847Irlanda04032016.pdf

Al respecto, dice el Informe:

Irlanda no se vio tan afectada como otros países durante la crisis de 2008. Sorprendentemente sólo se mantuvo en recesión durante dos años, para luego dar cabida a una rápida y sostenida recuperación que se mantiene hasta hoy en día. En 2014 el tigre celta sorprendió con un crecimiento de 5,2%, el cual se explica principalmente por un crecimiento de 11% en la inversión ese mismo año. Sin embargo, la desaceleración mundial y la no tan auspiciosa recuperación de la Zona Euro explican la disminución en el crecimiento con respecto a 2014, obteniendo un 3,4% el año 2015. Bajo los factores anteriormente mencionados, se mantiene una proyección en torno al 3,2% para el año 2016, la cual sigue siendo una tasa de crecimiento elevada para la Zona Euro.

En cuanto a consumo privado, no hubo crecimiento por seis años seguidos, en 2014 comienza una leve recuperación, para luego fortalecerse 2015, con una expectativa de 2% y proyecciones en torno al 2% para 2016. La demanda interna junto a la inversión ha contribuido para mejorar el crecimiento del PIB desde 2013. Para la demanda interna se espera una leve desaceleración de las cifras en 2015 y 2016, con un crecimiento en torno al 3% y 2,5%, respectivamente.

La inversión total sufrió una importantísima caída desde la crisis. En 2006 alcanzaba niveles por sobre el 30% del PIB. Cinco años después, en 2011, esta cifra no superaba el 17,7%, habiendo sufrido una de las mayores caídas de inversión privada desde la Gran Depresión. El año 2014 la inversión alcanzó el 20,3% del PIB, y se espera que para los años 2015 y 2016 se encumbre hacia 20,8% y 21,6%, según cifras del FMI, lo cual apoya las expectativas positivas de crecimiento.

Irlanda ha logrado enfrentar las consecuencias de la crisis con perseverancia y buenas políticas públicas. El costo para el gobierno del Primer Ministro, Enda Kenny, fue altísimo, puesto que debió impulsar un importante recorte de sueldos en el sector público y aumentar la deuda pública del país seis veces para rescatar al sistema financiero. En la actualidad la ciudadanía y los inversionistas han recuperado la confianza en la conducción política y económica del país.

Quizás el aspecto más paradigmático en esta materia sea el nuevo impulso que se ha llevado adelante en materia de inversión tecnológica. Lo que partió como un incentivo tributario al ahorro, se ha trasformado ahora en un motor del crecimiento. Empresas como Google, Apple o Microsoft tienen sus oficinas centrales para Europa ubicadas en Irlanda, lo que se ha traducido en un aumento del 65% del volumen de negocios de las empresas irlandesas durante 2014, y lo más destacable de todo, un 70% de las pymes también lo ha hecho. La inversión tecnológica en Irlanda desde EE.UU. es cinco veces mayor al promedio de otros países europeos.

El aumento de la presencia de la industria tecnológica tiene dos motivos. Por una parte, la claridad de las reglas del juego y una institucionalidad confiable, sumado a una tasa efectiva de impuestos del 11,8%. En segundo lugar, la alta calidad del capital humano disponible, con amplias brechas de capacidad debido al desempleo que generó la crisis. De esta forma, Irlanda es hoy el segundo mayor exportador de software del mundo, y aloja nueve de las diez farmacéuticas más grandes. El país está catalogado dentro de los mejores lugares para hacer negocios del mundo.”

FIEL y la regulación de los servicios públicos en las últimas décadas: ¿privatización o estatización?

Se ha dado a conocer en estos días, el que debe ser el estudio más profundo y comprehensivo sobre el estado de los servicios públicos en la Argentina. Es una publicación de FIEL (www.fiel.org.ar) y su autor es Santiago Urbiztondo, seguramente el economista argentino con más conocimiento sobre esta área específica. El título del trabajo es “La regulación de los servicios públicos en Argentina, 2003-2015: Lógica y balance de tres períodos presidenciales bajo un mismo signo político”. El documento aparece comentado en el Boletín de FIEL, donde hay también un link para acceder a él: http://www.fiel.org/publicaciones/FIEL_NEWS/FIEL_NEWS_1457643014018.pdf

Ahora bien, más que el análisis puntual de lo ocurrido, me interesaría discutir sus fundamentos. Comienza la introducción con este párrafo:

“La historia económica argentina reciente está caracterizada por la aplicación de criterios regulatorios contradictorios a lo largo del tiempo, que han ganado adeptos en dos categorías relativamente extremas en relación a cuál es la forma en que el Estado debe intervenir en el funcionamiento del proceso económico. Las opciones del Estado omnisciente (interventor) y el Estado ausente (“laissez faire”) han contado con distinto grado de apoyo en distintos contextos históricos –económicos, políticos y culturales–, típicamente en base a argumentos superficiales o primordialmente ideológicos. Sin embargo, el análisis económico marca claramente que el debate en torno a cómo puede y debe intervenir el Estado en la economía es central para adoptar una posición más o menos cercana a alguno de esos extremos, y que ésta no tiene porqué ser la misma en distintos ámbitos o aplicaciones: la consistencia en el análisis económico no necesariamente conduce a recomendar la privatización o la estatización de todas las empresas de servicios públicos en cualquier circunstancia, sino –casi seguramente– a adaptar la recomendación al contexto específico en que se vaya a aplicar; puede que lo más apropiado sea privatizar, o por el contrario estatizar, una misma empresa o servicio en distintas circunstancias históricas, puede ser conveniente privatizar una empresa y estatizar otra en un mismo contexto histórico, etc.”

Hay muchas cosas que algunos querrán discutir, tales como si hubo alguna instancia de “Estado ausente” en los 90s y si se puede caracterizar esos años como de ‘laissez faire’’. No es lo que más me interesa sino la mención a que el problema que plantea la provisión de servicios públicos sería meramente “contingente”; esto es, sujeto a las circunstancias de tiempo y lugar, las que podrían indicar una cosa en un momento, y otra cosa en otro.

En el fondo, este argumento implica que la teoría económica no tiene nada que decir, o tiene poco. Siendo que las circunstancias son determinantes, en realidad todo el análisis termina siendo histórico. Esto recuerda el debate de Carl Menger con los historicistas alemanes, quienes presentaban un punto similar y despreciaban la teoría.

Sin embargo, esto no es así en este caso. El trabajo presenta una teoría, ya que no habría otra forma de interpretar la realidad que a la luz de ella y hace énfasis en la claridad de los contratos que guíen la conducta de empresarios, en el sector privado, o funcionarios, en el público. El punto que voy a presentar aquí es que esa teoría está incompleta, y que, de completarse, puede resolver el tema del primer párrafo, determinando teóricamente la superioridad de un arreglo institucional (el mercado libre) sobre otro (el mercado regulado).

Al respecto dice:

“En tal sentido, si bien la cuestión sobre la provisión pública o privada de servicios públicos de infraestructura (energía, transporte público, saneamiento, telecomunicaciones) ha motivado fuertes debates académicos y políticos en los países occidentales, la discusión dicotómica generalizada es inevitablemente superficial y errónea. Tanto bajo la provisión pública como la provisión privada de servicios públicos, siempre intervienen seres humanos –agentes económicos privados por definición al ser individuos libres– que están sujetos a contratos de distinta naturaleza que moldean sus incentivos y provocan distintas conductas y por ende distintos resultados. Por lo tanto, es en el análisis de esos contratos e incentivos donde debe juzgarse la calidad de cada modelo específico, llámense de provisión pública o de provisión privada. En esta materia, los fracasos de la provisión privada no dejan de ser fracasos del Estado, de igual forma que los fracasos del Estado no dejan de ser  responsabilidad de toda la ciudadanía, y en particular de los agentes económicos (privados) intervinientes.”

Pero no es solamente en los contratos e incentivos con lo que debemos juzgar la calidad de cada modelo. Además de eso hay que considerar la generación y uso de conocimiento. Este es un tema que se planteó por primera en el debate sobre el cálculo económico en el socialismo y que luego desarrollara Hayek en su famoso artículo “El uso del conocimiento en la sociedad”.

En esencia, el problema del planificador, y del regulador de servicios públicos, además de los incentivos es la falta de información y conocimiento, ante la inexistencia de precios. Ante tales circunstancias (habría que desarrollar este tema mucho más, pero no hay espacio aquí), el mercado genera y utiliza mucho más el conocimiento que se encuentra disperso entre todos los participantes en el mercado, conocimiento que es, sobre todo, de las circunstancias de ‘tiempo y lugar’, que no pueden transmitirse formalmente. Mientras tanto, el regulador sólo cuenta con conocimiento de tipo ‘técnico’, pero alejado de las preferencias de los dueños de los recursos y de los consumidores. Esto, y no es ideología, es lo que permite afirmar la superioridad de la asignación de recursos a través del mercado por sobre la asignación vía regulación.